ÍNDICE
PLIEGO DE CONDICIONES
“PROYECTO EJECUTIVO Y CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE AGROALIMENTARIO DE MONTEVIDEO - ETAPA 1”
SECCIONES 1 Y 2
ÍNDICE
ÍNDICE 1
SECCIÓN 1 4
1 DATOS GENERALES 4
1.1 UBICACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO 4
1.2 ANTECEDENTES 5
1.2.1 PROYECTO URBANO ARQUITECTONICO 5
1.2.2 PLAN XXXXXXX XXX XXXXXX XXXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX 0
1.2.3 ELABORACIÓN DE RECAUDOS 7
2 OBJETO DEL LLAMADO 8
2.1 SISTEMA DE CONTRATACIÓN 9
3 CONDICIONES Y BASES DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS 10
3.1 INFORMACIÓN DEL OFERENTE 10
3.2 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 10
3.3 INFORMACIÓN A INCLUIR EN LA OFERTA 11
3.4 CUADRO DE PRECIOS Y METRAJES 13
3.5 INVARIABILIDAD DE LOS PRECIOS 14
3.7 VISITA AL LUGAR DE EMPLAZAMIENTO DE LAS OBRAS 15
3.8 ACLARACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN 15
3.9 MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN 16
3.10 SOLICITUD DE PRORROGA DE UN OFERENTE 16
3.12 TRIBUTOS 16
3.13 PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 17
3.14 HITOS PARCIALES 17
3.15 PERIODO DE MANTENIMIENTO DE VALIDEZ DE OFERTA 21
3.16 GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 21
4 PROCESO DE ADJUDICACIÓN 22
4.1 APERTURA DE LAS OFERTAS 22
4.2 RECHAZO DE OFERTAS 22
4.3 EXAMEN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 22
4.4 ADJUDICACIÓN E INICIO DE LOS TRABAJOS 23
4.5 PLAN DE DESARROLLO DE LOS TRABAJOS 23
4.6 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 24
4.7 GARANTÍA DE BUENA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 24
4.9 SEGUROS A CARGO DEL CONTRATISTA 25
SECCIÓN 2 27
5 EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS 27
5.1 NOMINAS DE ELEMENTOS QUE COMPONEN ESTE PROYECTO 27
5.2 ORDEN DE PRELACIÓN DOCUMENTARIA 27
5.3 UTILIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN TECNICA SUMINISTRADA 28
5.4 DERECHOS DE AUTOR 28
5.5 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA 28
5.6 DEL REPRESENTANTE TÉCNICO DEL CONTRATISTA 29
5.7 EMPLEADOS DEL CONTRATISTA 30
5.8 SEGURIDAD, HIGIENE Y LEGISLACIÓN LABORAL 31
5.9 HORARIO DE TRABAJO 33
5.10 INSTALACIÓN XXX XXXXXXX DEL CONTRATISTA 33
5.11 VIGILANCIA DE OBRA Y CONTROL DE ACCESO 33
5.12 TRAZADO Y REPLANTEO DE LA OBRA 34
5.13 MODO DE EJECUTAR LOS TRABAJOS 34
5.14 TRABAJOS SIN ORDEN PREVIA DE EL COMITENTE 34
5.15 TRABAJOS Y MATERIALES QUE DEBEN QUEDAR OCULTOS 35
5.16 LIMPIEZA DE LA OBRA 35
5.17 RELACIONES ENTRE LAS PARTES 35
5.18 AUMENTOS Y DISMINUCIONES DEL CONTRATO 36
5.19 RECLAMOS DEL CONTRATISTA 37
5.20 SUBCONTRATOS 37
5.21 INSPECCIONES 37
6 CERTIFICACIONES Y FORMA DE PAGO 39
6.1 FORMA DE PAGO 39
6.2 TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD EN CADA CERTIFICADO DE AVANCE 39
6.3 MULTAS 40
7 RECEPCIÓN DE LAS OBRAS 41
7.1 RECEPCIÓN PROVISORIA DE LAS OBRAS 41
7.2 RECEPCIÓN DEFINITIVA DE LAS OBRAS 42
8 MISCELÁNEAS 43
8.1 NO CESIÓN 43
8.2 JURISDICCIÓN COMPETENTE 43
8.3 RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS TECNICAS- ARBITRAJE 43
8.4 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 43
8.4.1 POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA 43
8.4.2 POR CAUSAS IMPUTABLES AL COMITENTE 45
8.5 POR FUERZA MAYOR 46
8.6 PROPIEDAD DE IMPLEMENTOS 47
8.7 PROPIEDAD INDUSTRIAL 48
8.8 CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD 49
9 EXIGENCIAS VARIAS 49
9.1 TERRENO, IMPLANTACIÓN 49
9.2 CARTEL DE OBRA 49
9.3 OFICINA PARA EL COMITENTE 50
9.4 SUMINISTRO DE VEHÍCULO 51
9.5 SUMINISTRO DE LABORATORIO Y EQUIPOS DE TOPOGRAFÍA 52
9.6 SEÑALIZACIÓN DE OBRA 52
SECCIÓN 1
1 DATOS GENERALES
1.1 UBICACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO
El Parque Agroalimentario de Montevideo se ubicará en la Zona de la Xxxxxxx, en un predio de 95 hectáreas, delimitado por el Xxxxxx Pantanoso, Camino de La Higuerita, Xxxx X. Xxxxx y la Ruta Nacional N°5.
El predio cuenta con acceso al sistema vial nacional, lo que le otorga una excelente accesibilidad hacia el interior y el exterior del país. Asimismo, tiene conexión rápida y efectiva con el puerto de Montevideo y el Aeropuerto Internacional xx Xxxxxxxx y muy buena conectividad con el área urbana de Montevideo y su área metropolitana.
A su vez, se encuentra contiguo a las áreas de producción hortofrutícola y las áreas de consumo. El 60 % de la demanda total de alimentos frescos y el 60 % de la población total del país residen en el área metropolitana de Montevideo.
1.2 ANTECEDENTES
La Unidad Alimentaria de Montevideo fue creada como una persona de derecho público no estatal (PPnE), el 28 de octubre de 2011 bajo la Ley 18.832. Entre sus principales cometidos está facilitar y desarrollar el comercio y la distribución de alimentos a nivel nacional y departamental.
Durante la primera etapa de actividad, la UAM se propone como principal objetivo el desarrollo de Parque Agroalimentario de Montevideo el cual incluirá al Mercado de Frutas y Hortalizas (Mercado Modelo), junto a otros rubros alimentarios y servicios complementarios.
1.2.1 PROYECTO URBANO ARQUITECTONICO
En el año 2010 se realiza el proyecto urbano-arquitectónico de la Unidad Alimentaria de Montevideo el cual se desarrolla en el marco del Plan de Ordenamiento y Desarrollo Urbano de la Unidad Alimentaria de Montevideo (PODUUAM).
Las condiciones para el ordenamiento territorial dispuestas por el PODUUAM vienen dadas por sus memorias, en particular los parámetros para la ocupación de suelo y la edificabilidad se establecen en la Memoria de Ordenación y se concretan en la redacción legislativa propuesta por la Memoria Normativa.
A partir de dichas determinaciones normativas fueron efectuadas las valoraciones del predio y del programa arquitectónico e hipótesis de diseño que fundamentan las decisiones de proyecto urbano-arquitectónico de la UAM.
El proyecto está compuesto en esta primera etapa por los pabellones del mercado mayorista de frutas y hortalizas (MMFH), mercado polivalente (MP), pabellón logístico (PL) y Zona de Actividades Complementarias (ZAC); así como edificios Centro Administrativo (CA) y el centro de actividades conexas y complementarias (CACC).
Se apoya en dos ejes normales a Xxxx Xxxxxxx Xxxxx. Uno sostenido por la traza del actual Camino La Granja, que constituye el xxxxxxx xx xxxxxx x xx xxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxx xx xx XXX. El otro casi 350 metros al oeste, enfatizado por la presencia del edifico principal de dirección y administración, marca el centro de la plaza xxx xxxxxxx.
En la periferia del predio se proponen volúmenes aislados, entre los cuales y en el punto más alto de la topografía, se proyecta el edificio principal de dirección, CA y el CACC.
El sistema de espacios libres incluye, Área Ecológica Significativa xxx Xxxxxx Pantanoso, bordes de la Ruta Nacional Nº 5 y del Camino Xxxx Xxxxxxx Xxxxx y faja de reserva sobre Camino La
Higuerita, la banda verde que atraviesa de norte a sur el predio, a lo largo de la traza del actual Camino La Granja, así como asociados al anillo principal de la estructura circulatoria y a los bordes contra el cerco y las instalaciones para el manejo del agua de origen pluvial.
En el límite xxx xxxxxxx se propone un cerco olímpico con una senda de vigilancia, incluyendo iluminación perimetral.
A su vez se definen amanzanamientos para futuros áreas de crecimiento de las ZAC. Estás construcciones deberán seguir el ordenamiento normativo, de la estructura urbana y la sugestión de las arquitecturas planteadas en los edificios iniciales.
En todas las vías principales al interior xxx xxxxxxx se han planteado sendas peatonales y para bicicletas especializadas, asegurando condiciones adecuadas de circulación con seguridad. En las vías de servicio, en tramos cortos en los que existe reducida circulación vehicular, la circulación de peatones y bicicletas utiliza la misma senda.
La calidad en el diseño de estas circulaciones se completa con el sistema de iluminación, la asociación con áreas de descanso y la incorporación, en muchos casos, de equipamiento vegetal.
La señalización de orientación y de tránsito es una pieza importante en el diseño, no sólo de los aspectos que hacen al buen funcionamiento sino, particularmente, a las calidades del espacio del proyecto.
Sobre la base del proyecto urbano-arquitectónico se desarrollaron los siguientes anteproyectos:
Vialidad
Saneamiento y desagües pluviales
Abastecimiento de agua, red de incendio y acondicionamiento ambiental
Eléctrica e iluminación
Diseño de estructuras
Térmico y ventilación
Corrientes débiles
El equipo técnico que desarrolló el Proyecto Urbano Arquitectónico estuvo liderado por los arquitectos Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx y Xxxxxxxx xx Xxxxxx.
Destacamos a continuación algunos de los asesores que participaron en las principales disciplinas que integran el anteproyecto:
Xxxxxx Consultores Saneamiento y pluviales, abastecimiento de agua y
acondicionamiento ambiental.
Ing. Xxxxx Xxxxxxxxx Vialidad
CyD (Xxxxxx y Xxxxxx) Diseño de estructura
Ing. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Eléctrica e Iluminación.
Ing. Xxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx y ventilación, combate a incendio y
corrientes débiles.
1.2.2 PLAN MAESTRO DEL PARQUE AGROALIMENTARIO DE MONTEVIDEO
La UAM contrata en el año 2013, el servicio de un Consorcio de empresas internacionales (Consorcio Delloite - Mercasa - Mercabarna) especializadas en el desarrollo y gestión de este tipo de parques para la elaboración del Plan Maestro.
Esta tarea incluyó distintos tipos de actividades, entre otras se realizó un llamado a expresiones de interés de potenciales usuarios, lo que permitió definir con precisión el alcance de la “Etapa 1” de construcción.
Por otra parte se analizó en forma integral del anteproyecto 2010, planteando una batería de recomendaciones para optimizar el proyecto.
1.2.3 ELABORACIÓN DE RECAUDOS
En esta etapa final del proceso, la consultora INGNOVA dirigida por el Ing. Xxxxxxxxx Xxxxx elaboró los recaudos para el llamado a licitación del Desarrollo de Proyecto Ejecutivo y Construcción de la ETAPA 1 del Parque Agroalimentario de Montevideo. Plasmando las recomendaciones del Consorcio en el Anteproyecto 2010 de forma de tener el anteproyecto acorde con el Plan.
2 OBJETO DEL LLAMADO
La Unidad Alimentaria de Montevideo, convoca a Licitación Internacional, para el “Desarrollo del Proyecto Ejecutivo y Construcción del Parque Agroalimentario de Montevideo”, que se ubicará en el predio que ha sido adquirido a tales efectos, ubicado en Xxx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx x xx Xxxx Xxxxxxxx Xx 0.
