PLIEGO DE BASES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIOS MARITIMOS DE PLAYAS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
INDICE
CAPITULO I OBJETO Y CONDICIONES GENERALES CAPÍTULO II OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES
CAPITULO III CONDICIONES RELATIVAS A LOS MEDIOS PERSONALES CAPITULO IV OTRAS CONDICIONES: MATERIALES, EQUIPAMIENTOS Y OFICINA CAPITULO V CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS SERVICIOS A REALIZAR CAPITULO VI PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
CAPITULO VII PRESUPUESTO
ANEXOS
ANEXO 1 PRESENTACION DE PLAYAS
ANEXO 2 DIMENSIONAMIENTO Y PRESUPUESTOS ANEXO 3 PLANOS
CAPÍTULO I - OBJETO Y CONDICIONES GENERALES 1 - OBJETO Y FINALIDAD DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por objeto la realización de los servicios marítimos propios
para la apertura de las playas de la ciudad: Hípica, Hipódromo, Galápagos, Alcazaba, Horcas Coloradas y Aguadú (descritas y
Cárabos, San Xxxxxxx, ubicadas todas en el
ANEXO 1), durante la temporada xx xxxxxx del 1 xx xxxx al 30 de septiembre.
Tradicionalmente los fines y objetivos de los Servicios de Playas se plasman en el Plan de Playas que anualmente se presenta para su aprobación al Consejo de Gobierno. La Empresa adjudicataria estará obligada a cumplir lo aprobado en estos planes de playa, naturalmente ajustando la certificación ya sea al alta o a la baja, en el caso de nuevas o anuladas actuaciones. Para estos cálculos se usarán los precios de la Adjudicación, es decir: Pliego Técnico menos bajas.
Mediante el establecimien o de las especificaciones que más adelante se desarrollan se persigue un doble objetivo:
• Por un lado poner de manifiesto las directrices por las que ha de regir la relación entre la Ciudad Au ónoma de Melilla y la Empresa Adjudicataria en su aspecto Técnico.
• Por otro lado, establecer la normativa general del trabajo a realizar, marcando
pautas a cada actuación, señalando niveles mínimos de calidad y de aceptación
del trabajo realizado y, en general, delimitando el marco desarrollarse la actividad de la Empresa Adjudicataria.
2 - NORMATIVA APLICABLE
El Contrato se regirá por:
dentro del cual ha de
• Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del presente Contrato.
• Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del presente ontrato.
• Ley de Bases de Régimen Local, de 2 xx xxxxx de 1985 y Real Decreto Legislativo
781/86, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
• Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
el que se aprueba el
• Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Respecto al personal que emplee en la realización del servicio, el empresario contratante
estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia tributaria,
relaciones laborales, seguridad y salud en el trabajo, quedando la Ciudad Autónoma de Melilla exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole dictadas por la Administración que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al empresario de la obligación de su cumplimiento.
3 - ÁMBITO ESPACIAL
Es el de las Playas de la Ciudad de Melilla: Hípica, Hipódromo, Cárabos, San Xxxxxxx,
Galápagos, Alcazaba, Horcas Coloradas y Aguadú, descritas todas ellas en el ANEXO 1. La empresa adjudicataria antes de comenzar los trabajos presentará listado del mobiliario y utensilios que les entrega la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de las adquisiciones que se deberán efectuar para cumplir el contrato. La relación de inventario se presentará tanto al inicio de la temporada como al final, la relación de inicio a título informativo incluirá las adquisiciones que se realicen.
5 - RELACIÓN DE INSTALACIONES Y SERVICIOS QUE DEBEN PONERSE EN FUNCIONAMIENTO
• Instalación de la Red de Residuos Sólidos Flotantes y balizamiento.
• Embarcación Limpiamar.
5 - CONDICIONES GENERALES
Todos los servicios contratados se prestarán con sujeción estricta a lo especificado en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Cláusulas Administrativas Particulares, así como a lo dispuesto en el documento administrativo mediante el que se formalice el contrato y en el contenido de la proposición seleccionada.
La adjudicataria estará obligada a aceptar, por el mero hecho de haber concurrido a la
licitación, la situación en
que se encuentran los edificios objeto
del contrato, sin que
tenga derecho a reclamar compensación alguna por el sobreesfuerzo que exija el exacto cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
CAPÍTULO II - OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES 1 - OBLIGACIONES COMUNES
1.1. Nombramiento de representantes
Tanto la Ciudad Autónoma de Melilla como la empresa adjudicataria, designarán una persona que les represente, quedando constancia escrita de dicha designación.
1.2. Misiones de los representantes
La comunicación entre las partes de cuantas circunstancias puedan producirse en
detrimento de la calidad del servicio, el cumplimiento de horarios, de impedimentos u obstáculos originarios de los mismos y en general, de cuanto a juicio de ambas partes pueda acontecer en contradicción al estricto cumplimiento de las obligaciones que las partes contratantes han asumido.
Cualquiera de estas comunicaciones se hará por escrito con la firma del "enterado" por la parte afectada.
2 - OBLIGACIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA
Con independencia de las obligaciones derivadas del Contrato, ésta asume las siguientes:
Primero.- Facilitar energía eléctrica y agua sin cargo para el Adjudicatario, y que le sea precisa para la prestación del servicio que contrata. Informará de la situación de puntos de abastecimiento, potencias, voltajes y caudales.
Segundo.- Colaborar a que todo el personal asignado a los servicios que se contratan por
la Empresa, tenga acceso a cada una de las dependencias y servicios de los locales a
tratar y a todos los puntos de superficie. La colaboración se entiende en el sentido de tratar que no existan obstáculos que impidan la realización del servicio de limpieza,
recabando de empleados,
visitantes y público en general su
concurso, cuando tal
requerimiento sea necesario.
Tercero.- La Ciudad Autónoma se obliga durante la vigencia del Contrato a establecer
consignaciones presupuestarias suficientes para el pago de sus ob igaciones.
Cuarto.- La Ciudad Autónoma designará una persona con suficiente capacidad técnica,
la cual controlará las acti idades, labores calidad de las labores, y en general el estado
de los mantenimientos que en este pliego se definen. En el caso de producirse informes negativos del técnico designado, al menos 3 informes sin que la empresa adjudicatario solucione las deficiencias, La C.A.M. podrá rescindir el contrato, con retención de fianza y certificaciones pendientes hasta subsanar las deficiencias. También podrá ser causa de rescisión las quejas reiteradas (más de 3, si subsanarse), suficientemente justificadas, de los usuarios.
