Expediente nº: 025SV/2015
INGURUMEN ETA LURRALDE POLITIKA SAILA
Administrazio eta Lurralde Plangintzaren Sailburuordetza
Zerbitzu Zuzendaritza
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL
Viceconsejería de Administración y Planificación Territorial
Dirección de Servicios
Expediente nº: 025SV/2015
CARÁTULA xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares Tipo de contrato: SERVICIOS
Procedimiento: ABIERTO
I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
1.1.- Finalidad del contrato, naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato: Servicio de planificación y compra de espacios publicitarios en prensa, radio, televisión y publicidad exterior para el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial.
1.2.- División por lotes: NO
1.3.- Código de la clasificación estadística CPA-2008 (Reglamento (CE) nº 451/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 xx xxxxx de 2008): 73.12.1
1.4.- Código nomenclatura CPV1 (Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV)): 79341200-8
2.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Los indicados en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx y, su caso, los siguientes: carátula, pliego de cláusulas administrativas particulares, pliego de bases técnicas y documento contractual.
3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (las ofertas no pueden superar los importes totales señalados).2
El presupuesto máximo de licitación o, en su caso, de gasto indicativo asciende a trescientos setenta y uno mil novecientos euros con ochenta y tres céntimos (371.900,83€), al que corresponden setenta y ocho mil noventa y nueve euros con diez y siete céntimos (78.099,17€) de IVA, resultando un importe total de cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000€).
Distribuidos, en su caso, en las siguientes anualidades:
- Año 2016: 309.917,36 euros + 65.082,64 euros de IVA. Total 375.000 euros.
- Año 2017: 61.983,47 euros + 13.016,53 euros de IVA. Total 75.000 euros.
Este presupuesto máximo es un gasto indicativo, por lo que hay que tener en cuenta que el gasto efectivo está condicionado por las necesidades reales de la Administración que, por tanto, no queda obligada a demandar una determinada cuantía de unidades, ni a gastar la totalidad del presupuesto.
4.- PRECIO Y PAGOS.
4.1.- Sistema de determinación del precio3: PRECIOS UNITARIOS
1 Únicamente en contratos de regulación armonizada.
2 En los contratos de suministros y de servicios con presupuesto limitativo, en los que el empresario se obligue a entregar una pluralidad de bienes o a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario, sin que el número total de entregas o prestaciones incluidas en el objeto del contrato se defina con exactitud al tiempo de celebrar éste, por estar subordinadas las mismas a las necesidades de la Administración, deberá consignarse un presupuesto máximo.
3 Si se trata de un contrato de obra, debe indicarse: el establecido en el punto 19.
4.2.- Modalidad de pago del precio4, 5:
- Pago total: NO
- Pagos parciales: SI
En caso afirmativo, indicar vencimientos o periodicidad: La periodicidad de las certificaciones será mensual.
4.3.- Xxxxxx a cuenta: NO 4.4.- Revisión de precios: NO
4.5.- Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento: NO
5.- PLAZO DE EJECUCIÓN O FECHA DE ENTREGA (reducibles por las ofertas en el caso de que el plazo constituya criterio de valoración de las ofertas).
5.1.- Plazo o fecha límite total6: Un año
5.2.- Plazos o entregas parciales (de comienzo o terminación de las partes de la prestación que se indican a continuación): En función de cada pedido
5.3.- Prórroga del contrato7: SI
- Número de prórrogas que pueden adoptarse8: Una
- Duración de cada una de las prórrogas: Igual a la del contrato de origen.
6.- GASTOS DE PUBLICIDAD. Importe máximo de los gastos de publicidad que debe satisfacer la adjudicataria conforme al artículo 67.2 del RGLCAP: BOPV: 456,95 € y BOE: lo que facture.
7.- GARANTÍAS9.
7.1.- Garantía provisional: NO
7.2.- Garantía definitiva: 5 % del presupuesto base de licitación, IVA excluido. 7.3.- Garantía complementaria: NO
7.4.- Está permitido acreditar la constitución de la garantía mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos10: NO
7.5.- Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio: NO
7.6.- En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía: NO
Las garantías se constituirán a favor de: Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial. NIF: S4833001C
8.- SEGUROS. La empresa adjudicataria deberá tener los seguros obligatorios, los previstos, en su caso, en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx, y los que de estimarse precisos se detallen a continuación: No se estiman necesarios
9.- SUBROGACIÓN EN DETERMINADAS RELACIONES LABORALES: NO
10.- LUGAR DE EJECUCIÓN11, entrega o realización de las prestaciones objeto del contrato: prensa, radio, televisión y publicidad exterior en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi
4 Si se trata de un contrato de obra, debe indicarse: el establecido en el punto 19.
5 Si se trata de un contrato de suministro debe indicarse: en relación con la posible entrega de bienes como parte del precio, véase el punto 19.