Salvo indicación contraria, la contratación será por el sistema de Ajuste Alzado o Precio Global.
El Rubrado para presentar la cotización se organiza en tres tipos de obras: INFRAESTRUCTURAS
Acondicionamiento general del predio
Vialidad
Saneamiento y desagües pluviales,
Abastecimiento de agua
Incendio
Canalizaciones para eléctrica y corrientes débiles.
OBRA CIVILES DE PABELLONES (Pabellones, Eléctrica e Iluminación, Corrientes Débiles)
Pabellones Mercado Mayorista de Frutas y Hortalizas(MMFH)
Pabellones Polivalentes (PP)
Pabellones Logísticos (PL)
Redes Internas de los Pabellones
Infraestructura Eléctrica e Iluminación
Corrientes débiles
OBRA CIVILES DE EDIFICIOS
Edificio: Centro de Administración (CA)
Edificio: Centro de Actividades Complementarias y Conexas (CACC)
Servicios generales y mantenimiento
Puesto de transformación de UTE.
Edificaciones en accesos, nodos, etc.
Parquización
El oferente deberá ofertar por la totalidad de la obra (Infraestructuras, Obra Civil de Pabellones, Obra Civil de Edificios).
2.1 SISTEMA DE CONTRATACIÓN
La contratación se realizará por ajuste alzado o precio global salvo indicación contraria. S é
pagará en base a certificación mensual por avance de los trabajos de ejecutados
El Precio de la oferta comprende el importe de todos los trabajos, suministros, indemnizaciones y gastos por cualquier concepto que sean necesarios para la completa realización de los proyectos ejecutivos y la construcción de todas las diferentes partes de la obra que se indican en las memorias descriptivas, estudios, láminas y demás información suministrada. Sé considera que está garantizado el completo cumplimiento de los estándares mínimos definidos en las bases del llamado.
Sera suficiente que una parte de la obra este indicada en alguna de las distintas piezas que integran las bases del llamado, aun cuando no se incluya en las otras, para que se considerare incluida en la oferta; no reconociéndose pagos por extraordinarios de ningún tipo, por concepto de adicionales o extraordinarios de obra.
Toda la información que se entrega y ha sido desarrollada por la UAM, será considerada de carácter informativo y los licitadores serán los responsables de recabar toda la información que entiendan necesaria para validarla.
No se admitirá alegar errores inducidos por los documentos entregados que no reflejen la realidad, cálculos erróneos u omisiones de ningún tipo y solamente se aceptarán los reajustes motivados por aumentos y/o disminuciones de obra debidamente autorizada por el Comitente.
Para el Capítulo 2 - Vialidad, se incluye en el Cuadro de Precios y Metrajes las cantidades estimadas, las que se utilizarán a los efectos de la comparación de las ofertas.
Una vez adjudicados los trabajos y realizado el Relevamiento Topográfico y Proyecto Ejecutivo, el contratista procederá a ejecutar el cálculo de los metrajes reales a construir. Una vez aprobados estos valores por el Comitente los mismos serán invariables.
3 CONDICIONES Y BASES DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
3.1 INFORMACIÓN DEL OFERENTE
La oferta contendrá toda la información referente a la constitución de la firma oferente, estableciendo nombre, razón social, contrato de sociedad, domicilio legal en Uruguay, teléfono, fax y dirección de correo electrónico.
El oferente deberá incluir la indicación del tipo de empresa, declarando en cada caso si es casa matriz, filial o subsidiaria de otra. Deberá incorporar una copia de los estatutos y poder en las que se autorice la representación.
El oferente podrá ser un consorcio constituido o empresas con un compromiso de constitución de un consorcio, y en ambos casos deberá ajustarse a la legislación vigente, (Ley N° 16060) y demás estipulaciones contenidas en este documento.
En el caso de ofertas presentadas por empresas comprometidas a consorciarse deberán adjuntar a su propuesta el compromiso de consorcio, con las firmas certificadas notarialmente, donde se pactará la solidaridad y la indivisibilidad de las obligaciones que en el futuro contrajera si resultara adjudicatario y reiterando igual participación porcentual de cada una de las firmas integrantes del consorcio a la que fuera presentada en la propuesta.
La oferta presentada por el consorcio deberá firmarse de modo que constituya una obligación legal para todos los integrantes del mismo. Para las empresas extranjeras, los documentos deberán estar traducidos al español, apostillados o legalizados y protocolizados.
Si el consorcio resultara adjudicatario, todos los integrantes serán responsables mancomunadamente y solidariamente por el cumplimiento del contrato de acuerdo con los términos del mismo.
Se deberá designar como representante del consorcio a uno de sus integrantes, que será quien estará autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones para todos y cada uno de los integrantes del mismo. La ejecución del contrato, incluidos los pagos, se realizará exclusivamente con el representante del consorcio.
3.2 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
El plazo para la presentación de ofertas será de 120 días calendarios desde la publicación de este Pliego.
Las ofertas se presentarán en idioma español, en dos sobres (sobre 1: Propuesta Técnica, sobre 2: Propuesta Económica). El sobre 1 debe incluir 4 copias y el sobre 2 debe incluir 2 copias, en ambos casos identificando claramente el original y las copias. En el caso de existir diferencias entre ellas se consideran como válido lo indicado en el original.
Asimismo, se incluirá una versión digital completa de la propuesta con cada sobre. Para el sobre 2 deberá incluir los siguientes documentos en formato editable:
Cuadro de Precios y Metrajes.
Cronograma porcentual de avance de obra
Cronograma físico primario
Preventivo de flujo de fondos
Histograma de Mano de Obra
3.3 INFORMACIÓN A INCLUIR EN LA OFERTA
A los efectos de la correcta evaluación de las ofertas se solicita a los oferentes incluyan en su oferta, la siguiente documentación:
SOBRE 1 - PROPUESTA TÉCNICA
Formulario de Identificación del oferente
Comprobante de compra xx Xxxxxx de Condiciones.
Comprobante del depósito de garantía de mantenimiento de oferta.
EQUIPOS, PERSONAL TÉCNICO, MATERIALES Y SUBCONTRATOS
Equipos a utilizar en la ejecución de las obras, indicando especificaciones de los mismos, así como si es propio o arrendado.
Relación de todo el personal técnico que se propone emplear para el desarrollo de los Proyectos Ejecutivos, con indicación de sus antecedentes académicos y experiencia profesional, suministrando el "Currículum Vitae" de cada uno de ellos debidamente firmado por sus titulares y un compromiso de trabajo firmado. Se debe incluir copia de título universitario y el comprobante de estar al día con CJPPU o en caso de ser empresas todos los datos de la misma y certificado de DGI, BPS y BSE.
Organigrama y relación de todo el personal técnico, que se propone emplear para la ejecución de las obras, con indicación de sus antecedentes académicos y experiencia profesional, así como dedicación horaria al proyecto.
Se debe suministrar el "Currículum Vitae" de cada uno de ellos debidamente firmado por sus titulares. Se debe incluir copia de título universitario y el comprobante de estar al día con CJPPU. En el caso del equipo mínimo a presentar se requiere un compromiso de trabajo firmado.
Relación de los subcontratos propuestos cuyo monto individual exceda el 5% del precio de oferta con compromiso escrito de participación en la obra.
Procedencia de los agregados y material de aporte a terraplén, previsto utilizar en los trabajos de movimientos de tierra y vialidad.
Director de Proyecto (Representante Técnico). Ingeniero Civil o Arquitecto con un mínimo de 10 años de recibido y 10 años de experiencia en proyectos similares en cargos de responsabilidad. Conocimiento fluido de Español
Jefe de Construcción de Obras Viales y de Suelos: Ingeniero Civil con un mínimo de 10 años de recibido y 10 años de experiencia en proyectos viales y de Suelos.
Jefe de Construcción de Obra Civil: Ingeniero Civil o Arquitecto con un mínimo de 10 años de recibido y 10 años de experiencia en proyectos civiles similares.
Jefe de Control de Calidad: Ingeniero Civil con un mínimo de 5 años de recibido y 5 años de experiencia en control de calidad.
Jefe de Seguridad y Salud SYSO: Ingeniero o Técnico Prevencionista con un mínimo de 5 años de recibido y 5 años de experiencia en control de seguridad y salud SYSO.
Para empresas nacionales, el certificado de inscripción en el Registro General de Empresas Constructoras de Obras Públicas del M.T.O.P., con la cuantificación de la capacidad libre Anual, según decreto del Poder Ejecutivo No. 239/971. Para empresas extranjeras el comprobante de haber solicitado la inscripción a dicho Registro.
Antecedentes legales relativos a la constitución y naturaleza jurídica del oferente.
Antecedentes en obras similares. En el caso de consorcios destacar los antecedentes de obras similares realizados en conjunto (en caso de existir).
Relación de obras en ejecución.
Relación de compromisos asumidos para los próximos 4 años.
Información sobre todo litigio actual que tenga pendiente o que haya ocurrido dentro de los últimos 5 (cinco) años, las partes litigantes de ellos y el monto reclamado.
Situación económico - financiera certificada por Contador Público que deberá contener como mínimo:
o Estados de pérdidas y ganancias de los tres últimos ejercicios (años).
o Estados de situación de los tres últimos ejercicios (años).
o Certificación si se presentó en concurso judicial, existencia de convenio de reorganización privada o acuerdo de acreedores y en tal caso la homologación del mismo y estado de pagos.
o Relación de referencias bancarias y comerciales
METODOLOGÍA
Plan de Ejecución de los Proyectos Ejecutivos.
Plan de Trabajo detallado justificando los avances indicados en el cronograma físico primario, de acuerdo a los equipamientos y personal previsto.
Plan de Construcción definiendo la metodología propuesta para la ejecución de las siguientes obras:
- Movimiento de Suelos
- Vialidad
- Saneamiento y desagües pluviales, Abastecimiento de agua
- Incendio
- Canalizaciones para eléctrica y corrientes débiles.
- Infraestructura Eléctrica e Iluminación
- Corrientes débiles
- Pabellones Mercado Mayorista de Frutas y Hortalizas(MMFH)
- Pabellones Polivalentes (PP)
- Pabellones Logísticos (PL)
- Edificio: Centro de Administración (CA)
- Edificio: Centro de Actividades Complementarias y Conexas (CACC)
- Servicios generales y mantenimiento
- Edificaciones en accesos, nodos, etc.
- Parquización
Layout de obradores y pañoles.
SOBRE 2 - PROPUESTA ECONÓMICA
Carta de Presentación de Oferta
El formulario de oferta que incluye Cuadro de Precios y Metrajes.
Cronograma físico primario.
Preventivo de flujo de fondos.
Histograma de mano de obra.
3.4 CUADRO DE PRECIOS Y METRAJES
A efectos de la comparación de las propuestas y la posterior adjudicación se deberá indicar para cada rubro del Cuadro de Precios y Metrajes el precio unitario, así como el monto imponible de
mano de obra de la Empresa Constructora y el de los Subcontratos que correspondiere por la Ley 14.411.
Al monto total resultante del Monto Imponible se le aplicará el porcentaje que marca la ley para determinar el monto xx Xxxxx Sociales, que será sumado al precio total ofertado.
El comitente se hará cargo de las leyes sociales según el porcentaje correspondiente hasta el monto indicado por el contratista en su propuesta, cualquier cifra que exceda dicho monto será descontado a la empresa constructora de la primera entrega de fondos que le corresponda por cualquier concepto.
En virtud de que la contratación será por el sistema de Ajuste Alzado o Precio Global, el Cuadro de Precios y Metrajes, no será determinativo sino solamente enunciativo y será utilizado para el cálculo de los avances mensuales de obra.
El oferente podrá, de considerarlo necesario, agregar sub-ítems al cuadro, los cuales deberán estar destacados para su rápida identificación.
El Cuadro de Precios y Metrajes se utilizará como base para la elaboración del Plan de Desarrollo de los Trabajos, detallando el avance físico y financiero de cada tarea.
No se reconocerá diferencia alguna a favor del contratista entre el volumen ejecutado en obra y el consignado en su oferta o en el presupuesto del contrato, salvo que las diferencias provengan de ampliaciones o modificaciones debidamente autorizadas por el comitente.
