INSTRUCCIÓN Nº 3/2013 CONTRATOS MENORES SOLICITUD DE CONTRATO MENOR DE OBRAS
“ANEXO 1”
INSTRUCCIÓN Nº 3/2013 CONTRATOS MENORES SOLICITUD DE CONTRATO MENOR DE OBRAS
DELEGACIÓN / ÁREA: LAS PALMAS
RFª U.T./X.XXXXXXX:
Nº DE (OBRAS, SERVICIOS, SUMINISTRO U OTRO CONTRATO) :
Nº DE EXPEDIENTE:
SOLICITUD DE CONTRATO MENOR DE OBRAS
OBJETO:
DIRECCIÓN:
UNIDAD PATRIMONIAL AFECTADA: No dispone UP
IMPORTE DEL PRESUPUESTO SIN IMPUESTOS: 8.793,91 €
7 % IGIG: 615,57 €
PLAZO DE EJECUCIÓN: 32 días
X/. XXXXXXXXXX XXXX XXXXXXX Xx 0. Xxxxxx xxx Xxxxxxx
OBRAS PARA RESTITUIR LA HABITABILIDAD A LA VIVIENDA DE LA X/. XXXXXXXXXX XXXX XXXXXXX Xx 0, XXXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXX XXX XXXXXXX
EXPOSICIÓN DE LA NATURALEZA Y EXTENSIÓN DE LAS NECESIDADES, IDONEIDAD DE SU OBJETO Y CONTENIDO PARA SATISFACERLAS Y EFICIENCIA EN LA CONTRATACIÓN QUE SE CONSIGUE, DESIGNACION DEL RESPONSABLE DEL CONTRATO MENORY JUSTIFICACIÓN DE INSUFICIENCIA DE MEDIOS PERSONALES.(*)
De conformidad con lo previsto en los artículos 22 del TRLCSP y 73.2 del RGLCAP, se informa:
Siguiendo indicaciones del gestor del área, se redacta proyecto para el acondicionamiento xx xxxxxxxx actual con altura mínima insuficiente, para adecuarla y dar cumplimiento a normativa de habitabilidad.
Las Palmas de Gran Canaria, a 04 de julio de 2016
EL RESPONSABLE DE LA UNIDAD GESTORA
Madrid, a ……. de de 2016
Conforme con la propuesta,
EL SECRETARIO / SUBDIRECTOR
Fdo.: Teniente Coronel Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Fdo.:…………………………………………
(*)SOLO EN EL SUPUESTO DE SOLICITUD DE CONTRATO MENOR DE SERVICIOS LA JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD SE DEBE EXTENDER SOBRE LA INSUFICIENCIA DE MEDIOS PERSONALES Y, EN SU CASO, MATERIALES PARA LLEVAR A CABO ESTE CONTRATO MENOR.
Página 0 xx 000
XXXXX 0 (Solicitud de contrato menor)
EQUIPAMIENTO DE LA DEFENSA
“ANEXO 2”
INSTRUCCIÓN Nº 3/2013 CONTRATOS MENORES
PRESUPUESTO / CONDICIONES DEL CONTRATO MENOR DE OBRAS
DELEGACIÓN / ÁREA: LAS PALMAS
Nº DE (OBRA, SERVICIO, SUMINISTRO ,OTROS CONTRATOS MENORES) :
RFª U.T. / U. GESTORA.:
Nº DE EXPEDIENTE:
PRESUPUESTO / CONDICIONES DEL CONTRATO MENOR DE OBRAS
OBJETO:
DIRECCIÓN:
UNIDAD PATRIMONIAL AFECTADA: No dispone UP
X/. XXXXXXXXXX XXXX XXXXXXX Xx 0. Xxxxxx xxx Xxxxxxx
OBRAS PARA RESTITUIR LA HABITABILIDAD A LA VIVIENDA DE LA X/. XXXXXXXXXX XXXX XXXXXXX Xx 0, XXXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXX XXX XXXXXXX
CAPÍTULO | IMPORTE € | ||
DEMOLICIONES | 511,62 | ||
ESTRUCTURA | 1.089,34 | ||
ALBAÑILERÍA | 1.033,97 | ||
PAVIMENTOS | 2.013,62 | ||
PINTURAS - CARPINTERIA - VARIOS | 2.000,72 | ||
SEGURIDAD Y SALUD - PERMISOS Y VARIOS | 500,00 | ||
GESTIÓN DE RESIDUOS | 53,07 | ||
CONTROL DE CALIDAD Y ENSAYOS | 187,50 | ||
PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL | 7.389,84 | ||
13,00 % Gastos generales | 960,68 | ||
6,00 % Beneficio industrial | 443,39 | ||
SUMA DE G.G. y B.I. | 1.404,07 | ||
7,00 % I.G.I,C | 615,57 | ||
TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA | 9.409,48 | ||
Las Palmas de Gran Canaria, a 04 de julio de 2016 EL TÉCNICO REDACTOR DEL PRESUPUESTO.
Firmado digitalmente por NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X
Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=FNMT, ou=FNMT Clase 2 CA, ou=703006096, cn=NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X Fecha: 2016.07.04 20:24:00 +01'00'
Las Palmas de Gran Canaria, a 04 de julio de 2016, Conforme con la propuesta,
EL RESPONSABLE DE LA UNIDAD GESTORA
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxx.: Teniente Coronel Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx APROBADO:
Madrid, a ……. de de 2016
EL SECRETARIO / SUBDIRECTOR GENERAL
Fdo.:……………………………………………..
ANEXO 2 (Presupuesto / condiciones del contrato menor) Página 2 de 161
SECRETARÍA DE ESTADO
ANEXO 3”
INSTRUCCIÓN Nº 3/2013 CONTRATOS MENORES HOJA RESUMEN DE OBRAS MENORES
INSTITUTO DE VIVIENDA, INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE LA DEFENSA
DELEGACIÓN / ÁREA: Nº DE OBRA: | |
1.- PRESUPUESTO DE OBRAS MENORES OBJETO: OBRAS PARA RESTITUIR LA HABITABILIDAD A LA VIVIENDA DE LA X/. XXXXXXXXXX XXXX XXXXXXX Xx 0, XXXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXX XXX XXXXXXX DIRECCIÓN: X/. XXXXXXXXXX XXXX XXXXXXX Xx 0. Xxxxxx xxx Xxxxxxx U.P. AFECVTADA: No dispone UP PLAZO DE EJECUCIÓN: 32 días. | |
RESUMEN DEL PRESUPUESTO Importa la ejecución material 13% Gastos generales 6% de Beneficio industrial SUMA 7% IGIC Importe TOTAL DEL PRESUPUESTO conforme al artículo 111.2 del T.R.L.C.S.P. | 7.389,84 € |
960,68 € | |
443,39 € | |
8.793,91 € | |
615,57 € | |
9.409,48 € | |
IMPORTA EL PRESENTE PRESUPUESTO EL TOTAL EXPRESADO: NUEVE MIL CUATROCIENTOS NUEVE EUROS CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS DE EURO. | |
El presente presupuesto incluye IVA, IPSI o IGIC, 13% de Gastos Generales, 6% de Beneficio Industrial; así como tasas, licencias de obras, ICIO, incluso los gastos necesarios para la redacción del proyecto y obtención de los boletines exigidos por la Delegación de Industria correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 131 del RGLCAP. | |
El Técnico redactor del presupuesto Firmado digitalmente por NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=FNMT, ou=FNMT Clase 2 CA, ou=703006096, cn=NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X Fecha: 2016.07.04 20:24:12 +01'00' Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | |
2.- ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD En virtud del R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, se redacta el presente Estudio Básico de Seguridad y Salud (se adjunta documento). Antes del inicio de las obras se deberá atender a lo dispuesto en el art. 7.1 y 7.2 de dicho R.D. El Técnico redactor del Estudio Básico de Seguridad y Salud Firmado digitalmente por NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=FNMT, ou=FNMT Clase 2 CA, ou=703006096, cn=NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X Fecha: 2016.07.04 20:24:20 +01'00' Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx |
Las Palmas de Gran Canaria, a 04 de julio de 2016
Conforme con la propuesta,
EL RESPONSABLE DE LA UNIDAD GESTORA
Fdo.: Teniente Coronel Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx
Madrid, a ……. de de 2016
APROBADO:
EL SECRETARIO / SUBDIRECTOR GENERAL
Fdo.:………………………………………………..
ANEXO 2 (Presupuesto / condiciones del contrato menor) Página 3 de 161
INFORME: OBRAS PARA RESTITUIR LA HABITABILIDAD A LA VIVIENDA DE LA
X/. XXXXXXXXXX XXXX XXXXXXX Xx 0, XXXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXX XXX XXXXXXX.
INV- 16-048
---
X/. XXXXXXXXXX XXXX XXXXXXX Xx 0, XXXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXX XXX XXXXXXX.
Xxxxxx xxx Xxxxxxx.
JULIO 2016.
Arquitecto:
LÍMITE XXXXXX XXXXXXXXXXX, XXX.
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. Xxx 0000. xxxxxxxxx@xxxxx.xxx X/ Xxxx xx xx Xxxx, 0 Xxxxx 00 00000 Xxx Xxxxxx xx X.X. Tel / Fax: 000000000 – 000000000
61
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NOTA INFORMATIVA
Para su interés, se informa que el Contratista Adjudicatario de la presente obra, elaborará un Plan de Seguridad y Salud, que será informado por el técnico redactor del presente proyecto y coordinador de seguridad y salud y finalmente aprobado por el Delegado / Jefe de Área de Patrimonio correspondiente, antes del Inicio de la Obra.
El Plan de Seguridad y Salud aprobado, permanecerá en la obra, y una copia del mismo será remitida a la Unidad Técnica de la Subdirección General de Gestión / Unidad de Pabellones de Cargo de la Secretaria General según el caso.
A su vez se informa, que además de la obligatoriedad de confirmar el comienzo de la obra con el técnico, no se permitirá iniciar ningún trabajo sin el correspondiente plan de seguridad y salud, hecho que deberán tener en cuenta para el cómputo de los plazos de finalización de los trabajos.
Una vez firmada el acta/informe de aceptación del plan de seguridad, el contratista deberá a su vez entregar al técnico una copia firmada del acta de nombramiento de los recursos preventivos, una copia firmada por cada trabajador en relación a la entrega de los EPIS, certificado del contratista del cumplimiento de las actividades empresariales, una copia firmada del acta de nombramiento de responsable de emergencias, una copia firmada del acta de nombramiento de responsable de coordinación de actividades empresariales, una copia firmada por cada trabajador sobre la entrega del plan de seguridad, documento de entrega de normas de seguridad a los trabajadores, autorización de uso de maquinaria y de equipos especiales de los trabajadores implicados, DNI de todos los trabajadores implicados, documentos TC1 y TC2 respectivamente, y certificados de aptitud de cada uno de los trabajadores. Se advierte al contratista adjudicatario, que la no entrega de dicha documentación supone la paralización del comienzo de la obra.
En caso de que el contratista decida unilateralmente iniciar los trabajos sin avisar previamente al arquitecto, tanto este como el INVIED, declinan cualquier responsabilidad, así como en aquellas obras que no se ajusten a lo establecido en el proyecto aprobado.
Además de las obligaciones previstas en la normativa aplicable, la persona física o jurídica que ejecute la obra estará obligada a presentar a la propiedad de la misma un plan que refleje cómo llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra. El plan, una vez aprobado por la dirección facultativa y aceptado por la propiedad, pasará a formar parte de los documentos
contractuales de la obra. Una vez finalizada la obra, el promotor habrá de obtener del poseedor contratista la documentación acreditativa de que los residuos de construcción y demolición producidos en la obra han sido gestionados en la misma o entregados a una instalación de valorización o de eliminación para su tratamiento por gestor de residuos autorizado, en los términos regulados en la normativa y, especialmente, en el plan o en sus modificaciones. Esta documentación será conservada durante cinco años.
Las calidades serán las dispuestas en el documento de mediciones y presupuestos. Cualquier sustitución o modificación de la misma (sólo se permitirá en los apartados definidos como “similar”) deberá ser consultada exclusivamente con la dirección técnica, que podrá ordenar retirarla de la obra e incluso, en caso de haber sido dispuesta sin autorización, demolerla, sin coste adicional alguno para la obra. Las marcas serán las establecidas en el documento de proyecto.
Por similar se entenderán características tales como dimensiones, aspecto, color y sobretodo calidad del material.
No se permitirá el uso de materiales que no cumplan con las condiciones mínimas que establece el documento de Recepción de Materiales (en caso de que este esté incluido la documentación del proyecto). A su vez todos los materiales que intervengan en la obra contarán con marcado CE, según estipula la normativa vigente y por tanto será automáticamente rechazado cualquier producto susceptible de poseerlo y que no cumpla con las condiciones exigidas por la ley.
Las licencias de obra, así como los boletines y demás documentación necesaria para la puesta en servicio de las instalaciones correrán por parte del contratista, así como licencias de obras, permisos de estacionamiento para carga y descarga de material, descarga de escombro y alquiler xx xxxxx.
Así mismo correrán por cuenta del contratista todos los medios necesarios para el desarrollo del trabajo dentro de los parámetros admisibles establecidos por la normativa en materia de seguridad y salud, detallados en el estudio básico y plan de seguridad y salud contenido en esta memoria.
Se entenderán por incluidas en las mediciones y presupuestos todas las ayudas de albañilería necesarias para el desarrollo de los trabajos, en caso de no estar señaladas en el documento de mediciones y presupuestos.
NOTA INFORMATIVA SOBRE MARCADO CE
GARANTÍAS DE CALIDAD (MARCADO CE)
El término producto de construcción queda definido como cualquier producto fabricado para su incorporación, con carácter permanente, a las obras de edificación e ingeniería civil que tengan incidencia sobre los siguientes requisitos esenciales:
Resistencia mecánica y estabilidad.
Seguridad en caso de incendio.
Higiene, salud y medio ambiente.
Seguridad de utilización.
Protección contra el ruido.
Ahorro de energía y aislamiento térmico.
El marcado CE de un producto de construcción indica:
Que éste cumple con unas determinadas especificaciones técnicas relacionadas con los requisitos esenciales contenidos en las Normas Armonizadas (EN) y en las Guías DITE (Guías para el Documento de Idoneidad Técnica Europeo).
Que se ha cumplido el sistema de evaluación de la conformidad establecido por la correspondiente Decisión de la Comisión Europea.
Siendo el fabricante el responsable de su fijación y la Administración competente en materia de industria la que vele por la correcta utilización del marcado CE.
Es obligación del Director de la Ejecución de la Obra verificar si los productos que entran en la obra están afectados por el cumplimiento del sistema del marcado CE y, en caso de ser así, si se cumplen las condiciones establecidas en el Real Decreto 1630/1992 por el que se transpone a nuestro ordenamiento legal la Directiva de Productos de Construcción 89/106/CEE.
El marcado CE se materializa mediante el símbolo “CE” acompañado de una información complementaria.
El fabricante debe cuidar de que el marcado CE figure, por orden de preferencia:
En el producto propiamente dicho.
En una etiqueta adherida al mismo.
En su envase o embalaje.
En la documentación comercial que le acompaña.
Las letras del símbolo CE se realizan según el dibujo adjunto y deben tener una dimensión vertical no inferior a 5 mm.
Además del símbolo CE deben estar situadas en una de las cuatro posibles localizaciones una serie de inscripciones complementarias, cuyo contenido específico se determina en las normas armonizadas y Guías DITE para cada familia de productos, entre las que se incluyen:
El número de identificación del organismo notificado (cuando proceda)
El nombre comercial o la marca distintiva del fabricante
La dirección del fabricante
El nombre comercial o la marca distintiva de la fábrica
Las dos últimas cifras del año en el que se ha estampado el marcado en el producto
El número del certificado CE de conformidad (cuando proceda)
El número de la norma armonizada y en caso de verse afectada por varias los números de todas ellas
La designación del producto, su uso previsto y su designación normalizada Información adicional que permita identificar las características del producto atendiendo a sus especificaciones técnicas
Las inscripciones complementarias del marcado CE no tienen por qué tener un formato, tipo de letra, color o composición especial, debiendo cumplir únicamente las características reseñadas anteriormente para el símbolo.
0123 |
Empresa |
Dirección registrada |
Fábrica |
Año |
0123-CPD-0456 |
EN 197-1 |
CEM I 42,5 R |
Límite de cloruros (%) Límite de pérdida por calcinación de cenizas (%) Nomenclatura normalizada de aditivos |
Ejemplo de marcado CE: Símbolo
Símbolo
Nº de organismo notificado Nombre del fabricante Dirección del fabricante Nombre de la fábrica
Dos últimas cifras del año
Nº del certificado de conformidad CE Xxxxx xxxxxxxxxx
Designación normalizada
Información adicional
Dentro de las características del producto podemos encontrar que alguna de ellas presente la mención "Prestación no determinada" (PND).
La opción PND es una clase que puede ser considerada si al menos un estado miembro no tiene requisitos legales para una determinada característica y el fabricante no desea facilitar el valor de esa característica.
ANTECEDENTES.
Siguiendo indicaciones de la OFITEC del INVIED Las Palmas, se giran visitas varias al inmueble referenciado, al objeto de comprobar su estado y recabar datos necesarios para la redacción de proyecto de RECONSTRUCCIÓN XX XXXXXXXX DE ACCESO A VIVIENDA.
INFORME.
CUESTIONES PREVIAS:
- El acceso a la vivienda se realiza desde una escalera que sube desde el exterior en planta baja hasta planta primera, sirviendo exclusivamente a dicha vivienda. Se detectan deficiencias en las dimensiones del acceso, tales como carencia de altura mínima necesaria. Siendo éste el único acceso a la vivienda, incumple las dimensiones mínimas establecidas en el Decreto 117/2006, de 1 xx xxxxxx, por el que se regulan las condiciones de habitabilidad de las viviendas y el procedimiento para la obtención de la cédula de habitabilidad, así como las exigidas por el Código Técnico de la Edificación en su Documento Básico de Seguridad en caso Incendio.
- El Decreto 117/2006 mencionado, en su Anexo II, establece, para la obtención de la cédula de habitabilidad, unas condiciones mínimas de habitabilidad diferenciadas para las viviendas ya existentes a la fecha de publicación del mismo (18/08/2006). No se dispone de documentación acreditativa de la antigüedad de la vivienda concreta, pero es evidente que tanto el edificio como la escalera en cuestión son anteriores a dicha fecha. Así pues, a menos que se proporcione documentación que acredite lo contrario, se considerará que la vivienda es anterior a dicho Decreto.
- En referencia a las instalaciones ocultas, aparentemente, se encuentran en correctas condiciones de uso. Para garantizar la calidad de los materiales y la seguridad en la utilización de los servicios, se recomienda la apertura de catas puntuales y la inspección de la instalación eléctrica por un técnico electricista.
RELACIÓN DE DEFICIENCIAS DETECTADAS:
Anexo II del DECRETO 117/2006, de 1 xx xxxxxx, por el que se regulan las condiciones de habitabilidad de las viviendas y el procedimiento para la obtención de la cédula de habitabilidad.
- No se cumple con la altura libre mínima exigida en escaleras de acceso, pudiendo medirse cabezada de hasta 1,70 m.
Código Técnico de la Edificación – Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (SI-3 Evacuación de los ocupantes) y Documento Básico de Seguridad de Utilización (SU-1 Seguridad frente al riesgo de caídas).
- No cumple con el ancho mínimo de 1 m. en escalera de uso general.
- No cumple con las dimensiones máximas permitidas en contrahuella.
PROPUESTA:
La intervención propuesta trata de reconfigurar la escalera de acceso a la vivienda con la menor obra posible, tratando siempre afectar lo mínimo a los inmuebles adyacentes. La vivienda colindante (1-A) no se vería afectada. El primer tramo de la escalera no tiene estancias debajo, pero sí el segundo. De este segundo tramo, la primera mitad aproximadamente, está sobre lo que actualmente es un pequeño cuarto con acceso desde el área de descanso de la
guardia del acuartelamiento. Es de dimensiones muy pequeñas y no puede considerarse útil por su poca altura libre, y se aprovecha como armario trastero. La segunda mitad de este tramo está sobre otra estancia de pequeñas dimensiones que se utiliza para almacenamiento de útiles de limpieza, y a la que se accede desde el pasillo interior del edificio. La intervención afectaría únicamente al forjado de estas dos estancias.
La intervención consiste en la demolición completa de la escalera actual y la ejecución de una nueva que cumpla con las dimensiones de peldaño que exigen las normativas mencionadas en antecedentes, rectificando a su vez la altura libre hasta alcanzar o superar la mínima necesaria.
La puerta de entrada se traslada a la planta baja, en fachada, dejando los dos tramos xx xxxxxxxx al interior. De este modo la escalera puede conservar las dimensiones de ancho actuales y cumplir con las exigencias normativas.
Se instalará una nueva línea de distribución eléctrica para dotar la escalera de iluminación adecuada y portero automático.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 04 de julio de 2016.