6 Si se trata de un contrato de servicios de carácter complementario de otro de distinta clase (artículo. 303 del TRLCSP), indicar este carácter y el contrato al que complementa.
7 Si se trata de un contrato de obra, o de un suministro o servicio de tracto único, debe remitirse al punto 19.
8 En el contrato de arrendamiento, la prórroga no podrá extenderse a un periodo superior a la mitad del contrato inmediatamente anterior (art.
290.2 del TRLCSP).
9 En caso afirmativo, los puntos 7.1, 7.2, y 7.3 indicarán el importe.
10 Este punto será contestado de conformidad con las instrucciones generales que se establezcan.
11 Si se trata de un contrato de suministro que incluya las operaciones necesarias para la distribución, montaje, colocación, instalación o puesta en funcionamiento de los bienes a suministrar, indicar, directamente o por remisión al pliego de prescripciones técnicas, el lugar de
11.- CONDICIONES LINGÚÍSTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla.
Salvo que xxx xxxxxx del prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula xxx xxxxxx.
Asimismo, resulta de aplicación el artículo 18.4 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres por el que se regula el uso no sexista del todo tipo de lenguaje en los documentos y soportes que produzcan los poderes públicos vascos directamente o a través de terceras partes o entidades.
12.- OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
12.1.- De tipo social:
La empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución en materia de inserción sociolaboral, de igualdad de mujeres y hombres, de calidad de empleo y derechos laborales básicos, y de seguridad y salud laboral establecidas en las correspondientes cláusulas xxx xxxxxx.
12.2.- De tipo medioambiental:
12.3.- Otras:
La licitadora deberá suscribir y presentar el compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de condiciones especiales de ejecución recogido en el anexo correspondiente.
La subcontratación obligatoria, en el caso de estar establecida en el punto 15.2 de esta carátula 13.- CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES: NO
16.- PLAZOS DE RECEPCIÓN Y DE GARANTÍA DE LAS PRESTACIONES.
16.1.- Plazos para la recepción (véanse las cláusulas correspondientes de este pliego).
- Total: Un mes
- Parciales (de aquellas partes susceptibles de ser utilizadas de forma separada o independiente): NO 16.2.- Plazo de Garantía, (sí/no, en caso afirmativo indicar el plazo): NO
17.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
17.1.- A efectos de resolución contractual, quedan calificadas como obligación contractual esencial, además de las calificadas en el pliego y normativa contractual, las siguientes:
- El compromiso de adscripción de medios personales y materiales.
- La obligación de subcontratación, en el caso de que haya sido establecida.
17.2.- Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego:
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral.
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de subcontratación.
realización de las referidas actuaciones. La misma indicación debe realizarse si el objeto incluye el mantenimiento de los bienes durante el plazo máximo de ejecución.
18.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO12:
18.1.- Modificación del contrato13:
Si dentro de la vigencia del contrato se constatara que las necesidades reales del poder adjudicador van a ser superiores a las inicialmente estimadas, sobrepasando con ello el presupuesto máximo aprobado, el contrato podrá ser modificado con arreglo al procedimiento establecido en la cláusula 39.3(14) xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, y con el alcance y límites que se señalan a continuación:
a) La modificación consistirá en el incremento del número de unidades de todos o algunos de los bienes o prestaciones individualmente identificados en el contrato.
b) La modificación por esta circunstancia no podrá superar el 20% del presupuesto máximo de adjudicación.
c) El acuerdo que adopte el órgano de contratación se formalizará en documento administrativa bilateral antes de que se agote el presupuesto máximo inicialmente aprobado.
19.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN PROPIAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS
PROGRAMA DE TRABAJO. La adjudicataria debe presentar el programa de trabajo previsto en el artículo 198 del RGLCAP: NO
AMPLIACIÓN DEL PLAZO. Los contratos de tracto único únicamente podrán prorrogarse en el supuesto contemplado en el artículo 213.2 del TRLCSP (retraso no imputable a la contratista).
VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS Y CERTIFICACIONES.
- En los contratos de tracto sucesivo, se establece una periodicidad distinta a la mensual prevista en el artículo 199 del RGLCAP: NO
- En otros contratos, se establecen valoraciones parciales y certificaciones abonables antes de la entrega parcial - artículo 200 del RGLCAP- : NO
TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL. Se establecen las medidas especiales a que se refiere la cláusula xxx xxxxxx relativa al tratamiento de estos datos: NO
II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL, PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS.
20.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN Y PLIEGOS.
20.1.- Entidad adjudicadora: Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Xxxxx 20.2.- Identificación de Órganos y Destinatario.
20.2.1.- Órgano de contratación: Director de Servicios del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial
20.2.2.- Destinatario del objeto del contrato: Director de Servicios del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial
20.2.3.- Órgano administrativo competente en materia de contabilidad pública: Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas.
20.3.- Dependencia que tramita el expediente: Mesa de Contratación del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial
Domicilio: c/ Donostia-San Xxxxxxxxx, 1 Localidad y código postal: Vitoria-Gasteiz, 01010
12 En este apartado se reflejarán cualesquiera otras características o requisitos de la prestación que no se ajusten al contenido específico de los apartados anteriores, numerando independientemente cada una de las cláusulas. Es, por ello, el apartado adecuado para reflejar la previsión de la modificación del contrato en los términos establecidos en el artículo 106 del TRLCSP.
13 A cumplimentar en todos los contratos de suministros y de servicios en los que el empresario se obligue a entregar una pluralidad de bienes o a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario, y el número total de entregas o prestaciones incluidas en el objeto no esté definido con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas a las necesidades de la Administración.
14 Señalar lo que proceda (39.3 o 39.4 para Servicios o Suministros, respectivamente, procedimientos abierto-restringido-negociado con publicidad; y 34.3 o 34.4 para Servicios o Suministros, respectivamente, procedimiento negociado sin publicidad).
20.4.- Número de expediente: 025SV/2015
20.5.- Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad: NO 20.6.- Contacto personal (indicar, si se desea, el nombre de la persona de contacto):
Consultas técnicas: Xxxxxx Xxxxxxx
Correo electrónico: xxx0-xxxxx@xxxxxxx.xxx
Consultas jurídico-administrativas: Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx: 000000000
Fax: 000000000
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx.xxxxxx@xxxxxxx.xxx
20.7.- Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx.
20.8.- Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula correspondiente xxx xxxxxx.
20.9.- Fecha límite de obtención de documentos e información15: El día hábil anterior a la fecha de finalización del plazo para la presentación de ofertas
21.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO A EFECTOS DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
(artículo 88 del TRLCSP): 818.181,83 euros.
22.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SI
Categoría del servicio: 13
23.- CONTRATO CUBIERTO POR EL ACUERDO SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (ACP): SI
24.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA.16.0.1.09.11.0020.1.236.01.44200.000.E
24.1.- El gasto está cofinanciado NO
24.2.- Tramitación anticipada: Si. La adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo.
25.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
25.1.- Tramitación:
- Ordinaria: SI
25.2.- Procedimiento:
- Abierto: SI
25.3.- Forma:
- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: NO
- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: SI
28.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
28.1.- Fecha y hora límite de presentación: 27 de noviembre de 2015, antes de las 12:00.
15 Únicamente es obligatoria en el procedimiento abierto –artículo 158 del TRLCSP-.
28.2.- Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite16: Sobres A, B y C, con el contenido que señala el pliego de cláusulas administrativas particulares y los correspondientes puntos de esta carátula.
Si se opta por sustituir la aportación inicial de documentación relativa a capacidad y solvencia por una declaración responsable, en el sobre A deberá presentarse la siguiente documentación:
- Declaración responsable del licitador conforme al modelo incluido en el anexo XII xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
- Compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución. La empresa deberá presentar firmado el compromiso de adscripción de medios personales y materiales que figura en el anexo VII xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
- Quienes deseen participar en unión temporal de empresas deberán presentar, así mismo, un escrito de proposición en el que se indiquen los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriben, la participación de cada una de ellas y el nombramiento de la persona física representante o apoderada única con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados para cobros y pagos de cuantía significativa, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicataria. Este documento deberá estar firmado por la representación de cada una de las empresas componentes de la unión. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la unión temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública.