3.5 INVARIABILIDAD DE LOS PRECIOS
Los precios estipulados en el contrato serán invariables y el contratista está obligado a mantenerlos durante el período de vinculación. Se considera que el precio incluye todos aquellos materiales, herramientas, equipos y personal para ejecutar los trabajos necesarios para la ejecución total de la obra de acuerdo con el contrato.
Se considera que el contratista en su precio total incluyó todo lo necesario para ejecutar la obra de acuerdo al contrato, por lo que no tendrá derecho a reclamar o presentar con posterioridad precios por tareas o materiales que no hayan sido previstas.
Todos los gastos que demande el cumplimiento del contrato y sus obligaciones, para los cuales no se hubiese establecido ítem alguno se consideran incluidos dentro de los gastos generales y prorrateados entre todos los precios incluidos.
3.6 OFERTAS ALTERNATIVAS
Se considerarán las ofertas alternativas o variantes que presenten los oferentes, siempre que reúnan características y estándares de calidad similares a las indicadas en los planos y memorias del llamado, así como permitan el normal desarrollo de todas las actividades para las que ha sido diseñado el Parque.
No se considerarán ofertas alternativas si no se ha cotizado la oferta básica.
En todos los casos el comitente, se reserva el derecho de aceptar o rechazar las mencionadas propuestas.
3.7 VISITA AL LUGAR DE EMPLAZAMIENTO DE LAS OBRAS
Se aconseja al licitante realizar una visita de inspección al lugar de emplazamiento de las obras y sus alrededores y obtener por sí mismo y bajo su responsabilidad toda la información que pueda ser necesaria para preparar su oferta.
La presentación de la oferta implicará el reconocimiento del oferente de haber visitado la zona de obra, no reconociéndose ninguna reclamación de mayores costos por este concepto.
Los oferentes deberán considerar para la elaboración de sus propuestas, que durante el plazo de ejecución de los trabajos pueden existir otros contratistas desarrollando tareas en el predio. Por lo que resultará necesario planificar y coordinar los trabajos, así como los accesos de insumos al predio de forma de permitir el normal desarrollo de las actividades de todos los contratistas.
No se reconocerán prorrogas de plazo o sobrecostos que puedan generarse por falta de la debida planificación y coordinación.
3.8 ACLARACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
Cualquier licitante que haya adquirido el Pliego de Condiciones para participar en este proyecto, puede solicitar aclaraciones sobre los documentos de licitación hasta 5 (cinco) días hábiles antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, mediante comunicación por carta al Comitente o e-mail dirigido a:
El comitente dará respuesta por escrito a las solicitudes que reciba, las cuales serán enviadas a todos los licitantes.
3.9 MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
El comitente podrá, por cualquier causa y en cualquier momento antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda o comunicado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un posible licitante.
Todos los licitantes serán notificados de las enmiendas mediante comunicados, los que serán obligatorios para ellos.
El comitente se reserva la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la presentación de ofertas a fin de dar a los posibles licitantes tiempo razonable para tener en cuenta en la preparación de sus ofertas la enmienda o comunicados relativos a los documentos de licitación.
3.10 SOLICITUD DE PRORROGA DE UN OFERENTE
Cualquier licitante podrá solicitar prórroga del cierre de presentación de las ofertas.
La misma se presentará por nota en las oficinas de la UAM, por lo menos 15 días hábiles antes de la fecha fijada para la presentación de las ofertas. La prórroga será resuelta por el comitente según su exclusivo criterio.
La solicitud del licitante se considerará denegada si la notificación del Comitente no se produjera veinticuatro horas antes de la fecha de presentación prevista.
3.11 MONEDA DE OFERTA
El oferente deberá expresar el precio de su oferta (precios unitarios, precios globales, montos imponibles unitarios y montos imponibles globales) en Unidades Indexadas.
3.12 TRIBUTOS
Todos los tributos generados al contratista por el cumplimiento del contrato, se considerarán incluidos en los precios cotizados.
El pago del IVA se realizará mediante certificados emitidos por DGI solicitados a nombre del contratista.
3.13 PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
El plazo total para la terminación de las obras será de 730 días calendarios, y siempre serán contados a partir de la fecha del Acta de Replanteo.
Se consideran motivos de prórroga de los plazos, únicamente los paros generales decretados por el SUNCA o PIT CNT y los días de lluvia que excedan el promedio mensual histórico de los últimos 10 años registrados por la Dirección Nacional de Meteorología.
3.14 HITOS PARCIALES
A los efectos de lograr el normal desarrollo de los trabajos en todos los frentes y cumplir el plazo previsto para completar la totalidad de la construcción de la Etapa 1, resulta imprescindible el cumplimiento estricto de los hitos que se establecen en este artículo.
En Xxxxxx 0 donde se construirá Centro Administrativo y Centro de Actividades Complementarias y Conexas, así como en el Sector 5 Puesto de Transformación de UTE, se entregará el movimiento de tierra terminado a nivel superior de fundación, con los taludes perfilados de forma de garantizar su estabilidad. Debiendo existir un acceso adecuado, permanente y seguro para tránsito de vehículos, equipos y personal necesario, para el desarrollo de los trabajos que se ejecutarán.
En las parcelas para la construcción de pabellones, se realizará el 100% del movimiento de tierra, se construirán las capas de material granular y granular cementada correspondientes. Debiendo existir un acceso adecuado, permanente y seguro para tránsito de vehículos, equipos y personal necesario, para el desarrollo de los trabajos que se ejecutarán en ellas.
En particular en el perímetro, donde existe muro de contención se dejara un talud 1 a1 desde la xxxxxx hasta el nivel de la base granular, correspondiendo al Contratista el relleno y compactación de la parte interior para conformar los andenes.
Detallamos a continuación las fechas en que se deben entregar contados a partir del Acta de Replanteo:
INFRAESTRUCTURAS
Al fin del mes 4 MMFH NAVE A Al fin del mes 5 MMFH NAVE C Al fin del mes 6 PP NAVE H y G
Al fin del mes 6 XXX Xxxxxxx 04.3
Al fin del mes 6 SECTOR 3 Parcela D CA (Centro Administrativo) Al fin del mes 7 MMFH NAVE D
Al fin del mes 8 MMFH NAVE B
Al fin del mes 8 XXX Xxxxxxx 04.2
Al fin del mes 8 XXXXXX 0 Xxxxxxx X XXXX (Xxxxxx Actividades Conexas y Complementarias)
Al fin del mes 10 PL Manzana 02.2 Al fin del mes 11 PL Manzana 02.1 Al fin del mes 11 XXX Xxxxxxx 04.1 Al fin del mes 12 XXX Xxxxxxx 03.1 Al fin del mes 13 PL Manzana 02.3 Al fin del mes 14 XXX Xxxxxxx 03.2 Al fin del mes 16 XXX Xxxxxxx 03.3
PABELLONES
Al fin del mes 16 MMFH NAVE A Al fin del mes 17 MMFH NAVE C Al fin del mes 19 PP NAVE H y G Al fin del mes 20 MMFH NAVE D Al fin del mes 21 MMFH NAVE B Al fin del mes 22 PL Manzana 02.2 Al fin del mes 23 PL Manzana 02.1
EDIFICIOS
Al fin del mes 19 UTE - PT Al fin del mes 21 SGyM Al fin del mes 23 CA
Al fin del mes 23 CACC
En caso que el contratista no cumpla con las fechas establecidas, será pasible que se apliquen las penalidades establecidas en el Art. 6.3 de la Sección 1.
Se adjunta a continuación Planta General de ubicación de la Etapa 1 del Parque Agroalimentario de Montevideo (Plano N° 6 U05 – PLANTA GENERAL DE URBANIZACIÓN DE LA UAM – PRIMERA
ETAPA) y el PLAN DE TRABAJOS previsto para los tres grupos de obras que conforman la construcción de la Primera Etapa.
Plano N° 6 U05 – PLANTA GENERAL DE URBANIZACIÓN DE LA UAM – PRIMERA ETAPA
3.15 PERIODO DE MANTENIMIENTO DE VALIDEZ DE OFERTA
Las propuestas serán válidas y obligarán a los oferentes por el término de 180 (ciento ochenta) días a contar desde el día siguiente del correspondiente a la presentación de las mismas, a menos que, antes de expirar dicho plazo, el comitente ya se hubiera expedido respecto a ellas.
El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente del mantenimiento de la oferta, a no ser que medie notificación escrita al comitente de su decisión de retirar la oferta por carta o e-mail con por lo menos diez días antes del vencimiento del plazo y esta no se pronunciara respecto de la adjudicación en el término establecido.
3.16 GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
El oferente constituirá una garantía de mantenimiento de oferta por un monto mínimo de $
25.000.000 y por el plazo establecido en el artículo anterior.
El oferente podrá constituir la garantía mediante depósito en efectivo, pólizas del Banco de Seguros del Estado o Aseguradoras Privadas, Depósitos en Títulos de Deuda Pública Nacional o Aval Bancario a primer requerimiento con certificación notarial de la firma.
La garantía deberá ser entregada en las oficinas del comitente, Xxxxxxx 0000 Xxxx 0 en el horario de 9:00 a 16:00 horas, hasta 24 horas antes de la recepción de las ofertas.
Se expedirá un comprobante, el que debe adjuntarse en la propuesta económica de la oferta.
La garantía será devuelta al interesado en caso de que su oferta no fuere seleccionada, y al interesado cuya propuesta se seleccione, en oportunidad de constituir la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
La garantía del oferente que fuere seleccionado se mantendrá vigente hasta la suscripción del contrato
4 PROCESO DE ADJUDICACIÓN
4.1 APERTURA DE LAS OFERTAS
El comitente abrirá las ofertas en presencia de los representantes de los Licitantes 120 días calendario luego de la publicación de este Pliego, en lugar y hora que se comunicará previamente.
En el caso que en la presentación de las ofertas, se constataran errores u omisiones de naturaleza subsanable, el comitente podrá requerir información complementaria. Luego de notificado el oferente tendrá un plazo máximo de 48 (cuarenta y ocho) horas para hacer entrega de la misma en condiciones satisfactorias.
Se considera un error o una omisión de naturaleza subsanable, cuando se trate de cuestiones relacionadas con constatación de datos, información de tipo histórico, aritmético, etc. Todo esto, siempre y cuando no se afecte el principio de igualdad de los oferentes y que las ofertas deben ajustarse substancialmente a los documentos solicitados.
En la apertura el Comitente dará a conocer los nombres de cada Licitante y cualquier otro detalle que el Comitente estime apropiado anunciar.
De lo actuado se labrará la correspondiente acta de la apertura de ofertas, en la que se incluirá la información dada a conocer a los asistentes.
4.2 RECHAZO DE OFERTAS
Las ofertas que no se ajusten sustancialmente a las bases de licitación o que contengan errores u omisiones no subsanables según los criterios establecidos en estas bases, serán rechazadas.
El comitente podrá declarar desierta la licitación si estima discrecionalmente que ninguna de las ofertas presentadas satisface plenamente sus intereses, no causando por ello derecho a indemnización alguna a los licitantes.
4.3 EXAMEN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Se conformará un comité técnico de evaluación que estudiará las ofertas y realizará un informe de las mismas. Dicho informe será recibido por un comité de recomendación de adjudicación con participación de las distintas entidades vinculadas al proyecto, quien recomendará la
adjudicación de la oferta. La adjudicación definitiva de la obra la realizará el Directorio de la
Unidad Alimentaria de Montevideo.
Criterios de Evaluación Previsto:
Antecedentes de la empresa (máximo 5 puntos) Equipo técnico (máximo 5 puntos)
Metodología (máximo 5 puntos) Propuesta Económica (máximo 85 puntos)
4.4 ADJUDICACIÓN E INICIO DE LOS TRABAJOS
El comitente podrá adjudicar, aquella oferta que a su solo juicio considere más conveniente, o rechazarlas todas sin que su proceder pueda dar derecho a reclamo alguno, no teniendo obligación de justificar su proceder o aclarar de forma alguna sus criterios de adjudicación y no generando ninguna responsabilidad.