3 - OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
Primero.- El personal asignado al servicio contratado, deberá estar protegido mediante una Póliza de Seguros que cubra las contingencias de Accidentes de Trabajo dentro de la
jornada laboral, considerando incluido en la misma el período de tiempo dedicado al
transporte hasta el Centro de Trabajo. Así como el Riesgo Catastrófico dentro del Centro de Trabajo, incendio, explosión espontánea o provocada, caída xx xxxx etc.
La empresa se compromete a exonerar a la Ciudad Autónoma de Melilla, de cualquier
responsabilidad en este
sentido, sin reclamación de cantidad
alguna en caso de
producirse el Riesgo Catastrófico.
Segundo.- Los daños de cualquier clase por negligencia, impericia o imprudencia durante la realización de los servicios contratados que, por las razones expuestas se causen en las instalaciones o se produzcan a terceras personas o a las mercancías y materiales
depositados en lugares inmediatos, serán de la entera responsa ilidad de la Empresa,
quien para la cobertura de los posibles daños, concertará con una Compañía de Seguros, póliza de Responsabilidad Civil de cuantía suficiente.
De dicha Póliza remitirá Autónoma de Melilla.
opia autenticada a la dirección de Trabajo y y a la Ciudad
Tercero.- El personal empleado por la Empresa en la prestación de los servicios contratados, deberá estar, mientras permanezca en el centro de trabajo, correctamente
uniformado y aseado, ado tando una actitud correcta y de esmerada educación hacia el
resto de empleados de la propia empresa, visitantes y público en general.
Cuarto.- El personal destinado a la ejecución del Servicio, será mantenido inalterable por el contratista, dentro de cada uno de los turnos señalados, tanto en días laborables, como festivos, por lo que la empresa dispondrá del personal suficiente y necesario en su
plantilla, para cumplir las exigencias que precedan en orden a suplir ausencias por
cualquier causa, teniendo en cuenta que el personal que sea preciso para la realización del servicio ostentará respecto del mismo, su condición de patrono en cuanto a derechos
y obligaciones dimanante exclusiva responsabilidad,
de la relación laboral contractual, por lo que serán de su el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia
laboral, seguridad social, y seguridad e Higiene en el trabajo, quedando entendido que en ningún caso, el personal que el Adjudicatario destine a la prestación del servicio podrá alegar derecho alguno frente a la Ciudad Autónoma, ya sea por finalización de contrato,
por resolución del mismo contratas.
o por cualquiera de las causas previstas para este tipo de
A efectos de control para
la seguridad del Centro de trabajo, la
Empresa se obliga a
presentar la relación del
personal con indicación del puesto
de trabajo, así como
cualquier modificación que con respecto al mismo haya de realizar durante su ejecución. Modificación que deberá ser autorizada por la Dirección del centro o dependencia.
No podrá afectar a La Ciudad Autónoma de Melilla responsabilidad alguna o subsidiaria que derive de la relación laboral de quienes colaboren en el servicio, y si no obstante ello
le fuese impuesto, bien al adjudicatario o a quien le suceda, por alguna autoridad,
organismo o tribunal, se entiende que la Empresa vendrá obligada a resarcir a la
Asamblea de La Ciudad Autónoma de Melilla del importe económico de dicha cantidad.
Quinta.- Si los servicios
contratados a criterio de la Ciudad
Autónoma de Melilla
debiese de ser aumentad de forma temporal o fija, la Empresa Adjudicataria estará
obligada a cubrir la ampliación. Los precios de la ampliación serán los que rijan en el contrato vigente.
Sexta.- Será obligación de cualquiera de los operarios de la empresa adjudicataria
atender todos los trabajos relacionados con sus obligaciones, que de forma ocasional
puedan presentarse y para los cuales sean requeridos por el representante de la Ciudad Autónoma.
Séptima.- La empresa adjudicataria presentará listado de trabajadores junto con la fianza definitiva y en todo caso antes de la formalización del contrato.
Octavo.- Para la realización de las Certificaciones mensuales, que realizará la Oficina Técnica designada por la Consejería de Medio Ambiente como responsable del control del servicio, la empresa adjudicataria, presentará los últimos recibos de la S.S., en su poder
y el dimensionamiento de los operarios que ocupa en el servicio, esto será presentado
entre el día 5 y 10 de cada mes. En el dimensionamiento deben venir los operarios que realizan los trabajos, con la misma especificación que en los recibos de la S.S., indicando al menos, número de horas por día, horario de trabajo, categoría y en el caso de Seguros
Sociales compartidos por más operarios de la empresa en otros ervicios, los indicados
en el dimensionamiento, vendrán subrayados en los Recibos de la S.S.
Noveno.- Para el manej
de las embarcaciones reseñadas,
es decir en lista 5ª
(remolcadores, embarcaciones y artefactos navales dedicados a los servicios de puertos,
radas y bahías) o 6ª (embarcaciones deportivas o de recreo que se exploten con fines
lucrativos) para realización de trabajos, se exige la titulación de Patrón de Tráfico Interior
o Patrón Portuario (expedido por el Ministerio de Fomento de la Xxxxxx Xxxxxxxx
Española), y para los trabajos de instalación y mantenimiento de las redes de residuos y el balizamiento del playas y litoral, además se necesita un operario con la titulación xx Xxxx Profesional (con la titulación mínima de "iniciación al buceo" que capacita para efectuar inmersiones hasta una profundidad de 15 metros sin descompresión, utilizando equipos de buceo autónomos y de suministro de aire desde superficie).
CAPÍTULO III - CONDICIONES RELATIVAS A LOS MEDIOS PERSONALES 1 - DISPONIBILIDAD DE PERSONAL
La Empresa Adjudicataria deberá disponer del personal necesario, en número y con
cualificación suficiente para efectuar los trabajos especificados en el presente Pliego de Condiciones.
La Ciudad Autónoma de Melilla no tendrá relación jurídica, ni la oral, ni de otra índole
con el personal de la Empresa Adjudicataria, durante el plazo de vigencia del Contrato, ni al término ni una vez extinguido el mismo.