Firmado digitalmente por NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X
Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=FNMT, ou=FNMT Clase 2 CA, ou=703006096, cn=NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X Fecha: 2016.07.04 20:24:36 +01'00'
Fdo.: el arquitecto. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
JUSTIFICACIÓN NORMATIVA
Se justifica parcialmente el Código Técnico de la Edificación (DB-SI y DB-SUA), al objeto de ofrecer las condiciones de seguridad adecuadas al uso propuesto, así como las condiciones pertinentes de habitabilidad según el Anexo II del Decreto 117/2006, de 1 xx xxxxxx, por el que se regulan las condiciones de habitabilidad de las viviendas y el procedimiento para la obtención de la cédula de habitabilidad.
A. SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIOS
Observaciones
Ámbito de aplicación El ámbito de aplicación es el que se establece con carácter general para el conjunto del CTE en su artículo 2 (Parte I) excluyendo los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el “Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales”. | |
Criterios generales de aplicación | USO PRINCIPAL |
Vivienda |
DB SI-3. Evacuación de ocupantes
Exigencia básica:
El recinto dispondrá de los medios de evacuación adecuados para que los ocupantes puedan abandonarlo o alcanzar un lugar seguro dentro del mismo en condiciones de seguridad.
La reforma modifica la localización de la puerta de acceso a la vivienda, ubicando la misma en fachada. De este modo, el origen de evacuación de la misma se localiza en la fachada, y la nueva escalera pasa a formar parte del interior de la vivienda.
Si bien es cierto que con la configuración anterior no se cumplía con las dimensiones mínimas para escalera de uso general, con la nueva NO PROCEDE la justificación de este apartado.
B. SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD
DB SUA-1. Seguridad frente al riesgo de caídas
Exigencia básica:
Se limitará el riesgo de que los usuarios sufran caídas, para lo cual los suelos serán adecuados para favorecer que las personas no resbalen, tropiecen o se dificulte la movilidad. Asimismo se limitará el riesgo de caídas en huecos, en cambios de nivel y en escaleras y rampas, facilitándose la limpieza de los acristalamientos exteriores en condiciones de seguridad.
SUA. Sección 1.1- Resbaladicidad de los suelos
NORMA | PROYECTO | |
Zonas interiores secas con pendiente < 6% | 1 | NP |
Zonas interiores secas con pendiente ≥ 6% y escaleras | 2 | 3 |
(Clasificación del suelo en función de su grado de deslizamiento UNE ENV 12633:2003)
Clase
Zonas interiores húmedas (entrada al edificio, terrazas cubiertas, vestuarios, baños, aseos, cocinas, etc.) con pendiente < 6% (excepto acceso a uso restringido) | 2 | NP |
Zonas interiores húmedas (entrada al edificio, terrazas cubiertas, vestuarios, baños, aseos, cocinas, etc.) con pendiente ≥ 6% y escaleras (excepto uso restringido) | 3 | NP |
Zonas exteriores, piscinas (profundidad <1,50) y duchas | 3 | 3 |
Pavimentos en itinerarios accesibles
No contiene piezas ni elementos sueltos, tales como gravas x xxxxxx. Los felpudos y moquetas están encastrados o fijados al suelo | NP |
Para permitir la circulación y arrastre de elementos pesados, xxxxxx xx xxxxxx, etc., los suelos son resistentes a la deformación | NP |
SUA. Sección 1.2- Discontinuidades en el pavimento (excepto uso restringido o exteriores)
NORMA | PROYECTO | |
No tendrá juntas que presenten un resalto de más de 4 mm | NP | |
Los elementos salientes del nivel del pavimento, puntuales y de pequeña dimensión (por ejemplo, los cerraderos de puertas) no deben sobresalir del pavimento más de 12 mm | NP | |
El saliente que exceda de 6 mm en sus caras enfrentadas al sentido de circulación de las personas no debe formar un ángulo con el pavimento que exceda de 45º. | NP | |
Pendiente máxima del 25% para desniveles ≤ 50 mm. | No existen | |
Perforaciones o huecos en suelos de zonas de circulación | Ø ≤ 15 mm | No existen |
Altura xx xxxxxxxx para la delimitación de zonas de circulación | ≥ 800 mm | No existen |
Nº de escalones mínimo en zonas de circulación | 3 | No existen |
En zonas de uso restringido. | 1 ó 2 | NP |
En las zonas comunes de los edificios de uso Residencial Vivienda | NP | |
En los accesos y en las salidas de los edificios | NP | |
Itinerarios accesibles | Sin escalones | NP |
SUA. Sección 1.3- Desniveles
Protección de los desniveles
PROYECTO
NORMA
Existirán barreras de protección en los desniveles, huecos y aberturas (tanto horizontales como verticales) balcones, ventanas, etc. con una diferencia xx xxxx mayor que 550 mm, excepto cuando la disposición constructiva haga muy improbable la caída. | NP |
En las zonas de público (personas no familiarizadas con el edificio) se facilitará la percepción de las diferencias de nivel que no excedan de 550 mm y que sean susceptibles de causar caídas, mediante diferenciación visual y táctil. La diferenciación estará a una distancia de 250 mm del borde, como mínimo. | NP |
Altura de la barrera de protección:
Diferencias de cotas ≤ 6 m. | ≥ 900 mm | NP |
Resto de los casos | ≥ 1.100 mm | NP |
Altura de la barrera cuando los huecos de escaleras de anchura menor que 400 mm. | ≥ 900 mm | NP |
Características constructivas de las barreras de protección: | No serán escalables por niños | |
En la altura comprendida entre 300 mm y 500 mm sobre el nivel del suelo o sobre la línea de inclinación de una escalera no existirán puntos de apoyo, incluidos salientes sensiblemente horizontales con más de 5 cm de saliente. | Cumple | |
En la altura comprendida entre 500 mm y 800 mm sobre el nivel del suelo no existirán salientes que tengan una superficie sensiblemente horizontal con más de 15 cm de fondo. | Cumple | |
Limitación de las aberturas al paso de una esfera (Edificios públicos Ø ≤ 150 mm) | Ø ≤ 100 mm | NP |
Límite entre parte inferior de la barandilla y línea de inclinación | ≤ 50 mm | Cumple |
SUA. Sección 1.4 - Escaleras y rampas
Escaleras de uso restringido | ||
Escalera de trazado lineal | NORMA | PROYECTO |
Ancho del tramo | ≥ 800 mm | 850/1000 |
Altura de la contrahuella | ≤ 200 mm | 190 |
Ancho de la huella | ≥ 220 mm | 250 |
Dispondrán de barandilla en sus lados abiertos | Siempre | NP |
Escalera de trazado curvo (ver DB-SUA 1.4) | NP |
Mesetas partidas con peldaños a 45º | NP |
Escalones sin tabica (dimensiones según gráfico 4.1) | NP |
Escaleras de uso general: peldaños
Tramos rectos xx xxxxxxxx
Huella | ≥ 280 mm | 280 |
Contrahuella en tramos rectos o curvos (sin ascensor máximo 175 mm) | 130≥ H ≤185mm | 185 |
Se garantizará 540 mm ≤ 2C + H ≤ 700 mm (H = huella, C= contrahuella) | la relación se cumplirá a lo largo de una misma escalera | NP |
Escalera con trazado curvo
La huella medirá 280 mm, como mínimo, a una distancia de 500 mm del borde interior y 440 mm, como máximo, en el borde exterior. Además, se cumplirá la relación indicada en el punto 1 anterior a 500 mm de ambos extremos. La dimensión de toda huella se medirá, en cada peldaño, según la dirección de la marcha. | NP |
Escaleras de evacuación ascendente
Escalones (la tabica será vertical o formará ángulo ≤ 15º con la vertical) | Tendrán tabica y sin bocel | NP |
Escaleras de evacuación descendente
Escalones, se admite | Sin tabica y con bocel | NP |
Escaleras de uso general: tramos
Número mínimo de peldaños por tramo | ≥ 3 | NP |
Altura máxima a salvar por cada tramo (sin ascensor máximo 2,25m) | ≤ 3,20 m | NP |
En una misma escalera todos los peldaños tendrán la misma contrahuella | NP | |
En tramos rectos todos los peldaños tendrán la misma huella | NP | |
Entre dos tramos consecutivos de plantas diferentes, la contrahuella no variará más de ±10 mm | NP | |
En tramos mixtos, la huella medida en el eje del tramo en las partes curvas no será menor que la huella en las partes rectas | NP |
Anchura útil del tramo (libre de obstáculos)
Residencial vivienda | 1000 mm | NP |
Docente (infantil y primaria), pública concurrencia y comercial. (1,00 con zona accesible) | 800 < X < 1100 | NP |
Sanitarios (recorridos con giros de 90º o mayores) | 1400 mm | NP |
Sanitarios (otras zonas) | 1200 mm | NP |
Casos restantes (1,00 con zona accesible) | 800 < X < 1000 | NP |
La anchura mínima útil se medirá entre paredes o barreras de protección, sin descontar el espacio ocupado por los pasamanos siempre que estos no sobresalgan más de 120 mm de la pared x xxxxxxx de protección. En tramos curvos, la anchura útil debe excluir las zonas en las que la dimensión de la huella sea menor que 170 mm. |
Escaleras de uso general: Mesetas
Entre tramos de una escalera con la misma dirección:
Anchura de las mesetas dispuestas | ≥ anchura escalera | NP |
Longitud de las mesetas (medida en su eje). | ≥ 1.000 mm | NP |
Entre tramos de una escalera con cambios de dirección: (figura 4.4)
Anchura de las mesetas | ≥ ancho escalera | NP |
Longitud de las mesetas (medida en su eje). | ≥ 1.000 mm | NP |
En las mesetas de planta de las escaleras de zonas de uso público se dispondrá una franja de pavimento visual y táctil en el arranque de los tramos, según las características especificadas en el apartado 2.2 de la Sección SUA 9. En dichas mesetas no habrá pasillos de anchura inferior a 1,20 m ni puertas situados a menos de 40 cm de distancia del primer peldaño de un tramo. | NP |
Escaleras de uso general: Pasamanos
Pasamanos continuo:
Las escaleras que salven una altura mayor que 550 mm dispondrán de pasamanos continuo al menos en un lado. | NP |
Cuando su anchura libre exceda de 1200 mm, o estén previstas para personas con movilidad reducida, dispondrán de pasamanos en ambos lados. | NP |
Pasamanos intermedios.
Se dispondrán para ancho del tramo | ≥4.000 mm | NP |
Separación de pasamanos intermedios | ≤ 4.000 mm | NP |
En escaleras de zonas de uso público o que no dispongan de ascensor como alternativa, el pasamanos se prolongará 30 cm en los extremos, al menos en un lado. En uso Sanitario, el pasamanos será continuo en todo su recorrido, incluidas mesetas, y se prolongarán 30 cm en los extremos, en ambos lados. | NP |
Altura del pasamanos | 900 mm ≤ H ≤ 1.100 mm | NP |
Para usos en los que se dé presencia habitual de niños, tales como docente infantil y primario, se dispondrá otro pasamanos a una altura comprendida entre 650 y 750 mm. | NP |
Configuración del pasamanos:
Será firme y fácil de asir | - | NP |
Separación del paramento vertical | ≥ 40 mm | NP |
El sistema de sujeción no interferirá el paso continuo de la mano | - | NP |
SUA. Sección 1.4- Pasillo escalonados de acceso a localidades y tribunas
NORMA | PROYECTO | |
Tendrán escalones con una dimensión constante de contrahuella. | NP | |
Las huellas podrán tener dos dimensiones que se repitan en peldaños alternativos, con el fin de permitir el acceso a nivel a las filas de espectadores. | NP | |
La anchura de los pasillos escalonados se determinará de acuerdo con las condiciones de evacuación que se establecen en el apartado 4 de la Sección SI 3 del DB-SI | NP |
SUA. Sección 1.5- Limpieza de los acristalamientos exteriores
En edificios de uso Residencial Vivienda, los acristalamientos con vidrio transparente cumplirán las condiciones que se indican a continuación, salvo cuando sean practicables o fácilmente desmontables, permitiendo su limpieza desde el interior:
PROYECTO
NORMA
Limpieza desde el interior:
Toda la superficie exterior del acristalamiento se encontrará comprendida en un radio de 850 mm desde algún punto del borde de la zona practicable situado a una altura no mayor de 1300 mm. | NP |
Los acristalamientos reversibles estarán equipados con un dispositivo que los mantenga bloqueados en la posición invertida durante su limpieza. | NP |
DB SUA-2. Seguridad frente al riesgo de impacto o atrapamiento
Exigencia básica:
Se limitará el riesgo de que los usuarios puedan sufrir impacto o atrapamiento con elementos fijos o practicables del edificio.
SUA. Sección 2.1- Impacto
PROYECTO
NORMA
Con elementos fijos
La altura libre de paso en zonas de circulación será, como mínimo, 2100 mm en zonas de uso restringido | 2.10 |
La altura libre de paso en el resto de zonas será, como mínimo, 2200 mm | NP |
En los umbrales de las puertas la altura libre será 2000 mm, como mínimo. | libre |
Los elementos fijos que sobresalgan de las fachadas y que estén situados sobre zonas de circulación estarán a una altura de 2200 mm, como mínimo. | No existen |
En zonas de circulación, las paredes carecerán de elementos salientes que no arranquen del suelo, que vuelen más de 150 mm en la zona de altura comprendida entre 150 mm y 2200 mm medida a partir del suelo y que presenten riesgo de impacto. | No existen |
Se limitará el riesgo de impacto con elementos volados cuya altura sea menor que 2000 mm, tales como mesetas o tramos xx xxxxxxxx, de rampas, etc., disponiendo elementos fijos que restrinjan el acceso hasta ellos. | No existen |
Con elementos practicables
En pasillos cuya anchura exceda de 2,50 m, el barrido de las hojas de las puertas no debe invadir la anchura determinada en las condiciones de evacuación. | El barrido de la hoja no invade el pasillo | NP |
En puertas de vaivén se dispondrá de uno o varios paneles que permitan percibir la aproximación de las personas entre 0,70 m y 1,50 m mínimo | Un panel por hoja a= 0,7 h= 1,50 m | NP |
Identificación de áreas con riesgo de impacto
Superficies acristaladas situadas en áreas con riesgo de impacto con barrera de protección | SU1, apartado 3.2 | NP |
Norma: (UNE EN 12600:2003)
Superficies acristaladas situadas en áreas con riesgo de impacto sin barrera de protección
Diferencia xx xxxx a ambos lados de la superficie acristalada > 12 m | NP |
Diferencia xx xxxx a ambos lados de la superficie acristalada 0,55 < X < 12 m | NP |
Menor que 0,55 m | NP |
Duchas y bañeras:
Partes vidriadas de puertas y cerramientos | resistencia al impacto nivel 3 | NP |
Áreas con riesgo de impacto
En paños fijos, el área comprendida entre el nivel del suelo y una altura de 0,90 m.
En puertas, el área comprendida entre el nivel del suelo, una altura de 1,50 m y una anchura igual a la de la puerta más 0,30m a cada lado de esta;
Impacto con elementos insuficientemente perceptibles
Grandes superficies acristaladas y xxxxxxx xx xxxxxx que no dispongan de elementos que permitan identificarlas (excluye el interior de las viviendas) | |||
Señalización: | Altura inferior | 850<h<1100m m | NP |
Altura superior | 1500<h<1700 mm | NP | |
Travesaño situado a la altura inferior | NP | ||
Montantes separados a ≥ 600 mm | NP | ||
Las xxxxxxx xx xxxxxx que no dispongan de elementos que permitan identificarlas, tales como cercos o tiradores, dispondrán de señalización | NP |
SUA. Sección 2.2- Atrapamiento
PROYECTO
XXXXX
Xxxxxx xxxxxxxxx de accionamiento manual ( d= distancia hasta objeto fijo más próximo) | d ≥ 200 mm | NP |
Los elementos de apertura y cierre automáticos dispondrán de dispositivos de protección adecuados al tipo de accionamiento y cumplirán con las especificaciones técnicas propias. | NP |
DB SUA-3. Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento
Exigencia básica:
Se limitará el riesgo de que los usuarios puedan quedar accidentalmente aprisionados en recintos.
SUA. Sección 3- Aprisionamiento
Riesgo de aprisionamiento
En general: | NORMA | PROYECTO |
Cuando las puertas de un recinto tengan dispositivo para su bloqueo desde el interior y las personas puedan quedar accidentalmente atrapadas dentro del mismo, existirá algún sistema de desbloqueo de las puertas desde el exterior xxx xxxxxxx. Excepto en el caso de los baños o los aseos de viviendas, dichos recintos tendrán iluminación controlada desde su interior. | NP |
En zonas de uso público, los aseos accesibles y cabinas de vestuarios accesibles dispondrán de un dispositivo en el interior fácilmente accesible, mediante el cual se transmita una llamada de asistencia perceptible desde un punto de control y que permita al usuario verificar que su llamada ha sido recibida, o perceptible desde un paso frecuente de personas. | NP |
Fuerza de apertura de las puertas de salida | ≤ 140 N | NP |
Itinerarios accesibles:
Reglamento de Accesibilidad | ||
Fuerza de apertura en pequeños recintos adaptados (general) | ≤ 25 N | NP |
Fuerza de apertura en pequeños recintos adaptados (puertas resistentes al fuego) | ≤ 65 N | NP |
Para determinar la fuerza de maniobra de apertura y cierre de las puertas de maniobra manual batientes/pivotantes y deslizantes equipadas con pestillos de media vuelta y destinadas a ser utilizadas por peatones (excluidas puertas con sistema de cierre automático y puertas equipadas con herrajes especiales, como por ejemplo los dispositivos de salida de emergencia) se empleará el método de ensayo especificado en la norma UNE-EN 12046-2:2000.
DB SUA-4. Seguridad frente causado por iluminación inadecuada
Exigencia básica:
Se limitará el riesgo de daños a las personas como consecuencia de una iluminación inadecuada en zonas de circulación de los edificios, tanto interiores como exteriores, incluso en caso de emergencia o de fallo del alumbrado normal.
SUA. Sección 4.1- Alumbrado normal en zonas de circulación
Nivel de iluminación mínimo de la instalación de alumbrado (medido a nivel del suelo) | NORMA | PROYECTO |
Zona | Iluminancia mínima [lux] |
Exterior | Exclusiva para personas | 20 | > 20 |
Interior | Exclusiva para personas | 100 | > 100 |
Para vehículos | 50 | NP |
Factor de uniformidad media | fu ≥ 40% | NP |
HABITABILIDAD
Decreto 117/2006, de 1 xx xxxxxx, por el que se regulan las condiciones de habitabilidad de las viviendas y el procedimiento para la obtención de la cédula de habitabilidad.
Se comprobará el cumplimiento del Anexo II de dicho decreto, en referencia a la modificación de la escalera de acceso a la vivienda.
Condiciones de accesibilidad
NP
2.5 El acceso rodado hasta el entorno de la vivienda ha de ser practicable por los servicios de emergencia en circunstancias climatológicas normales.
NP
2.6 Deberá ser practicable para personas a pie el acceso desde la vía pública hasta el interior de la vivienda.
SI
2.7 En todo recorrido en portales y circulaciones en zonas comunes debe ponerse inscribir un círculo con un diámetro mínimo de 0.8 m. y la altura libre será de 2.2 m. como mínimo.
SI
2.8 Cualquier circulación interior a la vivienda, incluso escaleras, tendrá al menos 70 cm. de ancho, admitiéndose únicamente estrechamientos puntuales de hasta 60 cm. debidos a exigencias de la estructura.
Condiciones de seguridad
NP
2.23 La construcción deberá tener un grado de solidez tal que quede garantizada su propia estabilidad y la seguridad de las personas en circunstancias normales de uso.
SI
2.24 Los desniveles superiores a 60 cm. presentes en áreas transitables privativas o comunitarias y en huecos al exterior contarán con pasamanos de, al menos, 1.0 m. de altura o solución equivalente, y protección contra la caída de resistencia adecuada para adultos y no escalable ni traspasable por niños.
SI
2.25 Serán antideslizantes, o fácilmente transformables en antideslizantes, las superficies pisables xx xxxxx y cocinas, locales de servicio y circulaciones horizontales a cubierto, y será antideslizante la huella de los escalones y cualquier pavimento susceptible de ser transitado en mojado.
NP
2.26 Todos los aparatos del equipamiento doméstico y sus instalaciones reunirán condiciones suficientes de seguridad en su utilización.
SI
2.27 La vivienda ha de estar dotada de medidas de seguridad adecuadas a sus circunstancias, siendo practicables desde el interior las defensas instaladas en huecos susceptibles de ser utilizados en caso de evacuación de emergencia.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 04 de julio de 2016.
Firmado digitalmente por NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
- NIF 00000000X
Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=FNMT, ou=FNMT Clase 2 CA, ou=703006096, cn=NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X
Fecha: 2016.07.04 20:24:50 +01'00'
Fdo.: el arquitecto. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
REPORTAJE FOTOGRÁFICO
ACCESO EXTERIOR DEL EDIFICIO
PRIMER TRAMO INTERIOR SEGUNDO TRAMO INTERIOR
CUARTO ARMARIO TRASTERO 1
CUARTO ARMARIO TRASTERO 2
CARÁCTER DE LA OBRA A EFECTOS DE SUPERVISIÓN SEGÚN EL ARTÍCULO 125 DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 3/2011, DE 14 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.