El comitente se reserva el derecho de preseleccionar dos o más ofertas, a los efectos de iniciar una etapa de negociación, tendientes a obtener una mejora cualitativa y cuantitativa de las ofertas. Sin que esto genere derecho alguno a la adjudicación definitiva.
El comitente se reserva el derecho, antes de la adjudicación definitiva de deducir el o los rubros que a su juicio no convenga a sus intereses, sin que esto genere derecho a reclamo económico de ningún tipo. Si estas supresiones, sobrepasaran el 20% (veinte por ciento) del monto de la propuesta, el contratista deberá manifestar su conformidad por escrito.
Una vez comunicada a la contratista, la adjudicación del contrato, se dispondrá de un plazo de 10 (diez) días calendarios para el depósito de la garantía de cumplimiento del contrato de acuerdo a lo establecido en el Art. 4.5, suscribir el contrato y dar inicio a los trabajos de replanteo dentro de los plazos establecidos en Art. 5.8.
4.5 PLAN DE DESARROLLO DE LOS TRABAJOS
En el plazo de 5 (cinco) días hábiles a partir de la fecha de la adjudicación, el contratista deberá presentar al Comitente, el PLAN FÍSICO FINANCIERO actualizado, el cual será revisado y aprobado por el mismo. La aprobación del Plan es condición necesaria para el inicio de los trabajos.
Una vez aprobado el Plan de Trabajos el contratista no podrá abrir más frentes de trabajos de los allí establecidos, de no mediar autorización escrita del Comitente, no generando la negativa justificación de incumplimientos en los plazos.
Mensualmente el contratista presentará al Comitente o quien este designe, el Plan de Trabajos actualizado con los valores reales de certificación y el avance hasta la fecha. Esta presentación será condición para la aprobación del certificado mensual de obra.
Si se detectara un retraso de más de 10%, en algunos de los Ítems del plan de trabajo aprobado, el contratista deberá presentar una nueva Planificación con una detallada explicación de los motivos de los atrasos y las medidas a tomar para recuperarlos. Sin perjuicio de esto, el comitente podrá aplicar las penalidades por el atraso en que hubiera incurrido el contratista.
4.6 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
La Garantía de Cumplimiento de Contrato será de un monto equivalente al 5% (cinco por ciento), del importe total del Contrato de Construcción que se otorgue, sin incluir los impuestos.
La garantía se constituirá en dólares estadounidenses, al tipo de cambio interbancario vendedor publicado por el Banco Central del Uruguay correspondiente al día de la presentación de las ofertas.
La falta de cumplimiento de esta obligación dará lugar, sin más trámite, a que el comitente pueda declarar nula la adjudicación.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas siguientes:
Mediante depósito en efectivo a nombre del Contratista y prenda del mismo a favor del comitente
Con una Póliza de Seguro de Caución emitida por una Compañía de Seguros de primera línea de plaza, que deberá ser aprobado por el comitente.
Con un aval bancario a solo requerimiento, a satisfacción del comitente.
Cualquier otro sistema a satisfacción de la comitente.
Esta garantía se deberá mantener vigente hasta la firma del acta de Recepción Provisoria de los trabajos
4.7 GARANTÍA DE BUENA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
Del monto de cada certificado de obras, se hará una retención del 5% (cinco por ciento) sin incluir el IVA, que integrará el fondo de Garantía de Buena Ejecución de las Obras, en Unidades Indexadas (UI). Se procederá también en la misma forma en todas las facturas correspondientes a obras extras y cualquier otro pago.
A los efectos del cumplimiento de la presente garantía el contratista deberá:
De todos y cada certificado mensual de obra o adicionales, se realizará un retención del 5% que se depositará en UI en una cuenta a nombre del contratista y estará prendada a favor del comitente.
Con un aval bancario a satisfacción de la comitente.
Esta garantía se destinará a los trabajos de arreglos y reparaciones que deba efectuar el comitente, en caso de incumplimiento del contratista en el plazo comprendido entre las recepciones provisoria y definitiva, sin que por ello quede eximido el contratista de la obligación de efectuar por su cuenta reparaciones, arreglos, etc., durante el plazo de garantía y demás, que se relacionen con obligaciones derivadas de su propia responsabilidad decenal u otras legales que deriven del incumplimiento de contrato, y que generen daños y perjuicios de cualquier naturaleza.
El fondo de Garantía de Buena Ejecución de las Obras o su saldo, si el Comitente hubiese realizado trabajos con cargo al contratista será reintegrado por el comitente al contratista, en unidades indexadas, dentro de los 15 (quince) días hábiles de emitida el acta de Recepción Definitiva, la cual incluirá el certificado de cierre de obra emitido por el BPS y los planos conforme a obra.
No se admitirá la sustitución del depósito en efectivo por una garantía nominal.
4.8 GARANTÍA TÉCNICA
El contratista asume expresamente total responsabilidad técnica por la ejecución de las obras, mantenimientos y/o provisión de materiales y equipos y su correcto funcionamiento.
La existencia y alcance de dicha garantía técnica no será modificada por la intervención del comitente en control de ingeniería, supervisión de obra, verificación de materiales, etc.
4.9 SEGUROS A CARGO DEL CONTRATISTA
El contratista adjudicatario de las obras suscribirá, en el plazo xx xxxx días hábiles de notificada la adjudicación y mantendrá en vigor, a su cargo, un programa de seguros, desde el comienzo de los trabajos hasta el final del período de garantía de buena ejecución, que incluirá lo siguiente:
Seguro contra todo riesgo de bienes, Construcción y Montajes para cubrir los daños y pérdidas materiales que sufran los bienes que forman parte de la obra objeto del contrato mientras estén siendo incorporados a la obra o estén a pie de obra o almacenados, ya sea dentro o fuera del lugar de las obras, antes de su incorporación a la misma, desde la fecha de inicio de los trabajos hasta la fecha final del período de garantía de buena ejecución.
El seguro se contratará en base a una póliza Todo Riesgo de Construcción sobre la base del 100% (cien por ciento) del Valor del Contrato e incluirá, entre otras, las garantías de Error de Diseño, Gastos de Remoción de Escombros, Bienes Existentes, Riesgos de la Naturaleza, Huelga, Motín, Gastos de Extinción, Gastos Extraordinarios, Honorarios Profesionales y cláusula de cobertura amplia para el Periodo de Garantía antes indicado.
Seguro de Responsabilidad Civil, con un límite de Indemnización no inferior a U$S 500.000 (dólares estadounidenses quinientos mil), para cubrir los daños materiales o personales y perjuicios consecuenciales ocasionados a terceros, al comitente o a sus dependientes, al medioambiente, desde la fecha de inicio de los trabajos en el lugar de la obra (o de inicio del tránsito de bienes si fuese anterior) hasta la fecha de finalización del periodo de garantía de buena ejecución.
El seguro incluirá, adicionalmente, las garantías de Responsabilidad Civil Cruzada, Responsabilidad Civil Patronal distinta de las responsabilidades por Seguridad Social, Responsabilidad Civil Post-Trabajos y Responsabilidad Civil por Daños al Medio Ambiental.
La vigencia del seguro se controlará en el acta de replanteo y antes de la liquidación de cada certificado mensual.
Otros Seguros a cargo del contratista. El contratista desde la fecha de comienzo de los trabajos hasta la fecha de finalización del periodo de garantía, o el tiempo que sea preciso para cubrir sus responsabilidades e intereses, contratará y mantendrá en vigor los seguros descritos a continuación:
Seguro de daños Materiales sobre todos los equipos, maquinaria y herramientas utilizados en la ejecución de los trabajos objeto de este contrato.
Seguro de Accidentes de Trabajo o Seguridad Social para todo el personal empleado conforme sea legalmente exigible.
Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio y Voluntario de Circulación de Vehículos y Maquinaría, conforme los límites y condiciones exigidos por la Ley aplicable.
Cualquier otro seguro de contratación obligatoria conforme a la legislación vigente.
En todos los casos las pólizas deben ser emitidas por empresas Aseguradoras de primera línea en plaza y se debe contar con la aceptación del comitente.
XXXXXXX 0
0 XXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX
5.1 NOMINAS DE ELEMENTOS QUE COMPONEN ESTE PROYECTO
Se consideran como parte integrante de este proyecto:
El Contrato
Circulares aclaratorias emitidas por el Comitente durante el llamado y comunicados a los Oferentes.
Planos de Ante Proyecto
Memorias Descriptivas (Sección 3)
Pliego de Bases y Condiciones Sección 1 y 2
En todo lo no expresamente dispuesto por la documentación precedente, se estará a lo establecido por:
• Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras y Pliego Particular para la Ejecución de Obras de la Intendencia de Montevideo.
• Pliego General de Condiciones para la Ejecución de Pavimentos de Hormigón y para la Ejecución de Mezclas Asfálticas y Pavimentos con Adoquines de Hormigón, de la Intendencia de Montevideo.
• Pliego General de Condiciones para la Ejecución para la Construcción de Veredas de la Intendencia de Montevideo.
• Memoria Constructiva y Descriptiva General de la Intendencia de Montevideo.
Cuando existan vacíos en las determinaciones precedentes, se recurrirá a lo dispuesto por:
• Memoria Constructiva General para Edificios Públicos de la Dirección Nacional de Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, edición 2006.
• Pliego General de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transportes y Obras Públicas para la Construcción de obras viales, última edición.
5.2 ORDEN DE PRELACIÓN DOCUMENTARIA:
En caso de existir contradicciones entre dos o más instrumentos que componen el Contrato, se aplicará lo especificado de acuerdo al siguiente orden de prioridad:
Si es evidente, se corrige el error donde se encuentre.
Si esto no fuera aplicable se seguirá el siguiente orden de prelación.
El Contrato
Toda norma especial emanada de uno de los instrumentos prevalece sobre otra general que le sea contradictoria.
Circulares aclaratorias emitidas por el Comitente durante el llamado a Concurso de Precios y comunicadas a los Oferentes.
Los Planos de Proyecto, primero en los detalles y luego en las generalidades
La Memoria Descriptiva, primero en los detalles y luego en las generalidades
El Pliego de Bases y Condiciones Sección 1 y 2
La Oferta presentada por el Contratista. Si la misma contuviera variantes aceptadas, estas pasarán a tener prioridad en el mismo orden descrito anteriormente según corresponda.
5.3 UTILIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN TECNICA SUMINISTRADA
La presente documentación técnica, en conjunto con los gráficos del ante-proyecto urbano- arquitectónico del Parque Agroalimentario de Montevideo, que acompañan estos pliegos, está protegida por las leyes nacionales y los tratados internacionales de Derechos de Autor. La reproducción de total o parcial, incluyendo cualquier forma de copiado, su uso en la construcción y/o preparación de obras derivadas de la misma, sin el previo consentimiento por escrito del titular está estrictamente prohibida. La misma ha sido producida por sus autores materiales para una única utilización en el plan de la urbanización de la Unidad Alimentaria de Montevideo y en la construcción de las obras de infraestructura y de los edificios, previstas para la primera etapa, las que han sido incluidas a ese efecto en los presentes recaudos. No se podrá volver a utilizar en caso de desear construir urbanizaciones o edificaciones adicionales en la Unidad Alimentaria de Montevideo o en cualquier otro sitio. Está prohibida cualquier forma de utilización o disposición de la presente obra (venta, arriendo, préstamo, transferencia, cesión o cualquier otra), en forma total o parcial, con o sin fines de lucro, sin consentimiento de quienes la produjeron.
5.4 DERECHOS DE AUTOR
Los derechos de autor de los productos entregables por parte del Contratista, en el marco del presente contrato serán propiedad de la UAM, por tanto, la contratada no podrá difundir la información producida a otros organismos o personas sin previa autorización de la UAM, obligándose a mantener la máxima confidencialidad al respecto.
5.5 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
El contratista declara conocer y se compromete a cumplir, dentro de las instalaciones del comitente, todas las normas de disciplina, seguridad e higiene establecidas, siendo responsable del más estricto cumplimiento de las mismas.