La licitadora a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en los puntos 13.2.2, 13.2.3, 13.2.4, 13.2.7, 13.2.8 y 13.2.10 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
En caso contrario, se deberá presentar la documentación relacionada en la cláusula 13 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
28.3.- Lugar de presentación:
- Entidad: Registro General del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial
- Domicilio: c/ Donostia-San Xxxxxxxxx, 1, Lakua II, 2ª planta
- Localidad y código postal: Vitoria-Gasteiz 01010
28.4.- En el caso de que esté autorizada la contratación electrónica (véase el punto…anterior), puede presentarse a través de la página Web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx.
28.5.- Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal:
- Teléfono: no
- Fax: 000000000
- Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx.xxxxxx@xxxxxxx.xxx
28.6.- Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta (indicar quince días naturales, dos meses, o el que corresponda conforme al artículo 161.4 del TRLCSP): 2 meses, a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP (valores anormales o desproporcionados).
28.7.- Admisión de variantes: NO
28.8.- Apertura pública de las ofertas17: Si
Lugar de apertura de sobres C y B: Sala nº 1 del edificio sede del Gobierno Xxxxx
- Entidad: Mesa de Contratación del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial
- Domicilio: c/ Donostia-San Xxxxxxxxx, 1, Lakua
- Localidad: Vitoria-Gasteiz 01010 La apertura de sobres C se realizará:
- Fecha: 10 de diciembre de 2015
16 En el procedimiento restringido y en el negociado con publicidad previa, debe indicarse el sobre A -Capacidad y solvencia-. En el abierto, deben indicarse todos los sobres que deban presentarse para la adjudicación. En el negociado sin publicidad puede utilizarse cualquier opción incluso retrasar la presentación del sobre A (artículos 146.1 y 168 del TRLCSP).
17 Únicamente puede excluirse en los procedimientos negociados sin publicidad.
- Hora: 11:00
La apertura de sobres B se realizará:
- Fecha: 00 xx xxxxxxxxx xx 0000
- Xxxx: 11:00
29.1.- Clasificación exigida. Indicar si se exige clasificación, en su caso, con mención del lote: SI Grupo: T Subgrupo: 1 Categoría C
En defecto de dicha clasificación, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea acreditarán por lo medios fijados a continuación, los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica conforme a los artículos 75 y 78 del TRLCSP, sin perjuicio de la presunción a que se refiere el anexo xxx xxxxxx relativo a las empresas extranjeras:
Medios de acreditación:
- Solvencia económica y financiera: Declaración responsable sobre la cifra de negocios global de la empresa de los tres últimos.
- Solvencia técnica: Declaración responsable indicando los principales trabajos similares a los del objeto del contrato realizados por la empresa durante los 3 últimos años. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Requisitos:
- Solvencia económica y financiera: la cifra de negocios global durante los 3 últimos años deberá ser, al menos, de 375.000 euros anuales.
- Solvencia técnica: La empresa deberá haber realizado, como mínimo, 3 trabajos similares al objeto del contrato durante los 3 últimos años.
29.2.- Las empresas acreditarán, por lo medios fijados a continuación, los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional: NO
29.3.- En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto 1435/1992 y demás derivados de la Directiva europea de máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo.
29.4.- Habilitación empresarial o profesional exigida: Las exigidas por la normativa que regula la realización de la actividad o prestación contractual y, entre ellas, en el caso de que se encuentren indicadas, las siguientes: NO
29.5.- Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas18:
a) Efectos de la presentación del certificado de inscripción:
- Los certificados de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado eximen de la presentación de los documentos que se señalan en el pliego, siempre que se acredite en la forma en él indicada.
- Otros Registros oficiales: NO
b) Admisión de certificados electrónicos:
- Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi: SI
- Otros Registros oficiales: NO
c) Autorización de la incorporación de oficio de los certificados:
- Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi: SI
- Otros Registros oficiales: NO
La incorporación de oficio, en el caso de estar autorizada por la Administración, requiere, además, la autorización de la empresa, salvo en el supuesto de contratación electrónica, en el que la utilización de sistema electrónico por la empresa conlleva dicha autorización para el Registro de Euskadi).