Importe de proyecto > 350.000,00 € | NO |
Proyecto afecta a estabilidad de la obra | SI |
Proyecto afecta a seguridad de la obra | NO |
Proyecto afecta a estanqueidad de la obra | NO |
Por tanto, el informe de supervisión SI será preceptivo.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 04 de julio de 2016.
Firmado digitalmente por NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X
Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=FNMT, ou=FNMT Clase 2 CA, ou=703006096, cn=NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X Fecha: 2016.07.04 20:28:07 +01'00'
Fdo.: el arquitecto. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
DECLARACIÓN DE INEXISTENCIA DE INCOMPATIBILIDAD.
Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Arquitecto colegiado nº 2353 de Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria, redactor del proyecto de RECONSTRUCCIÓN XX XXXXXXXX DE ACCESO A VIVIENDA, en la calle Comandante Xxxx Xxxxxxx 1,
Declaro bajo juramento,
No hallarme incurso en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, ni en ningún caso del artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
En su virtud, firmo la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 04 de julio de 2016.
Firmado digitalmente por NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X
Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=FNMT, ou=FNMT Clase 2 CA, ou=703006096, cn=NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X Fecha: 2016.07.04 20:28:16 +01'00'
Fdo.: el arquitecto. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
CARÁCTER DE OBRA COMPLETA.
Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Arquitecto colegiado nº 2353 de Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria, redactor del proyecto de RECONSTRUCCIÓN XX XXXXXXXX DE ACCESO A VIVIENDA, en la calle Comandante Xxxx Xxxxxxx 1,
CERTIFICA,
Que las obras definidas en el citado proyecto, se refieren a una obra completa que resulta susceptible de ser entregada al uso general, comprendiendo todas las necesarias para lograr el fin propuesto.
En su virtud, firmo la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 04 de julio de 2016.
Firmado digitalmente por NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X
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Fecha: 2016.07.04 20:28:26
+01'00'
Fdo.: el arquitecto. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
DECLARACIÓN DE VIABILIDAD DE LAS OBRAS.
Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Arquitecto colegiado nº 2353 de Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria, redactor del proyecto de RECONSTRUCCIÓN XX XXXXXXXX DE ACCESO A VIVIENDA, en la calle Comandante Xxxx Xxxxxxx 1,
CERTIFICA,
Que las obras definidas en el citado proyecto son viables en el edificio donde se van a realizar.
En su virtud, firmo la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 04 de julio de 2016.
Firmado digitalmente por NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X
Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=FNMT, ou=FNMT Clase 2 CA, ou=703006096, cn=NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X Fecha: 2016.07.04 20:28:36 +01'00'
Fdo.: el arquitecto. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
ACTA DE REPLANTEO PREVIO.
Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Arquitecto colegiado nº 2353 de Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria, redactor del proyecto de RECONSTRUCCIÓN XX XXXXXXXX DE ACCESO A VIVIENDA, en la calle Comandante Xxxx Xxxxxxx 1,
CERTIFICA,
Que, tras visita a la parcela objeto de proyecto, se comprueba que la realidad geométrica de la misma permite la realización de las obras descritas en el citado proyecto.
En su virtud, firmo la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 04 de julio de 2016.
Firmado digitalmente por NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X
Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=FNMT, ou=FNMT Clase 2 CA, ou=703006096, cn=NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X
Fecha: 2016.07.04 20:28:46
+01'00'
Fdo.: el arquitecto. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
VALORACIÓN ECONÓMICA.
RESUMEN DE PRESUPUESTO
CAPITULO RESUMEN
_
C_01 | DEMOLICIONES ................................................................................................................................................................... | 511,62 | 6,92 |
C_02 | ESTRUCTURA ...................................................................................................................................................................... | 1.089,34 | 14,74 |
C_03 | ALBAÑILERÍA ........................................................................................................................................................................ | 1.033,97 | 13,99 |
C_04 | PAVIMENTOS ....................................................................................................................................................................... | 2.013,62 | 27,25 |
C_05 | PINTURAS - CARPINTERIA - VARIOS ................................................................................................................................ | 2.000,72 | 27,07 |
C_06 | SEGURIDAD Y SALUD - PERMISOS Y VARIOS ................................................................................................................ | 500,00 | 6,77 |
C_07 | GESTIÓN DE RESIDUOS..................................................................................................................................................... | 53,07 | 0,72 |
C_08 | CONTROL DE CALIDAD Y ENSAYOS................................................................................................................................. | 187,50 | 2,54 |
TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL 7.389,84
13,00 % Gastos generales ............................. 960,68
6,00 % Beneficio industrial ........................... 443,39
SUMA DE G.G. y B.I. | 1.404,07 |
7,00 % I.G.I,C. ............................................................................... | 615,57 |
TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA | 9.409,48 |
TOTAL PRESUPUESTO GENERAL | 9.409,48 |
Asciende el presupuesto general a la expresada cantidad de NUEVE MIL CUATROCIENTOS NUEVE EUROS con CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS
Puerto xxx Xxxxxxx, a 04 de julio de 2016.
El promotor La dirección facultativa
Firmado digitalmente por NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X
Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=FNMT,
ou=FNMT Clase 2 CA, ou=703006096, cn=NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X Fecha: 2016.07.04 20:29:04
+01'00'
CAPÍTULO C_01 DEMOLICIONES
D01.0070 m² Demolición xxxx xx xxxxxxxx. 41,25
M2. Medida proyección vertical. Demolición xxxx xx xxxxxxxx de hormigón armado, espesor en- tre 15 - 25 cm, con compresor incluso limpieza y acopio de escombros a pie de obra y transpor- te a vertedero autorizado, con gestión de residuos incluida. Incluida barandilla tramo exterior.
CUARENTA Y UN EUROS con VEINTICINCO CÉNTIMOS
D01.0190 ud Arranque carpintería de cualquier tipo. 41,25
Arranque carpintería de cualquier tipo en tabiques, con o sin recuperación, incluso cerco, hojas y tapajuntas, con superficie de hueco < 5,0 m², por medios manuales, incluso limpieza, apilado y acopio de escombros a pie de obra y transporte a vertedero autorizado, con gestión de residuos incluida.
CUARENTA Y UN EUROS con VEINTICINCO CÉNTIMOS
D01B0030 m² Demolición tabique bloque horm. 15 a 25 cm 8,10
Demolición tabique de bloque hueco de hormigón, desde 15 a 25 cm de espesor, con martillo eléctrico, incluso limpieza y acopio de escombros a pie de obra.
OCHO EUROS con DIEZ CÉNTIMOS
CAPÍTULO C_02 ESTRUCTURA
D05.2240 m³ Horm. arm losas escalera HA-30/B/20/IIb 110kg/m³ B400S. 405,21
Hormigón armado en losas xx xxxxxxxx, HA-30/B/20/IIb, armado con 110 kg/m³ xx xxxxx B 400 S, incluso elaboración, colocación de las armaduras, separadores, encofrado y desencofrado, vertido, vibrado y curado, s/EHE.
CUATROCIENTOS CINCO EUROS con VEINTIUN CÉNTIMOS
E05HVA060 m3 HA-25/P/20/I ENCOFRADO MADERA ZUNCHOS PLANOS 497,52
Hormigón armado HA-25 N/mm2, Tmáx.20 mm., consistencia plástica elaborado central, en zunchos planos, i/p.p. de armadura (75 kg/m3.) y encofrado xx xxxxxx vista, vertido con plu- ma-grúa, vibrado y colocado. Según normas NTE-EME y EHE-08.
CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS con CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS
X00XX0000 m² Fábrica bl.hueco sencillo 15x25x50 cm 22,45
Fábrica de bloques huecos de hormigón vibrado de 15 cm de espesor (15x25x50), con marcado CE, categoría I según UNE-EN 771-3, recibidos con mortero industrial M 2,5, con marcado CE s/UNE-EN 998-2, incluso replanteo, aplomado, nivelado, humedecido, grapas metálicas de unión a la estructura, ejecución de jambas y encuentros y parte proporcional de armadura de re- fuerzo xx xxxxx B 400 S.
VEINTIDOS EUROS con CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS
E05AM080 u ANCLAJE MECÁNICO HILTI HST-R M16x140 VERSIÓN INOX 20,73
Anclaje mecánico versión INOX A4 diseñado para transmitir cargas medias y cargas de impacto al hormigón cómo material base. Homologado según normativa europea opción 1, hormigón fisu- rado y no fisurado calidades de 20 a 50N/mm2. En primer lugar se realizará un taladro, con mar- tillo a rotopercusión, de 115 mm. de profundidad y 16 mm. de diámetro en el elemento de hormi- gón de espesor mínimo 170 mm. A continuación se procederá a la correcta limpieza del taladro. Posteriormente se colocará la pieza a fijar y se introducirán los anclajes hasta la marca roja. Se aplicará el correcto par de apriete para que la fijación pueda entrar en carga según la ficha técnica del producto. Este anclaje se calcula según la normativa europea ETAG, en su anexo C o se-
gún el método de cálculo Hilti SOFA.
VEINTE EUROS con SETENTA Y TRES CÉNTIMOS
CAPÍTULO C_03 ALBAÑILERÍA
D07L00500 m² Enfosc maestread vert exter.mort 1:3 18,95
Enfoscado maestreado fratasado en paramentos verticales y horizontales en exterior, con morte- ro 1:3 de cemento y arena, incluso p.p. xx xxxxx metálica en unión de fábrica y estructura, rema- te de huecos y aristas, limpieza y humedecido del soporte.
DIECIOCHO EUROS con NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS
D07.9030 m2 Formación peldaño con horm. aligerado. 25,41
Formación de peldaño xx xxxxxxxx con hormigón aligerado, incluso encofrado y desencofrado.
VEINTICINCO EUROS con CUARENTA Y UN CÉNTIMOS
D07.9200 m Dintel horm armado 20x25 HA-25/P/16/I 2D12 65,48
Dintel de hormigón armado de 20x25 cm, con hormigón HA-25/P/16/I, armado con 4 D 12, estri- bos D 6 c/ 20 cm, incluso separadores, encofrado y desencofrado, vertido, vibrado y curado.
SESENTA Y CINCO EUROS con CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS
D07.9410 ud Recibido cerco interior >2,0 m² 45,74
Recibido de cercos interiores mayores de 2 m², de carpintería xx xxxxxx, metálica o PVC, con mortero de cemento 1:5, incluso anclajes, cajeado de la fábrica y aplomado.
CUARENTA Y CINCO EUROS con SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS
D07.6030 m Barand horm bl h=1,01 m form: balaustres/pasam/base, serie 770 S 135,45
Barandilla de hormigón blanco, serie 770 SAS o similar, de altura total 1,01 m, realizada con ba- laustres tipo BTR-770 de diámetro máximo 15 cm y h=77 cm (4 ud/m), con pasamanos y base tipo RBR-50 de 25x12 cm, recibida con mortero de cemento cola, incluso aplomado, nivelado, rejuntado con mortero preparado flexible y limpieza.
CIENTO TREINTA Y CINCO EUROS con CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS
D07.0020 m² Fábrica bl.hueco sencillo 20x25x50 cm vestir. 38,41
Fábrica de bloque hueco de hormigón vibrado de 20 cm de espesor (20x25x50) tomada con mortero 1:6 de cemento y arena, incluso, aplomado, nivelado, replanteo humedecido del bloque, grapas metálicas de unión a la estructura, y parte proporcional de refuerzo con armaduras xx xxxxx B 400 S en esquinas y cruces. En medición se deducirán todos los huecos.
TREINTA Y OCHO EUROS con CUARENTA Y UN CÉNTIMOS
CAPÍTULO C_04 PAVIMENTOS
D11.8620 m Quicialera granito artif grano medio+atezado. 65,14
Quicialera xx xxxxxxx artificial grano medio, con canto visto, recibida con mortero de cemento co- la, incluso atezado de hormigón aligerado, rejuntado con mortero preparado flexible, pulido, abri- llantado y limpieza.
SESENTA Y CINCO EUROS con CATORCE CÉNTIMOS
D11.9115 m Peld gres xxxxxx Teide pulido Porcelanatto 40x40/15x40 i/zanquín 67,13
Peldaño de gres porcelánico Teide pulido, Porcelanatto o similar, con piezas de 40x40 cm (hue- lla) y de 15x40 cm (contrahuella), recibido con mortero de cemento cola, incluso peldañeado pre- vio con hormigón aligerado, zanquín del mismo material, rejuntado con mortero preparado flexible y limpieza.
SESENTA Y SIETE EUROS con TRECE CÉNTIMOS
D11.3292 m² Pavim gres porcelán. Teide pulido 40x40cm Porcelanatto 62,15
Pavimento de gres porcelánico, Teide pulido, Porcelanatto o similar, de 40x40 cm, recibido con mortero de cemento cola, incluso atezado de hormigón aligerado de 7 cm de espesor acabado con refilo de mortero de cemento y arena 1:4, p.p. de rodapié del mismo material, rejuntado con mortero preparado flexible y limpieza.
SESENTA Y DOS EUROS con QUINCE CÉNTIMOS
CAPÍTULO C_05 PINTURAS - CARPINTERIA - VARIOS
D28BA00700 m² Pintura plástica xxxx, color, ext., Emuldis fachadas 9,94
Pintura plástica, Emuldis fachadas o equivalente, aplicada a dos manos, a brocha o rodillo, para la protección y decoración de fachadas, colores medios, incluso limpieza del soporte e imprima- ción con Acridur fondo fijador.
NUEVE EUROS con NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS
D28AAA00400 m² Pintura plástica xxxx mate, int., Intacril ultra 5,21
Pintura plástica xxxx mate tipo Intacril ultra o equivalente, color a elegir, en paramentos interiores, a dos manos, incluso lijado y plastecido del paramento.
CINCO EUROS con VEINTIUN CÉNTIMOS
D22P1100 ud Puert acorazada revestid tabler DM 0.825x2.03x5.2 685,75
Puerta acorazada de acceso a vivienda, formada por, precerco xx xxxx de 15x2 cm, cerco metá- lico para pintar de 150 mm, armazón de hoja acorazada y revestida a dos caras en D.M. para pintar de medidas 0. Tapajuntas en D.M. hidrófugo a una cara de 7x1.6 cms. Cerradura xx xxxx- ridad Tesa de 3 puntos con pomo exterior y placa y 1/2 manilla interior Tesa, mirilla óptica y tope antichoque, completamente colocada.
SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS con SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS
D23.6900 m Barandilla de aluminio lacado sistema B, Xxxxxxxx 71,69
Barandilla de aluminio lacado (colores de la carta Ral), formada por pasamano tubular, realizada con perfiles de 1,5 mm de espesor, sistema B, Xxxxxxxx o similar, incluso tornillería xx xxxxx ino- xidable, montaje, ajuste, aplomado, nivelado, colocación y ayudas de albañilería.
SETENTA Y UN EUROS con SESENTA Y NUEVE CÉNTIMOS
D18.0900 m Línea distribución eléctrica int.1,5 mm², circuito alumbrado 5,42
Línea de distribución eléctrica, en circuito de alumbrado en instalación interior, formada por con- ductores de cobre (fase + neutro) UNE VV 750 V de 1,5 mm² de sección y tubo flexible corru- gado (s/norma UNE-EN 50086-2-3) D 20 mm, incluso p.p. xx xxxxx de registro, apertura y sella- do xx xxxxx y ayudas de albañilería. Instalada, s/RBT-02.
CINCO EUROS con CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS
D18.1310 ud Punto de luz conmutado Eunea SM 200 52,14
Punto de luz conmutado en alumbrado interior con cajas y mecanismos completo con chasis za- mak, Eunea SM 200 o similar, con p.p. de tubo flexible corrugado (s/norma UNE-EN
50086-2-3) D 25 mm, cableado con cable de cobre 750 V de 1,5 mm², cajas de derivación em- potradas y pequeño material, incluso apertura xx xxxxx y recibido de tubos y cajas. Instalado s/RBT-02 y NTE IEB-49.
CINCUENTA Y DOS EUROS con CATORCE CÉNTIMOS
D18.4100 ud Kit de portero electrónico convencional, 1 vda. 242,16
Kit de portero electrónico convencional, para una vivienda unifamiliar, Tegui Compact A1 (serie
7) o similar, compuesto de: placa de calle, teléfono, alimentador y abrepuertas , incluso cajas, canalización con tubo de PVC flexible reforzado D 25 mm, cableado con conductor aislado de 6x0,25 mm², apertura xx xxxxx y recibido de tubos y cajas y conexionado. Instalado y funcio- nando.
DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS con DIECISEIS CÉNTIMOS
D18.5108 ud Aplique cilíndrico de pared y techo 60W xxxxxx GEWISS LOOK 24,17
Aplique cilíndrico para interior, de pared y techo, con cuerpo en policarbonato, color xxxxxx, GE- XXXX LOOK o similar, con lámpara incandescente de 60 W, grado de protección IP 20, Clase II, 230 V, totalmente equipado, incluso lámpara, instalación y conexionado, según REBT-02.
VEINTICUATRO EUROS con DIECISIETE CÉNTIMOS
D18.5505 ud Lumin esférica policarb y poste h=1 m 60 W GEWISS GLOB 91,67
Luminaria esférica decorativa, para iluminación residencial, GEWISS GLOB o similar, compues- ta por globo de policarbonato opal D 250 mm, base de tecnopolímero y poste de resina de altura 1 m y D 60 mm, con lámpara incandescente fluorescente electrónica de 60 W máx., grado de protección IP 54, Clase II, 230 V, totalmente equipado incluso lámpara, instalación y conexiona- do, según REBT-02.
NOVENTA Y UN EUROS con SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS
CAPÍTULO C_06 SEGURIDAD Y SALUD - PERMISOS Y VARIOS
D32DA0010 p.a Medidas de Seguridad y Salud 0,00
Estimación importe licencia de obras conforme a ordenanza municipal publicada y consulta con OT municipal. Puede sufrir variación en función del PEM final indicado en proyecto. Considera- do 2,5 % ICYO y 0,5% Tasas.
AOA-001212121 p.a Solicitud de permisos y licencias 500,00
Corre por cuenta del contatista la obtención de cuantos permisos y licencias fueran necesarios para la ejecución de la reparación presupuestada. En los precios indicados para cada partida se ha considerado la parte proporcional de los gastos ocasionado por la tramitación y pago de permi- sos y licencias, sin que se pueda repercutir gasto adicional alguno a la propiedad.
QUINIENTOS EUROS
CAPÍTULO C_07 GESTIÓN DE RESIDUOS
D37B0060 m³ Transporte residuos a instalac. autorizada 20 km. 11,24
Transporte de residuos a instalación autorizada de gestión de residuos (Consejería de Medio Am- biente), con camión de 15 t, con un recorrido hasta 20 km.
ONCE EUROS con VEINTICUATRO CÉNTIMOS
D37CB0010 t Coste entrega residuos de hormigón a instalación de valorización 2,58
Coste de entrega de residuos de hormigón limpios (tasa vertido), con código 170101 según la Lista Europea de Residuos (LER) publicada por Orden MAM/304/2002, a gestor de residuos au- torizado por la Consejería de Medio Ambiente, para operaciones de valorización o eliminación, según RD 105/2008 y la Ley 22/2011.
DOS EUROS con CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS
CAPÍTULO C_08 CONTROL DE CALIDAD Y ENSAYOS
D33BC0020 ud Ensayo para hormigón fresco, fabric. en obra, transp. y rotura d 60,00
Ensayo para hormigón fresco, comprendiendo: fabricación en obra, transporte y rotura de una se- rie de 4 probetas de hormigón, incluyendo curado y refrentado de caras, determinación de la con- sistencia y resistencia a compresión, según UNE-EN 12350-1 y 2 y UNE-EN 12390-2 y 3.
SESENTA EUROS
X00XX0000 ud Comprobación de instalación de portero eléctrico. 48,00
Comprobación de instalación de portero eléctrico.
XXXXXXXX X XXXX XXXXX
X00XX0000 ud Comprobación de conexión y funcionamiento de mecanismo 19,50
Comprobación de conexión y funcionamiento de mecanismo, hasta 10 mecanismos por ud de ensayo.
DIECINUEVE EUROS con CINCUENTA CÉNTIMOS
PRESUPUESTO Y MEDICIONES
CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
D01.0070 | CAPÍTULO C_01 DEMOLICIONES m² Demolición xxxx xx xxxxxxxx. | |||
M2. Medida proyección vertical. Demolición xxxx xx xxxxxxxx de hormigón armado, espesor entre 15 - 25 cm, con compresor incluso limpieza y acopio de escombros a pie de obra y transpoorte a verte- dero autorizado, con gestión de residios incluida. Incluida barandilla tramo exterior. 1 2,60 1,00 2,60 | ||||
1 4,00 1,00 4,00 | ||||
1 4,40 0,85 3,74 | ||||
D01.0190 | ud Arranque carpintería de cualquier tipo. | 10,34 | 41,25 | 426,53 |
Arranque carpintería de cualquier tipo en tabiques, con o sin recuperación, incluso cerco, hojas y ta- pajuntas, con superficie de hueco < 5,0 m², por medios manuales, incluso limpieza, apilado y acopio de escombros a pie de obra y transpoorte a vertedero autorizado, con gestión de residios incluida. Puerta actual acceso a vivienda 1 1,00 Pasamanos escalera 1 1,00 | ||||
D01B0030 | m² Demolición tabique bloque horm. 15 a 25 cm | 2,00 | 41,25 | 82,50 |
Demolición tabique de bloque hueco de hormigón, desde 15 a 25 cm de espesor, con martillo eléctri- co, incluso limpieza y acopio de escombros a pie de obra. 1 0,15 2,10 0,32 | ||||
0,32 | 8,10 | 2,59 |
TOTAL CAPÍTULO C_01 DEMOLICIONES .............................................................................................. 511,62
PRESUPUESTO Y MEDICIONES
CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
CAPÍTULO C_02 ESTRUCTURA
D05.2240 m³ Horm. arm losas escalera HA-30/B/20/IIb 110kg/m³ B400S.