El contratista releva al comitente de cualquier responsabilidad objetiva emergente de la propiedad de la obra o instalación, y asume plena responsabilidad frente al comitente y terceros por toda consecuencia derivada de su actuación, quedando obligado a reparar íntegramente los daños derivados inmediata o mediatamente de los hechos de sus dependientes, contratados o subcontratados, y/o los perjuicios causados por dicho personal, y/o por las cosas de que se sirve o que tiene a su cuidado el personal afectado a la obra, y/o por terceros a quienes se hubiera autorizado o facilitado el acceso a la obra y/o que fueran intrusos en ella.
El contratista resarcirá al comitente, por incumplimiento y la eximirá de cualquier responsabilidad contractual o extracontractual que se le haya atribuido como consecuencia inmediata o mediata de la ejecución o inejecución, total o parcial, del contrato u orden de compra. Queda entendido que el contratista se responsabiliza ante el comitente por daños y perjuicios emergentes de las obligaciones asumidas, obligándose también a tomar la intervención que le compete en los juicios que le promuevan al comitente y a restituir toda suma que, por tales conceptos, esta última deba abonar, a cuyo fin el comitente se encontrará facultado para retener de los pagos que deba hacer al contratista, las sumas resultantes.
Las sanciones y penalidades que los Organismos Oficiales impongan por incumplimiento de lo ordenado en la legislación vigente, en cuanto a la forma de ejecución de los trabajos o servicios, serán satisfechas por el contratista. Cuando las penalidades y sanciones le sean impuestas al comitente, las abonará y deducirá lo pagado de las facturas pendientes de pago, si las hubiese, o de la garantía o estará facultada a reclamarlas judicialmente.
Independientemente de la obligatoriedad del pago de las sanciones o penalidades que le correspondan, el contratista pondrá su mejor y mayor empeño en tomar las medidas correctivas para la total desaparición de las causas que motivan las mismas, esforzándose en subsanar y modificar, si procede, los sistemas de trabajo que ocasionen la imposición de las sanciones.
5.6 DEL REPRESENTANTE TÉCNICO DEL CONTRATISTA
El contratista deberá designar un representante técnico que deberá tener título de Ingeniero Civil o Arquitecto , otorgado por las universidades habilitadas o debidamente revalidado.
El profesional designado deberá poseer una experiencia comprobable, en obras de similares características y entenderá en todas las cuestiones de carácter técnico que se le planteen
durante la ejecución de la Obra, así como en todas las gestiones de la misma índole que realice el contratista con respecto a la Obra contratada.
Todas las comunicaciones de carácter técnico que deban hacerse al contratista se dirigirán a dicho representante, con quien se entenderá directamente el Comitente o con quien este designe.
La designación del Representante Técnico deberá ser aprobada por el comitente, quien podrá resolver durante el desarrollo de los trabajos la sustitución del profesional mediando motivos fundados. En tal caso el contratista deberá designar de inmediato un reemplazo que cumpla con los requisitos ya detallados.
El Representante Técnico deberá estar presente en la obra, cada vez que el Comitente lo requiera y en especial participará personalmente de las reuniones semanales de coordinación.
Este representante suscribirá toda documentación técnica y realizará las presentaciones que hubiera que efectuar por el hecho de la obra ante los Organismos Nacionales o Municipales. Si las leyes, decretos, ordenanzas y/o disposiciones vigentes, requiriesen la intervención de proyectistas, calculistas y/o ejecutor de estructuras, suscribirá las documentaciones en tal carácter un profesional de la categoría que corresponda, estando el costo consiguiente a cargo del contratista.
Todo el personal del contratista afectado a la realización de los trabajos contratados, dependerá jerárquica y funcionalmente del Representante Técnico del contratista, formando parte de su organización, bajo cualquiera de las modalidades reguladas en la legislación vigente, sin que exista, por tanto, ninguna relación de dependencia de aquél con el comitente.
5.7 EMPLEADOS DEL CONTRATISTA
El contratista deberá proporcionar y emplear en el emplazamiento, con el objeto de ejecutar y mantener las obras solamente aquellos auxiliares técnicos que posean pericia y experiencia en sus sectores respectivos, y aquellos capataces y encargados que sean competentes para asegurar la debida supervisión de la obra y del trabajo del que se han de encargar, y aquella mano de obra capacitada, semicapacitada y no capacitada que sea necesaria para la debida ejecución de las obras en el plazo establecido.
La contratación de personal por parte del contratista, así como cualquier gestión relacionada con su incorporación al trabajo dentro de las instalaciones del comitente, deberá ser efectuada fuera de los terrenos y/o dependencias de UAM y de forma que se elimine cualquier tipo de relación en dicho aspecto entre el contratista y el Comitente.
Salvo que en la orden de compra o contrato se indique lo contrario, el contratista obtendrá por su cuenta, los permisos, autorizaciones o licencias exigibles legalmente.
El Comitente estará facultado para expresar sus objeciones con respecto a toda persona, que por falta de respeto y/o desobediencia al personal encargado de la Gerencia o vigilancia de las obras, por ineptitud o cualquier falta perturbe o comprometa la marcha de los trabajos. El contratista tendrá la obligación de alejar inmediatamente a los dependientes y operarios que el Comitente indique.
Se deberá proveer el listado detallado con nombre, apellido y documento de identidad de todo el personal que entrará al predio, así como el listado detallado de vehículos y equipos.
5.8 SEGURIDAD, HIGIENE Y LEGISLACIÓN LABORAL
El contratista deberá dar estricto cumplimiento a la legislación vigente en materia laboral (sea esta nacional o municipal), como así también a los Convenios Colectivos de Trabajo oficialmente homologados que resulten de aplicación a la presente contratación y a las normas dictadas por los organismos de Seguridad Social.
Deberá dar cumplimiento estricto a las disposiciones legales relativas a la Salud y Seguridad en la Construcción, durante todas las etapas de la obra,(Decretos 125/2014 y Disposiciones Reglamentarias de Seguridad e Higiene para la Industria de la Construcción).
Deberá designar un Jefe de Seguridad y Salud (SYSO), Ingeniero o Técnico Prevencionista, para la obra dando cumplimiento a este efecto a la reglamentación vigente, quien deberá permanecer en forma permanente en obra durante el desarrollo de los trabajos.
En caso de accidente en la obra que ocasione daños a personas o bienes, el contratista está obligado, sin perjuicio de los trámites legales pertinentes, a presentar al Comitente, dentro de las veinticuatro (24) horas de ocurrido el incidente, un informe preliminar del accidente y dentro de las cuarenta y ocho (48) horas uno completo sobre el mismo, explicando el alcance del daño, su causa y las medidas preventivas que propone tomar para evitar su repetición.
El Comitente podrá solicitar exámenes de espirometría (Ley 19.172, Decreto 120/014 y su Decreto 285/016)y cualquier otro destinado a detectar la ingesta o el consumo de sustancias que puedan poner en riesgo al trabajador y/o al resto de los operarios, en forma regular por muestreo y en forma rotativa a todo el personal que trabaje en la Obra. El resultado de este examen deberá ser cero para que el operario pueda ingresar a la misma. Los gastos que originen estas medidas serán de cargo del contratista.
En todos los casos el contratista será responsable del cumplimiento de las obligaciones contraídas con sus trabajadores, durante el plazo de duración del contrato y mientras sean aplicables.
El comitente se reserva el derecho de exigir cuando lo crea necesario, la presentación de la documentación que acredite la registración debida, liquidación de sueldos y jornales, recibos de pago y comprobantes de aportes, pago de seguros, etc., así como toda otra información relativa a los trabajadores. En un todo de acuerdo con las leyes vigentes en cada materia.
La falta de presentación de la documentación faculta al comitente a realizar las retenciones de las sumas de pagos pendientes hasta tanto se haya cumplido con la obligación, en cuyo caso se procederá a la liberación de dichas facturas.
El comitente y el contratista reconocen expresamente que el contrato suscrito entre ambas partes no creará entre ambas ninguna vinculación de índole laboral o de dependencia, ni tampoco entre una de las partes y los empleados de la otra.
El contratista deberá mantener indemne al Comitente, sustituirlo en juicio e indemnizarlo en caso de que el Comitente deba hacer frente a cualquier reclamación derivada del incumplimiento por parte del contratista a sus obligaciones.
En especial el contratista será responsable de informar al Comitente sobre cualquier reclamo vinculado a los aspectos descriptos en la Ley Nº 18.099 de Responsabilidad Solidaria y Ley Nº
19.196 de Responsabilidad Penal Empresarial, formulado por cualquiera de sus trabajadores o los de sus Subcontratistas que hayan participado en las tareas contratadas, debiendo el contratista mantener indemne al Comitente ante cualquier tipo de reclamo efectuado ya sea por sus propios trabajadores o de sus Subcontratistas, Banco de Previsión Social o Banco de Seguros del Estado, que deriven de situaciones de incumplimiento que le sean imputables tanto al contratista como a sus subcontratistas.
Es responsabilidad del contratista la elaboración, presentación, gestión y ejecución del “Plan de Gestión Ambiental de la Construcción” para las obras objeto de la presente licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista deberá cumplir con todas las exigencias legales y normativas en materia de preservación del medio ambiente.
Será responsabilidad del Contratista la elaboración de un “Plan de Gestión de Riesgos” que deberá contener una identificación de los riesgos, incluyendo los Socio-Ambientales, de
Seguridad y Salud Ocupacional, asociados a las actividades de la Obra, así como las medidas de gestión a implementar.
5.9 HORARIO DE TRABAJO
El contratista desarrollará sus tareas dentro del predio del comitente de lunes a viernes en el horario de 7.00 a 18.00 hs.
Los trabajos cuya urgencia precisen la prolongación de la jornada laboral, el empleo de turnos o la actividad en xxxxxx, xxxxxxx o feriados, serán previamente autorizados por el comitente.
No habiendo lugar a reclamo alguno en concepto de contraprestación económica por estas causas cuando sean solicitadas por el contratista a tenor de sus propios intereses o cuando no esté previsto y especificado en su plan de trabajo o en el contrato.
5.10 INSTALACIÓN XXX XXXXXXX DEL CONTRATISTA
El contratista deberá instalar su obrador (oficinas, depósitos, talleres, vestuarios, servicios higiénicos, etc.) en la zona destinada y acondicionada para tales efectos y deberá contar con la autorización del Comitente.
Siendo de su cargo todas las obras necesarias para dicha implantación incluso las obras necesarias para comedor, desagües de vestuarios y servicios higiénicos, las cuales deberán estar de acuerdo a la legislación vigente.
El oferente deberá incluir en su oferta cuáles son los requerimientos de área necesaria para sus instalaciones.
Una vez finalizado los trabajos dichas obras deberán ser removidas en su totalidad, dejando el área completamente limpia. No se otorgará la Recepción Provisoria hasta que esté completa la desmovilización del contratista.
5.11 VIGILANCIA DE OBRA Y CONTROL DE ACCESO
El contratista deberá velar por la vigilancia dentro del predio, tanto en la zona de obradores, pañoles y demás instalaciones, así como en la zona de obra.
No se reconocerán prórrogas de plazo, sobrecostos o reintegros de ninguna especie por robro, daños u otro perjuicio que puedan generarse o atribuirse por acciones de vandalismo, hurtos o acciones de personas ajenas.
5.12 TRAZADO Y REPLANTEO DE LA OBRA
El replanteo deberá realizarse dentro de los diez (10) días a partir de la fecha de la firma del contrato.
El contratista será notificado del día y hora en que se efectuará el trazado y replanteo. Pondrá a disposición del Comitente o quien este designe, el personal, los instrumentos, útiles y materiales necesarios para el trazado, debiendo extenderse por duplicado un acta (Acta de Replanteo) en que conste haberse verificado esta operación con arreglo al proyecto aprobado, incluyendo las observaciones que en esa operación se hubieran formulado.
Uno de los ejemplares del acta se agregará al expediente respectivo, quedando el otro en poder del contratista. El replanteo se hará aún en ausencia de éste, levantándose acta con la firma de los comparecientes.
Los gastos de replanteo general, así como los de los replanteos parciales que se efectúen en el curso de los trabajos serán de cuenta del contratista, como también la reposición de las señales que por cualquier causa llegaran a desaparecer.