18 Los apartados de este punto 29.5 serán contestados de conformidad con las instrucciones generales que se establezcan.
29.6.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación19: NO
30.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
30.1.- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: NO 30.2.- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: SI
30.2.1.- Supuesto general: SI
Criterios de valoración de las ofertas relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye. Puntuación total: 200 puntos.
La empresa adjudicataria será la que obtenga mayor puntuación sumando los apartados de anuncios oficiales e informativos y los anuncios de campañas publicitarias.
Los licitadores deberán aportar la información necesaria que permita realizar un análisis adecuado de su propuesta, teniendo en cuenta que la valoración se realizará en base a los siguientes criterios:
Anuncios oficiales e informativos
- 86 puntos: oferta económica (Planificación y soportes).
- 14 puntos: gestión técnica.
Anuncios de campañas publicitarias
- 60 puntos: oferta económica (Planificación y soportes)
- 40 puntos: gestión técnica
a) Criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas: SI.
ANUNCIOS OFICIALES E INFORMATIVOS | Total: | 86 puntos |
PLANIFICACION Importe en % sobre tarifa oficial (máximo 4%) | ||
Importe | puntos | |
Planificación, cursado y compra | % | 7 |
Cursado en los casos de tarifa y precios acordados. | % | 6 |
SOPORTES Descuento en % sobre tarifa oficial (mínimo 5%) | ||
1. PRENSA DIARIA Y REVISTAS | Descuento | puntos |
El Correo + Dº Xxxxx | % | 10 |
El Correo | % | 10 |
Dº Vasco | % | 10 |
Berria | % | 4 |
Grupo Noticias Euskadi | % | 5 |
Deia | % | 5 |
Dº Noticias Alava | % | 3 |
Dº Noticias Gipuzkoa | % | 3 |
El Mundo P.V | % | 3 |
19 Cabe su exigencia en los contratos de obra, servicios y suministros que incluyan trabajos de colocación o instalación (artículo 64 del TRLCSP).
Gara | % | 4 |
Otros (Mínimo 5%) | % | 0 |
0.XXXXX | ||
Grupo Ser Euskadi | % | 5 |
Grupo Radio Euskadi EITB | % | 4 |
Grupo Nervión | % | 2 |
Grupo Noticias | % | 3 |
Grupo COPE /100 Euskadi | % | 0,5 |
Grupo Onda Cero Euskadi | % | 1 |
Kiss FM Euskadi | % | 0,5 |
Otros (Mínimo 5%) | % | 0 |
ANUNCIOS DE CAMPAÑAS PUBLICITARIAS | Total: | 60 puntos |
PLANIFICACION | ||
Importe en % sobre tarifa oficial máximo 4% | Importe | Puntos |
Planificación, cursado y compra | % | 3 |
Planificación, cursado en los casos de tarifa y precios acordados. | % | 3 |
Planificación | % | 3 |
SOPORTES | ||
Descuento en % sobre tarifa oficial, mínimo 5% | ||
1. PRENSA DIARIA Y REVISTAS | ||
Descuento | Puntos | |
El Correo + Dº Xxxxx | % | 3 |
El Correo | % | 3 |
Dº Vasco | % | 3 |
Berria + Hitza | % | 1,5 |
Grupo Noticias Euskadi | % | 2 |
Deia | % | 1,5 |
Dº Noticias Alava | % | 1 |
Dº Noticias Gipuzkoa | % | 1 |
El Mundo P.V | % | 1,5 |
Gara | % | 2 |
GPS | % | 0,5 |
ON | % | 0,5 |
Otros (Mínimo 5%) | % | 0 |
0.XXXXX | ||
Grupo Ser Euskadi | % | 4 |
Grupo Radio Euskadi EITB | % | 3,5 |
Grupo Nervión | % | 1,5 |
Grupo Noticias | % | 1,5 |
Grupo COPE / 100 Euskadi | % | 0,5 |
Grupo Onda Cero Euskadi | % | 0,5 |
Kiss FM Euskadi | % | 0,5 |
Otros (Mínimo 5%) | % | 0 |
3.TELEVISION | ||
Grupo ETB | % | 3,5 |
Grupo Red Euskadi (canal Bizkaia) | % | 0,5 |
Grupo Nervión (Telebilbao...) | % | 0,5 |
Otros (Mínimo 5%) | % | 0 |
4. PUBLICIDAD EXTERIOR | ||
Marquesinas /Oppis | % | 3,5 |
Vallas | % | 0,5 |
Transporte público | % | 2 |
Otros (Mínimo 5%) | % | 0 |
5. INTERNET (PRENSA DIGITAL) | ||
xxxxxxxxxxxxxxx.xxx | % | 2 |
xxxxxxxxxxx.xxx | % | 2 |
xxxx.xxx | % | 0,5 |
xxxxxx.xxxx | % | 0,25 |
xxxxxx.xx | % | 0,5 |
xxxx.xxx | % | 0,5 |
xxxxxxxxxxxxxxx.xxx | % | 0,25 |
xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx | % | 0,25 |
xxxxxxx.xx | % | 0,5 |
xxxx.xxx | % | 0,25 |
Otros (Mínimo 5%) | % | 0 |