Hormigón armado en losas xx xxxxxxxx, HA-30/B/20/IIb, armado con 110 kg/m³ xx xxxxx B 400 S, incluso elaboración, colocación de las armaduras, separadores, encofrado y desencofrado, vertido, vibrado y curado, s/EHE.
1 | 2,60 | 1,20 | 0,15 | 0,47 | |||
1 | 4,00 | 1,00 | 0,15 | 0,60 | |||
1 | 4,40 | 0,85 | 0,15 | 0,56 | 1,63 | 405,21 | 660,49 |
E05HVA060 m3 HA-25/P/20/I ENCOFRADO MADERA ZUNCHOS PLANOS
Hormigón armado HA-25 N/mm2, Tmáx.20 mm., consistencia plástica elaborado central, en zun- chos planos, i/p.p. de armadura (75 kg/m3.) y encofrado xx xxxxxx vista, vertido con pluma-grúa, vibrado y colocado. Según normas NTE-EME y EHE-08.
Descansillo interior | 1 | 1,85 | 0,20 | 0,20 | 0,07 | |||
Acceso exterior | 1 | 5,30 | 0,20 | 0,20 | 0,21 | |||
0,28 | 497,52 | 139,31 | ||||||
X00XX0000 | m² Fábrica bl.hueco sencillo 15x25x50 cm | |||||||
Fábrica de bloques huecos de hormigón vibrado de 15 cm de espesor (15x25x50), con marcado CE, categoría I según UNE-EN 771-3, recibidos con mortero industrial M 2,5, con marcado CE s/UNE-EN 998-2, incluso replanteo, aplomado, nivelado, humedecido, grapas metálicas de unión a la estructura, ejecución de jambas y encuentros y parte proporcional de armadura de xxxxxxxx xx xxxxx B 400 S. 1 1,80 1,00 1,80 | ||||||||
1 5,30 0,70 3,71 | ||||||||
E05AM080 | u ANCLAJE MECÁNICO HILTI HST-R M16x140 VERSIÓN INOX | 5,51 | 22,45 | 123,70 | ||||
Anclaje mecánico versión INOX A4 diseñado para transmitir cargas medias y cargas de impacto al hormigón cómo material base. Homologado según normativa europea opción 1, hormigón fisurado y no fisurado calidades de 20 a 50N/mm2. En primer lugar se realizará un taladro, con martillo a roto- percusión, de 115 mm. de profundidad y 16 mm. de diámetro en el elemento de hormigón de espesor mínimo 170 mm. A continuación se procederá a la correcta limpieza del taladro. Posteriormente se colocará la pieza a fijar y se introducirán los anclajes hasta la marca roja. Se aplicará el correcto par de apriete para que la fijación pueda entrar en carga según la ficha técnica del producto. Este anclaje se calcula según la normativa europea ETAG, en su anexo C o según el método de cálculo Hilti SOFA. | ||||||||
8,00 | 20,73 | 165,84 |
TOTAL CAPÍTULO C_02 ESTRUCTURA 1.089,34
PRESUPUESTO Y MEDICIONES
CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
CAPÍTULO C_03 ALBAÑILERÍA
D07L00500 m² Enfosc maestread vert exter.mort 1:3
Enfoscado maestreado fratasado en paramentos verticales y horizontales en exterior, con mortero 1:3 de cemento y arena, incluso p.p. xx xxxxx metálica en unión de fábrica y estructura, remate de huecos y aristas, limpieza y humedecido del soporte.
1 | 2,60 | 0,50 | 1,30 | ||||
2 | 4,00 | 0,50 | 4,00 | ||||
2 | 4,40 | 0,50 | 4,40 | ||||
2 | 1,00 | 1,70 | 3,40 | ||||
1 | 2,60 | 0,50 | 1,50 | 1,95 | |||
4 | 0,20 | 2,10 | 1,68 | 16,73 | 18,95 | 317,03 |
D07.9030 m2 Formación peldaño con horm. aligerado.
Formación de peldaño xx xxxxxxxx con hormigón aligerado, incluso encofrado y desencofrado.
1 | 2,60 | 1,20 | 3,12 | |||
1 | 4,00 | 1,00 | 4,00 | |||
1 | 4,40 | 0,85 | 3,74 | |||
-1 | 0,85 | 0,85 | -0,72 | |||
-1 | 0,85 | 1,00 | -0,85 | |||
-1 | 1,47 | 1,00 | -1,47 | |||
-1 | 1,20 | 1,00 | -1,20 | |||
6,62 | 25,41 | 168,21 | ||||
D07.9200 | m Dintel horm armado 20x25 HA-25/P/16/I 2D12 | |||||
Dintel de hormigón armado de 20x25 cm, con hormigón HA-25/P/16/I, armado con 4 D 12, estribos D 6 c/ 20 cm, incluso separadores, encofrado y desencofrado, vertido, vibrado y curado. 1,4 1,40 | ||||||
D07.9410 | ud Recibido cerco interior >2,0 m² | 1,40 | 65,48 | 91,67 | ||
Recibido de cercos interiores mayores de 2 m², de carpintería xx xxxxxx, metálica o PVC, con mor- tero de cemento 1:5, incluso anclajes, cajeado de la fábrica y aplomado. 1 1,00 | ||||||
D07.6030 | m Barand horm bl h=1,01 m form: balaustres/pasam/base, serie 770 S | 1,00 | 45,74 | 45,74 | ||
Barandilla de hormigón blanco, serie 770 SAS o similar, de altura total 1,01 m, realizada con balaus- tres tipo BTR-770 de diámetro máximo 15 cm y h=77 cm (4 ud/m), con pasamanos y base tipo RBR-50 de 25x12 cm, recibida con mortero de cemento cola, incluso aplomado, nivelado, rejuntado con mortero preparado flexible y limpieza. 1 2,60 2,60 | ||||||
D07.0020 | m² Fábrica bl.hueco sencillo 20x25x50 cm vestir. | 2,60 | 135,45 | 352,17 | ||
Fábrica de bloque hueco de hormigón vibrado de 20 cm de espesor (20x25x50) tomada con mortero 1:6 de cemento y arena, incluso, aplomado, nivelado, replanteo humedecido del bloque, grapas me- tálicas de unión a la estructura, y parte proporcional de refuerzo con armaduras xx xxxxx B 400 S en esquinas y cruces. En medición se deducirán todos los huecos. 1 1,00 1,50 1,50 |
PRESUPUESTO Y MEDICIONES
CÓDIGO | RESUMEN | UDS | LONGITUD | ANCHURA ALTURA | PARCIALES | CANTIDAD | PRECIO | IMPORTE |
1 | 0,20 | 0,20 | 0,04 | 1,54 | 38,41 | 59,15 |
TOTAL CAPÍTULO C_03 ALBAÑILERÍA 1.033,97
PRESUPUESTO Y MEDICIONES
CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
D11.8620 | CAPÍTULO C_04 PAVIMENTOS m Quicialera granito artif grano medio+atezado. | ||
Quicialera xx xxxxxxx artificial grano medio, con canto visto, recibida con mortero de cemento cola, in- cluso atezado de hormigón aligerado, rejuntado con mortero preparado flexible, pulido, abrillantado y limpieza. 1 1,00 | |||
D11.9115 | 1,00 m Peld gres xxxxxx Teide pulido Porcelanatto 40x40/15x40 i/zanquín | 65,14 | 65,14 |
Peldaño de gres porcelánico Teide pulido, Porcelanatto o similar, con piezas de 40x40 cm (huella) y de 15x40 cm (contrahuella), recibido con mortero de cemento cola, incluso peldañeado previo con hormigón aligerado, zanquín del mismo material, rejuntado con mortero preparado flexible y limpieza. 6 1,20 7,20 | |||
6 1,00 6,00 | |||
14 0,85 11,90 | |||
D11.3292 | 25,10 m² Pavim gres porcelán. Teide pulido 40x40cm Porcelanatto | 67,13 | 1.684,96 |
Pavimento de gres porcelánico, Teide pulido, Porcelanatto o similar, de 40x40 cm, recibido con mor- tero de cemento cola, incluso atezado de hormigón aligerado de 7 cm de espesor acabado con refilo de mortero de cemento y arena 1:4, p.p. de rodapié del mismo material, rejuntado con mortero prepa- rado flexible y limpieza. 1 1,20 1,00 1,20 | |||
1 0,85 1,00 0,85 | |||
1 1,00 1,47 1,47 | |||
1 0,85 0,85 0,72 | |||
4,24 | 62,15 | 263,52 |
TOTAL CAPÍTULO C_04 PAVIMENTOS 2.013,62
PRESUPUESTO Y MEDICIONES
CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
CAPÍTULO C_05 PINTURAS - CARPINTERIA - VARIOS
D28BA00700 m² Pintura plástica xxxx, color, ext., Emuldis fachadas
Pintura plástica, Emuldis fachadas o equivalente, aplicada a dos manos, a brocha o rodillo, para la protección y decoración de fachadas, colores medios, incluso limpieza del soporte e imprimación con Acridur fondo fijador.
1 2,60 0,50 1,50 1,95
1 1,50 1,70 2,55
1 2,60 0,50 1,30
5,80 9,94 57,65
D28AAA00400 m² Pintura plástica xxxx mate, int., Intacril ultra
Pintura plástica xxxx mate tipo Intacril ultra o equivalente, color a elegir, en paramentos interiores, a dos manos, incluso lijado y plastecido del paramento.
2 | 4,00 | 2,60 | 20,80 | ||||
2 | 2,40 | 2,20 | 10,56 | ||||
1 | 1,00 | 1,70 | 1,70 | ||||
2 | 2,50 | 4,00 | 20,00 | ||||
1 | 5,20 | 0,85 | 4,42 | ||||
1 | 4,00 | 1,00 | 4,00 | ||||
61,48 | 5,21 | 320,31 | |||||
D22P1100 | ud Puert acorazada revestid tabler DM 0.825x2.03x5.2 | ||||||
Puerta acorazada de acceso a vivienda, formada por, precerco xx xxxx de 15x2 cm, cerco metálico para pintar de 150 mm, armazón de hoja acorazada y revestida a dos caras en D.M. para pintar de medidas 0. Tapajuntas en D.M. hidrófugo a una cara de 7x1.6 cms. Cerradura de seguridad Tesa de 3 puntos con pomo exterior y placa y 1/2 manilla interior Tesa, mirilla óptica y tope antichoque, com- pletamente colocada. 1 1,00 | |||||||
D23.6900 | 1,00 m Barandilla de aluminio lacado sistema B, Xxxxxxxx | 685,75 | 685,75 | ||||
Barandilla de aluminio lacado (colores de la carta Ral), formada por pasamano tubular, realizada con perfiles de 1,5 mm de espesor, sistema B, Xxxxxxxx o similar, incluso tornillería xx xxxxx inoxidable, montaje, ajuste, aplomado, nivelado, colocación y ayudas de albañilería. 1 3,50 3,50 | |||||||
1 2,00 2,00 | |||||||
D18.0900 | 5,50 m Línea distribución eléctrica int.1,5 mm², circuito alumbrado | 71,69 | 394,30 | ||||
Línea de distribución eléctrica, en circuito de alumbrado en instalación interior, formada por conducto- res de cobre (fase + neutro) UNE VV 750 V de 1,5 mm² de sección y tubo flexible corrugado (s/nor- ma UNE-EN 50086-2-3) D 20 mm, incluso p.p. xx xxxxx de registro, apertura y sellado xx xxxxx y ayudas de albañilería. Instalada, s/RBT-02. | |||||||
D18.1310 | 20,00 ud Punto de luz conmutado Eunea SM 200 | 5,42 | 108,40 | ||||
Punto de luz conmutado en alumbrado interior con cajas y mecanismos completo con chasis zamak, Eunea SM 200 o similar, con p.p. de tubo flexible corrugado (s/norma UNE-EN 50086-2-3) D 25 mm, cableado con cable de cobre 750 V de 1,5 mm², cajas de derivación empotradas y pequeño |
PRESUPUESTO Y MEDICIONES
CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
material, incluso apertura xx xxxxx y recibido de tubos y cajas. Instalado s/RBT-02 y NTE IEB-49.
1,00 52,14 52,14
D18.4100 ud Kit de portero electrónico convencional, 1 vda.
Kit de portero electrónico convencional, para una vivienda unifamiliar, Tegui Compact A1 (serie 7) o similar, compuesto de: placa de calle, teléfono, alimentador y abrepuertas , incluso cajas, canaliza- ción con tubo de PVC flexible reforzado D 25 mm, cableado con conductor aislado de 6x0,25 mm², apertura xx xxxxx y recibido de tubos y cajas y conexionado. Instalado y funcionando.
1,00 242,16 242,16
PRESUPUESTO Y MEDICIONES
CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
D18.5108 ud Aplique cilíndrico de pared y techo 60W xxxxxx GEWISS LOOK
Aplique cilíndrico para interior, de pared y techo, con cuerpo en policarbonato, color xxxxxx, GEWISS LOOK o similar, con lámpara incandescente de 60 W, grado de protección IP 20, Clase II, 230 V, totalmente equipado, incluso lámpara, instalación y conexionado, según REBT-02.
2,00 24,17 48,34
D18.5505 ud Lumin esférica policarb y poste h=1 m 60 W GEWISS GLOB
Luminaria esférica decorativa, para iluminación residencial, GEWISS GLOB o similar, compuesta por globo de policarbonato opal D 250 mm, base de tecnopolímero y poste de resina de altura 1 m y
D 60 mm, con lámpara incandescente fluorescente electrónica de 60 W máx., grado de protección IP 54, Clase II, 230 V, totalmente equipado incluso lámpara, instalación y conexionado, según
REBT-02.
1,00 91,67 91,67
TOTAL CAPÍTULO C_05 PINTURAS - CARPINTERIA - VARIOS 2.000,72
PRESUPUESTO Y MEDICIONES
CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
CAPÍTULO C_06 SEGURIDAD Y SALUD - PERMISOS Y VARIOS
AOA-001212121 p.a Solicitud de permisos y licencias
Corre por cuenta del contatista la obtención de cuantos permisos y licencias fueran necesarios para la ejecución de la reparación presupuestada. En los precios indicados para cada partida se ha consi- derado la parte proporcional de los gastos ocasionado por la tramitación y pago de permisos y licen- cias, sin que se pueda repercutir gasto adicional alguno a la propiedad.
1,00 500,00 500,00
TOTAL CAPÍTULO C_06 SEGURIDAD Y SALUD - PERMISOS Y VARIOS ........................................... 500,00
PRESUPUESTO Y MEDICIONES
CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
CAPÍTULO C_07 GESTIÓN DE RESIDUOS
D37B0060 m³ Transporte residuos a instalac. autorizada 20 km.
Transporte de residuos a instalación autorizada de gestión de residuos (Consejería de Medio Ambien- te), con camión de 15 t, con un recorrido hasta 20 km.
3,00 11,24 33,72
D37CB0010 t Coste entrega residuos de hormigón a instalación de valorización
Coste de entrega de residuos de hormigón limpios (tasa vertido), con código 170101 según la Lista Europea de Residuos (LER) publicada por Orden MAM/304/2002, a gestor de residuos autorizado por la Consejería de Medio Ambiente, para operaciones de valorización o eliminación, según RD 105/2008 y la Ley 22/2011.
7,50 2,58 19,35
TOTAL CAPÍTULO C_07 GESTIÓN DE RESIDUOS ................................................................................ 53,07
PRESUPUESTO Y MEDICIONES
CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE
CAPÍTULO C_08 CONTROL DE CALIDAD Y ENSAYOS
D33BC0020 ud Ensayo para hormigón fresco, fabric. en obra, transp. y rotura d
Ensayo para hormigón fresco, comprendiendo: fabricación en obra, transporte y rotura de una serie de 4 probetas de hormigón, incluyendo curado y refrentado de caras, determinación de la consisten- cia y resistencia a compresión, según UNE-EN 12350-1 y 2 y UNE-EN 12390-2 y 3.
X00XX0000 ud Comprobación de instalación de portero eléctrico.
Comprobación de instalación de portero eléctrico.
2,00 60,00 120,00
D33CC0060 ud Comprobación de conexión y funcionamiento de mecanismo
Comprobación de conexión y funcionamiento de mecanismo, hasta 10 mecanismos por ud de ensa- yo.
1,00 48,00 48,00
1,00 19,50 19,50
TOTAL CAPÍTULO C_08 CONTROL DE CALIDAD Y ENSAYOS ........................................................... 187,50
TOTAL 7.389,84
En Las Palmas de Gran Canaria, a 04 de julio de 2016.
Firmado digitalmente por NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X
Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=FNMT, ou=FNMT Clase 2 CA, ou=703006096, cn=NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X Fecha: 2016.07.04 20:29:21 +01'00'
Fdo.: el arquitecto. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD.
1. Memoria Informativa
1.1. Objeto
Según se establece en el Real Decreto 1627/1997, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el promotor está obligado a encargar la redacción de un estudio básico de seguridad y salud en los proyectos de obras en que no se den alguno de los supuestos siguientes:
a) Que el presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 450.759 euros. El presupuesto de la presente obra es de 9.409,48 € < 450.759 €.
b) Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente. En la presente obra, la duración estimada de los trabajos es de 32 días, empleándose para su realización 3 operarios, por lo tanto cumple.
c) Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra, sea superior a 500. El volumen de mano de obra estimado para la realización de los trabajos de referencia es de 96 <500, por lo tanto cumple.
d) Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.
Dado que la obra en cuestión no queda enmarcada entre los grupos anteriores, como se aclara en el punto "Datos de la Obra" de este mismo EBSS, el promotor INVIED ha designado al firmante de este documento para la redacción del Estudio Básico de Seguridad y Salud de la obra.
En este Estudio Básico se realiza descripción de los procedimientos, equipos técnicos y medios auxiliares que van a utilizarse previsiblemente, identificando los riesgos laborales y especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a eliminar, controlar y reducir dichos riesgos.
Este E.B.S.S. servirá de base para la redacción del Plan de Seguridad y Salud por parte de cada Contratista interviniente en la obra en el que se analizarán, estudiarán, desarrollarán y complementarán las previsiones contenidas en este EBSS, adaptando a sus propios recursos, equipos y procesos constructivos. En ningún caso las modificaciones planteadas en el PSS podrán implicar disminución de los niveles de protección previstos.
---
1.2. Técnicos
La relación de técnicos intervinientes en la obra es la siguiente: Técnico Redactor del Proyecto de Ejecución: XXXXXX XXXXXX XXXXXX. Titulación del Proyectista: ARQUITECTO.
Director de Obra: XXXXXX XXXXXX XXXXXX. Titulación del Director de Obra: ARQUITECTO.
Director de la Ejecución Material de la Obra: XXXXXX XXXXXX XXXXXX. Titulación del Director de la Ejecución Material de la Obra: ARQUITECTO.
Coordinador de Seguridad y Salud en fase de proyecto: XXXXXX XXXXXX XXXXXX.
Titulación del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de proyecto: ARQUITECTO.
Autor del Estudio Básico de Seguridad y Salud: XXXXXX XXXXXX XXXXXX.
Titulación del Autor del Estudio Básico de Seguridad y Salud: ARQUITECTO.
Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución: XXXXXX XXXXXX XXXXXX.
Titulación del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución: ARQUITECTO.
1.3. Datos de la Obra
El presente Estudio Básico de Seguridad y Salud en el Trabajo se realiza por encargo del Instituto de Vivienda, Infraestructuras y Equipamientos de la Defensa, INVIED, perteneciente al Ministerio de Defensa, como promotor- propietario de las obras.
Se redacta para la obra de: “RECONSTRUCCIÓN XX XXXXXXXX DE ACCESO A VIVIENDA”, que va a ejecutarse en la calle Comandante Xxxx Xxxxxxx 1, Puerto xxx Xxxxxxx (Fuerteventura).
La unidad patrimonial en cuestión es (desconocida), perteneciente a la Delegación de la provincia de Las Palmas.
El presupuesto de ejecución material de las obras es de 7.389,84 € y el de contrata asciende a la cantidad de 9.409,48 € inferior en cualquier caso a 450.759 euros a partir del cual sería preciso Estudio de Seguridad y Salud.
Se prevé un plazo de ejecución de las mismas de 32 días.
El número de operarios previstos que intervengan en la obra en sus diferentes fases es de 3 operarios.
No concurrirá la circunstancia de una duración de obra superior a 30 días y coincidir 20 trabajadores simultáneamente que según R.D. 1627/97 requeriría de E.S.S.
El volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra es de: 96 días, menor de 500.
1.4. Descripción de la Obra
En el apartado correspondiente de la presente memoria.
1.5. Características Generales
El acceso a la parcela se realiza desde la vía pública.
El inmueble objeto de este proyecto se encuentra en la actualidad conectado a los servicios de suministro y a la red de alcantarillado.
La climatología de la zona donde se localiza el edificio no tiene especial incidencia para la ejecución de los trabajos.
Mientras se realicen las obras, queda prohibido que las personas ajenas a la obra, transiten por el lugar de ejecución, siendo responsable directo de este incumplimiento el contratista principal de la obra, debiendo, tomar toda clase de medidas que tiendan a evitar que esto suceda.
1.6. Presencia de amianto
No se contemplan trabajos en los que se manipulen materiales que contengan amianto. En cualquier caso, se estará a lo dispuesto en la normativa aplicable sobre la manipulación y retirada de este material.
2. Agentes Intervinientes
Son agentes todas las personas, físicas o jurídicas, que intervienen en el proceso de la edificación. Sus obligaciones vendrán determinadas por lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones que sean de aplicación y por el contrato que origina su intervención con especial referencia a la L.O.E. y el R.D.1627/97.
2.1. Promotor
Será considerado promotor cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título.
Cuando el promotor realice directamente con medios humanos y materiales propios la totalidad o determinadas partes de la obra, tendrá también la consideración de contratista a los efectos de la Ley 32/2006.
A los efectos del RD 1627/97 cuando el promotor contrate directamente trabajadores autónomos para la realización de la obra o de determinados trabajos de la misma, tendrá la consideración de contratista excepto en los casos estipulados en dicho Real Decreto.
Es el promotor quien encargará la redacción del E.S.S. y ha de contratar a los técnicos coordinadores en Seguridad y Salud tanto en proyecto como en ejecución. Para ello se firmará contrato con los técnicos que defina la duración del mismo, dedicación del coordinador, sistemas de contratación previstos por el promotor y sus limitaciones, forma de pago, motivos de rescisión, sistemas de prórroga y de comunicación entre coordinador y promotor.
Facilitará copia del E.S.S. a las empresas contratistas, subcontratistas o trabajados autónomos contratados por directamente por el promotor, exigiendo la presentación de Plan de Seguridad y Salud previo al comienzo de las obras.
Velará por que el/los contratista/s presentan ante la autoridad laboral la comunicación de apertura del centro de trabajo y sus posibles actualizaciones.
2.2. Proyectista
El proyectista es el agente que, por encargo del promotor y con sujeción a la normativa técnica y urbanística correspondiente, redacta el proyecto.
Deberá tomar en consideración, de conformidad con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los principios generales de prevención en materia de seguridad y de salud en las fases xx xxxxxxxxxx, estudio y elaboración del proyecto de obra.
2.3. Coordinador de Seguridad y Salud en fase de proyecto
Coordinador en materia de seguridad y de salud durante la elaboración del proyecto de obra: el técnico competente designado por el promotor para coordinar, durante la fase del proyecto de obra, la aplicación de los principios generales de prevención en materia de seguridad y de salud durante la fase de proyecto.
2.4. Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución
Coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra es el técnico competente integrado en la dirección facultativa, designado por el promotor para llevar a cabo las siguientes tareas:
• Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad.
• Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva.
• Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista.
• Organizar la coordinación de actividades empresariales.
• Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.
• Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.
• Asegurarse de que las empresas subcontratistas han sido informadas del Plan de Seguridad y Salud y están en condiciones de cumplirlo.
El Coordinador en materia de seguridad podrá paralizar los tajos o la totalidad de la obra, en su caso, cuando observase el incumplimiento de las medidas de seguridad y salud establecidas, dejándolo por escrito en el libro de incidencias. Además, se deberá comunicar la paralización al Contratista, Subcontratistas afectados, Inspección de Trabajo y Seguridad Social correspondiente y representantes de los trabajadores.
2.5. Dirección Facultativa
Dirección facultativa: el técnico o técnicos competentes designados por el promotor, encargados de la dirección y del control de la ejecución de la obra.
Asumirá las funciones del Coordinador de Seguridad y Salud en el caso de que no sea necesaria su contratación dadas las características de la obra y lo dispuesto en el R.D. 1627/97.
En ningún caso las responsabilidades de los coordinadores, de la dirección facultativa y del promotor eximirán de sus responsabilidades a los contratistas y a los subcontratistas.
2.6. Contratistas y Subcontratistas
Contratista es la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el promotor, con medios humanos y materiales, propios o ajenos, el compromiso de ejecutar la totalidad o parte de las obras con sujeción al proyecto y al contrato.
Cuando el promotor realice directamente con medios humanos y materiales propios la totalidad o determinadas partes de la obra, tendrá también la consideración de contratista a los efectos de la Ley 32/2006.
A los efectos del RD 1627/97 cuando el promotor contrate directamente trabajadores autónomos para la realización de la obra o de determinados trabajos de la misma, tendrá la consideración de contratista excepto en los casos estipulados en dicho Real Decreto.
Subcontratista es la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el contratista u otro subcontratista comitente el compromiso de realizar determinadas partes o unidades de obra.
Son responsabilidades del Contratistas y Subcontratistas:
• La entrega al Coordinador de Seguridad y Salud en la obra de documentación clara y suficiente en que se determine: la estructura organizativa de la empresa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos de los que se dispone para la realización de la acción preventiva de riesgos en la empresa.
• Redactar un Plan de Seguridad y Salud según lo dispuesto en el apartado correspondiente de este E.S.S. y el R.D. 1627/1997 firmado por persona física.
• Aplicar los principios de la acción preventiva según Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
• Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el plan de seguridad y salud.
• Cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales.
• Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra. Vigilarán el cumplimiento de estas medidas por parte de los trabajadores autónomos.
En el caso que estos realicen obras o servicios correspondientes a la propia actividad de la empresa contratista y se desarrollen en sus centros de trabajos.
• Informar por escrito al resto de empresas concurrentes en la obra y al coordinador de seguridad y salud en la obra de los riesgos específicos que puedan afectar a otros trabajadores de la obra según lo dispuesto en el Real Decreto 171/2004.
• Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra o, en su caso, de la dirección facultativa.
• Los Contratistas y Subcontratistas son los responsables de que la ejecución de las medidas preventivas correspondan con las fijadas en el Plan de Seguridad y Salud.
• Designar los recursos preventivos asignando uno o varios trabajadores o en su caso uno o varios miembros del servicio de prevención propio o ajeno de la empresa. Así mismo ha de garantizar la presencia de dichos recursos en la obra en los casos especificados en la Ley 54/2003 y dichos recursos contarán con capacidad suficiente y dispondrán de medios necesarios para vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas. El plan de seguridad y salud identificará los recursos con declaración de formación y funciones.
• Vigilar el cumplimiento de la Ley 32/2006 por las empresas subcontratistas y trabajadores autónomos con que contraten; en particular, en lo que se refiere a las obligaciones de acreditación e inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas, contar con el porcentaje de trabajadores contratados con carácter indefinido aspectos regulados en el artículo 4 de dicha Ley y al régimen de la subcontratación que se regula en el artículo 5.
• Informar a los representantes de los trabajadores de las empresas que intervengan en la ejecución de la obra de las contrataciones y subcontrataciones que se hagan en la misma.
• Garantizar la formación adecuada a todos los trabajadores de nivel productivo, de acuerdo con lo que dispone el artículo 19 de la Ley 31/1995, de
8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales y lo dispuesto en los convenios colectivos de aplicación en los que se establezcan programas formativos y contenidos específicos necesarios en materia de PRL.
2.7. Trabajadores Autónomos
Trabajador autónomo: la persona física distinta del contratista y del subcontratista, que realiza de forma personal y directa una actividad profesional, sin sujeción a un contrato de trabajo, y que asume contractualmente ante el promotor, el contratista o el subcontratista el compromiso de realizar determinadas partes o instalaciones de la obra. Cuando el trabajador autónomo emplee en la obra a trabajadores por cuenta ajena, tendrá la consideración de contratista o subcontratista a los efectos de la Ley 32/2006 y del RD 1627/97.
Los trabajadores autónomos estarán obligados a:
• Aplicar los principios de la acción preventiva según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
• Cumplir las disposiciones mínimas de seguridad y salud.
• Cumplir las obligaciones en materia de prevención de riesgos que establece para los trabajadores la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
• Ajustar su actuación en la obra conforme a los deberes de coordinación de actividades empresariales.
• Utilizar equipos de trabajo que se ajusten a lo dispuesto en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
• Elegir y utilizar equipos de protección individual en los términos previstos en el Real Decreto 773/1997, de 30 xx xxxx, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
• Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra o, en su caso, de la dirección facultativa.
• Informar por escrito al resto de empresas concurrentes en la obra y al coordinador de seguridad y salud en la obra de los riesgos específicos que puedan afectar a otros trabajadores de la obra según lo dispuesto en el Real Decreto 171/2004.
• Deberán cumplir lo establecido en el plan de seguridad y salud.
2.8. Trabajadores por cuenta ajena
Los contratistas y subcontratistas deberán garantizar que los trabajadores reciban una información adecuada de todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y su salud en la obra.
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La consulta y participación de los trabajadores o sus representantes se realizarán, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Una copia del plan de seguridad y salud y de sus posibles modificaciones será facilitada por el contratista a los representantes de los trabajadores en el centro de trabajo.
Xxxxxxx por su propia seguridad y salud y la de las personas que se puedan ver afectadas por su trabajo. Usarán adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. Utilizarán correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario. No pondrán fuera de funcionamiento y utilizarán correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar. Informarán de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. Contribuirán al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.
El incumplimiento de las medidas de seguridad tendrá la consideración incumplimiento laboral según el Estatuto de los Trabajadores.
2.9. Trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal
La obra podrá contar con personal de Empresas de Trabajo Temporal previa concertación de contratos de puesta a disposición exclusivamente para las ocupaciones, puestos de trabajo o tareas que expresamente se determinan en el Convenio Colectivo General de la construcción y con las restricciones que en el mismo se estipulan.
En virtud de lo expuesto en el Convenio, para aquellos puestos de trabajo con limitación absoluta para la celebración de contratos de puesta a disposición, en ningún caso se podrán celebrar este tipo de contratos por razones de peligrosidad, accidentalidad, siniestralidad y/o seguridad y salud de los trabajadores. Para puestos de trabajo con limitación relativa para la celebración de contratos de puesta a disposición, queda limitada relativamente la celebración de estos contratos, de manera que si las circunstancias señaladas en el Convenio como de riesgo especial para la Seguridad y Salud de los
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trabajadores no concurren se podrán celebrar este tipo de contratos. Para el resto de los puestos de trabajo no existe inconveniente en ser ocupados por trabajadores de ETT.
Los trabajadores contratados para ser cedidos a empresas usuarias tendrán derecho durante los períodos de prestación de servicios en las mismas a la aplicación de las condiciones esenciales de trabajo y empleo que les corresponderían de haber sido contratados directamente por la empresa usuaria para ocupar el mismo puesto.
Los trabajadores cedidos por las empresas de trabajo temporal deberán poseer la formación teórica y práctica en materia de prevención de riesgos laborales necesaria para el puesto de trabajo a desempeñar, teniendo en cuenta su cualificación y experiencia profesional y los riesgos a los que vaya a estar expuesto.
Igualmente, tendrán derecho a la utilización de los servicios comunes e instalaciones colectivas de la obra en las mismas condiciones que los trabajadores contratados directamente por la empresa usuaria.
Siempre que haya en obra trabajadores cedidos por E.T.T. será imprescindible la presencia permanente de los Recursos Preventivos.
Finalmente señalar que a estos trabajadores les son de aplicación las condiciones expuestas en este mismo documento para los trabajadores por cuenta ajena.
2.10. Fabricantes y Suministradores de Equipos de Protección y Materiales de Construcción
Los fabricantes, importadores y suministradores de maquinaria, equipos, productos y útiles de trabajo están obligados a asegurar que éstos no constituyan una fuente de peligro para el trabajador, siempre que sean instalados y utilizados en las condiciones, forma y para los fines recomendados por ellos.
Los fabricadores, importadores y suministradores de productos y sustancias químicas de utilización en el trabajo están obligados a envasar y etiquetar los mismos de forma que se permita su conservación y manipulación en condiciones de seguridad y se identifique claramente su contenido y los riesgos para la seguridad o la salud de los trabajadores que su almacenamiento o utilización comporten.
Deberán suministrar la información que indique la forma correcta de utilización por los trabajadores, las medidas preventivas adicionales que deban
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tomarse y los riesgos laborales que conlleven tanto su uso normal, como su manipulación o empleo inadecuado.
Los fabricantes, importadores y suministradores de elementos para la protección de los trabajadores están obligados a asegurar la efectividad de los mismos, siempre que sean instalados y usados en las condiciones y de la forma recomendada por ellos. A tal efecto, deberán suministrar la información que indique el tipo de riesgo al que van dirigidos, el nivel de protección frente al mismo y la forma correcta de su uso y mantenimiento.
Los fabricantes, importadores y suministradores deberán proporcionar a los empresarios la información necesaria para que la utilización y manipulación de la maquinaria, equipos, productos, materias primas y útiles de trabajo se produzca sin riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.
2.11. Recursos preventivos
Con el fin de ejercer las labores de recurso preventivo según lo establecido en la Ley 31/1995, Ley 54/2003 y Real Decreto 604/2006 el empresario designará para la obra los recursos preventivos que podrán ser:
a. Uno o varios trabajadores designados de la empresa.
b. Uno o varios miembros del servicio de prevención propio de la empresa
c. Uno o varios miembros de los servicios de prevención ajenos.
La empresa contratista garantizará la presencia de dichos recursos preventivos en obra en los siguientes casos:
a. Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados, en el desarrollo del proceso o la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que hagan preciso el control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo.
b. Cuando se realicen las siguientes actividades o procesos peligrosos o con riesgos especiales:
1.º Trabajos con riesgos especialmente graves de caída desde altura. 2.º Trabajos con riesgo de sepultamiento o hundimiento.
3.º Actividades en las que se utilicen máquinas que carezcan de declaración CE de conformidad, que sean del mismo tipo que aquellas para las que la normativa sobre comercialización de máquinas requiere la intervención de un organismo notificado en el procedimiento de certificación, cuando la protección del trabajador no esté suficientemente garantizada no obstante haberse adoptado las medidas reglamentarias de aplicación.
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4.º Trabajos en espacios confinados.
5.º Trabajos con riesgo de ahogamiento por inmersión.
c. Cuando sea requerida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
También será precisa su presencia, en base a los criterios técnicos publicados por el Ministerio, cuando en la obra se empleen menores de 18 años, trabajadores especialmente sensibles, trabajadores de reciente incorporación en fase inicial de adiestramiento o cedidos por ETT.
En el apartado correspondiente de este Estudio Básico de Seguridad y Salud se especifica cuando esta presencia es necesaria en función de la concurrencia de los casos antes señalados en las fases de obra y en el montaje, desmontaje y utilización de medios auxiliares y maquinaria empleada.
Ante la ausencia del mismo, o de un sustituto debidamente cualificado y nombrado por escrito, se paralizarán los trabajos incluyendo los de las empresas subcontratadas o posible personal autónomo.
Las personas a las que se asigne esta vigilancia deberán dar las instrucciones necesarias para el correcto e inmediato cumplimiento de las actividades preventivas, en caso de observar un deficiente cumplimiento de las mismas o una ausencia, insuficiencia o falta de adecuación de las mismas, se informará al empresario para que éste adopte las medidas necesarias para corregir las deficiencias observadas y al coordinador de seguridad y salud y resto de la dirección facultativa.
El Plan de Seguridad y Salud especificará expresamente el nombre de la persona o personas designadas para tal fin y se detallarán las tareas que inicialmente se prevé necesaria su presencia por concurrir alguno de los casos especificados anteriormente.
3. Condiciones del Entorno
3.1. Tráfico rodado
No afecta al desarrollo de la obra.
3.2. Tráfico peatonal
No afecta al desarrollo de la obra.
3.3. Presencia de líneas eléctricas aéreas
No afectan al desarrollo de la obra.
3.4. Presencia de instalaciones enterradas
No afectan al desarrollo de la obra.
3.5. Trabajos entre medianeras
No afectan al desarrollo de la obra.
3.6. Condiciones climáticas extremas
No afectan al desarrollo de la obra.
3.7. Topografía
No afectan al desarrollo de la obra.
3.8. Servicios Sanitarios más próximos
Por si se produjera un incidente en obra que requiriera de traslado a centro sanitario, a continuación se destacan las instalaciones más próximas a la obra:
HOSPITAL GENERAL DE FUERTEVENTURA
Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx Xx 0 00000 Xxxxxx xxx Xxxxxxx.
4. Riesgos Eliminables
No se han identificado riesgos totalmente eliminables.
Entendemos que ninguna medida preventiva adoptada frente a un riesgo lo elimina por completo dado que siempre podrá localizarse una situación por mal uso del sistema, actitudes imprudentes de los operarios u otras en que dicho riesgo no sea eliminado.
Por tanto se considera que los únicos riesgos eliminables totalmente son aquellos que no existen al haber sido eliminados desde la propia concepción del edificio, por el empleo de procesos constructivos, maquinaria, medios auxiliares o incluso medidas del propio diseño del proyecto que no generen riesgos y sin duda estos riegos no merecen de un desarrollo detenido en este Estudio Básico.
5. Trabajos Previos
5.1. Vallado y Señalización
Resulta especialmente importante restringir el acceso a la obra de personal no autorizado, de manera que todo el recinto de la obra, en cuyo entorno se crean los riesgos derivados de la misma, quede inaccesible para personas ajenas a la obra.
Del mismo modo es necesaria la instalación de un mínimo de elementos de señalización que garanticen la presencia de informaciones básicas relativas a la Seguridad y Salud en diversos puntos de la obra.
Para ello se instalarán las siguientes medidas de cierre y señalización:
Señalización mediante paneles en el acceso de la obra con los pictogramas indicados en los esquemas gráficos de este documento y como mínimo señales de "Prohibido el acceso a personal no autorizado", "Uso obligatorio xxx xxxxx" y pictogramas y textos de los riesgos presentes en la obra.
Cartel informativo ubicado en un lugar preferente de la obra en el que se indiquen los teléfonos de interés de la misma y en el que como mínimo aparezcan reflejados los teléfonos de urgencia: servicios sanitarios, bomberos, policía, centros asistenciales, instituto toxicológico y los teléfonos de contacto de técnicos de obra y responsables de la empresa contratista y subcontratistas.
Cierre de la obra: la obra permanecerá cerrada fuera del horario laboral de manera que no sea posible el acceso a la misma sin forzar los elementos de cierre.
5.2. Locales de Obra
No es necesario la instalación de vestuarios: Dadas las características de la obra, la cercanía a los domicilios de los operarios y/o a la sede de las empresas contratistas se considera innecesario la instalación de vestuarios en la propia obra.
No es necesario la instalación de aseos y ducha: Dadas las características de la obra, la cercanía a los domicilios de los operarios y/o a la sede de las empresas contratistas se considera innecesario la instalación de aseos y duchas en la propia obra.
No es necesario la instalación de retretes: Dadas las características de la obra y la disponibilidad próxima a los tajos de retretes adecuados, se considera innecesario la instalación de retretes en la propia obra.
No es necesario la instalación de Comedor y Cocina: Dadas las características de la obra, la cercanía a los domicilios de los operarios y/o a restaurantes se considera innecesario la instalación de comedor y cocina en la propia obra.
No es necesario la instalación de Oficina de Obra: Dadas las características de la obra y teniendo en cuenta el personal técnico presente en obra se considera innecesario la instalación de oficina en la propia obra.
5.3. Instalaciones Provisionales
En el apartado de fases de obra de este mismo documento se realiza la identificación de riesgos, medidas preventivas, protecciones colectivas y E.P.I.s para cada una de estas instalaciones.
La obra objeto de este documento contará con las siguientes instalaciones provisionales de obra:
Instalación Contraincendios: Se dispondrán de extintores en los puntos de especial riesgo de incendio de manera que al menos quede ubicado un extintor de CO2 junto al cuadro eléctrico y extintores de polvo químico próximos a las salidas de los locales que almacenen materiales combustibles.
Estos extintores serán objeto de revisión periódica y se mantendrán protegidos de las inclemencias meteorológicas.
6. Fases de Ejecución
6.1 Actuaciones previas
6.1.1 Derribos
6.1.1.1 Derribo de estructuras y cimentación
1. Riesgos laborales
Caídas al mismo nivel (falta de orden y limpieza, existencia de escombros).
Caídas a distinto nivel, desde escalera y elementos estructurales.
Caídas desde altura.
Ruidos y vibraciones por utilización de martillos neumáticos.
Caída de objetos por desprendimiento, desplome o derrumbamiento.
Proyección de partículas en los ojos.
Golpes y cortes por objetos o herramientas.
Inhalación de polvo.
2. Planificación de la prevención
Organización del trabajo y medidas preventivas
La realización de los trabajos cumplirá el Anejo 1.