5.13 MODO DE EJECUTAR LOS TRABAJOS
El Contratista ejecutará los trabajos, cumpliendo estrictamente con las mejores Reglas del Arte y de la Buena Construcción, de tal manera que resulten enteros, completos y adecuados a su fin, en la forma que se indica en los Planos de Proyecto Ejecutivo, los Pliegos, en estas Cláusulas y en los demás documentos integrantes del contrato, aunque los planos no presenten o los documentos no mencionen la totalidad de los detalles y elementos necesarios a ese efecto.
Todo material provisto o trabajo ejecutado en virtud de esta cláusula será de calidad, tipo, forma y demás requisitos equivalentes y análogos a los similares previstos o existentes según corresponda a juicio del Comitente.
5.14 TRABAJOS SIN ORDEN PREVIA DE EL COMITENTE
Los trabajos ejecutados con materiales de mayor valor que los estipulados, sea por calidad, naturaleza, etc., serán pagados al contratista como si los hubiera ejecutado con los materiales especificados oportunamente, aunque hubieran sido aceptados por el Comitente, salvo el caso de haber sido ordenado en forma expresa una modificación en la calidad de los materiales, por parte del Comitente y haberse aceptado por escrito por la misma su cambio de precio. Los trabajos llevados a cabo sin orden expresa del Comitente en disconformidad con las órdenes de
servicios y de las especificaciones pertinentes, aunque fueran de mayor valor que los contractualmente establecidos, podrán ser rechazados, en cuyo caso su demolición y reconstrucción estará a cargo del contratista.
5.15 TRABAJOS Y MATERIALES QUE DEBEN QUEDAR OCULTOS
Todo trabajo o material destinado a quedar oculto, cuya cantidad o calidad no se pudiera comprobar una vez cubierto, será revisado por el Comitente antes de ser cubierto, para lo cual el contratista le dará aviso con anticipación de dos días corridos en el libro de pedido de obra.
Si pasadoS dos días no fue inspeccionado podrá taparlo.
Si el contratista tapara sin autorización previa el Comitente podrá pedir que se destape x xxxxx del contratista.
5.16 LIMPIEZA DE LA OBRA
Durante el progreso de las obras el contratista deberá mantener el emplazamiento debidamente libre de toda obstrucción innecesaria y deberá almacenar o eliminar todo el equipo de construcción y los materiales sobrantes así como quitar y remover del emplazamiento todos los escombros, basuras y obras provisorias que ya no se necesiten.
5.17 RELACIONES ENTRE LAS PARTES
Todas las comunicaciones, órdenes e instrucciones del comitente se impartirán por escrito mediante un "Libro de Órdenes de Servicio". En igual forma se llevará en obra o en la oficina que el Comitente designe al efecto, un "Libro de Pedidos" donde el contratista efectuará todas las preguntas, observaciones, propuestas, pedidos, solicitud de certificaciones o pagos, etc.
Las órdenes de servicio no liberan al contratista de su responsabilidad directa por la correcta ejecución de los trabajos conforme a las reglas de su ciencia u oficio.
Estos libros serán provistos por el comitente, con hojas triplicadas y firmados por el Comitente y el Representante Técnico del contratista y permanecerán en custodia del Comitente o quien este designe. Una de las hojas triplicadas será entregada al contratista o al comitente, según corresponda cada vez que sea redactada una orden de servicio o pedido.
Durante el transcurso de los trabajos, podrán introducirse modificaciones al Plan de Trabajos con la autorización del Comitente, con la condición de no alterar la fecha de terminación.
Cuando se hayan otorgado prórrogas del plazo contractual, el comitente podrá requerir el reajuste de las fechas del Plan de Trabajos.
A menos que en el contrato se indique lo contrario, si para la ejecución de la obra fuera necesaria energía eléctrica y agua, estos servicios serán gestionados, provistos por el comitente en un punto próximo a la obra. Serán a costo y a cargo del contratista, tanto los consumos así como la construcción de las redes de distribución provisorias necesarias para el desarrollo de los trabajos, las cuales deberán cumplir con la reglamentación vigente.
5.18 AUMENTOS Y DISMINUCIONES DEL CONTRATO
El comitente tendrá derecho a realizar modificaciones al proyecto contratado, ya sean aumentos o disminuciones del volumen de obra, así como tipo o calidad de los materiales. Para la evaluación económica de las modificaciones el contratista deberá mantener los precios unitarios de la Planilla de Precios y Metrajes de su oferta.
Mientras el monto de las modificaciones no exceda el 20% (veinte por ciento), en más o en menos del monto global contratado, el contratista deberá aceptarlas sin derecho a reclamo alguno. En este caso, los montos generados por estas variaciones se adicionarán o restarán, según corresponda al precio global ofertado.
El contratista no podrá solicitar:
ni sobre-plazos en el caso de aumentos, salvo que demuestre fehacientemente que es una tarea crítica
ni indemnización por los beneficios que hubiera dejado de percibir por la reducción del contrato.
En el caso que las modificaciones superaran el 20% (veinte por ciento) citado anteriormente, se requerirá el consentimiento escrito del contratista.
Serán aceptados únicamente nuevos precios por cualquier material o tarea que a criterio exclusivo del Comitente, no estuviese contemplado en los precios unitarios de contrato.
En ese caso el contratista entregará un análisis de costos directos de la nueva tarea, el cual se podrá incrementar únicamente en un 10% (diez por ciento) por concepto de gastos generales y beneficio.
Si el contratista en el plazo xx xxxx días de impartida la orden de reducción justificare por escrito con la documentación pertinente, haber contratado previamente algún suministro o asumido algún compromiso, que no será utilizado en obra, se le restituirá los costos en que haya incurrido.
5.19 RECLAMOS DEL CONTRATISTA
Cualquier reclamo que el contratista tuviera que efectuar al comitente, por la causa que fuese, deberá formularse dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, contados desde la fecha en que tuviera lugar el hecho que diera lugar a aquélla, y necesariamente por escrito en el Libro de Pedidos. Transcurrido este plazo, no se tendrá en consideración reclamo alguno.
En la notificación mencionada precedentemente, el contratista deberá indicar y cuantificar fundadamente el motivo de su notificación.
El comitente tendrá un plazo xx xxxx (10) días hábiles para contestar el reclamo. Si no se diera una respuesta en este plazo se entenderá que el reclamo es rechazado.
5.20 SUBCONTRATOS
En ningún caso el contratista podrá subcontratar toda o parte de la obra sin mediar el consentimiento expreso del comitente.
Sin perjuicio de la autorización, el contratista mantendrá su entera responsabilidad por los trabajos realizados por el subcontratista ya sea por negligencia, culpa, dolo o hechos ilícitos causados por éste o sus dependientes.
El subcontratista no podrá tener trato directo con el comitente por lo que siempre deberá haber en obra personal responsable del contratista. La ausencia de este personal habilitará al comitente a suspender los trabajos hasta que dicho personal se haga presente sin generar por esto derecho a extensión de los plazos contractuales.
El oferente deberá declarar en su oferta todos los subcontratos que excedan del 5% del monto de su oferta.
El comitente se reserva el derecho de ejecutar con personal propio o subcontratar directamente la parte de la obra que se solicita subcontratar, si discrecionalmente entiende que los subcontratos propuestos no reúnen la experiencia necesaria para la ejecución de los trabajos. No generando esta decisión derecho a indemnización alguna al contratista.
5.21 INSPECCIONES
El Comitente y/o sus Inspectores y/o terceras partes independientes que sean designadas, tendrán libre acceso en todo momento a todos los sectores donde se realicen trabajos
relacionados con el contrato y podrán detener o rechazar cualquier proceso de fabricación y montaje no satisfactorio ya sea en obra así como en los talleres donde se estuviese fabricando o montando un componente.
La inspección mencionada tiene por objeto minimizar los problemas producidos por un trabajo o provisión de baja calidad, pero no releva al contratista de su responsabilidad, debiendo la ejecución de los trabajos estar de acuerdo a las especificaciones y con las reglas del buen arte.
Cuando el Inspector detecte trabajos o materiales defectuosos, las reparaciones a las que dieran lugar, deberán ser ejecutadas por el contratista sin cargo alguno para el comitente; cuando se detectare un trabajo general inaceptable se podrá proceder a la rescisión del contrato por culpa del contratista.
También realizará una planificación quincenal detallada para poder realizar la inspección de los trabajos. No se podrá comenzar con los trabajos sin el acuerdo previo del comitente a las planificaciones mencionadas.
No se aceptarán adicionales, producto de trabajos complementarios realizados por el contratista que no hayan sido presupuestados por éste y aprobados por el Comitente. El contratista no tendrá derecho a reclamo alguno si no se hubiere cumplido con el procedimiento antes mencionado.
6 CERTIFICACIONES Y FORMA DE PAGO
6.1 FORMA DE PAGO
Los pagos se realizarán en pesos uruguayos utilizando el valor de la Unidad Indexada del último día del mes que se esté certificando.
Reajuste de Precios: Siendo la cotización en Unidades Indexadas, el reajuste opera con la variación de dicha Unidad.
Habrá un único certificado mensual de obra realizada, que será elaborado por el contratista a precios unitarios de la oferta, de acuerdo a los avances realmente ejecutados y será presentado dentro de los primeros 5 días del mes siguiente al que se liquida. El certificado deberá ser aprobado por el Comitente en un plazo no mayor de 10 días.
El Comitente elevará el certificado junto con un informe en que conste la situación de la obra respecto a los plazos parciales. Adicionalmente, con el certificado deberá presentarse la nómina a presentarse en el BPS por los aportes sociales.
El pago se realizará dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la aprobación del certificado.
El pago del IVA se realizará mediante certificados emitidos por DGI solicitados a nombre del contratista.
Cuando corresponda el pago de anticipos, éstos deberán ser caucionados, en un cien por ciento (100%), por el contratista, mediante la constitución de una fianza bancaria o póliza de caución a favor del comitente y a su plena satisfacción.
6.2 TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD EN CADA CERTIFICADO DE AVANCE
Las partes declararán que todos los bienes, instalaciones, insumos y servicios adquiridos por el Contratista para ser incorporados a la Obra, tienen como fin último y exclusivo, su afectación a la misma.
En consecuencia a medida que se vaya certificando el avance, el cual deberá estar debidamente detallado los rubros que se cancelan, se trasferirá la propiedad de los mismos.
6.3 MULTAS
Si el contratista no finalizará las obras en el plazo establecido en estas especificaciones, el comitente podrá aplicarle una multa equivalente a U$S 5000 (dólares estadounidenses cinco mil) por cada día de atraso en la fecha pactada.
Si el contratista no cumpliera los plazos establecidos para los hitos parciales establecidos, el comitente podrá aplicarle una multa equivalente a U$S 5000 (dólares estadounidenses cinco mil) por cada día hábil xx xxxx.
Si el contratista no iniciare las obras dentro del plazo establecido, el comitente podrá aplicarle una multa equivalente a U$S 2000 (dólares estadounidenses dos mil) por cada día de atraso, pudiendo asimismo declarar rescindido el contrato con pérdida de la garantía de fiel cumplimiento por parte del contratista.
El incumplimiento de órdenes de servicio, dará lugar a la aplicación de una multa de U$S 500 (dólares estadounidenses quinientos) por día y por cada orden incumplida.
Si se registraran retrasos parciales en algún Ítem o rubro mayor del 10%, de acuerdo a lo establecido en el PLAN FÍSICO FINANCIERO aprobado (Art. 4.4), el comitente podrá retener de los créditos del contratista hasta un monto equivalente al 100% del valor del retraso incurrido. Dichas retenciones serán devueltas en la medida que se corrijan los apartamientos del plan aprobado.
Sin perjuicio de las multas por atraso, en caso de rescisión del contrato imputable al contratista el comitente aplicará, en forma acumulativa con la muta por atraso, una multa equivalente al 10 (diez) % del monto total del contrato, sin perjuicio del reclamo de los daños y perjuicios ocasionados.
El comitente, queda desde ya facultado a hacer los descuentos correspondientes en los certificados de avances pendiente de pago y/o mediante la deducción del fondo de garantía creado y/o mediante la ejecución de las garantías constituidas.
Las partes acuerdan pactar en contrario al art. 1370 del Código Civil, en consecuencia no existirá prorrateo.