6. CINE | ||
Inserción para todos los soportes de Cine | % | 1 |
Ponderación total de este grupo: 146 Se puntuara según las siguientes formulas:
Planificación:
Mayor descuento / descuento ofertado* puntuación máxima
Soportes
Descuento ofertado / Mayor descuento * puntuación máxima
b) Criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor: SI. Ponderación total de este grupo: 54
La gestión técnica se valorará según la puntuación que figura en la siguiente tabla:
Gestión técnica para anuncios oficiales e informativos
Disposición horaria 6
Sistema de trabajo 4
Equipo humano destinado a la ejecución,
siempre que implique una mayor calidad del servicio 4 Total: 14
Gestión técnica para anuncios de campañas publicitarias
Sistema de trabajo en campañas | 7,5 | |
Equipo humano a disposición de la campaña, siempre que implique una mayor calidad del servicio | 7,5 | |
Planificación ajustada a objetivos y posibles alternativas | 25 | Total: 40 |
3.2.2 Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general: NO
31.- OTROS SOBRES- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA AL OBJETO DE EVALUAR
LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS (Véanse las cláusulas correspondientes del xxxxxx xxx xxxxxx).
31.1.- Supuesto general: SI
Indicar los sobres que deben presentarse para la aplicación de los criterios de valoración de las ofertas:
- SOBRE B «OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA
MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS». La propuesta económica se redactará siguiendo el modelo recogido en el Anexo VI xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares. Además del referido Anexo, el punto cuarto del mismo se cumplimentará según el documento adjunto al mismo.
- SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR». Debe
presentarse: SI
En caso afirmativo, indicar los documentos que deben incluirse en este sobre:
1. La propuesta de gestión técnica para anuncios oficiales e informativos se redactará siguiendo el modelo recogido en el Anexo XIII xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, que incluirá la información necesaria para valorar sus tres subapartados (disposición horaria, sistema de trabajo, y equipo humano).
Dicho Anexo tendrá una extensión máxima de una cara. En caso de que los datos objeto de valoración excedan de una cara, el Anexo contendrá un resumen, que será ampliado (con la información estrictamente necesaria) en única hoja aparte.
2. Para valorar el apartado “Gestión técnica” correspondiente a los anuncios de campañas publicitarias, deberá plantear una planificación para el ejemplo abajo descrito (Campaña sobre “Acción contra el cambio climático referida al País Xxxxx”), con una extensión máxima de una cara Din A-3. Tamaño de letra mínimo Arial 10.
Se tendrá en consideración las aportaciones relativas a medios no convencionales, las programaciones en Internet y la publicidad en otros soportes que no figuran en la proposición económica
DESCRIPCIÓN PLAN DE MEDIOS
(Modelo xx xxxxxx para presentar ejemplo)
Campaña: “Acción contra el cambio climático referida al País Xxxxx”
Objetivo de comunicación: Divulgar acciones necesarias para adaptarse y mitigar el cambio climático Objetivo de medios: Transmitir los mensajes al mayor número de personas destinatarias
Público: General
Ámbito: Comunidad Autónoma Vasca
Presupuesto: Máximo 90.000 euros (IVA no incluido) Duración: Un mes
Medios obligatorios: Prensa, radio, televisión. Otros medios según consideración.
Formatos: Rompepáginas en prensa y cuñas y spots de 20” para radio y televisión. Tienen cabida otros formatos debidamente justificados.
Fuente para evaluación: Cualquiera que acredite la justificación del plan de medios que se presente. Se consideran apropiadas CIES para prensa, radio y televisiones locales, Kantar Media para ETB.