El/la Adjudicatario/a, no podrá pretextar la falta de personal para suspender o retrasar
los servicios ofertados o que expresamente le ordene la Ciudad Autónoma de Melilla,
debiendo disponer en todo momento del necesario para su ejecución.
2 - VARIACIONES DE PLANTILLA
Durante la vigencia del c ntrato, siempre que se vaya a producir una variación en la
plantilla con la que se inicia el Contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez temporal, invalidez permanente, etc.; o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, el Adjudicatario está obligado a
comunicar por escrito tal echo, a los Servicios Municipales. En la comunicación deberá
incluirse además los siguientes datos: Identidad, D.N.I., tipo de contrato, antigüedad.
Toda sustitución será realizada como mínimo, con personal de la misma cualificación y horario que tenía el sustituido.
3 - VESTUARIO
Todo el personal empleado en la realización de los servicios, deberá estar perfectamente
uniformado. Los/las licita ores/as presentarán un boceto con los tipos de uniforme que
propongan para el personal.
La calidad y cantidad del vestuario del personal deberá cumplir en todo momento lo
establecido por los Convenios Colectivos y por la Normativa de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
4 - SEGURIDAD DEL PERSONAL Y RESPONSABILIDAD CIVIL
La adjudicataria deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo,
según la vigente normativa sobre Derecho del trabajo y Seguridad Social. Por otra parte, al inicio de la ejecución del contrato deberá presentar copia de las pólizas de seguros de responsabilidad civil suscritas que cubran posibles daños a terceros y a la propia Ciudad Autónoma en la realización de los trabajos contemplados durante toda la ejecución del contrato cuyo capital mínimo asegurado deberá ser de 300.000 €.
La Adjudicataria dotará a su personal de tantos equipos de protección individual y
colectivos que sean necesarios, a fin de lograr la seguridad de los/las trabajadores/as frente a los riesgos derivados de su actividad.
7 - ASEO Y DECORO DEL PERSONAL
La Adjudicataria se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario, o de la descortesía o mal trato que el personal observe con respecto a los/las
usuarios/as de los aseos objeto de Contrato y por analogía del resto de las faltas
recogidas en el VI Convenio Colectivo para el Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx x Xxxxxxx xx Xxxxxxx.
Tales hechos darán lugar Pliego.
a la imposición de las sanciones que
se establecen en este
8 - FORMACIÓN DE PERSONAL, SEGURIDAD E HIGIENE Y SERVICIOS MÉDICOS
La adjudicataria deberá observar el estricto cumplimiento de las disposiciones vigentes
en materia de Seguridad necesarios.
de Higiene en el trabajo, así como
los Servicios Médicos
Asimismo será por cuenta de la Adjudicataria la organización de las actividades de
formación necesarias par contrato.
la actualización permanente de la plantilla al servicio del
9 - OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
La Adjudicataria quedará obligado al cumplimiento de las obligaciones laborales que
determine la legislación vigente, en materia de salarios, seguridad social, accidentes de trabajo, puntualidad laboral, formación, seguridad e higiene, etc. Mensualmente adjuntará copia de los documentos TC1 Y TC2, sellados y autentificados por la entidad pagadora.
El incumplimiento de cualquiera de estos aspectos facultará a la Ciudad Autónoma de Melilla para la resolución del contrato.
En ningún caso incumbirá responsabilidad alguna a la Ciudad Autónoma de Melilla, sino sólo a la Contratista, por lo que pudiera provenir del incumplimiento de las obligaciones que el Adjudicatario tuviera contraídas con sus operarios/as o empleados/as, o de los daños que pudieran derivarse de la ejecución de las diversas prestaciones objeto del contrato.
La Adjudicataria estará
obligado a presentar los informes y
estudios que sobre
procedimientos, materiales, productos, maquinaria, ensayos, etc., le sean solicitados por
los Servicios Técnicos y desempeñar.
que evidentemente estén relacionados con los trabajos a
CAPÍTULO IV - OTRAS CONDICIONES: MATERIALES, EQUIPAMIENTOS Y OFICINA 1 - MATERIALES DE LIMPIEZA A EMPLEAR
Los materiales a emplea
por la Empresa Adjudicataria serán
siempre de primera
calidad, preferentemente
biodegradables, empleando marcas de
reconocida solvencia y
productos adecuados a la superficie objeto del servicio. Serán desechados aquellos
productos para los que existan fundadas sospechas de toxicidad o cualquier otra clase de riesgo para las personas, el mobiliario o los elementos de acabado y recubrimiento. Igualmente se desecharán los detergentes no biodegradables.
Los materiales se quedarán al final de la jornada de trabajo en el local que se designe al
efecto, correctamente tapados y cerrados de modo que s derramamiento o concentración de olores.
evite el riesgo de
Serán por cuenta de la Empresa Adjudicataria el suministro de todos los materiales para prestar el servicio contratado.
Todos los materiales a emplear deberán contar con l a aprobación de los Servicios Técnicos de Medio Ambiente.
2 - EQUIPAMIENTO Y UTILLAJE
La empresa Adjudicataria
aportara la totalidad de maquinas
y utensilios para la
realización del Servicio de Limpieza y Conservación tales como aspiradores, enceradoras, pulidoras de pavimentos, barredoras mecánicas, cubos, fregonas, carros de recogida de basura, herramental diverso para reparaciones de urgencia y sustitución de elementos simples en las instalaciones de fontanería y electricidad, así como en las instalaciones de calefacción y refrigeración si las hubiere, etc.
Una relación completa de estos equipos con expresión de su potencia, tensión de
funcionamiento y demás características, se entregará a la Ciudad Autónoma, la cual
podrá poner las objeciones que juzgue oportunas en cuanto a capacidad para llevar a cabo el trabajo a realizar.
Serán por cuenta de la Empresa Adjudicataria el suministro de todos los útiles y equipos para prestar el servicio contratado.
3 - DISPONIBILIDAD DE OFICINA
La empresa adjudicataria tendrá la opción de usar la oficina existente en la caseta xx Xxxxxx junto a Seguridad ciudadana, esta caseta tiene dos parte una usada como oficina del Servicio de Playas dependiente de la Consejería de Medio Ambiente y otra la que se ofrece. Correspondiendo a la empresa adjudicataria aportar misma el mobiliario de oficina.