De forma general y con carácter previo se tendrán en cuenta las medidas señaladas en el Anejo 4.
No se acumularán escombros, con peso superior a 150 kg/m2, sobre forjados, aunque estén en buen estado.
Los forjados se empezarán a demoler por aquellas zonas que ofrezcan menos resistencia, utilizando en caso necesario plataformas adecuadas asociadas a la utilización de cinturones anticaída, asociados o no a dispositivos anticaída y amarrados a puntos de anclaje seguros.
Se habilitarán huecos en los forjados para facilitar el vertido de los escombros, delimitando las zonas de descombrado dotándolas de barandillas de protección. Siempre que sea posible, se utilizarán conductos de evacuación de escombros.
La evacuación de escombros se realizará según se indica en el Anejo 6.
No se acumularán sobre los forjados los escombros procedentes de la demolición del forjado o forjados superiores.
No deberá haber trabajadores ocupados en diferentes plantas del edificio.
Xxxxx derribarse las viguetas al mismo tiempo que el resto del forjado, no debiéndose cortar al mismo tiempo los extremos de las viguetas.
El martillo neumático deberá ser utilizado por personal cualificado y dotado de caso de seguridad, botas con puntera y plantilla, auriculares antirruido, gafas de protección, y en su caso de elementos antivibratorios (guantes, cinturón, etc.).
En caso de resultar necesario la demolición de cimentaciones, se prestará una atención especial para no descalzar las cimentaciones y medianeras de los edificios colindantes.
Al final de la jornada de trabajo, no quedarán elementos estructurales en voladizo, que presenten dudas sobre su estabilidad.
Protecciones colectivas
Las aberturas existentes como huecos de ascensor, tras demoler su cerramiento, se protegerán con barandillas de protección con las características enunciadas en el Anejo 5.
En caso de utilizar medios auxiliares (andamios, plataformas, etc.), éstos serán adecuados y dotados de los preceptivos elementos de seguridad y en concreto cumplirán lo enunciado en el Anejo 3.
Protección personal (con marcado CE)
Casco de seguridad.
Calzado de seguridad provisto de puntera y plantilla.
Guantes contra riesgos mecánicos.
Cinturón de seguridad anticaída con o sin dispositivo anticaída según se precise.
Gafas de protección contra impactos y contra polvo.
Mascarilla autofiltrante.
Auriculares de protección antirruido.
Los operarios ante el riesgo de caída de altura igual o superior a 2 m, se sujetarán mediante cinturones de seguridad con arnés anticaída a punto de anclaje fijo.
6.1.1.2 Demolición de revestimientos
1. Riesgos laborales
Caídas al mismo nivel por falta de orden y limpieza.
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Caídas a distinto nivel y de altura por existencia de huecos sin proteger.
Proyección de partículas en ojos.
Golpes y cortes por objetos y herramientas.
Caídas de objetos por desprendimiento o desplome.
Inhalación de polvo.
Sobreesfuerzos por manejo de cargas pesadas y/o posturas forzadas.
2. Planificación de la prevención
Organización del trabajo y medidas preventivas
La realización de los trabajos cumplirá el Anejo 1.
De forma general y con carácter previo se tendrán en cuenta las medidas señaladas en el Anejo 4.
Adecuada elección de medios auxiliares, y en caso de riesgo de caída a distinto nivel o de altura, y siempre que el empleo de las protecciones colectivas sean insuficientes, utilización de cinturones de seguridad ante caída con cables fiadores, todo ello amarrados a puntos de anclaje seguros.
Utilización por parte de los operarios de gafas o pantallas de protección contra impactos.
La recogida de escombros se realizará preferentemente por medios mecánicos. En caso de tener que hacerse manualmente se realizará por los operarios utilizando “técnicas de levantamiento” y usando guantes de protección contra riesgos mecánicos. Se tendrá en cuenta lo enunciado en el Anejo 2.
En trabajos con cortadora de juntas se tendrá en cuenta:
Tendrá todos sus órganos móviles protegidos.
Antes de iniciar el corte se procederá al marcado exacto de la línea a ejecutar.
Se ejecutará el corte en vía húmeda.
Según su fuente de alimentación (eléctrica o por combustibles líquidos) se tomarán las medidas más adecuadas para la prevención de los riesgos eléctricos o de incendio-explosión.
En trabajos de levantamiento de firmes con bulldozer:
Se tendrán en cuenta todas las medidas relativas a maquinaria para movimiento de tierras.
El manejo de la maquinaria se realizará por personal cualificado.
En ningún caso permanecerá operario alguno en la zona de influencia de la máquina.
Se prohíbe el transporte de personas sobre el bulldozer.
El conductor no abandonará la máquina sin previamente apoyar en el suelo la cuchilla y el escarificador.
Protección personal (con marcado CE)
Casco de seguridad.
Guantes, gafas o pantallas faciales y mascarilla autofiltrante.
Calzado de seguridad con puntera y plantilla.
Auriculares o tapones de protección antirruido.
Cinturones de seguridad anticaída amarrados a puntos de anclaje seguros.
6.2 Estructuras
6.2.1 Estructuras de hormigón (armado y pretensado)
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1. Riesgos laborales
Desprendimiento de cargas suspendidas.
Atrapamiento por objetos pesados.
Golpes y/x xxxxxx en manos y piernas por objetos y herramientas.
Pinchazos en pies.
Caídas de personas al mismo nivel.
Caída de personas a distinto nivel, bordes de forjado y huecos, rotura de bovedillas; pisadas en falso.
Caída de personas de altura.
Caída de elementos propios del encofrado tanto en su ejecución como en su retirada, sobre otros operarios situados en niveles inferiores.
Cortes al utilizar sierras de mano y/o las mesas xx xxxxxx circular.
Sobreesfuerzos por manejo de cargas y/o posturas forzadas.
Dermatitis por contacto con el hormigón.
Los derivados de la ejecución del trabajo bajo circunstancias meteorológicas extremas (vientos fuertes que pueden derribar el encofrado, etc.).
Hundimiento de encofrados.
Pisadas sobre objetos punzantes.
2. Planificación de la prevención
Organización del trabajo y medidas preventivas
Se tendrá en cuenta el Anejo 1.
En el manejo de cargas y/o posturas forzadas se tendrá en cuenta lo enunciado en el Anejo 2.
Se prohíbe la presencia de operarios bajo el radio de acción de las cargas suspendidas.
Se cumplirán las normas de encofrado, desencofrado, accionamiento de puntales, etc.
La colocación de bovedillas, se hará siempre de fuera hacia dentro, evitando ir de espaldas al vacío, poniéndolas por series de nervios abarcando el mayor ancho posible, y colocando tablones para lograr superficies seguras. Se evitará pisar por cualquier concepto las bovedillas.
Se cumplirán las condiciones de seguridad para escaleras de mano (Anejo 8) y plataformas de trabajo (Anejo 3).
El hormigonado del forjado se llevará a cabo estableciendo previamente, con tablones o tableros, pasillos de trabajo para no pisar la ferralla, las bovedillas, ni el hormigón recién colocado.
Las losas xx xxxxxxxx deberán hormigonarse conjuntamente con el resto del forjado, siendo recomendable que lleven incorporado el peldañeado de hormigón.
El personal encofrador, acreditará a su contratación ser “carpintero encofrador” con experiencia, ya que un personal inexperto en estas tareas supone un riesgo adicional.
Se tendrán en cuenta todas las normas de seguridad a aplicar en la ejecución de encofrados xx xxxxxx
Se instalarán listones sobre los fondos xx xxxxxx de las losas xx xxxxxxxx, para permitir un más seguro tránsito y evitar deslizamientos.
Los apeos no deberán aflojarse antes de haber transcurrido 7 días desde la terminación del hormigonado ni suprimirse antes de 28 días desde la terminación del hormigonado, y siempre que el hormigón haya alcanzado su resistencia
prevista.
Antes del inicio del vertido del hormigón, el capataz o encargado, revisará el buen estado de la seguridad de los encofrados, en prevención de accidentes por reventones o derrames.
En el vertido de hormigón mediante cubo, penderán cabos de guía del mismo para ayudar a su correcta posición de vertido. Se prohíbe guiarlo o recibirlo directamente, en prevención de caídas por movimiento pendular del cubo.
La apertura del cubo para vertido se ejecutará exclusivamente accionando la palanca para ello, con las manos protegidas con guantes impermeables.
Se prohíbe terminantemente, trepar por los encofrados de los pilares o permanecer en equilibrio sobre los mismos.
Se vigilará el buen comportamiento de los encofrados durante el vertido del hormigón, paralizándolos en el momento en que se detecten fallos.
El hormigonado y vibrado del hormigón de pilares, se realizará desde “castilletes”.
Se tomarán las medidas de seguridad pertinentes para que la estabilidad de los encofrados previa al hormigonado se mantenga aun en condiciones meteorológicas desfavorables como fuertes vientos.
Protecciones colectivas
Una vez montada la primera altura de pilares, se tenderán bajo ésta, redes horizontales de seguridad (Anejo 7).
Todos los huecos de planta, patios, escaleras, etc., estarán debidamente protegidos con barandillas (Anejo 5).
Se empezará la colocación de redes tipo horca desde el techo de la planta baja, cubriendo todo el perímetro de la fachada. Los mástiles se sujetarán en horquillas xx xxxxx soldadas a las vigas metálicas o empotradas en el forjado.
Antes del encofrado como en el vertido del hormigón, se revisará la correcta disposición y estado de las redes de protección.
Se colocarán barandillas en los bordes de forjado y huecos, antes de retirar las redes.
Previo al encofrado de la xxxx xx xxxxxxxx, deberán cerrarse todas las aberturas a nivel de pavimento (hueco xx xxxxxxxx), y en los muros verticales de la misma (ventanas, etc.), en donde exista el riesgo de caída superior a 2 m, mediante redes, barandillas o tableros cuajados.
Se instalarán cubridores (setas) xx xxxxxx o plástico sobre las esperas de ferralla de las losas xx xxxxxx (sobre las puntas de los redondos, para evitar su hinca en las personas).
Cuando se utilicen vibradores eléctricos, irán provistos xx xxxxx aislamiento, prohibiéndose que el operario se encuentre inmerso en el hormigón.
Protección personal (con marcado CE)
Casco de seguridad.
Cinturón de seguridad.
Calzado con suela reforzada anticlavo.
Guantes de goma y botas de agua durante el vertido del hormigón.
Guantes de cuero.
Ropa de trabajo.
Gafas de seguridad antiproyecciones.
6.3 Fachadas y particiones
6.3.1 Huecos
6.3.1.1 Carpinterías
1. Riesgos laborales
Caídas al mismo nivel por falta de orden y limpieza.
Caídas a distinto nivel en la utilización de escaleras de mano y/o plataformas de trabajo.
Caída de altura en instalación de ventanas y puertas balconeras.
Sobreesfuerzos por manejo de cargas pesadas y/o posturas forzadas.
Cortes por manejo de máquinas-herramientas manuales.
Cortes por manejo xx xxxxxx de acristalamiento.
Golpes por objetos o herramientas manuales.
Xxxxxxx sobre objetos punzantes por falta de orden en la obra.
Contacto con la energía eléctrica por manejo de máquinas-herramientas manuales.
Proyección de partículas por manejo de herramientas manuales y eléctricas.
2. Planificación de la prevención
Organización del trabajo y medidas preventivas
Se tendrá en cuenta el Anejo 1.
En el manejo de cargas y/o posturas forzadas se tendrá en cuenta lo enunciado en el Anejo 2.
En todo momento se mantendrán las zonas de trabajo limpias y ordenadas.
Las zonas de trabajo dispondrán de una iluminación mínima general (natural o artificial) de 100-150 lux.
Las hojas de las puertas en obra se almacenarán verticalmente, en lugares debidamente protegidos, de manera ordenada y libres de cualquier material ajeno a ellas. Una vez colocadas se señalizarán de forma que sean claramente visibles en toda la superficie.
El cuelgue de las hojas de las puertas se efectuará como mínimo por dos operarios.
La manipulación xx xxxxxxx se efectuará con correas y ventosas, manteniéndolos siempre en posición vertical, utilizando casco, calzado con suela no perforable por vidrio y guantes que protejan hasta las muñecas.
Hasta el recibido definitivo, se asegurará la estabilidad de los vidrios con medios auxiliares. Los fragmentos procedentes de roturas, se recogerán lo antes posible en recipientes destinados a este fin y se transportarán a vertedero reduciendo al mínimo su manipulación.
Protecciones colectivas
En las zonas de trabajo se dispondrá de cuerdas o cables de retención o argollas, fijos a la estructura del edificio, para el enganche de los cinturones de seguridad.
A nivel del suelo se acotarán las áreas de trabajo y se colocarán señales de: ''Riesgo de caída de objetos'' y ''Peligro: Cargas suspendidas'', protegiendo los accesos al edificio con pantallas o viseras adecuadas.
Protección personal (con marcado CE)
Casco de seguridad certificado.
Guantes específicos para el manejo xxx xxxxxx.
Calzado de seguridad.
Gafas de protección.
6.3.2 Defensas
6.3.2.1 Barandillas
1. Riesgos laborales
Caída de personas de altura.
Caída de personas a distinto nivel.
Caída de objetos durante su manipulación.
Pisadas sobre objetos o pinchazos.
Golpes y cortes con objetos y herramientas.
Proyección de fragmentos y partículas.
Contacto con objetos muy calientes.
Contacto con la corriente eléctrica.
Exposición a radiaciones nocivas.
Inhalación e ingestión de sustancias nocivas.
Sobreesfuerzos por manejo de cargas y/o posturas forzadas.
2. Planificación de la prevención
Organización del trabajo y medidas preventivas
Se tendrá en cuenta el Anejo 1.
En el manejo de cargas y/o posturas forzadas se tendrá en cuenta lo enunciado en el Anejo 2.
Las barandillas se acopiarán en lugares destinados al efecto y que se establecerán a priori.
El izado a plantas se realizará perfectamente flejadas y eslingadas. Una vez en la planta se realizará su distribución para su puesta en obra.
En todo momento se mantendrán los tajos libres de obstáculos, cascotes, recortes, y demás objetos que puedan producir lesiones por pisadas sobre objetos.
La utilización de cualquier máquina herramienta, será llevada a cabo por personal autorizado y no sin antes comprobar que se encuentra en óptimas condiciones y con todos sus mecanismos de protección.
No se apoyará ningún elemento auxiliar en la barandilla.
Los elementos pesados a instalar serán manejados por al menos dos operarios, debiendo utilizarse medios mecánicos siempre que sea posible.
La realización de operaciones con riesgo de proyección de partículas (picado, esmolado, cortado de piezas o elementos, etc.), serán realizadas por los operarios utilizando gafas de protección contra impactos.
Las operaciones de soldadura se llevarán a cabo teniendo en cuenta las medidas señaladas en el Anejo 13.
Protecciones colectivas
Los trabajos desde el interior de las fachadas se efectuará disponiendo de los medios de protección colectiva contra caídas de altura más adecuada, o en su defecto los operarios utilizarán cinturones de seguridad fijados a un punto de anclaje seguro.
Se dispondrán de los medios auxiliares (plataformas de trabajo, pasarelas o andamios) adecuados a los trabajos a realizar. Dispondrán de medios de acceso adecuados y periódicamente se comprobará su estado, correcto montaje y funcionamiento.
Se cumplirán las disposiciones mínimas de seguridad y medios de protección adecuados para andamios tubulares, colgados, de borriquetas, motorizados, y en su caso para redes y barandillas (Anejo 3, 5 y 7)
Toda máquina eléctrica cumplirá lo estipulado en el Anejo 10.
Las barandillas que resulten inseguras en situaciones de consolidación, se mantendrán apuntaladas para evitar desplomes.
Todas las barandillas, especialmente las xx xxxxxxxx, balcones y asimilables, se instalarán de forma definitiva e inmediata tras su consolidación.
Protección personal (con marcado CE)
Casco de seguridad contra riesgos mecánicos.
Cinturón (arneses) de seguridad.
Botas de seguridad.
Gafas de protección contra impactos.
Ropa de trabajo.
Equipo de protección personal para soldador (pantalla facial, mandil, polainas y guantes).
6.4 Revestimientos
6.4.1 Revestimiento de paramentos
6.4.1.1 Pinturas
1. Riesgos laborales
Caídas de personas al mismo y distinto nivel (por superficies de trabajo sucias o resbaladizas, desde escaleras o andamios).
Caídas de personas desde altura, en pintura de fachadas o asimilables.
Cuerpos extraños en ojos por proyección de gotas o partículas de pintura y sus componentes.
Intoxicaciones y riesgos higiénicos.
Contacto con sustancia químicas.
Ruido y proyección de objetos al utilizar compresores y elementos a presión.
Sobreesfuerzos por manejo de cargas y/o posturas forzadas.
Contactos eléctricos.
2. Planificación de la prevención
Organización del trabajo y medidas preventivas
Se tendrá en cuenta el Anejo 1.
En el manejo de cargas y/o posturas forzadas se tendrá en cuenta lo enunciado en el Anejo 2.
Dado que los trabajos de pintura especialmente de fachadas y asimilables, los medios auxiliares adecuados pueden resultar más costosos que los propios trabajos a realizar, se deberá efectuar una permanente vigilancia del cumplimiento de todas y cada una de las medidas preventivas que resulten necesarias.
Todos los andamios que se utilicen cumplirán con lo enunciado en el Anejo 3 (tanto tubulares como colgados), serán seguros (con marcado CE), montados según las normas del fabricante, utilizando únicamente piezas o elementos originales, y sin deformaciones, disponiendo de barandillas y rodapiés en todas las plataformas con escaleras de acceso a las mismas. En caso necesario se utilizarán cinturones de seguridad contra el riesgo de caída amarrados a un punto de anclaje seguro.
La idoneidad del andamio se asegurará mediante certificado emitido por técnico competente.
El acceso a lugares altos se realizará mediante elementos adecuados, bien asentados y estables. Nunca se emplearán elementos inestables como sillas, taburetes, cajas, bidones, etc.
En caso de utilizar escaleras de mano, éstas se emplearán esporádicamente y siguiendo todas las medidas preventivas adecuadas para su uso.
Los lugares de trabajo estarán libres de obstáculos.
Las máquinas dispondrán de marcado CE, se utilizarán de acuerdo a las normas del fabricante y no se eliminarán sus resguardos y elementos de protección. Asimismo se revisará su estado frente a la protección eléctrica especialmente en lo referente a aislamiento eléctrico, estado de cables, clavijas y enchufes.
Referente a la utilización de pinturas y productos químicos:
Se almacenarán en lugares adecuados y previamente determinados.
Se tenderá a utilizar productos no peligrosos (intoxicación, incendio).
Se dispondrá de las fichas de seguridad de todos los productos.
Se elaborarán instrucciones de uso y manejo de los productos.
Toda manipulación se realizará siguiendo las instrucciones del fabricante.
Se mantendrá una adecuada utilización de los locales o lugares de trabajo.
Utilizar si es necesario, equipos de protección respiratoria.
No se deberá fumar o comer durante las operaciones de pintura.
Protección personal (con marcado CE)
Casco de seguridad.
Guantes de PVC para trabajos con pinturas.
Gafas de protección contra salpicaduras.
Mascarillas de protección respiratoria (filtro mecánico o químico según los casos).
Auriculares antirruido por el uso de compresores.
Ropa de trabajo.
Fajas contra sobreesfuerzos en caso de posturas forzadas.
Cinturones de seguridad en caso de riesgo de caída en altura.
6.4.2 Revestimientos de suelos y escaleras
6.4.2.1 Revestimientos cerámicos para suelos y escaleras
1. Riesgos laborales
Caída al mismo nivel.
Golpes y cortes en las manos.
Contactos eléctricos directos e indirectos.
Sobreesfuerzos por manejo de cargas y/o posturas forzadas.
Riesgos derivados del uso de medios auxiliares, que debe definir y evaluar el usuario.
2. Planificación de la prevención
Organización del trabajo y medidas preventivas
Vigilancia permanente del cumplimiento de normas preventivas y del funcionamiento correcto de las protecciones eléctricas con toma de xxxxxx x xxxxx aislamiento y resguardos con carcasas de seguridad ante la presencia de elementos móviles agresivos.
Ejecución de los trabajos en posturas no forzadas (Anejo 2)
Los locales de trabajo estarán adecuadamente ventilados e iluminados.
Protecciones colectivas
Protecciones contra el riesgo eléctrico, en caso de utilización de herramientas y equipos o receptores eléctricos.
Protección personal (con marcado CE)
Casco.
Botas de seguridad.
Gafas de seguridad.
Fajas y muñequeras contra sobreesfuerzos.
Guantes de goma.
Mascarilla con filtro en los trabajos xx xxxxx, saneado y picado.
Anejo 1.- De carácter general
1.- La realización de los trabajos deberá llevarse a cabo siguiendo todas las instrucciones contenidas en el Plan de Seguridad.
2.- Asimismo los operarios deberán poseer la adecuada cualificación y estar perfectamente formados e informados no solo de la forma de ejecución de los trabajos sino también de sus riesgos y formas de prevenirlos.
3.- Los trabajos se organizarán y planificarán de forma que se tengan en cuenta los riesgos derivados del lugar de ubicación o del entorno en que se vayan a desarrollar los trabajos y en su caso la corrección de los mismos.