3. Asimismo, los licitadores deberán presentar un ranking y tarifas oficiales de los principales soportes en Euskadi y en los principales medios off y on line.
4. La presentación de otra documentación que el licitador entienda que es de interés para la valoración de la oferta se presentará en Anexo claramente diferenciada de documentos descritos en los puntos anteriores.
SOBRE B «OFERTA ECONÓMICA Y, EN SU CASO, TÉCNICA20»:No.
La presentación en el sobre C de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora.
31.2.- Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general: NO
31.3.- Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración: NO
31.4.- A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras21: NO
32.- ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR22: NO
33.- VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A
LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 152 del TRLCSP y artículos 85 y 86 del RGLCAP: SI
33.1.- En el supuesto de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, indicar si, a efectos de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados, quedan reducidos en un tercio los porcentajes del artículo 85 del RGLCAP: NO
33.2.- En el supuesto de pluralidad de criterios de valoración de las ofertas:
a) Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: ofertas que resulten inferiores a 20 unidades porcentuales (de los importes/descuentos ofertados) de la media ofertada por el resto de los licitadores.
b) En su caso, otros criterios objetivos en función de los cuales se apreciará el carácter anormal o desproporcionado respecto a otros criterios que no sean el precio:
37.- ACREDITACIONES QUE DEBE PRESENTAR EL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA (Artículo 151.2 del TRLCSP).
37.1.- Se permite que sean expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos (sí/no, en caso afirmativo especificar los supuestos y medios): SI se permiten los siguientes:
- Emitidos por las Administraciones tributarias, en relación con el cumplimiento de estas obligaciones.
- Emitidos por la Seguridad Social en relación con el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
37.2.- Se permite la incorporación de oficio de los certificados telemáticos o la transmisión telemática de datos, previa autorización de la empresa: SI
- Emitidos por las Administraciones tributarias, en relación con el cumplimiento de estas obligaciones.
- Emitidos por la Seguridad Social en relación con el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
20 En el supuesto de que se trate de un negociado sin publicidad, podrán suprimirse los dos guiones anteriores, salvo que se contemplen distintas fases de valoración. En los demás supuestos se suprimirá éste.
21 Sólo en suministros
22 No es aplicable a los procedimientos negociados (artículo 150.2 del TRLCSP).
23 Únicamente posible en los casos previstos en el artículo 148.2 del TRLCSP.
38.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR LA
ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo previsto en el artículo 155 del TRLCSP
39.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO: NO
40.- OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO.
La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público (BOE Nº 311, de 28/12/2014) regula el uso de la factura electrónica por los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública. A su vez, la Orden de 26 de diciembre de 2014, del Consejero de Hacienda y Finanzas regula el Servicio de Facturación Electrónica y el Registro Contable de Facturas de la Comunidad Autónoma de Euskadi (BOPV Nº 2, de 05/01/2015).
El artículo 4 de la referida Orden dispone que las entidades indicadas en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, estarán obligadas a expedir y remitir factura electrónica, por los servicios prestados y bienes entregados a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a sus Organismos Autónomos y a sus Consorcios y excluye de la obligación de facturación electrónica a las facturas cuyo importe sea igual o inferior a 5.000 euros, así como a las recibidas por las Delegaciones de Euskadi en el exterior.
El artículo 5 de la Orden dispone que para presentar facturas electrónicas los proveedores deberán darse de alta en el Servicio de facturación electrónica accediendo al mismo a través de la dirección electrónica xxxxx://xxxxxxx.xxx/. Para ello es necesario estar en posesión de certificado digital reconocido y aceptar las condiciones de uso del servicio.
Podrá accederse a información detallada sobre el servicio de facturación electrónica del Gobierno Xxxxx desde el siguiente url:
41.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES Y MEDIOMABIENTALES EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO.
En dicho cuadro se señalará con un SI la casilla correspondiente a la incorporación de los aspectos referidos.
Criterios | Inserción laboral | Igualdad de mujeres y hombres | Prevención de Riesgos Laborales | Ambientales |
Objeto del contrato | ||||
Criterios de solvencia técnica y profesional | ||||
Especificaciones técnicas | ||||
Condiciones especiales de ejecución | SI | SI | SI |
*Nota: Los campos de esta carátula, o la parte de ellos que no se encuentren rellenados no son aplicables al contrato, salvo que de las cláusulas xxx xxxxxx o de la normativa aplicable se deduzca lo contrario.