CAPÍTULO V - CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS SERVICIOS A REALIZAR
SUBCAPÍTULO V.1. - INSTALACION DE LA RED DE RESIDUOS SOLIDOS FLOTANTES (RSF) Y BALIZAMIENTO
1 - OBJETO
Es objeto de este capítulo: atender las necesidades medio ambientales y de seguridad demandadas por los ciudadanos y exigidas por la legislación, procediendo a la
instalación en las playas
de la ciudad y durante la temporada
xx xxxxxx, de una red
antipolución y balizamiento en las playas.
El presente capítulo incluye las prescripciones técnicas en lo que se refiere a la puesta a punto, instalación, mantenimiento y desinstalación de la red antipolución y balizamiento en las playas de San Xxxxxxx, Cárabos, Hipódromo, Hípica, Galápagos, Alcazaba, Horcas Colorados y Aguadú de la Ciudad Autónoma de Melilla para la temporada de playas. La
red solo se instala en las
playas de la Zona Sur, mientras que
en todas las playas se
instalan boyas de balizamiento.
Dicha red debe evitar en gran parte la llegada de residuos sólidos flotantes a la zona de baño.
2 - CONDICIONES GENERALES
2.1. En cuanto a la red de anti polución.
• Las playas de: San Xxxxxxx, Los Cárabos, Hipódromo e Hípica situadas en la C.A.M tienen una longitud aproximada de 2,5 Km. Durante la temporada de playas son
muy usadas por los
bañistas. Estas playas constituyen un
importante elemento
recreativo-turístico para la C.A.M. que es necesario mantener en el mejor estado posible, sobre todo en lo que concierne a la limpieza.
• La limpieza del litoral marítimo se ve afectada por la llegada a la xxxx xx xxxxx de
R.S.F. (algas, plásticos, medusas, restos orgánicos, maderas etc.), esta es una de las mayores molestias que sufren los bañistas, llegando incluso a imposibilitar el baño.
• La instalación de una
red paralela al litoral de playas, fuera
de la xxxx xx xxxxx
delimitada por el balizamiento, es un elemento importante para evitar la llegada a la xxxx xx xxxxx de los R.S.F.
• La red tendrá las dimensiones adecuadas de anchura y longitud, deberá sobresalir un mínimo de 15 cm. de la superficie del agua, y la parte sumergida será de aproximadamente 1 metro.
• La sujeción de la red será mediante los amarres adecuados a bloques de hormigón en el fondo del mar. Estos bloques quedarán señalizados cuando se retire la red. Para el balizamiento, orientativamente se indica un sistema de fondeo, está claro que el fondeo de la red antipolución debe ser superior, y que el adjudicatario debe presentar
su sistema de fondeo, aceptando por su interés que un buen sistema de fondeo
disminuirá los mantenimientos principalmente correctivos
• La red respetará la entrada de embarcaciones del balizamiento.
• Los materiales de fabricación de las diferentes partes de la red serán de categoría y calidad adecuadas.
• El mantenimiento de la red, que es necesario, está incluido en este pliego.
• La instalación, mantenimiento y desinstalación contará con seguro de responsabilidad civil (lo mismo para el balizamiento).
• Terminada la temporada de playas la red será retirada y la empresa adjudicataria con
su propia información y la que se suministre el personal de m un informe con sugerencias sobre posibles mejoras para contención de R.S.F.
ntenimiento elaborará el uso de la red de
• La señalización de la red será de tipo homologado y de acuerdo con lo establecido con la Capitanía Marítima de Melilla.
• Deberá estar garantiza a contra las condiciones normales de la mar, así como contra
los posibles defectos de instalación. El adjudicatario es responsable de los deterioros de la red durante la temporada de playas y, por tanto, de su inmediata reposición
• En este pliego se contrata la adquisición de materiales de reposición, la instalación, mantenimiento, desinstalación, la limpieza y los transportes desde y hasta el Almacén General de la Ciudad Autónoma de Melilla donde quedará depositada.
• Para evitar temporales, de principio y fin de temporada, la red anti polución y el
balizamiento deben empezar a instalarse después del 20 xx xxxx y a retirarse pasado el 20 de septiembre.
• No obstante la red antipolución lleva instalándose desde el contar con la aprobación de la Capitanía Marítima de Melilla.
2.2. En cuanto al balizamiento.
• La instalación del Balizamiento es para las playas de: Los
año 2.002, ésta debe
Cárabos, San Xxxxxxx,
Hipódromo e Hípica en la zona Sur; y Playas de Alcazaba y Horcas Coloradas en la zona Norte. En las playas de los Galápagos y Aguadú se instalan boyas que sirven de puntos de atraque y apoyo a los socorristas y embarcaciones.
• El balizamiento de playas es algo que está normalizado, por tanto, debe cumplir la
normativa ad-hoc. El
balizamiento pretende establecer una
zona de baño libre de
embarcaciones, luego el balizamiento delimita la zona más próxima a la orilla donde está prohibida la presencia de embarcaciones. Para permitir el acercamiento de las embarcaciones se establecen los canales de embarcaciones
• Al igual que para la red de antipolución, en este pliego para el balizamiento se
contrata la adquisición de materiales de reposición, la instalación, mantenimiento,
desinstalación, la limpieza y los transportes desde y hasta el Almacén General de la Ciudad Autónoma de Melilla donde quedará depositada.
• La instalación del balizamiento incluye también la xx xxxxxxx de embarcaciones, que se disponen en el número de cuatro según los planos adjuntos, más señalización del dique de estabilización de la en la Playa del Hipódromo (paralelo a la playa en la zona central) y señalización de algunas rocas cercanas a la orilla en la zona de baño de la playa del Hipódromo.
3. NORMAS DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS (RED ANTIPOLUCIÓN)
3.1. Tareas previas
La red anti polución con
todos sus componentes, después de la
desinstalación del la
temporada anterior, quedó almacenada en el Almacén General de la Ciudad Autónoma de Melilla. A partir de este material almacenado, se realizarán las siguientes tareas:
1. Separación de los componentes
2. Limpieza de todos los componentes.
3. Reposición de los materiales deteriorados o rotos, incluso red, manteniendo las
calidades. Además será necesario la reposición de los siguientes elementos:
a. Bridas de sujeción.
x. Xxxxx xxxxx medianas
x. Xxxxx xxxxxxxxx de señalización.
x. Xxxxx xxxxx y complemento para señalización luminosa.
e. Linternas de destello.
f. Cabo de polipropileno de 18 mm.
g. Cabo de nylon de 16 mm.
h. Cabo de nylon de 14 mm.
i. Red de luz 2 cm.
j. Grilletería variada
k. Fondeos de hormigón.