Anejo 2.- Manejo de cargas y posturas forzadas
1.- Habrá que tener siempre muy presente que se manejen cargas o se realicen posturas forzadas en el trabajo, que éstas formas de accidente representan el 25% del total de todos los accidentes que se registran en el ámbito laboral.
2.- El trabajador utilizará siempre guantes de protección contra los riesgos de la manipulación.
3.- La carga máxima a levantar por un trabajador será de 25 kg En el caso de tener que levantar cargas mayores, se realizará por dos operarios o con ayudas mecánicas.
4.- Se evitará el manejo de cargas por encima de la altura de los hombros.
5.- El manejo de cargas se realizará siempre portando la carga lo más próxima posible al cuerpo, de manera que se eviten los momentos flectores en la espalda.
6.- El trabajador no debe nunca doblar la espalda para recoger un objeto. Para ello doblará las rodillas manteniendo la espalda recta.
7.- El empresario deberá adoptar las medidas técnicas u organizativas necesarias para evitar la manipulación manual de cargas.
8.- No se permitirán trabajos que impliquen manejo manual de cargas (cargas superiores a 3 kg e inferiores a 25 kg) con frecuencias superiores a 10 levantamientos por minuto durante al menos 1 hora al día. A medida que el tiempo de trabajo sea mayor la frecuencia de levantamiento permitida será menor.
9.- Si el trabajo implica el manejo manual de cargas superiores a 3 kg, y la frecuencia de manipulación superior a un levantamiento cada 5 minutos, se deberá realizar una Evaluación de Riesgos Ergonómica. Para ello se tendrá en cuenta el R.D. 487/97 y la Guía Técnica para la Evaluación y Prevención de los Riesgos relativos a la Manipulación Manual de Cargas editada por el I.N.S.H.T.
10.- Los factores de riesgo en la manipulación manual de cargas que entrañe riesgo en particular dorsolumbar son:
a) Cargas pesadas y/o carga demasiado grande.
b) Carga difícil de sujetar.
c) Esfuerzo físico importante.
d) Necesidad de torsionar o flexionar el tronco.
e) Espacio libre insuficiente para mover la carga.
f) Manejo de cargas a altura por encima de la cabeza.
g) Manejo de cargas a temperatura, humedad o circulación del aire inadecuadas.
h) Período insuficiente de reposo o de recuperación.
i) Falta de aptitud física para realizar las tareas.
j) Existencia previa de patología dorsolumbar.
7. Medios Auxiliares
7.1. Andamios RIESGOS:
• Caída de personas u objetos al mismo nivel.
• Caída de personas u objetos a distinto nivel.
• Caídas o atrapamientos por desplome o derrumbamiento del andamio.
• Golpes, cortes o choques con herramientas u objetos.
• Atrapamiento de pies y dedos.
• Contactos eléctricos.
• Sobreesfuerzos.
MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS:
• Durante el montaje, desmontaje y uso de este medio auxiliar los RECURSOS PREVENTIVOS tendrán presencia permanente en obra ya que concurren alguno de los supuestos por los que el Real Decreto 604/2006 exige su presencia.
• Todo andamio deberá cumplir las condiciones generales respecto a materiales, estabilidad, resistencia, seguridad en el trabajo y seguridad general, y las particulares referentes a la clase a la que el andamio corresponda, especificadas en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, modificado por el Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por lo que respecta a su utilización y a lo expuesto en el Convenio General del Sector de la Construcción.
• Los andamios se montarán y desmontarán, siguiendo las instrucciones del fabricante.
• Los andamios y sus alrededores deberán permanecer ordenados, libres de obstáculos y limpios de residuos.
• Los andamios deberán proyectarse, montarse y mantenerse, de manera que se evite el desplome o el desplazamiento.
• Las plataformas de trabajo, las pasarelas y las escaleras de andamios deberán construirse, dimensionarse, protegerse y utilizarse de forma que se evite que las personas caigan o estén expuestas a caídas de objetos y se ajusten al número de trabajadores que vayan a utilizarlos.
• Los apoyos del andamio dispondrán de medidas contra el deslizamiento, y la superficie portante tendrá capacidad para garantizar la estabilidad del andamio.
• Las dimensiones, forma y disposición de las plataformas de un andamio serán apropiadas al trabajo, cargas y permitirá la circulación con seguridad.
• Los elementos que formen las plataformas no se desplazarán. No existirán vacíos en las plataformas ni entre estas y los dispositivos verticales de protección colectiva contra caídas.
• Cuando un andamio no esté listo para su utilización, contará con señales de advertencia de peligro (Real Decreto 485/1997) y se delimitará mediante elementos que impidan el acceso.
• El andamio contará con una nota de cálculo de resistencia y estabilidad y un plan de montaje, de utilización y de desmontaje del andamio, en los casos en que se establece en el R.D. 2177/2004. Los andamios tubulares que no hayan obtenido una certificación del producto por una entidad reconocida de normalización, sólo podrán utilizarse para aquellos supuestos en los que el Real Decreto 2177/2004, en su Anexo II apartado 4.3, no exige plan de montaje, esto es para alturas no superiores a 6 metros y que además no superen los 8 metros de distancia entre apoyos, y siempre que no estén situados sobre azoteas, cúpulas, tejados o balconadas a más de 24 metros desde el nivel del suelo.
• No será obligatorio el plan cuando los andamios dispongan del marcado "CE", se seguirán las instrucciones del fabricante.
• Los andamios sólo podrán ser montados, desmontados o modificados sustancialmente bajo la dirección de una persona cualificada según el R.D. 2177/2004.
• Los andamios deberán ser inspeccionados por persona cualificada, antes de su puesta en servicio, periódicamente y tras cualquier modificación, período de no utilización, exposición a la intemperie, sacudidas sísmicas, o circunstancias que hubiera podido afectar su resistencia o estabilidad.
• Cuando el acceso al andamio o la ejecución de una tarea particular exija la retirada temporal de un dispositivo de protección colectiva contra caídas, deberán preverse medidas compensatorias y eficaces de seguridad, que contarán con la aprobación previa del coordinador de seguridad.
EQUIPOS de PROTECCIÓN INDIVIDUAL:
• Casco de seguridad.
• Calzado con suela antideslizante.
• Guantes de cuero u otros resistentes a la abrasión, desgarros, cortes...
• Cinturón portaherramientas.
• Faja de protección dorsolumbar.
• Ropa de trabajo adecuada.
7.1.1. Andamio de Borriquetas
MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS:
• Los andamios se apoyarán sobre superficies firmes, estables y niveladas.
• Aquellos andamios de borriquetas superior a dos metros de altura, estarán provistos de barandilla resistentes de 90 cm., pasamanos, listón intermedio y rodapié.
• Tres metros, es la máxima altura para andamios de borriquetas.
• Las borriquetas metálicas dispondrán de una cadenilla limitadora de la apertura máxima.
• Las borriquetas xx xxxxxx deberán estar en perfectas condiciones, sin deformaciones ni roturas...
• Se utilizará un mínimo de 2 borriqueta para la formación de andamios, quedando totalmente prohibido el uso de bidones, bovedillas, pilas de materiales...como sustitución a ellos.
• La separación entre borriquetas dependerá de las cargas y el espesor de los tablones. Cuando sea superior a 3,5 m., se colocará otro caballete intermedio.
• Prohibida la colocación de las borriquetas sobre cables eléctricos, aprisionándolos, de tal manera que aumente el riesgo de contactos eléctricos.
• Las plataformas de trabajo, tendrán una anchura mínima de 60 u 80 cm. y espesor o estructura suficiente en función de los trabajadores y elementos que vayan a sustentar, según el cálculo de resistencia y estabilidad realizado.
• Las tablas que conformen la plataforma, no tendrán nudos, ni deformaciones y estarán sin pintar.
• Las plataformas, estarán ancladas a las borriquetas.
• Cuando se realicen trabajos en bordes de forjados, balcones, se anclarán los andamios al suelo y techo, se colocarán barandillas (de 90 cm., pasamanos,
---
listón intermedio y rodapié), puntos fuertes donde amarrar el cinturón de seguridad y redes verticales de seguridad ante la caída de personas u objetos a la vía pública.
• Prohibido instalar un andamio encima de otro.
7.2. Escaleras de Mano RIESGOS:
• Caída de personas u objetos a distinto nivel.
• Contactos eléctricos, en caso de las metálicas.
MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS:
• Durante el uso de este medio auxiliar los RECURSOS PREVENTIVOS tendrán presencia permanente en obra ya que concurren alguno de los supuestos por los que el Real Decreto 604/2006 exige su presencia.
• La utilización de escaleras de mano como puesto de trabajo en altura quedará limitada a aquellos casos en que la utilización de otros equipos más seguros no esté justificada por el bajo nivel de riesgo y por las características del emplazamiento que el empresario no pueda modificar.
• Las escaleras dispondrán de zapatas antideslizante, o elementos de fijación en la parte superior o inferior de los largueros, que impidan su desplazamiento.
• Las escaleras se transportarán con el extremo delantero elevado, para evitar golpes a otras personas u objetos. Si la longitud es excesiva, será transportada por 2 operarios.
• Las escaleras se apoyarán sobre superficies horizontales, con dimensiones adecuadas, estables, resistentes e inmóviles, quedando prohibido el uso de ladrillos, bovedillas o similares con este fin. Los travesaños quedarán en posición horizontal.
• La inclinación de la escalera será inferior al 75 º con el plano horizontal. La distancia del apoyo inferior al paramento vertical será l/4, siendo l la distancia entre apoyos.
• El operario se colocará en posición frontal, es decir, mirando hacia los peldaños, para realizar el ascenso y descenso por la escalera, agarrándose con las 2 manos en los peldaños, y no en los largueros.
• Los operarios utilizarán las escaleras, de uno en uno, evitando el ascenso o descenso de la escalera por 2 o más personas a la vez.
• Los trabajos que requieran el uso de las 2 manos o transmitan vibraciones, no podrán ser realizados desde la escalera.
• No colocar escaleras aprisionando cables o apoyados sobre cuadros eléctricos.
• Las puertas estarán abiertas cuando se coloquen escaleras cerca de estas o en pasillos.
• Escaleras compuestas de varios elementos adaptables o extensibles se utilizarán de forma que la inmovilización reciproca de los elementos esté asegurada
• Los trabajos que requieran movimientos o esfuerzo peligrosos, solo se podrán realizar desde una escalera, si se utiliza un equipo de protección individual anticaidas.
• Prohibido el uso de escaleras de construcción improvisada o cuya resistencia no ofrezca garantías. No se emplearán escaleras xx xxxxxx pintadas.
• Se revisará el estado de conservación y formas de uso de las escaleras periódicamente. Se prohíbe la utilización de escaleras xx xxxxxx pintadas, por la dificultad que ello supone para la detección de sus posibles defectos.
EQUIPOS de PROTECCIÓN INDIVIDUAL:
• Casco de seguridad.
• Calzado antideslizante.
• Cinturón portaherramientas.
• Guantes aislantes ante contactos eléctricos.
• Guantes de cuero u otros resistentes a la abrasión, desgarros, cortes...
• Ropa de trabajo adecuada.
7.2.1. Escaleras Metálicas
MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS:
• Los largueros de la escalera serán de una sola pieza, sin deformaciones, golpes o abolladuras. Se utilizarán elementos prefabricados para realizar los empalmes de escaleras, evitando las uniones soldadas entre elementos.
• Los peldaños tendrán el mismo espacio entre ellos, evitando elementos flojos, rotos o peldaños sustituidos por barras o cuerdas.
• Prohibido el uso de escaleras metálicas para realizar trabajos de instalación eléctrica o en zonas próximas a instalaciones eléctricas.
7.2.2. Escaleras xx Xxxxxx
MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS:
• Los largueros de la escalera serán de una sola pieza, sin nudos ni deterioros.
• Los peldaños tendrán el mismo espacio entre ellos y estarán ensamblados, evitando elementos flojos, rotos, clavos salientes o peldaños sustituidos por barras o cuerdas.
• Se utilizarán escaleras xx xxxxxx para realizar trabajos de instalación eléctrica o en zonas próximas a ella, preferentemente en el interior del edificio.
7.2.3. Escaleras de Tijera
MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS:
• Dispondrán de una cadenilla limitadora de apertura máxima en la mitad de su altura, y un tope de seguridad en la articulación superior.
• La escalera se colocará siempre en posición horizontal y de máxima de apertura.
• Prohibido su utilización como borriquetas o caballetes para el apoyo de plataformas.
• No se utilizarán en la realización de trabajos en alturas que obliguen al operario colocarse en los 3 últimos peldaños de la escalera.
8. Maquinaria
En este punto se detalla memoria descriptiva de la maquinaria prevista durante la ejecución de la obra, señalando para cada una de ellas los riesgos no eliminables totalmente y las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a controlar y reducir dichos riesgos.
• Dispondrán de «marcado CE» y manual de instrucciones. Aquella maquinaria que por su fecha de comercialización o de puesta en servicio por primera vez no les sea de aplicación el marcado CE, deberán someterse a la puesta en conformidad de acuerdo con lo establecido en el R.D. 1215/1997.
• La maquinaria puesta en servicio al amparo de lo dispuesto en el R.D.1644/2008 que establece las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas cumplirá con los requisitos de seguridad establecidos en su anexo I.
8.1. Hormigonera RIESGOS:
• Golpes y choques.
• Atrapamientos.
• Dermatosis por contacto con el hormigón.
• Ruido y polvo.
• Sobreesfuerzos.
• Contactos eléctricos.
MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS:
• La zona de actuación deberá permanecer ordenada, libre de obstáculos y limpia de residuos.
• La hormigonera estará sometida a zonas húmedas y embarradas, por lo que tendrá un grado de protección IP-55
• Dispondrá de freno de basculamiento del bombo.
• El uso estará restringido solo a personas autorizadas.
• Los conductos de alimentación eléctrica de la hormigonera estarán conectados a tierra asociados a un disyuntor diferencial.
• Se colocará un interruptor diferencial de 300 mA. al principio de la instalación.
• Las partes móviles del aparato deberán permanecer siempre protegidas mediante carcasas conectadas a tierra.
• Cortar el suministro de energía eléctrica para la limpieza diaria de la hormigonera.
• Las operaciones de mantenimiento serán realizadas por personal especializado, previa desconexión de la energía eléctrica.
EQUIPOS de PROTECCIÓN INDIVIDUAL:
• Casco de seguridad.
• Calzado con puntera reforzada.
• Guantes de goma o PVC.
• Gafas de protección del polvo.
• Faja de protección dorsolumbar.
• Mascarilla de filtro mecánico recambiable.
• Tapones.
• Ropa de trabajo adecuada.
8.2. Sierra Circular xx Xxxx RIESGOS:
• Atrapamientos.
• Cortes y amputaciones.
• Proyección de partículas y objetos.
• Contactos eléctricos.
• Polvo.
• Ruido.
MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS:
• Durante la utilización de la sierra circular en obra, los RECURSOS PREVENTIVOS tendrán presencia permanente en obra ya que concurren alguno de los supuestos por los que el Real Decreto 604/2006 exige su presencia.
• La sierra circular xx xxxx se ubicará en un lugar apropiado, sobre superficies firmes, secas y a una distancia mínima de 3 m. a bordes de forjado.
• La zona de actuación deberá permanecer ordenada, libre de obstáculos y limpia de residuos.
• Por la parte inferior de la mesa la sierra estará totalmente protegida de manera que no se pueda acceder al disco.
• Por la parte superior se instalará una protección que impida acceder a la sierra excepto por donde se introduce la madera, el resto será una carcasa metálica que protegerá del acceso al disco y de la proyección de partículas.
• Es necesario utilizar empujador para guiar la madera, de manera que la mano no pueda pasar cerca de la sierra en ningún momento.
• La máquina contará con un cuchillo divisor en la parte trasera del disco y lo más próxima a ella para evitar que la pieza salga despedida.
• El disco xx xxxxxx ha de estar en perfectas condiciones de afilado y de planeidad.
• La sierra contará con un dispositivo que en el caso de faltar el fluido eléctrico mientras se utiliza, la xxxxxx xx xxxxx xx xxxxxxxxxxxxxx xx xxxxxxxx xx xxxxxxxxx.
• La instalación eléctrica de la máquina estará siempre en perfecto estado para lo que se comprobará periódicamente el cableado, las clavijas, la toma de tierra.
• El personal que utilice la sierra estará aleccionado en su manejo y conocerá todas las medidas preventivas y EPIs necesarias.
• Las piezas aserradas no tendrán clavos no otros elementos metálicos.
• El operario se colocará a sotavento del disco, evitando la inhalación de polvo.
• En los casos en se superen los valores de exposición al ruido indicados en el artículo 5.1 del Real Decreto 286/2006 de protección de los trabajadores frente al ruido, se establecerán las acciones correctivas oportunas como el empleo de protectores auditivos.
EQUIPOS de PROTECCIÓN INDIVIDUAL:
• Casco de seguridad.
• Gafas antiimpactos.
• Protectores auditivos.
• Empujadores.
• Guantes de cuero.
• Ropa de trabajo ajustada.
• Mascarilla de filtro mecánico recambiable.
8.3. Herramientas Manuales Ligeras RIESGOS:
• Golpes, cortes y atrapamientos.
• Proyección de partículas
• Ruido y polvo.
• Vibraciones.
• Sobreesfuerzos.
• Contactos eléctricos.
• Quemaduras.
MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS:
• La zona de actuación deberá permanecer ordenada, libre de obstáculos y limpia de residuos.
• La alimentación de las herramientas que no dispongan xx xxxxx aislamiento y se ubiquen en ambientes húmedos, se realizará conectándola a transformadores a 24 v..
• El uso de las herramientas estará restringido solo a personas autorizadas.
• Se emplearán herramientas adecuadas para cada trabajo.
• No retirar las protecciones de las partes móviles de la herramienta diseñadas por el fabricante.
• Prohibido dejarlas abandonadas por el suelo.
• Evitar el uso xx xxxxxxx, pulseras o similares para trabajar con herramientas.
• Cuando se averíe la herramienta, se colocará la señal “No conectar, máquina averiada“ y será retirada por la misma persona que la instaló.
• Las herramientas eléctricas dispondrán xx xxxxx aislamiento o estarán conectadas a tierra.
• Las transmisiones se protegerán con un bastidor soporte de un cerramiento con malla metálica.
• En las herramientas xx xxxxx se protegerá el disco con una carcasa antiproyección.
• Las conexiones eléctricas a través xx xxxxxx se protegerán con carcasas anticontactos eléctricos.
• Las herramientas se mantendrán en buenas condiciones
• Mangos sin grietas, limpios de residuos y aislantes para los trabajos eléctricos.
• Dispondrán de toma de tierra, excepto las herramientas portátiles con doble aislamiento.
• Las clavijas y los cables eléctricos estarán en perfecto estado y serán adecuados.
• La instalación dispondrá de interruptor diferencial de 0,03 A. de sensibilidad.
• Las herramientas eléctricas no se podrán usar con manos o pies mojados.
• Estarán apagadas mientras no se estén utilizando.
• En los casos en se superen los valores de exposición al ruido indicados en el artículo 5.1 del Real Decreto 286/2006 de protección de los trabajadores frente al ruido, se establecerán las acciones correctivas oportunas como el empleo de protectores auditivos.
EQUIPOS de PROTECCIÓN INDIVIDUAL:
• Casco de seguridad.
• Calzado de seguridad con suela aislante y anticlavos.
• Guantes de cuero u otros resistentes a la abrasión, desgarros, cortes...
• Guantes dieléctricos.
• Ropa de trabajo ajustada, especialmente en puños y bastas.
• Faja de protección dorsolumbar.
• Gafas de protección del polvo.
• Gafas de seguridad antiimpactos.
• Mascarilla de filtro mecánico recambiable.
• Protectores auditivos.
• Cinturón portaherramientas.
9. Manipulación sustancias peligrosas RIESGOS:
• Afecciones cutáneas.
• Incendios y explosiones.
• Proyección de sustancias en los ojos.
• Quemaduras.
• Intoxicación por ingesta.
• Intoxicación por inhalación de vapores.
MEDIDAS PREVENTIVAS y PROTECCIONES COLECTIVAS:
• Los sustancias catalogadas como peligrosas, bien sean residuos o acopios de material de construcción, deberán almacenarse en un sitio especial que evite que se mezclen entre sí o con otras sustancias no peligrosas manteniendo la distancia de seguridad entre sustancias que sean sinérgicas entre sí o
incompatibles. Así mismo, se dispondrán alejadas de tránsito de personas o maquinaria, convenientemente señalizadas y en zonas de acceso restringido.
• Las casetas que almacenen sustancias peligrosas dispondrán ventilación e iluminación adecuadas, estarán cubiertas, cerradas con llave y se mantendrán ordenadas. En caso de almacenar sustancias que puedan emitir vapores inflamables, dispondrán de luminaria antideflagrante.
• Las sustancias sensibles a las temperaturas, como las inflamables, se mantendrán en sitio aislado térmicamente y protegido xx xxxxxxx de calor o frío.