7 RECEPCIÓN DE LAS OBRAS
7.1 RECEPCIÓN PROVISORIA DE LAS OBRAS
Una vez finalizados la totalidad de los trabajos el contratista solicitará por escrito, al Comitente la recepción provisoria de las obras, especificando el monto de las retenciones efectuadas en las liquidaciones mensuales (a cargo del refuerzo de garantía de cumplimiento de contrato) correspondientes a dichas obras.
Si las obras se encontrasen en buen estado y con arreglo a las condiciones del contrato, se darán por recibidas provisoriamente, labrándose un acta de recepción comenzando desde esa fecha el plazo de 1 (un) año de garantía, así como también el plazo de 15 (quince) días para la devolución de la póliza depositada en carácter de Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Este plazo no exime al contratista de los plazos mayores de garantías establecidas por la legislación vigente.
Si las obras no se encontrasen ejecutadas con arreglo al contrato, se hará constar así en el acta, dando el Comitente al contratista instrucciones detalladas y precisas y un plazo para subsanar los defectos observados. A la expiración de este plazo o antes, si el contratista lo pidiera, se efectuará un nuevo reconocimiento y si de él resultase que el contratista ha cumplido las órdenes recibidas, se procederá a la recepción provisoria.
Si transcurrido el plazo concedido para subsanar los defectos, éstos no hubiesen sido corregidos a satisfacción del comitente, ésta podrá optar entre:
a) corregirlos ella misma o a través de terceros, por cuenta y a cargo del contratista, descontando el importe de los trabajos de reparación de cualquier suma retenida o de otros conceptos, de las garantías si las hubiera o reclamar judicialmente el cobro. Se deja constancia que el contratista autoriza expresamente a compensar cualquier monto que adeude al comitente, por cualquier concepto, con los pagos que ésta tenga que efectuar, o
b) conceder al contratista un nuevo plazo improrrogable. Si en el nuevo término no se corrigiesen los defectos, el comitente tendrá derecho a rescindir la relación contractual con pérdida para el contratista de las sumas adeudadas, y sin perjuicio de responsabilizarlo por los perjuicios ocasionados y de aplicarle las penalizaciones previstas en estas Condiciones Generales, Especificaciones Técnicas y/o en la orden de compra o contrato respectivo o de reclamar la indemnización judicial a que el comitente tuviese derecho.
Las sumas pagadas por el comitente a terceros por los conceptos indicados en el párrafo a),mencionado en la página anterior, no podrán ser cuestionadas por el contratista en ningún caso.
Suscrita el Acta de Recepción Provisoria sin observaciones, o transcurridos los plazos otorgados por el comitente en el Acta para subsanar los defectos, si los mismos hubiesen sido corregidos, comenzará a regir el plazo de 1 año de garantía y tendrá fecha cierta la Recepción Provisoria de la obra.
Ninguna entrega por el contratista o pago por parte del comitente, se interpretará como la aceptación de los trabajos ni exonera al contratista de sus responsabilidades.
En ningún caso se interpretará que el comitente, renuncia a invocar garantías, penalidades o responsabilidad del contratista.
La Recepción Provisoria podrá ser total o parcial de acuerdo a las características de las obras.
Durante el período de conservación, serán de cargo del contratista todos los gastos en que este incurra para mantener las obras en perfecto estado y en caso que el contratista no actuara con diligencia y dentro de los plazos de 10 (diez) días, el comitente podrá actuar como ha sido establecido en los puntos a) y b) de la página anterior.
7.2 RECEPCIÓN DEFINITIVA DE LAS OBRAS
Terminado el plazo de garantía, se procederá a la recepción definitiva con las formalidades indicadas para las provisorias y si las obras se encontrasen en perfecto estado, se darán por recibidas labrándose el acta correspondiente, que incluirá el certificado de cierre de obra emitido por el BPS y la entrega por parte del contratista de los planos conforme a obra.
Verificada la recepción definitiva del total de la obra, se hará la liquidación final de los trabajos que con arreglo a las condiciones del contrato y órdenes de servicio hubieran sido efectuados. Aprobada dicha liquidación se devolverán las garantías de buena ejecución retenidas al contratista, previa deducción de las multas en que hubiera incurrido y siempre que contra él no exista reclamación alguna por daños y perjuicios producidos a consecuencia de las obras y que sean de su cuenta o por reclamaciones de los trabajadores del contratista o de sus subcontratistas, ni reliquidaciones pendientes del BPS, BSE, FOCER o MTSS (por tributos, aportes, multas o recargos de cualquier índole), en un plazo de 15 (quince) días a partir de la firma del acta de recepción definitiva parcial correspondiente a la última etapa de la obra.
8 MISCELÁNEAS
8.1 NO CESIÓN
El contratista no podrá ceder o transferir los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato sin la aprobación previa y por escrito del Comitente. Asimismo tampoco podrán cederse los créditos emergentes del contrato sin la aprobación previa y por escrito del comitente.
8.2 JURISDICCIÓN COMPETENTE
Por el sólo hecho de presentarse a esta licitación se entenderá que el oferente conoce y acepta todos los términos aquí expresados y hace expreso reconocimiento y manifiesta su voluntad de someterse a las leyes y tribunales de la República Oriental del Uruguay, con exclusión de todo otro recurso y que el oferente renuncia al fuero que pudiere corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
8.3 RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS TECNICAS- ARBITRAJE
Por cualquier controversia de índole técnica entre las partes, relacionada o derivada del presente contrato y que no pudieran resolver en forma amigable se someterán al Arbitraje.
Designando un árbitro cada una de las partes, quienes de común acuerdo designarán a un tercero que oficiará como Presidente del Tribunal Arbitral y tendrán un plazo de 30 días para expedirse sobre el diferendo presentado.
Los honorarios del Presidente del Tribunal serán de cargo las partes en montos iguales.
8.4 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
8.4.1 POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA
El comitente, podrá resolver el contrato si el contratista incurriera en uno de los siguientes supuestos:
a) En caso de muerte, incapacidad física o mental, declaración de ausencia, liquidación, xxxx, quiebra o concurso del contratista, o vencimiento de plazo del plazo de duración de la persona jurídica.
b) Contravención de cualquiera de las obligaciones y condiciones estipuladas en estas Condiciones Generales y/o en las especificaciones técnicas y/o la orden de compra o contrato y/o las instrucciones impartidas en el Libro de Órdenes y/o la aplicación de penalidades que excedan xxx xxxx por ciento (10%) del importe total de los trabajos contratados.
c) Incumplimiento del contratista, por más de treinta días calendario, del plazo fijado en el contrato u orden de compra para la iniciación de los trabajos.
d) Lentitud en la ejecución de los trabajos en grado tal que la parte ejecutada no corresponda al tiempo previsto en el Plan de Trabajos y, a juicio del comitente, no pueda terminarse en los plazos estipulados.
e) Suspensión o paralización de la prestación del trabajo contratado por más de 15 días consecutivos, excepto en caso de fuerza mayor acreditada.
f) Dolo o grave negligencia del contratista en la ejecución de los trabajos.
g) Transferencia total o parcial de la orden de compra o del contrato, asociación con otros para su ejecución o subcontratación sin previa autorización escrita del comitente.
La rescisión del contrato por las causales de los incisos b), c), d) y e) será necesariamente precedida de una comunicación al contratista intimando el cese de la violación.
La configuración de una causal faculta al comitente, para resolver el contrato o la orden de compra o intimar a que en un plazo cierto regularice la situación bajo apercibimiento de declarar la rescisión del contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial.
Resuelto el contrato por culpa del contratista, éste perderá el depósito de garantía en forma proporcional a la parte no cumplida; asimismo, perderá las sumas retenidas. Todo ello con independencia de la indemnización que pudiera corresponder al comitente, por los daños y perjuicios derivados de la resolución.
El comitente, se reserva el derecho de rescindir el contrato o la orden de compra total o parcialmente en cualquier momento por decisión unilateral suya y con un preaviso por escrito de treinta (30) días corridos, debiendo el contratista proceder a la paralización inmediata de los trabajos.
Dentro de los veinte (20) días siguientes a dicha notificación, el comitente, certificará todas las sumas que se adeuden al contratista por los trabajos realizados, incluyendo materiales y mano de obra suministrados, desde la emisión de la última certificación. Seguidamente se procederá a determinar con la mayor celeridad las restantes cantidades que deben ser abonadas al contratista.
Notificada la rescisión del contrato por el comitente, el contratista acatará con toda diligencia las instrucciones, relativas a la cancelación de los compromisos pendientes, a la ejecución de los trabajos o servicios requeridos para la conservación de las instalaciones, retiro del equipo de trabajo, instalaciones provisionales y materiales, y de toda otra medida que sea necesaria o conveniente.
En el caso de que el comitente, ejercite la facultad reservada de recisión unilateral, deberá pagar al contratista el valor del trabajo ejecutado hasta la fecha en que se emitió la orden de paralizar los trabajos o servicios, a los precios convenidos en la orden de compra o contrato y además:
(i) el costo de materiales prudentemente solicitados para la realización de los trabajos o servicios, que hayan sido recibidos por el contratista, o cuya entrega esté legalmente obligado a aceptar, previa entrega de tales materiales al comitente por parte del contratista; y
(ii) el costo razonable de desmovilización.
En ningún caso, el contratista podrá reclamar por lucro cesante ni por gastos efectuados por el contratista con motivo de la contratación.
8.4.2 POR CAUSAS IMPUTABLES AL COMITENTE
El contratista tendrá derecho a rescindir el contrato en las siguientes situaciones:
Si el comienzo de los trabajos se postergara por más de sesenta (90) días por culpa o dolo del comitente.
Si el comitente suspende los trabajos por un lapso mayor a noventa (90) días corridos o alternados, salvo causa justificada.
Si el comitente debe reducir el ritmo previsto en el Plan de Trabajos en más de un cincuenta por ciento (50%), durante un período superior a 120 días, salvo causa justificada.
Si el comitente demore con los pagos de los certificados más de 60 días de la fecha prevista para su pago, de acuerdo a lo establecido en el contrato, salvo causa justificada.
Si hubiera quiebra/liquidación judicial declarada y firme del comitente así como del pedido por su parte de la concesión de moratoria, concordato, o solicitud de quiebra legalmente declarada, a pedido de uno o más acreedores según corresponda.
En los casos antes descritos, el contratista previamente deberá intimar judicialmente o por telegrama colacionado con copia al comitente para que dentro de un plazo perentorio de treinta (30) días arbitre las medidas conducentes a regularizar el cumplimiento de las obligaciones del contrato a su cargo.
El vencimiento del plazo de intimación antes establecido producirá la xxxx del comitente. El contratista intimará por los mismos medios referidos en este numeral al comitente, a proceder a la recepción provisoria de los trabajos ejecutados, dentro de los quince (15) días posteriores a la rescisión del contrato, debiendo proceder a la liquidación correspondiente, incluyendo las prestaciones inconclusas y que fueran de recibo, que se liquidarán en forma proporcional a los valores de contrato, así como los costos de retiro de equipos, herramientas y otros bienes del contratista.
El comitente reconocerá por concepto de única y total indemnización de multas, y/o daños y perjuicios que se hubieran irrogado por concepto de la rescisión del contrato antes referido y/o la ocurrencia de las causas antes relacionadas, un monto que no supere el cinco por ciento (5%) del precio de los trabajos pendientes de ejecución, teniendo en cuenta el pago de suministros efectuados.
El contratista renuncia expresamente a ejercer el derecho de retención de obra, en caso de rescisión del contrato, cualquiera sea la causa que la origine.
8.5 POR FUERZA MAYOR:
Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito todo hecho imprevisible e irresistible fuera del control de las partes que impida el cumplimiento de todas o algunas de las obligaciones estipuladas en este contrato, incluyendo pero no limitado a actos o hechos de autoridades nacionales, departamentales o cualquier decisión judicial, que tuviera como consecuencia la suspensión de los trabajos.
No existirá fuerza mayor si la parte que intenta valerse de la misma estuviera constituida en xxxx en el cumplimiento de alguna de sus obligaciones.