4. Montaje de los elementos.
5. Puesta a punto: transporte e instalación.
6. Revisión localización y reposición de los elementos de anclaje del sistema.
7. Puesta a punto y reposición de los elementos de unión de los fondeos a la red antipolución.
3.2. Reposición de materiales.
El coste de la reposición de materiales es por cuenta del adjudicatario, quien deberá
presentar a los Servicios Técnicos de Medio Ambiente listado de los materiales repuestos
(lo mismo para el balizami
3.3. Lugar de trabajo.
nto).
El adjudicatario dispondrá del patio xxx Xxxxxxx General de la C.A.M. para realizar las tareas de puesta a punto y preparación, una vez finalizadas procederá por su cuenta a transportar hasta la zona de instalación en el puerto deportivo, contando por anticipado con el consentimiento de los servicios portuarios (lo mismo para el balizamiento).
3.4. Maquinarias y equipos de trabajo.
Toda la maquinaria: com
zodiac, grúas para cargas, etc. y eq
ipos de trabajo como
trajes de buceo, etc., son por cuenta del adjudicatario (lo mismo para el balizamiento).
3.5. Seguridad y Salud.
Todos los trabajos se realizarán cumpliendo las normas de laborales (lo mismo para el balizamiento).
3.6. Mantenimiento.
prevención de riesgos
A lo largo xxx xxxxxx se irán realizando, dentro de las fechas señaladas por los Servicios Técnicos de Medio Ambiente, de mutuo acuerdo con la empresa adjudicataria, y siempre que las condiciones meteorológicas lo permitan, las siguientes labores, de mantenimiento preventivo:
1. Revisión de todos los elementos.
2. Revisión de todos los elementos de la red.
3. Revisión de los elementos auxiliares de señalización.
4. Servicio de atención de la instalación.
En cuanto a los posibles trabajos de mantenimiento correctivo, el adjudicatario aportará
un teléfono de contacto, disponible todos los días y durante 24 horas al día, donde
contactar para aviso de xxxxxxx. El adjudicatario deberá acudir, incluso en domingos y festivos, si fuese requerido por la C.A.M. para realizar algún trabajo de reparación o mejora en la red.
Al finalizar la temporada se retirarán los elementos de superficie, dejando a flote las
marcas adecuadas para la instalación del sistema la temporada siguiente (lo mismo para el balizamiento).
3.7. Ubicación de la red.
En cuanto a la ubicación
de la red la empresa adjudicataria y
los servicios técnicos
definirán al principio de temporada su mejor ubicación, de acuer o con el balizamiento,
necesidades de las playas y conformidad de la Capitanía Marítima de Melilla. Se incluyen planos orientativos de la ubicación de la red y balizamiento.
3.8. Cuidado de los materiales.
Es por cuenta del adjudicatario la limpieza de todos los materiales utilizados, así como su transporte, carga, descarga y almacenamiento en el Almacén General de la C.A.M., este último se realizará según las indicaciones de los servicios técnicos (lo mismo para el balizamiento).
3.9. Fechas de instalación y desinstalación.
Los Servicios Técnicos de Medio Ambiente y el consignatario fijaran las fechas más
adecuadas, procurando que la instalación sea en la 2ª mitad del mes xx xxxx y la
desinstalación en la 2ª mitad de Septiembre (lo mismo para el balizamiento).
4. NORMAS DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS (BALIZAMIENTO)
4.1. Normas.
El balizamiento se acomodará en todo caso a las instrucciones que ordene la Capitanía Marítima competente y a las órdenes impartidas en nombre del órgano de contratación por el Director Facultativo de los trabajos, conforme a la normativa vigente en cada
momento y, en particular
la Ley 22/1988, de 28 de Julio, de Co
tas ; R.D. 1471/1989,
de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General para el desarrollo y
ejecución de la Xxx xx Xxxxxx; R.D. 1835/1983, de 25 xx xxxx, por el que se adopta para
las costas españolas el Sistema de Balizamiento Marítimo de la AI M; Resolución de 0 xx
xxxxxxxxxx xx 0000 xxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxx Públicas y Transportes, sobre balizamiento de playas, lagos y superficies de aguas interiores, señales de temporal y tráfico portuario; Reglamento de Puertos del Estado de 22 xx xxxxx de 1998 que modifica el punto 1 de la
Resolución ministerial anterior; Instrucción de Servicio n. 5/97, de 23 xx xxxx, de la
Dirección General de la Xxxxxx Xxxxxxxx, sobre balizamiento de playas: NTOIAN Normas Técnicas sobre obras a instalaciones de Ayuda a la Navegación. M.O.P.T. (1986); IALA / AISM Recomendaciones de la Asociación Internacional de Señalización Marítima; R.O.M.
Recomendaciones para obras marítimas 0.2190. Acciones en marítimas y portuarias. M.O.P.T.
4.2. Trabajos previos.
el proyecto de obras
Una vez visitadas las playas objeto del contrato el adjudicatario de conformidad con la Dirección Facultativa y Capitanía Marítima y con los planos indicativos que se adjunta elaborará los Proyectos Técnicos detallados de la instalación del balizamiento, en el que
deberán determinarse la
disposición de los tramos xx xxxxx
litoral, de los canales
náuticos y de los cierres laterales (lo mimos para la red anti polución).
El contratista determinará, de acuerdo a los planos y prescripciones técnicas de los Proyectos redactados, las profundidades existentes en las posiciones de las boyas en las distintas playas.
Estos datos son necesarios para comprobar la longitud correcta de las cadenas de fondeo y para verificar el tipo de anclaje a emplear. Para ello se llevará a cabo una inspección in situ por un equipo formado por un buceador y un ayudante dotado de una embarcación, equipo de buceo autónomo y aparatos de medida.