• Los lugares de almacenaje de sustancias líquidas peligrosas carecerán de sumideros por los que puedan evacuarse eventuales fugas o derrames.
• Las sustancias peligrosas se almacenarán en envases adecuados, siempre cerrados y bien etiquetados con referencia expresa a: identificación de producto, composición, datos responsable comercialización, pictograma que indique peligrosidad, frases R que describen los riesgos del producto, frases S que aconsejan como manipular el producto e información toxicológica. El almacenaje se realizará lo más próximo al suelo posible para evitar caídas, se mantendrán con un stock mínimo y si fuera necesario contarán con cubeta de retención.
• En los puntos de almacenaje de sustancias peligrosas se dispondrá de extintor químico y de CO2.
• Los trabajadores que manipulen sustancias peligrosas contarán con la necesaria formación e información.
EQUIPOS de PROTECCIÓN INDIVIDUAL:
• Casco de seguridad.
• Calzado con puntera reforzada.
• Guantes de goma o PVC.
• Ropa de trabajo adecuada.
• Gafas de seguridad.
• Mascarilla de filtro recambiable.
10. Procedimientos coordinación de actividades empresariales
Tal y como establece el Real Decreto 171/2004, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, se requiere un sistema eficaz de
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coordinación empresarial en materia de prevención de riesgos laborales en los supuestos de concurrencia de actividades empresariales en un mismo centro de trabajo.
Para satisfacer las necesidades de coordinación antes expuestas se plantean las siguientes medidas:
• Los recursos preventivos de la obra asumirán la responsabilidad de garantizar el eficaz funcionamiento de la coordinación de actividades empresariales entre las distintas empresas concurrentes en la obra.
• Antes del comienzo de la actividad en obra de cualquier empresa concurrente en la misma, el contratista principal pondrá en su conocimiento lo dispuesto en la documentación preventiva de la obra y las medidas de coordinación empresarial.
• El contratista principal asumirá la responsabilidad de mantener informados a los responsables preventivos de las empresas concurrentes de la información en materia preventiva y de coordinación de actividades que sean de su incumbencia.
• Previo al comienzo de trabajos del personal de las diferentes empresas concurrentes, se habrán difundido de manera suficiente las instrucciones de carácter preventivo y de coordinación empresarial, procedimientos y protocolos de actuación a todos los trabajadores intervinientes. Esta responsabilidad recae en los responsables preventivos de las diferentes empresas y en última instancia en el contratista principal.
11. Control de Accesos a la Obra
• En los accesos a la obra se situarán carteles señalizadores, conforme al Real Decreto 485/1997 señalización de lugares de trabajo, que informen sobre la prohibición de acceso de personas no autorizadas y de las condiciones establecidas para la obra para la obtención de autorización.
• Durante las horas en las que en la obra no han de permanecer trabajadores, la obra quedará totalmente cerrada, bloqueando los accesos habitualmente operativos en horario de trabajo.
• El contratista garantizará, documentalmente si fuera preciso, que todo el personal que accede a la obra se encuentra al tanto en sus obligaciones con la administración social y sanitaria y dispone de la formación apropiada derivada de la Ley de Prevención de Riesgos, Convenio de aplicación y resto de normativa del sector.
12. Autoprotección y emergencia
De acuerdo con las obligaciones establecidas en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales el contratista deberá adoptar las medidas
necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado.
12.1. Evacuación
• En todo momento estará presente en obra un responsable de emergencias que será encargado de dar la alarma, asegurarse de la correcta evacuación de la obra para lo que tendrá conocimiento del personal presente en obra, dar aviso a los servicios de emergencia y prestar en su caso los primeros auxilios a los heridos. También asumirá la revisión periódica de las vías de evacuación asegurando que se mantengan expeditas. Dicho responsable contará con formación suficiente en primeros auxilios e instrucción en emergencias.
• En lugar destacado de la obra se dispondrá señalización en que se indiquen las medidas que han de adoptar los trabajadores en caso de emergencia.
12.2. Protección contra incendios
• Queda expresamente prohibido la realización de hogueras en la obra cualquiera que sea su fin.
• En los puntos de trabajo con riesgo de incendios se instalarán extintores portátiles con agente extintor acorde con el tipo de fuego previsible. En la especificación de medidas preventivas de este mismo documento se señalan las circunstancias que requieren de extintor.
• En los locales o entornos de trabajo en que existan productos inflamables quedará prohibido fumar. Para evitarlo se instalarán carteles de advertencia en los accesos.
• Se dispondrán extintores de polvo químico en cada una de las casetas de obra y próximo a las zonas de acopio. También se contará con un extintor de CO2 en la proximidad del cuadro eléctrico de obra.
12.3. Primeros auxilios
• La obra se encuentra en el término municipal de puerto xxx Xxxxxxx. A continuación se aporta un listado con direcciones y teléfonos:
Municipio | Nombre | Dirección | Teléfono |
XXXXXX XXX XXXXXXX | XXXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXX | Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx, Xx 0. | 928 86 20 00 |
La evacuación de heridos a los centros sanitarios se realizará exclusivamente en ambulancia y será llevado a cabo por personal especializado. Tan sólo heridos leves podrán trasladarse por otros medios siempre que así lo disponga el responsable de emergencias de la obra.
La obra dispondrá de un botiquín portátil debidamente equipado para la realización de los primeros auxilios que contenga como mínimo desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables, etc…, en concreto:
•Gasas y vendas
•Algodón hidrófilo
•Alcohol de 96º
•Antiséptico para heridas
•Agua oxigenada
•Analgésicos
•Apósitos adhesivos
•Esparadrapo
•Colirios para limpieza de los ojos
•Apósitos contra golpes y distensiones
•Antiséptico para quemaduras
•Crema anti-inflamatoria
•Tintura de yodo
•Mercurocromo
•Amoníaco de pomada contra picaduras de insectos
•Torniquete
•Bolsa para agua o hielo
•Bicarbonato
•Termómetro clínico
•Antiespasmódicos
•Tónicos cardíacos de urgencia
•Tijeras
•Pinzas
El material de primeros auxilios se revisará periódicamente por el responsable de emergencias y se irá reponiendo tan pronto como caduque o sea utilizado.
13. Valoración Medidas Preventivas
Dadas las características de la obra, los procesos constructivos, medios y maquinaria prevista para la ejecución de la misma, se consideran las medidas preventivas, medios de protección colectiva y equipos de protección individual previstos en este Estudio Básico, los más convenientes para conseguir un nivel de riesgo en el peor de los casos tolerable.
14. Legislación
Tanto la Contrata como la Propiedad, asumen someterse al arbitrio de los tribunales con jurisdicción en el lugar de la obra.
Durante la totalidad de la obra se estará a lo dispuesto en la normativa vigente, especialmente la de obligado cumplimiento entre las que cabe destacar:
Real Decreto 2291 / 1985 de 8 de Noviembre Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos.
Directiva 89/391/CEE. Medidas para mejora de la seguridad y salud en el trabajo
Directiva 92/57/CEE. Disposiciones mínimas de seguridad y salud que deben aplicarse en las obras de construcción temporales o móviles
Real Decreto 1407/1992 Decreto Regulador de las condiciones para la Comercialización y Libre Circulación Intracomunitaria de los Equipos de Protección Individual.
Ley 31/1995 Prevención de riesgos laborales
Real Decreto 1627/1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.
Real Decreto 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales. Real
Decreto 485/1997 Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
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Real Decreto 486/1997 Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Real Decreto 487/1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.
Real Decreto 488/1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.
Real Decreto 665/1997 Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
Real Decreto 664/1997 Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
Real Decreto 773/1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de los EPI.
Real Decreto 1215/1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los trabajadores de los equipos de trabajo.
Orden 2988/1998 de 30 xx xxxxx, por la que se establecen los requisitos mínimos exigibles para el montaje, uso, mantenimiento y conservación de los andamios tubulares utilizados en las obras
Real Decreto 614/2001 Disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
Real Decreto 374/2001 Protección de la Salud y Seguridad de los Trabajadores contra los Riesgos relacionados con los Agentes Químicos durante el Trabajo.
Real Decreto 842 / 2002 de 2 xx xxxxxx REBT. Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e instrucciones complementarias.
Real Decreto 836/2003 de 27 xx xxxxx Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención referente a grúas torre para obra u otras aplicaciones.
Ley 54/2003 Reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Real Decreto 171/2004 Desarrolla L.P.R.L. en materia de coordinación de actividades empresariales.
Real Decreto 2177/2004 Modifica R.D. 1215/1997 que establece disposiciones mínimas de seguridad y salud para el uso de equipos en trabajos temporales de altura.
Real Decreto 1311/2005, protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas.
Real Decreto 286/2006, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.
Real Decreto 396/2006, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.
Real Decreto 604/2006, que modifica el Real Decreto 39/1997 y el Real Decreto 1627/1997 antes mencionados.
Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y Real Decreto 1109/2007 que la desarrolla.
Resolución Circular Nº 3/2006, sobre medidas a adoptar en materia de seguridad y salud en el uso de instalaciones y medios auxiliares de obras.
Real Decreto 1644/2008, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.
Resolución de 28 de febrero de 2012 de la Dirección General de Empleo que registra y publica el V Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción.
En todas las normas citadas anteriormente que con posterioridad a su publicación y entrada en vigor hayan sufrido modificaciones, corrección de errores o actualizaciones por disposiciones más recientes, se quedará a lo dispuesto en estas últimas.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 04 de julio de 2016.
Firmado digitalmente por NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X
Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=FNMT, ou=FNMT Clase 2 CA, ou=703006096, cn=NOMBRE XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX - NIF 00000000X Fecha: 2016.07.04 20:29:37 +01'00'
Fdo.: el arquitecto. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
PLIEGO DE CONDICIONES.
1. Cláusulas administrativas
1.1. Condiciones generales
El objeto del presente pliego es la ordenación de las condiciones facultativas, técnicas y legales que han de regir durante la ejecución de las obras de construcción del proyecto.
La obra ha de ser ejecutada conforme a lo establecido en los documentos que conforman el presente proyecto, siguiendo las condiciones establecidas en el contrato y las órdenes e instrucciones dictadas por la Dirección Facultativa de la obra, bien oralmente o por escrito. Cualquier modificación en obra, se pondrá en conocimiento de la Dirección Facultativa, sin cuya autorización no podrá ser realizada.
Se acometerán los trabajos cumpliendo con lo especificado en el apartado de condiciones técnicas de la obra y se emplearán materiales que cumplan con lo especificado en el mismo.
Durante la totalidad de la obra se estará a lo dispuesto en la normativa vigente, especialmente a la de obligado cumplimiento.
Es obligación de la contrata, así como del resto de agentes intervinientes en la obra el conocimiento del presente pliego y el cumplimiento de todos sus puntos.
Como documento subsidiario para aquellos aspectos no regulados en el presente en el presente pliego se adoptarán las prescripciones recogidas en el Pliego General de Condiciones Técnicas de la Edificación publicado por los Consejos Generales de la Arquitectura Técnica de España.
1 . 2 . Condiciones facultativas
1 . 2 . 1 . Agentes intervinientes en la obra
1.2.1.1. Promotor
Será considerado promotor cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación objeto de este proyecto.
Cuando el promotor realice directamente con medios humanos y materiales propios la totalidad o determinadas partes de la obra, tendrá también la consideración de contratista a los efectos de la Ley 32/2006.
A los efectos del RO 1627/97 cuando el promotor contrate directamente trabajadores autónomos para la realización de la obra o de determinados trabajos de la misma, tendrá la consideración de contratista excepto en los casos estipulados en dicho Real Decreto.
Tendrá la consideración de productor de residuos de construcción y demolición a los efectos de lo dispuesto en el RD 105/2008.
Son obligaciones del promotor:
Ostentar sobre el solar la titularidad de un derecho que le faculte para construir en él.
Nombrar a los técnicos proyectistas y directores de obra y de la ejecución material.
Contratar al técnico redactor del Estudio de Seguridad y Salud y al Coordinador en obra y en proyecto si fuera necesario.
Facilitar la documentación e información previa necesaria para la redacción del proyecto, así como autorizar al director de obra las posteriores modificaciones del mismo.
Xxxxxxxxx y obtener las preceptivas l icencias y autorizaciones administrativas, así como suscribir el acta de recepción de la obra.
Suscribir los seguros exigidos por la Ley de Ordenación de la Edificación.
Facilitar el Libro del Edificio a los usuarios f inales. Dicho Libro incluirá la documentación reflejada en la Ley de Ordenación de la Edificación, el Código Técnico de la Edificación, el certificado de eficiencia energética del edificio y los aquellos otros contenidos exigidos por la normativa.
Incluir en proyecto un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición. En obras de demolición, rehabilitación, reparación o reforma, hacer un inventario de los residuos peligrosos que se generarán, que deberá incluirse en el estudio de gestión, así como prever su retirada selectiva y asegurar su envío a gestores autorizados de residuos peligrosos.
Disponer de la documentación que acredite que los residuos de construcción y demolición han sido debidamente gestionados según legislación.
En su caso constituir la fianza o garantía f inanciera equivalente que asegure el cumplimiento de los requisitos establecidos en relación con los residuos de construcción y demolición de la obra.
1.2.1.2. Contratista
Contratista: es la persona física o jurídica, que tiene el compromiso de ejecutar las obras con medios humanos y materiales suficientes, propios o ajenos, dentro del plazo acordado y con sujeción estricta al proyecto técnico que las define, al contrato firmado con el
promotor, a las especificaciones realizadas por la Dirección Facultativa y a la legislación aplicable.
Tendrá la consideración de poseedor de residuos de construcción y demolición a los efectos de lo dispuesto en el RO 105/ 2008.
Son obligaciones del contratista:
La ejecución de las obras alcanzando la calidad exigida en el proyecto cumpliendo con los plazos establecidos en el contrato.
Tener la capacitación profesional para el cumplimiento de su cometido como constructor.
Designar al jefe de obra que asumirá la representación técnica del constructor en la obra, tendrá la capacitación adecuada de acuerdo con las características y la complejidad de la obra y permanecerá en la obra a lo largo de toda la jornada legal de trabajo hasta la recepción de la obra. El jefe de obra, deberá cumplir las indicaciones de la Dirección Facultativa y firmar en el libro de órdenes, así como cerciorarse de la correcta instalación de los medios auxiliares, comprobar replanteos y realizar otras operaciones técnicas.
Asignar a la obra los medios humanos y materiales que su importancia requiera.
Formalizar las subcontrataciones de determinadas partes o instalaciones de la obra dentro de los límites establecidos en el contrato.
Firmar el acta de replanteo y el acta de recepción de la obra.
Facilitar al director de obra los datos necesarios para la elaboración de la documentación de la obra ejecutada.
Suscribir las garantías previstas en el presente pliego y en la normativa vigente.
Redactar el Plan de Seguridad y Salud.
Designar al recurso preventivo de Xxxxxxxxx y Salud en la obra entre su personal técnico cualificado con presencia permanente en la obra y velar por el estricto cumplimiento de las medidas de seguridad y salud precisas según normativa vigente y el plan de seguridad y salud.
Vigilar el cumplimiento de la Ley 32/2006 por las empresas subcontratistas y trabajadores autónomos con que contraten; en particular, en lo que se refiere a las obligaciones de acreditación e inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas, contar con el porcentaje de trabajadores contratados con carácter indefinido aspectos regulados en el artículo 4 de dicha Ley y al régimen de la subcontratación que se regula en el artículo 5.
Informar a los representantes de los trabajadores de las empresas que intervengan en la ejecución de la obra de las contrataciones y subcontrataciones que se hagan en la misma.
Estará obligado a presentar al promotor un plan que refleje cómo llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra.
Cuando no proceda a gestionar por sí mismo los residuos de construcción y demolición estará obligado a entregarlos a un gestor de residuos o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración para su gestión.
Estará obligado a mantener los residuos de construcción y demolición en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, así como a evitar la mezcla de
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fracciones ya seleccionadas que impida o dificulte su posterior valorización o eliminación.
Medios humanos y materiales en obra
Cada una de las partidas que compongan la obra se ejecutará con personal adecuado al tipo de trabajo de que se trate, con capacitación suficientemente probada para la labor a desarrollar. La Dirección Facultativa, tendrá la potestad facultativa para decidir sobre la adecuación del personal al trabajo a realizar.
El Contratista proporcionará un mínimo de dos muestras de los materiales que van a ser empleados en la obra con sus certificados y sellos de garantía en vigor presentados por el fabricante, para que sean examinadas y aprobadas por la Dirección Facultativa, antes de su puesta en obra. Los materiales que no reúnan las condiciones exigidas serán retirados de la obra. Aquellos materiales que requieran de marcado CE irán acompañados de la declaración de prestaciones que será facilitada al director de ejecución material de la obra en el formato (digital o papel) que éste disponga al comienzo de la obra.
Las pruebas y ensayos, análisis y extracción de muestras de obra que se realicen para cerciorarse de que los materiales y unidades de obra se encuentran en buenas condiciones y están sujetas al Pliego, serán efectuadas cuando se estimen necesarias por parte de la Dirección Facultativa y en cualquier caso se podrá exigir las garantías de los proveedores. El transporte, descarga, acopio y manipulación de los materiales será responsabilidad del Contratista.
Instalaciones y medios auxiliares
El proyecto, consecución de permisos, construcción o instalación, conservación, mantenimiento, desmontaje, demolición y retirada de las instalaciones, obras o medios auxiliares de obra necesarios y suficientes para la ejecución de la misma, serán obligación del Contratista y correrán a cargo del mismo. De igual manera, será responsabilidad del contratista, cualquier avería o accidente personal que pudiera ocurrir en la obra por insuficiencia o mal estado de estos medios o instalaciones.
El Contratista guardará en la obra una copia completa del proyecto, visada por el Colegio Oficial en el caso de ser necesario, el libro de órdenes, libro de incidencias según RD 1627/97, libro de visitas de la inspección de trabajo, copia de la licencia de obras y copia del plan de seguridad y salud, con el f in de que la Dirección Facultativa pueda consultar la documentación de la obra.
Relación con los agentes intervinientes en la obra
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El orden de ejecución de la obra será determinada por el Contratista, excepto cuando la dirección facultativa crea conveniente una modificación de los mismos por razones técnicas en cuyo caso serán modificados sin contraprestación alguna. El contratista estará a lo dispuesto por parte de la dirección de la obra y cumplirá sus indicaciones en todo momento, no cabiendo reclamación alguna, en cualquier caso, el contratista puede manifestar por escrito su disconformidad y la dirección firmará el acuse de recibo de la notificación.
Defectos de obra y vicios ocultos
El Contratista será responsable hasta la recepción de la obra de los posibles defectos o desperfectos ocasionados durante la misma.
En caso de que la Dirección Facultativa, durante las obras o una vez finalizadas, observara vicios o defectos en trabajos realizados, materiales empleados o aparatos que no cumplan con las condiciones exigidas, tendrá el derecho de mandar que las partes afectadas sean demolidas y reconstruidas de acuerdo con lo contratado, antes de la recepción de la obra y a xxxxx de la contrata.
De igual manera, los desperfectos ocasionados en fincas colindantes, vía pública o a terceros por el Contratista, serán reparados a cuenta de éste, dejándolas en el estado que estaban antes del inicio de las obras.
Modificaciones en las unidades de obra
Las unidades de obra no podrán ser modificadas respecto a proyecto a menos que la Dirección Facultativa así lo disponga por escrito.
En caso de que el Contratista realizase cualquier modificación beneficiosa (materiales de mayor calidad o tamaño), sin previa autorización de la Dirección Facultativa y del Promotor, sólo tendrá derecho al abono correspondiente a lo que hubiese construido de acuerdo con lo proyectado y contratado.
En caso de producirse modificaciones realizadas de manera unilateral por el Contratista que menoscaben la calidad de lo dispuesto en proyecto, quedará a juicio de la Dirección Facultativa la demolición y reconstrucción o la f ijación de nuevos precios para dichas partidas.
Previamente a la ejecución o empleo de los nuevos materiales, convendrán por escrito el importe de las modificaciones y la variación que supone respecto al contratado. Toda modificación en las unidades de obra será anotada en el libro de órdenes, así como
su autorización por la Dirección Facultativa y posterior comprobación.
1.2.1.3. Dirección facultativa Proyectista
Es el encargado por el promotor para redactar el proyecto de ejecución de la obra con sujeción a la normativa vigente y a lo establecido en contrato.
Será encargado de realizar las copias de proyecto necesarias y, en caso necesario, visarlas en el colegio profesional correspondiente.
Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediante proyectos parciales o documentos técnicos, cada proyectista asumirá la titularidad de su proyecto.
Director de la obra
Forma parte de la Dirección Facultativa, dirige el desarrollo de la obra en aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto.
Son obligaciones del director de obra:
Verificar el replanteo y la adecuación de la cimentación y de la estructura proyectada a las características geotécnicas del terreno.
Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto.
Elaborar modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra.
Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como conformar las certificaciones de las unidades de obra ejecutadas.
Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que en su caso fueran preceptivos.
1.2.2. Documentación de obra
En obra se conservará una copia íntegra y actualizada del proyecto para la ejecución de la obra incorporando el estudio de gestión de residuos de construcción y demolición. Todo ello estará a disposición de todos los agentes intervinientes en la obra.