Tampoco será considerado con relación al contratista el incumplimiento de sus subcontratistas. En caso de reconocerse o acreditarse la existencia del caso fortuito o fuerza mayor invocados ninguna de las partes podrá reclamar a la otra daños, perjuicios, intereses u otras compensaciones así como tampoco los gastos improductivos que se originen por los retrasos que ello ocasione en el cumplimiento de las obligaciones contractuales
No se considerará fuerza mayor la realización de huelgas de personal de carácter interno provocado por conflictos entre la empresa (contratista y/o subcontratista) y sus trabajadores.
Las extensiones de plazo que se produjeran como consecuencia de casos de fuerza mayor no darán derecho a reclamo de ninguna de las partes de sobrecostos por mayor permanencia, multas, etc.
8.6 PROPIEDAD DE IMPLEMENTOS
Cuando corresponda que el comitente, facilite al contratista equipos, maquinarias dispositivos, instrumentos o implementos en general propios o de terceros, en razón de las obras de que se trate, a todos los efectos de la respectiva relación jurídica y cualquiera sea su titularidad real, se entenderán como de propiedad exclusiva del comitente, a quien deberán ser restituidos ante su requerimiento.
El contratista responderá frente al comitente, por pérdida, destrucción o deterioro total o parcial, aún en el supuesto de caso fortuito o de fuerza mayor, de los objetos comprendidos en el párrafo anterior, y son a su cargo los gastos de reposición, reparación y/o mantenimiento.
El comitente, podrá controlar el estado, empleo y/o destino de las cosas comprendidas en este punto.
Todos los materiales que sean provistos por el contratista deberán ser sometidos a la previa aprobación del comitente. Si este requisito no fuera debidamente cumplido y documentado, el comitente, se reserva el derecho de ordenar ejecutar nuevamente, con materiales aprobados, los trabajos realizados con materiales sin previa aprobación, corriendo enteramente por cuenta del contratista los gastos de la destrucción de lo ejecutado y de la nueva ejecución de los trabajos.
El contratista no podrá retirar de la obra ningún material acopiado sin autorización del Comitente y será responsable de la custodia y conservación de los mismos. Por lo tanto deberá reponer los materiales que hubieren sufrido deterioro, pérdida o sustracción, etc.
El contratista deberá almacenar ordenadamente los materiales en el lugar de la obra en forma que no sufran deterioro o alteraciones y en forma tal que sea fácil su inspección y recuento. En caso de no hacerlo después de vencido el plazo otorgado por el Comitente, éste los podrá hacer almacenar por cuenta del contratista.
Todo el material provisto por el comitente al contratista, que resulte excedente a la terminación de la obra, deberá ser devuelto al depósito de origen en el mismo estado en que fue entregado.
El déficit que pueda existir en la devolución de materiales será repuesto de inmediato, en su defecto se procederá a descontar el valor del material del importe de los certificados a cobrar, o será reclamado judicialmente.
8.7 PROPIEDAD INDUSTRIAL
Los modelos, marcas de productos, patentes de invención, muestras, prototipos, planos, diseños, planillas, documentación, instrucción o Know-How técnico y tecnológico, operativo o de organización y funcionamiento, métodos y sistemas y, en general, todo dato que el comitente, facilite al contratista en razón de las contrataciones efectuadas, o para proyectar, diseñar, experimentar, desarrollar, montar o producir un bien determinado, a todos los efectos de la respectiva relación jurídica y cualquiera sea su titularidad real, se entenderán como de propiedad exclusiva del comitente, en cuyo exclusivo beneficio se aplicarán y a quien deberán ser restituidos al cesar la causa de su afectación al contratista, quien los tendrá en carácter de depositario.
Se entenderán, asimismo, como de propiedad exclusiva del comitente, los desarrollos y modelos que resulten directamente o en ocasión o motivo de contrataciones concretas, y sus modificaciones ulteriores, cualquiera haya sido la contribución del contratista.
El contratista se compromete a no registrar, aplicar, reproducir, copiar o de cualquier modo emplear o destinar, ni comunicar o revelar, ni permitir que ello ocurra, en todo o en parte, directa o indirectamente, los bienes comprendidos en los párrafos anteriores, en beneficio propio o de terceros, o al margen de las instrucciones, lineamientos o límites permitidos, expresa o tácitamente, por el comitente que interpretará siempre con criterio restrictivo y de abstención en caso de silencio o duda sobre la procedencia o alcances de la utilización.
La utilización de nombres, marcas, signos, logotipos u otros distintivos o identificaciones de propiedad del comitente o por indicación de la misma, en ningún caso se entenderá como licencia cesión de uso o constitución de derecho alguno a favor del contratista sobre dichos bienes.
El contratista relevará al comitente de todo compromiso relacionado con el pago de cánones sobre patentes o marcas y sufragará cualquier gasto pagado o pagadero a cualquier persona o entidad por la fabricación o empleo de cualquier máquina, instrumento, procedimiento, artículo o material empleado o incluido en la realización de los trabajos contratados.
8.8 CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD
Toda la información recibida por el contratista del comitente será considerada confidencial y no será utilizada para fines ajenos a los del servicio, suministro u obra a ser prestados por el contratista sin el consentimiento escrito del comitente.
Dicha información no podrá pasar al dominio público; salvo que haya estado con anterioridad en poder del contratista y éste tuviera el derecho de hacerla pública; o sea revelada por un tercero sin restricciones sobre esa revelación o se requiera su revelación por ley o por tribunales competentes.
Este compromiso incluye a la totalidad de los directores y/o gerentes del contratista, sus funcionarios, dependientes, asesores y colaboradores por cualquier concepto, quedando prohibido el uso total o parcial de la información requerida con fines propios y su transmisión a terceros por cualquier medio que sea
Cuando el contratista deba proveer información o datos técnicos relacionados con las obras a terceros subcontratistas, tomará los recaudos necesarios para que la obligación de confidencialidad de esta cláusula sea respetada por el subcontratista.
El incumplimiento de la contratista o sus subcontratistas de la obligación asumida bajo este artículo facultará al comitente a reclamarle una suma igual al valor de los materiales, equipo y servicios presupuestados en concepto de indemnización, más los daños y perjuicios causados.
9 EXIGENCIAS VARIAS
9.1 TERRENO, IMPLANTACIÓN.
El terreno se entregará al Contratista en las condiciones actuales.
El contratista ejecutará, a su entero costo la infraestructura xx xxxxxxx necesaria para la ejecución de la obra, a saber:
• Depósito de materiales y herramientas.
• Depósito de materiales y herramientas de sus subcontratistas si así lo requieran.
• Comedor, vestuario, duchas y baños para el personal obrero, de acuerdo a las disposiciones vigentes del Ministerio de Trabajo.
9.2 CARTEL DE OBRA
La contratista deberá proveer y colocar 3 (tres) carteles de obra de acuerdo a las especificaciones que se indican a continuación:
• Horizontal 4 m, vertical 2 m, separado 2 m del piso
• Diseño impreso en lona plástica de durabilidad adecuada para el tiempo que dure la obra y hasta su recepción definitiva
• La superficie deberá ser xxxx y en una sola pieza, montados sobre perfiles metálicos empotrados en el piso.
El diseño, dimensiones, colores, tamaños y tipo de letras, así como su ubicación serán definidos por el Comitente y el contratista dispondrá de 60 días para instalarlos.
El contratista deberá instalar y mantener los carteles en buen estado de conservación y limpieza durante todo el curso de la obra. Será de su cargo la reposición o reparación en caso de eventual voladura del mismo o cualquier daño.
El contratista no podrá colocar en la obra de carteles de propaganda de las empresas participantes directa o indirectamente de la ejecución de los trabajos o prestando servicios para la obra, sin la autorización previa del comitente.
9.3 OFICINA PARA EL COMITENTE
El contratista deberá proveer al Comitente y Dirección de Obra de la UAM, local para oficinas dentro del predio de acuerdo a los siguientes requerimientos mínimos:
INFRAESTRUCTURA EDILICIA Y MOBILIARIO
La configuración de la oficina debe ser la siguiente:
dos oficinas individuales,
un ambiente para 4 puestos de trabajo
una sala de reuniones para diez personas
servicio higiénico para damas y caballeros
kitchenette.
Se estima que la superficie mínima necesaria será de 100 m2 y deberá contar con las instalaciones de servicios eléctrico y sanitaria necesario para desempeñar su actividad y que acorde a la normativa vigente.
En lo que se refiere a mobiliario
8 escritorios de 1.20 por 0.80 con cajonera,
8 sillones de escritorio,
4 archiveros con cuatro cajones.
1 mesas de reuniones xx xxxxxx redondas de 1.10 de diámetro
1 mesa para la sala de reuniones de 2,40 m por 1,00 m
15 sillas para oficina de estructura metálica,
4 bibliotecas de 1.20 de ancho por 1,80 de alto y 0.40 de profundidad de cinco estantes
1 pizarrón
heladera
microondas
dispensador de agua
equipamiento para acondicionamiento térmico.
La limpieza y mantenimiento de las oficinas será de cargo del contratista.
INFRAESTRUCTURA DE SOFTWARE Y HARDWARE
A los efectos de desempeñar las funciones solicitadas, el equipo del comitente requerirá equipos de computación de última generación, vinculadas por una red doméstica interna, que contará con un servidor y con las correspondientes medidas de seguridad, realizándose los respaldos de información en forma periódica de forma de garantizar en todo momento el normal desarrollo de los trabajos ante cualquier incidente no deseado que pudiera ocurrir.
Equipamiento informático o de apoyo requerido:
6Notebook última generación
1 PC (servidor).
Software:
o 6 Microsoft Office
o 1 AutoCAD
o 1 AutoCAD CIVIL
o 1 Project Professional
Proyector Hdmi o similar para sala de reuniones
1 Fotocopiadora
1 Impresoras multifunción A4, Laser color
1 Impresora multifunción chorro de tinta
1 Impresora A3 carro ancho, chorro de tinta
9.4 SUMINISTRO DE VEHÍCULO
El Contratista deberá suministrar dos vehículos con una antigüedad no mayor a tres años, sin chofer para uso del personal que el Comitente indique, sin limitaciones de horario y con destino exclusivo al contralor de la obra. Los vehículos se suministrarán libre de todo gravamen desde la fecha de replanteo de la obra hasta la recepción provisoria. Será sedan o rural, tendrá una cilindrada mínima de 1600 cc, capacidad para 4 personas, aire acondicionado, radio y deberá ser aprobado por el Comitente.
Serán de cuenta del Contratista todos los gastos de empadronamiento, patente y seguro completo o de todo riesgo, combustible (máx. 40 km/día) y mantenimiento de los vehículos durante el transcurso de la obra hasta la recepción provisoria. En caso de interrumpirse
momentáneamente el suministro de alguno de los vehículos por cualquier causa, será sustituido, sin que esto genere ningún costo para la Administración, por otro de características no inferiores mientras dure la anomalía.
9.5 SUMINISTRO DE LABORATORIO Y EQUIPOS DE TOPOGRAFÍA
El contratista deberá poseer el equipo de laboratorio correspondiente para realizar todos los ensayos de suelos, mezclas asfálticas y hormigones, así como todas las pruebas para la recepción de los trabajos realizados que se mencionan en el presente pliego, memorias constructivas y toda documentación que integran este proyecto. Todos los equipos deberán contar, cuando corresponda, los certificados de calibración vigentes otorgados por entidades habilitadas para tal fin.
El contratista pondrá a disposición del Comitente, todo el equipo topográfico para el contralor de los trabajo acorde al ritmo de los trabajos previstos, como mínimo deberá suministrar estación total, nivel óptica y miras, cintas métricas, odómetros y otros implementos menores.
No se otorgarán prorrogas de plazo por demoras en las trabajos topográficos de contralor o por retrasos en los resultados de los ensayos, que se generen por la falta de equipamiento o su mal funcionamiento.
9.6 SEÑALIZACIÓN DE OBRA
El contratista señalizará adecuadamente los tramos en que trabaja de forma de procurar seguridad para los usuarios, trabajadores propios o de otros contratistas, personal de Dirección u otros, durante el día y la noche.
Cuando corresponda se señalizarán los desvíos, guiando a los usuarios por el camino alternativo.
Serán de cargo del contratista los costos que generen estas tareas.