Se comprobarán asimismo por el contratista los posibles servicios afectados que puedan interferir en el transcurso de los trabajos, debiendo tomar las precauciones necesarias,
así como contactar con las empresas suministradoras y organis os competentes, para
no interferir con ningún servicio, corriendo de su cargo cualquier tipo de afección a los mismos.
Corresponderá al adjudicatario la obtención de las preceptivas autorizaciones de las
Capitanías Marítimas competentes, así como todos los demás permisos y licencias que sean necesarios para la ejecución de los trabajos. Asimismo, correrá de su cuenta la elaboración del Estudio y del Plan de Seguridad y Salud previsto en la normativa vigente.
Antes de dar comienzo a la instalación del balizamiento, el contratista presentará un
programa de trabajo indicando los plazos parciales y totales previstos para cada playa o tramo xx xxxxx.
Este programa deberá ser aprobado por la Dirección Facultativa del contrato,
modificándolo el contratista en lo que fuera necesario para adecuarse a las instrucciones al respecto que pudieran darse.
Antes de empezar la instalación del balizamiento deberá tener aprobada por los
organismos competentes toda la documentación legalmente exigible en materia de
seguridad y salud, adoptando las medidas impuestas en el Plan de Seguridad y Salud al respecto (lo mismo para la red anti polución).
4.3. Suministro.
El balizamiento y canales de embarcaciones con todos sus comp nentes, después de la
desinstalación de la temporada anterior, quedó almacenada en el Almacén General de la Ciudad Autónoma de Melilla. A partir de este material almacenado, se realizarán las siguientes tareas:
1. Separación de los componentes
2. Limpieza de todos los componentes.
3. Reposición de los materiales deteriorados o rotos.
4. Listado de los adquisición de los materiales deteriorados o rotos, cuya adquisición es por cuenta del adjudicatario.
4.4. Instalación.
Antes de su instalación, se realizará la comprobación y preparación de los mismos:
montaje de cordadas, medición y xxxxx xx xxxxxxx y montaje de los trenes de fondeo.
Para el inicio de la instalación se contara con las marcas adecuadas dejadas a flote de la
instalación de la temporada anterior. A continuación En primer lugar se realizará un
replanteo previo de la posición de la banda litoral y de los canales. Para ello se situarán en distintos puntos de las playas boyas provisionales a las distancias de la xxxxx determinadas para cada caso, de modo que quede definida la alineación en la que se han de instalar las boyas.
El transporte y colocación de las boyas se hará mediante una embarcación o pontona
capaz de transportar los elementos ya montados. La separación entre boyas se controlará mediante un cabo medido en superficie.
Los canales de embarcaciones serán instalados desde tierra o mar, con la ayuda de una pontona propulsada de poco calado.
Una vez depositados los
lastres en el fondo serán dispuestos
correctamente por un
equipo de buceadores. Todos los lastres situados en fondos de arena a una profundidad de agua inferior a 1,5 m. serán enterrados totalmente, para evitar daños a los bañistas. Igual precaución se adoptará con los elementos de anclaje situados en tierra (sirve también para la instalación de la red anti polución).
4.5. Mantenimiento.
Desde la instalación del balizamiento hasta su completa retirada de las playas, correrá a
cargo del contratista su MANTENIMIENTO PREVENTIVO, que consistirá en un
reconocimiento periódico de las instalaciones y sus elementos, comprobándose el estado general del balizamiento, número y estado de las boyas, su alineación, pérdidas, tensado de cordadas, cadenas, grilletes, cabos, anclajes y fondeos y limpieza de incrustaciones.
Asimismo se llevará a cabo el MANTENIMIENTO CORRECTIVO URGENTE de las instalaciones, que englobará todas aquellas actuaciones motivadas por avisos por
pérdidas de elementos, roturas, revisiones tras temporales y, en general, cualquier
actuación necesaria para
la reposición o sustitución de los
elementos dañados o
desgastados, de forma que el balizamiento permanezca en perfecto estado durante toda la época estival.
El plazo para el mantenimiento en cualquiera de sus formas comenzará en el mismo momento en que se termine la instalación de una playa, y finalizará en el momento que se proceda a su retirada (lo mismo para la red antipolución).
4.6. Retirada, limpieza y almacenamiento.
Finalizada cada tempora
a estival, se procederá a retirar del
mar el balizamiento
existente en cada playa, extrayéndose todos los elementos que lo componen: anclajes, lastres, cadenas, grilletes, cabos y boyas. El plazo que se establece para fin de temporada xx xxxxx, y principio de la retirada del balizamiento, es el 20 de Septiembre.
Los lastres de hormigón utilizados como anclajes deberán quedar señalizados mediante componentes que floten para su utilización la siguiente temporada.
Una vez retirados todos os elementos, se procederá a su comprobación, limpieza y
almacenamiento. La limpieza de las boyas se hará mediante agua dulce a presión, cepillo y espátula. Los elementos metálicos serán endulzados y engrasados.
Una vez limpios y debidamente preparados todos los elementos deberán ser transportados para su almacenamiento, en el Almacén General de la C.A.M. La colocación de los elementos se realizará de manera que sea posib e mediante inspección visual el inventario por conteo de todos ellos, y la comprobación de dicho inventario por la Dirección Facultativa.
A la finalización del contrato, el contratista deberá entregar a la dirección técnica la totalidad del suministro instalado, con un inventario detallado y valorado del mismo.
4.7. Especificaciones técnicas del balizamiento.
4.7.1 Balizamiento de la banda litoral
La zona reservada a baños se balizará mediante una banda litoral formada por una serie xx xxxxx dispuestas en línea paralela a la xxxxx. La distancia a la xxxxx será fijada por la dirección facultativa a propuesta del adjudicatario y previa conformidad de la capitanía
marítima, esta distancia al igual que en años anteriores no superará los 100 metros
desde la línea de bajamar máxima viva equinoccial.
Las boyas previstas para la banda litoral son de tipo ESFÉRICA, de polietileno, en color
amarillo y de 60 cm. Estas boyas se colocarán a una distancia de 50 m metros entre
ellas, salvo que se especifique otra distancia distinta, en función de las características de cada playa.
4.7.2 Balizamiento de los canales náuticos
Los canales tendrán un ancho normalmente de 50 metros, pudiendo variarse su anchura en función de las necesidades de las embarcaciones. También se podrán variar ligeramente sus alineaciones con respecto a la xxxxx, con el fin de facilitar la salida de las embarcaciones, recomendándose anchuras mínimas de 50 m. en la orilla y máximas de
80 m. en la banda litoral. Se balizarán mediante una serie xx xxxxx dispuestas
perpendicularmente a la litoral.
osta, extendiéndose desde la xxxxxx xx
xxxxx hasta la banda
Los canales se señalizarán mediante dos boyas de entrada, del tipo CILÍNDRICA, de
polietileno, en color rojo, de 80 cm. en el lado xx xxxxx en el sentido de entrada desde el mar y del tipo BICONICA, de polietileno, en color verde, de 80 cm. en el lado de estribor.
A continuación se disponen en cada lateral del canal boyas de formas cilíndricas y bicónicas y color rojo y verde o amarillo, semejantes a las de entrada pero de 40 cm. En cada lateral se colocan boyas de este tipo, separadas a intervalos regulares de 10 m. existentes entre el borde litoral y la bajamar viva equinoccial, quedando la última de ellas
situada en la misma línea
de bajamar. Por último, en la franja
entre la bajamar y la
pleamar se disponen dos boyas similares a las anteriores, espacia sí.
as regularmente entre
4.7.3 Balizamiento de los cierres laterales
Cuando no exista un cierre físico de acceso a la zona de baño se podrán disponer cierres laterales en los límites del balizamiento de la banda litoral.
Estos cierres tendrán una longitud de 10 m. y se balizarán mediante una serie xx xxxxx dispuestas perpendicularmente a la xxxxx, extendiéndose desde la banda litoral hasta 50
m. de la orilla.
Los cierres señalizarán mediante boyas de tipo ESFÉRICA de polietileno en color amarillo de 40 cm. separadas 100 m. entre sí.
En caso de balizamientos para señalización o protección de zonas especiales (rocas,
diques, atraques) se aplicará el mismo criterio descrito para los cierres laterales en lo que a tipología xx xxxxx se refiere, ajustándose las distancias entre ellas a las necesidades concretas de cada sitio.
4.7.4 Sistemas de fondeo
El siguiente sistema de fondeo es orientativo, son indicaciones que el adjudicatario previa justificación y autorización de la dire variar.
ínimas de resistencia ción facultativa podrá
Las boyas de 60 cm.
para el balizamiento de la banda
litoral se fondearán
independientemente cada una mediante un tren de fondeo compuesto por 2 lastres de
hormigón separados 2,50 m. entre sí.
El lastre principal se di pondrá perpendicularmente a la boya y el secundario se
orientará hacia el lado del mar. Estos dos lastres quedarán unidos entre sí por un tramo xx xxxxxx. De esta manera el lastre situado más hacia mar actúa como un anclaje del primero que recibe solamente esfuerzos horizontales ante los que tiene mayor resistencia.
Las boyas de 80 cm. de
entrada del canal se fondearán con 3
lastres de hormigón,
unidos mediante cadena. Los dos lastres secundarios se orientarán hacia el lado de mar y se dispondrán en forma de pata xx xxxxx. Cada uno de estos lastres se colocará a una distancia de 2,50 m. del principal.
Las boyas de 40 cm. se fondearán mediante 1 lastre de hormigón y cadena.
Los lastres serán de hormigón armado y tendrán un peso de 125 kg. Serán de forma paralelepipédica, con unas dimensiones de 50*50*22 cm. La armadura será mallazo
10*10*8. En el lastre irá embebida una argolla construida en acer de diámetro.
corrugado de 16 mm.
La cadena de unión entre las boyas y los lastres será de diámetro 12 mm. para las boyas de 80 cm., y de 10 mm. para las boyas de 60 cm. y las de 40 cm.
La cadena se unirá a boya y lastres con grilletes xx xxxxx (forma xxxx, cabeza punzón) del
siguiente modo: Por el agujero de la boya se dispondrá un grillete de 16 mm (5/8"). Este grillete y la cadena quedarán unidos por un grillete de 12 mm. (1/2"). En el fondo, las
cadenas y la argolla de los lastres se unirán con un grillete de 12 mm. (1/2"). En la
superficie interior de los agujeros de las boyas se colocará una protección metálica o de dureza similar, para evitar el desgaste por el roce directo del polietileno con el grillete.
CAPÍTULO V - CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS SERVICIOS A REALIZAR SUBCAPÍTULO V.2. - EMBARCACION LIMPIAMAR
1 - OBJETO
Pretende el presente capítulo fijar las bases que han de regul r el Servicio de la de
retirada de R.S.F., antes de que estos lleguen a las zonas xx xxxxx de las playas de la
C.A.M. de la Zona Sur, durante la temporada xx xxxxxx, utilizando para ello una
embarcación tipo catamarán anfibio adecuada para este uso.
2 - CONDICIONES GENERALES
• Las playas de: San Xxxxxxx, Los Cárabos, Hipódromo e Hípica situadas en la Ciudad
Autónoma de Melilla
tienen una longitud aproximada de
2,5 Km.. Durante la
temporada de temporada xx xxxxxx son muy usadas por los bañistas. Estas playas constituyen un importante elemento recreativo-turístico pa a la Ciudad, que es necesario mantener en el mejor estado posible, sobre todo en lo que concierne a la limpieza.
• La limpieza del litoral marítimo se ve afectada por la llegada a la xxxx xx xxxxx de
R.S.F. (algas, plásticos, medusas, restos orgánicos, maderas etc.), esta es una de las mayores molestias que sufren los bañistas, llegando incluso a imposibilitar el baño.
• El funcionamiento de una embarcación tipo catamarán anfibio adecuada para la
retirada de R.S.F., antes de que estos lleguen a la xxxx xx xxxxx, es un elemento importante para evitar la llegada a la xxxx xx xxxxx de los R.S.F.
• La embarcación trabajará durante 5 horas al día a partir de las 9:00.
• El servicio será diario
incluso xxxxxxxx y festivos, durando
desde el 20 xx Xxxxx
hasta el 30 xx Xxxxxx (73 días). El servicio sólo se podrá suspender por: lluvia, olas superiores a 0,50 metros y viento superior a 16 nudos.
• Los permisos para la navegación de la embarcación son por cuenta del adjudicatario.
• La embarcación dispondrá de telefonía móvil, de forma que Policía Municipal y Servicios Técnicos de Medio Ambiente puedan estar en contacto con la misma.
• La embarcación trabajará preferentemente, entre el balizamiento y la xxxx xx xxxxx de 9:00 a 12:00, siempre que no moleste a los bañistas y fuera del balizamiento de playas y en las cercanías de la Red durante el resto de la jornada. Además de la retirada de R.S.F., cuidará del buen funcionamiento de la red de contención.
• El adjudicatario realizará un parte diario indicando el volumen de residuos sólidos flotantes retirados, este parte se entregará en los servicios técnicos de medio ambiente semanalmente, y un resumen mensual en el momento que los servicios técnicos emitan la certificación del mes.
3. NORMAS DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
3.1. Adquisiciones y tipo de embarcación
La embarcación LIMPIAMAR, que efectuará este servicio tiene 11 años de antigüedad, y está en buen estado para su uso. No obstante realizará los mantenimientos necesarios para el buen funcionamiento de la embarcación, los días que por avería no saliese la embarcación serán descontados de la certificación.
3.2. Periodo y Xxxxxxx de trabajo
El periodo de trabajo coincidirá con la temporada de playas que se establece del 20 xx Xxxxx al 31 xx Xxxxxx (total 73 días).
Horario de trabajo: Todos
los días de la temporada incluyendo
domingos y festivos,
durante 5 horas diarias a
partir de las 9:00 horas. La empresa
en su plan de trabajo
incluirá proposición de horarios, zonas de trabajo y periodicidad; debiendo ser aceptados por los Servicios Técnicos de Medio Ambiente, los cuales podrán fijar otro horario, incluso modificar el existente durante la temporada de playas.
3.3. Actividades y obligaciones a realizar
La embarcación trabajará preferentemente paralela al litoral de playas, en las cercanía de la red de contención de R.S.F. Recogiendo R.S.F. y limpiando la red.
De 9:00 a 12:00 trabajará entre el balizamiento y la xxxx xx Xxxxx, a partir de las 12:00
trabajará fuera del balizamiento. Diariamente se entregará recogidos e incidencias del servicio.
un parte con los m3
Los R.S.F., serán colocados en el lugar que a tal efecto designen los Servicios Técnicos de
Medio Ambiente, y serán depositados en bolsas cerradas, correctamente apiladas y
evitando roturas, la responsabilidad sobre el estado de estos residuos será de la empresa concesionaria.
Los adecuados servicios de mantenimiento tanto de la parte mecánica de la embarcación como de la propia embarcación son responsabilidad de la empresa contratada. De la realización de estos servicios la empresa realizará partes que entregará en los Servicios Técnicos de Medio Ambiente. Como mínimo se realizarán dos al año, uno al inicio de la temporada de playas y otro al final.
Estos servicios incluirá embarcación.
revisión del motor, partes mecánicas y pintura de la
Terminada la temporada de playas la embarcación debidamente tratada, pasará a estado de guardería, esta guardería es por cuenta de la empresa contratada.
Durante la temporada d
playas la embarcación deberá disp
ner de un punto de
atraque, el cual es por cuenta de la empresa contratada.
Las emergencias se producen por presencia abundante de medusas. En este caso la
embarcación Limpiamar a requerimiento de los Servicios de Medio Ambiente deberá
ampliar su horario de trabajo. El periodo en el que pueden declararse las emergencias va del 1 xx Xxxx al 30 de Septiembre. Y el coste de estos trabajos serán facturados aparte, en caso de no contar los Servicios Técnicos con horas extras de navegación sin coste para la Administración, como consecuencia de la oferta de la empresa adjudicataria.
CAPÍTULO VI - PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
El periodo o plazo de vigencia del contrato vendrá determinado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del Contrato.
CAPÍTULO VII - PRESUPUESTO
1 - PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
El presupuesto total de licitación es de 110.059,25 € (CIENTO DIEZ MIL CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS DE EURO) (IPSI incluido), con un importe de IPSI de 4.233,05 € (CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES EUROS CON CINCO CÉNTIMOS DE EURO).
Queda desglosado y justifi ado en el ANEXO 2.
2 - VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato es de 165.088,87 € (CIENTO SESENTA Y CINCO MIL OCHENTA Y OCHO EUROS CON OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS DE EURO) (IPSI
incluido), con un importe de IPSI de 6.349,57 € (SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS DE EURO).
3 - REVISIÓN DE PRECIOS
La revisión de precios se realizará con carácter anual, coincidiendo la primera revisión
con el vencimiento del primer año de ejecución del contrato. A estos efectos se tomará
como fecha de inicio de co trato la fecha que figure en el acta de inicio de explotación.
La revisión de precios se realizará modificando los coeficientes de etribución que rijan la
cuantía económica del contrato, aplicando a los inicialmente ofertados, el 85% de la variación que en más o en menos experimente el Índice de Precios al Consumo (IPC), a partir del segundo año del contrato.
4 - FORMA DE ABONO DE LOS SERVICIOS
Para la realización de las designada por la Consej
Certificaciones mensuales, que realizará la Oficina Técnica ría de Medio Ambiente como responsable del control del
servicio, la empresa adjudicataria, presentará los últimos recibos de la S.S.,en su poder y el dimensionamiento de los operarios que ocupa en el servicio, esto será presentado entre el día 5 y 10 de cada mes. En el dimensionamiento deben venir los operarios que realizan los trabajos, con la misma especificación que en los recibos de la S.S., indicando al menos, número de horas por día, horario de trabajo, categoría y en el caso de Seguros
Sociales compartidos por más operarios de la empresa en otros ervicios, los indicados
en el dimensionamiento, vendrán subrayados en los Recibos de la S.S.
Se emitirán mensualmente certificaciones donde se tendrán en cuenta los servicios
realmente ejecutados en el período de comprobación, descontándose así los servicios que por cualquier motivo no se hayan realizado, sanciones impuestas en caso de que las hubiere, importes de daños que se hubieran causado a la Ciudad Autónoma de Melilla y
a terceros con motivo de la ejecución de las diferentes prestaciones salvo las que se
originen en una orden
directa de la Administración, etc.
Los importes de las
certificaciones de ajuste variarán, por tanto, en función de las co o negativas aplicadas.
pensaciones positivas
Melilla, diciembre de 2013
El Director General de Gestión Técnica de Medio Ambiente
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx