BANCO CAJA SOCIAL
BANCO CAJA SOCIAL
LICITACIÓN IRT-003
SELECCIÓN DE ASEGURADORAPARA EL SEGURO DE INCENDIO (Y RIESGOS ALIADOS) Y TERREMOTO GRUPO DEUDORES ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS O LEASING HABITACIONAL.
PLIEGO DE CONDICIONES
FEBRERO DE 2019
TABLA DE CONTENIDO
1. CAPÍTULO I. INFORMACIÓN GENERAL 4
1.1. RECOMENDACIONES 4
1.2. GLOSARIO 4
2. CAPÍTULO II. PROCESO DE LICITACIÓN 8
2.1. OBJETO DE LA LICITACIÓN 8
2.2. CRONOGRAMA 9
2.3. APERTURA DE LA LICITACIÓN 10
2.4. ENTREGA XXX XXXXXX DE CONDICIONES 10
2.5. FORMULACIÓN DE PREGUNTAS Y SOLICITUDES DE ACLARACIÓN XXX XXXXXX
.......................................................................................................... 11
2.6. ENTREGA DE LOS DOCUMENTOS QUE ACREDITAN EL CUMPLIMIENTO DE LOS
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES Y SU VALIDACIÓN 11
2.7. COASEGURO 11
2.8. ETAPA DE SANEAMIENTO DE LOS REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES Y ENVÍO DE LA INFORMACIÓN PARA PRESENTAR POSTURA. 12
2.9. PRESENTACIÓN DE POSTURAS 12
2.10. PROHIBICIÓN DE RETIRO, ACLARACIÓN O MODIFICACIÓN DE POSTURAS 13
2.11. ADJUDICACIÓN Y CIERRE DEL PROCESO 13
2.12. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS POSTURAS 13
2.13. DECLARATORIA DE LICITACIÓN DESIERTA 14
3. CAPÍTULO III. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD 14
3.1. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD BÁSICOS 14
3.2. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES 15
4. CAPÍTULO IV. REQUISITOS Y OBLIGACIONES CONTRACTUALES . 18 4.1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 18
4.2. DURACIÓN DEL CONTRATO 19
4.3. IRREVOCABILIDAD DE LA PÓLIZA 19
4.4. RECAUDO DE LA PRIMA 19
4.5. CESIÓN DE DERECHOS DEL CONTRATO POR PARTE DEL BANCO COMO PRIMER BENEFICIARIO 21
4.6. OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA EN CASO DE CESIÓN 21
4.7. CESIÓN DEL CONTRATO POR PARTE DE LA ADJUDICATARIA 22
4.8. CONFIDENCIALIDAD 22
4.9. NOMBRES Y MARCAS 22
4.10. PROPIEDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN 22
4.11. CONTINUIDAD DEL NEGOCIO 23
4.12. USO DEL SOFTWARE EMPLEADO 23
4.13. SISTEMA TECNOLÓGICO Y MODELO OPERATIVO 24
4.14. PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN FRENTE A TERCEROS 25
4.15. PROCEDIMIENTOS, CONTROLES, DEVOLUCIÓN Y DESTRUCCIÓN DE LA INFORMACIÓN 25
4.16. SEGURIDAD FÍSICA 26
4.17. GESTIÓN DEL RIESGO DE CIBERSEGURIDAD Y REQUERIMIENTOS MÍNIMOS DE SEGURIDAD Y CALIDAD PARA LA REALIZACIÓN DE OPERACIONES 27
4.18. INDEMNIDAD 27
4.19. RESPONSABILIDAD 27
4.20. CÁLCULO DE LA PRIMA 28
4.21. REPORTE MENSUAL XX XXXXXX 28
4.22. RIESGOS Y CONTINUIDAD DE LA COBERTURA 28
4.23. PERSONAL ASIGNADO AL CONTRATO Y CAPACITACIÓN 29
4.24. INFORMES 29
4.25. INSPECCIÓN DE INMUEBLES POR REVOCATORIA DEL SEGURO 30
4.26. DESVINCULACIÓN PÓLIZA COLECTIVA 30
4.27. NÓMINA DE REASEGUROS 30
4.28. ADQUISICIÓN DE CARTERA 31
4.29. BIENES AMPARADOS O ASEGURADOS 31
4.30. INICIO, EXTENSIÓN Y CONTINUIDAD DE LA COBERTURA 32
4.31. VALOR ASEGURADO 32
4.32. NO APLICACIÓN DE INFRASEGURO 32
4.33. CAMBIOS EN EL BENEFICIARIO FINAL 32
4.34. AUDITORÍAS 33
4.35. INDICADORES DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 33
4.36. TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO 33
4.37. CONTINUIDAD DE LA COBERTURA 34
5. CAPÍTULO V. POSTURA 35
5.1. REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE LAS POSTURAS 35
5.2. DOCUMENTACIÓN DE LAS POSTURAS 37
6. CAPÍTULO VI. GARANTÍAS 39
6.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA 40
6.2. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 00
XXXXX 0: DOCUMENTO SOPORTE PARA LA EXIGENCIA POR PARTE DEL BANCO DE LOS
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD XXXXXXXXXXX 00
XXXXX 0: CÁLCULO DE LOS MÁRGENES DE SOLVENCIA Y XXXXX XX XXXXXXXXX 00
XXXXX 0: RELACIÓN INVERSIONES / RESERVAS XXXXXXXX 00
XXXXX 0: MODELO CERTIFICACIÓN DE XXXXXXXX 00
XXXXX 0: DOCUMENTO SOPORTE PARA LA DETERMINACIÓN DEL VALOR POR CONCEPTO DE COMISIÓN POR RECAUDO DE LAS PRIMAS 00
XXXXX 0: MODELO DE XXXXXXXX XX XXXXXXX 00
XXXXX 0: ESTRUCTURA DEL CONTRATO DE XXXXXXXXX 00
XXXXX 0: INDICADORES DE XXXXXXXXXXXX 00
XXXXX 0: DETERMINACIÓN DEL CÁLCULO DE LA TARIFA MEDIA 00
XXXXX 00: MODELO DE CARTA PARA LA PRESENTACIÓN DE POSTURA 00
XXXXX 00: CERTIFICADO REVISOR FISCAL EN EL CUAL CONSTE EL RESULTADO TÉCNICO DE LA ASEGURADORA CON FECHA XX XXXXX DEL 30 XX XXXXX DE 2018 42
1. CAPÍTULO I. INFORMACIÓN GENERAL
1.1. Recomendaciones
Se sugiere a las Aseguradoras interesadas, atender las siguientes recomendaciones para su participación en el presente proceso de selección:
a. Estudiar cuidadosamente el contenido del presente Pliego de Condiciones y sus anexos (tal y como este término se define más adelante).
b. Analizar las normas que regulan el contrato de seguros y en especial los seguros objeto de contratación.
c. Verificar que los documentos que deben aportarse sean originales, legibles, completos, libres de enmendaduras y que contengan la información que se requiere en el texto xxx Xxxxxx de Condiciones. En el evento de incumplimiento de estas condiciones el documento será rechazado y se entenderá que el requisito que pretendía acreditarse con el mismo no fue cumplido.
d. Suministrar toda la información requerida a través del presente Pliego de Condiciones, en el orden correspondiente.
e. Presentar los Requisitos de Admisibilidad Básicos y Adicionales, así como la Postura en original, con el correspondiente índice y debidamente foliada.
f. Las Aseguradoras deben estudiar minuciosamente toda la información solicitada en el Pliego de Condiciones y analizar las circunstancias y condiciones que puedan afectar el desarrollo de todas y cada una de las actividades por ejecutar; en especial deben considerar que es factible que la cartera actualmente asegurada presente en cualquier momento variaciones, teniendo en cuenta que, de conformidad con lo previsto en la ley, los deudores pueden presentar pólizas de seguro individual que cumplan con los requisitos exigidos previamente por el Banco para tal efecto y, que en virtud de los Convenios de Uso de Red suscritos o que suscriba el Banco, pueden ofrecerse productos de seguro individual.
1.2. Glosario
A efectos de dar mayor claridad tanto al proceso licitatorio como al contenido del presente Pliego de Condiciones y sin perjuicio de las definiciones legales correspondientes, a continuación se definen algunas expresiones que serán utilizadas a lo largo del presente escrito, así:
• Adenda: Documento mediante el cual, el Banco puede modificar el Pliego de Condiciones. Todas las Adendas que publique el Banco en su página WEB, en cuanto hagan referencia a los términos de ésta Licitación, pasarán a formar parte de la misma y, los términos se ampliarán en el número de días que indique el Banco, por el mismo medio y en atención a los plazos previstos legalmente para el efecto. Independientemente de que haya o no preguntas de las Aseguradoras, el Banco podrá, de estimarlo necesario, realizar ajustes o modificaciones al presente Pliego en cualquier tiempo
antes de la Adjudicación, en cuyo caso informará de tal situación mediante correo electrónico a las Aseguradoras participantes y publicará la Adenda respectiva en su página WEB.
• Adjudicación: Etapa del proceso en la cual se selecciona a la Aseguradora que presente la Postura con menor precio de la prima de seguros para el Deudor.
• Adjudicataria o Aseguradora Adjudicataria: Aquella Aseguradora que resulte seleccionada para la contratación del Seguro.
• Aseguradoras o Aseguradoras Proponentes o Proponente: Entidades aseguradoras legalmente autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia, que presenten Posturas con el fin de contratar los seguros de Incendio (y riesgos aliados) y Terremoto Grupo Deudores que se establecen en la presente Licitación.
• Banco: Entidad bancaria que requiere la contratación de una póliza colectiva de Incendio (y riesgos aliados) y Terremoto Grupo Deudores, en este caso, el Banco Caja Social.
• Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales del grupo de Deudores del Banco asociados a créditos con garantía hipotecaria o a contratos de leasing habitacional.
• Beneficiario Final: Es toda persona natural o jurídica que, respecto de la Aseguradora, reúne cualquiera de las siguientes características:
- Es propietaria directa o indirectamente de una participación superior al 5% de la Aseguradora s.
- Es aquella persona que pese a no ser propietario de una participación mayoritaria del capital de la Aseguradora , ejerce su control, de acuerdo con lo establecido en los arts. 26 y 27 de la Ley 222 de 1995.
- Es por cuenta de quien se lleva a cabo una transacción. Se entiende que esta persona es aquella sobre quien recaen los efectos económicos de dicha transacción.
• Carta de Invitación: Es la comunicación por la cual las Aseguradoras son invitadas a participar en la Licitación.
• Cartera: Corresponde al monto de cuentas por cobrar a Clientes del Banco, derivado de la colocación de créditos hipotecarios o contratos de leasing habitacional, o por cuenta de la adquisición de tales créditos o contratos por parte del Banco a otras entidades.
• Certificado Individual de Seguro: Es el documento denominado “Solicitud Certificado Individual de Seguro” por medio del cual se relaciona el inmueble a asegurar, su destinación y en donde la Adjudicataria presenta las principales condiciones del Seguro.
• Contrato: Es el contrato de Seguro de Incendio (y riesgos aliados) y Terremoto Grupo Deudores que la Adjudicataria suscribirá con el Banco.
• Coaseguro: Es la unión de dos (2) o más Aseguradoras para presentar de forma conjunta una Postura en la Licitación.
• Dato Personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a uno o varios Deudores del Banco determinados o determinables, en los términos de las Leyes 1266 de 2008 y 1581 de 2012.
• Deudor(es) o Cliente(s): Persona(s) natural(es) o jurídica(s) que contrae(n) una obligación crediticia de vivienda o que celebra una operación de leasing habitacional con el Banco. Dentro de este concepto están incluidos los avalistas.
• Documentos de Reclamación: Aquellos soportes que el Deudor y/o el Banco podrán adjuntar a la reclamación, para demostrar la ocurrencia y la cuantía del Siniestro.
• Encargado del Tratamiento de Datos Personales: La Adjudicataria.
• Índice Combinado de la Aseguradora: Es el Indicador que muestra el porcentaje de las primas devengadas por la Aseguradora, utilizado para el cubrimiento de siniestros incurridos, gastos de ajuste de siniestros, comisiones y gastos, de acuerdo con la información publicada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
• Licitación: Es el presente proceso por medio del cual se seleccionará a la Aseguradora y se adjudicará el Contrato.
• Pliego de Condiciones x Xxxxxx: Es el presente documento, junto con sus anexos y las modificaciones y/o adiciones que se realicen a través de Adendas.
• Postura: Es la oferta que efectúan las Aseguradoras que cumplen con los Requisitos de Admisibilidad Básicos y Adicionales, con el fin de participar en la Licitación y de lograr que alguna de ellas sea la Adjudicataria.
• Prescripción del Contrato: Para efectos de esta definición se tendrá en cuenta la prevista en el artículo 1081 del Código de Comercio.
• Principio de Equidad: Para efectos de esta definición se tendrá en cuenta la prevista en el numeral 1.2.2.1. de la Parte II, Título IV, Capítulo II de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia (C.E. 29 de 2014).
• Principio de Homogeneidad: Para efectos de esta definición se tendrá en cuenta la prevista en el numeral 1.2.2.3. de la Parte II, Título IV, Capítulo II de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia (C.E. 29 de 2014).
• Principio de Representatividad: Para efectos de esta definición se tendrá en cuenta la prevista en el numeral 1.2.2.4. de la Parte II, Título IV, Capítulo II de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia (C.E. 29 de 2014).
• Principio de Suficiencia: Para efectos de esta definición se tendrá en cuenta la prevista en el numeral 1.2.2.2. de la Parte II, Título IV, Capítulo II de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia (C.E. 29 de 2014).
• Requisitos de las Aseguradoras: Se entenderán por tales los siguientes: i) las condiciones que deben cumplir las Aseguradoras para participar en la Licitación, las cuales serán determinadas por los Requisitos de Admisibilidad Básicos, ii) Requisitos de Admisibilidad Adicionales, y iii) las condiciones necesarias para que se cumpla el Contrato, señaladas en los Requisitos y Obligaciones Contractuales, referidos en los Capítulos III y IV del presente Xxxxxx. Estos requisitos deberán cumplirse en la forma y en los términos y condiciones indicados en este Pliego.
• Requisitos de Admisibilidad Básicos: Son los requisitos que debe cumplir la Aseguradora en virtud de lo señalado en el Decreto 2555 de 2010 y demás normas que lo reglamenten, previstos en el numeral 3.1. del presente Pliego. De no cumplir o acreditar su cumplimiento en las fechas y oportunidades definidas expresamente para el efecto, la Aseguradora será rechazada de plano y no podrá participar en la Licitación.
• Requisitos de Admisibilidad Adicionales: Son los requisitos que se establecen en el numeral 3.2. del presente Pliego, diferentes a los Requisitos de Admisibilidad Básicos establecidos en el Decreto 2555 de 2010, los cuales deben cumplir las Aseguradoras. De no cumplir o acreditar el cumplimiento de dichos requisitos en las fechas y oportunidades definidas expresamente para el efecto, la Aseguradora no podrá presentar Postura.
• Requisitos y Obligaciones Contractuales: Son los requisitos que debe cumplir la Adjudicataria en virtud de lo previsto en la Circular Externa 029 de 2014 expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia, señalados
en el Capítulo IV del presente Pliego. De no cumplir o acreditar la Adjudicataria el cumplimiento de dichos requisitos en las fechas y oportunidades definidas expresamente para el efecto, el Banco tendrá la facultad de declarar la Terminación Unilateral del Contrato, sin perjuicio de hacer efectivas las pólizas y garantías referidas en este Pliego.
• Responsable del Tratamiento de Datos Personales: El Banco.
• Reticencia e Inexactitud: Se entiende por tal el incumplimiento del deber del Deudor de declarar sinceramente los hechos o circunstancias que determinan el estado del riesgo del bien asegurado, según el Certificado Individual de Seguro.
• Seguro de Incendio (y riesgos aliados) y Terremoto Grupo Deudores (o el Seguro): Es el Seguro de Incendio (y riesgos aliados) y Terremoto Grupo Deudores asociado a los créditos de vivienda o Contratos de leasing habitacional, que hayan sido otorgados o adquiridos por el Banco a cualquier título en el pasado, y que otorgue, celebre o adquiera el Banco con posterioridad a la Adjudicación de la Licitación. Este seguro comprende los amparos señalados en el numeral 4.1. del presente Pliego.
• Servicio de Recaudo: Conjunto de actividades realizadas por el Banco que involucran todas sus capacidades tecnológicas y operativas desplegadas con el fin de recibir el valor de las primas por parte de sus Deudores, independientemente de que dicha gestión sea exitosa o no.
• Siniestro: Es la realización del riesgo asegurado dentro de la vigencia de la póliza, esto es, la ocurrencia de alguno de los eventos objeto de cobertura.
• Terminación Unilateral del Contrato: Es la facultad que tiene el Banco para dar por terminado el Contrato unilateralmente, de conformidad con el numeral 4.36.
• Valor Asegurado: Corresponde al valor comercial de la parte destructible (excluido terreno) del inmueble hipotecado a favor del Banco o de propiedad de éste (en virtud de un contrato de leasing habitacional).
2. CAPÍTULO II. PROCESO DE LICITACIÓN
2.1. Objeto de la Licitación
El BANCO CAJA SOCIAL S.A., en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 100 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en el Título 2 del Libro 36 de la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010, en las instrucciones contenidas
en la Parte I, Título III, Capítulo I de la Circular Externa 029 de 2014, expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia y en las demás normas concordantes, invita a todas las Aseguradoras autorizadas para explotar en el país los xxxxx de Incendio (y riesgos aliados) y Xxxxxxxxx, que cumplan los requisitos establecidos en esta Licitación, para que presenten Posturas con el fin de contratar el Seguro contra Incendio (y riesgos aliados) y Terremoto asociado a los créditos hipotecarios o contratos de leasing habitacional, en el cual el Banco actúa como tomador por cuenta de sus Clientes.
2.2. Cronograma
El proceso licitatorio se sujetará a las actividades y fechas que a continuación se relacionan:
CRONOGRAMA LICITACIÓN IRT - 003 DE 2018 BANCO CAJA SOCIAL | |
ACTIVIDAD | FECHA DE INICIO* |
Apertura del proceso licitatorio. - Envío de la Carta de Invitación a las aseguradoras xxx xxxx, junto con el modelo de Acuerdo de Confidencialidad. - Aviso a la Superintendencia Financiera de Colombia sobre el inicio del proceso Licitatorio. - Publicación de la invitación en página web del Banco. | Miércoles 2 de enero |
Entrega xxx Xxxxxx de Condiciones a las Aseguradoras interesadas, previa acreditación del cumplimiento de los Requisitos de Admisibilidad Básicos señalados en el presente Pliego y la entrega del Acuerdo de Confidencialidad debidamente dilligenciado, en la Xxxxxxx 0 Xx. 00 -00 xxxx 0 xx Xxxxxx, X.X., 9:00am a 12:00m y de 1:00pm hasta las 4:00pm. en la Coordinación de Seguros y Contratación del Banco. | Viernes 4 de enero |
Vencimiento plazo máximo para la formulación de preguntas y solicitudes de aclaración xxx | Miércoles 9 de enero |
Vencimiento del plazo del Banco para responder las preguntas formuladas por las Aseguradoras, lo cual se informará a través del envío de comunicación al correo electrónico registrado. Las respuestas serán publicadas a través de la página Web del Banco y modificación xxx Xxxxxx si a criterio del Banco a ello hubiere lugar. | Lunes 14 de enero |
Entrega por parte de las Aseguradoras, de los documentos que certifican el cumplimiento de los Requisitos de Admisibilidad Adicionales. Estos documentos deben ser entregados en original y con firma autógrafa, en la Xxxxxxx 0 Xx. 00 -00, xxxx 0, xx Xxxxxx, X.X., 9:00am a 12:00m y de 1:00pm hasta las 4:00pm. en la Coordinación de Seguros y Contratación del Banco. | Jueves 17 de enero |
Envío de las comunicaciones escritas dirigidas a las Aseguradoras participantes, informando el resultado de la evaluación de los Requisitos de Admisibilidad Adicionales. La comunicación será remitida al correo electrónico de contacto registrado por cada Aseguradora en el Acuerdo de Confidencialidad | Martes 22 de enero |
Vencimiento del plazo otorgado a las Aseguradoras para el saneamiento de los Requisitos de Admisibilidad Adicionales indicados como incumplidos por parte del Banco. | Viernes 25 de enero |
Envío de comunicaciones informando a todas las Aseguradoras participantes sobre el cumplimiento definitivo de los Requisitos de Admisibilidad Adicionales. El envío de estas comunicaciones se realizará al email indicado por cada Aseguradora en el Acuerdo de Confidencialidad. En el evento en que ninguna Aseguradora acredite el cumplimiento de los citados Requisitos, el Banco procederá a declarar desierta la Licitación, informará de dicho evento a través de la página Web del Banco, remitirá a la | Martes 29 de enero |
Superintendencia Financiera de Colombia la comunicación correspondiente, y procederá de conformidad con las disposiciones legales aplicables. | |
Envío de la información necesaria para presentar Postura a las aseguradoras que acreditaron el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad adicionales. | Viernes 1° de febrero |
Presentación de Posturas en la Xxxxxxx 0 Xx. 00 -00 xxxx 0 xx Xxxxxx, X.X., desde las 9:00 am hasta las 3:00pm. En la Coordinación de Seguros y Contratación del Banco. | Lunes 18 de febrero |
Audiencia Pública de Apertura de sobres y Adjudicación de la Licitación, la cual se llevará a cabo en Xxxxxxx 0 Xx. 00 -00 xx Xxxxxx, X.X., a las 4:00pm. En caso de no presentarse ninguna Postura, o que las presentadas no cumplan con los requisitos establecidos en el presente Xxxxxx, el Banco declarará desierto el proceso, hecho del que informará a través de su página Web, procediendo de conformidad con las disposiciones legales aplicables. | Lunes 18 de febrero |
Cierre del proceso de Licitación. Publicación de los resultados y del Acta de Adjudicación en la página web del Banco y notificación a la Superintendencia Financiera de Colombia. | Martes 19 de febrero |
Entrega por parte de la Aseguradora al Banco de la póliza matriz con condiciones generales y particulares. | Jueves 28 de febrero |
* Las fechas corresponden al calendario 2019
2.3. Apertura de la Licitación
La Licitación iniciará con el envío por parte del Banco, de una comunicación escrita dirigida a los representantes legales de todas las Aseguradoras autorizadas para explotar los xxxxx de Incendio (y riesgos aliados) y Xxxxxxxxx, para invitarlas a participar en la Licitación, junto con el modelo de acuerdo de confidencialidad que deberá ser suscrito por el Representante Legal o Apoderado de la Asegurada interesada.
Dicha comunicación se enviará en la fecha indicada en el cronograma señalado en el numeral 2.2. de este Pliego, mediante correo certificado a la dirección que de las mismas aparezca registrada ante la Superintendencia Financiera de Colombia o esté publicada en la página Web de la misma. Igualmente la invitación a participar se publicará en la página web del Banco, xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx (en adelante página WEB).
2.4. Entrega xxx Xxxxxx de Condiciones
Previa recepción y verificación de los documentos que acreditan el cumplimiento de los Requisitos de Admisibilidad Básicos descritos en el numeral 3.1. del presente Xxxxxx, y de la suscripción del acuerdo de confidencialidad por parte del Representante Legal de la Aseguradora, el Banco entregará este Pliego a las Aseguradoras interesadas en el lugar, fecha y horario establecido en el cronograma. Si a partir de la verificación que realice el Banco se determina que el acuerdo de confidencialidad no fue suscrito por la persona debidamente facultada para el efecto o no se han acreditado en debida forma los Requisitos de Admisibilidad Básicos, no se hará entrega xxx Xxxxxx.
2.5. Formulación de preguntas y solicitudes de aclaración xxx Xxxxxx
Entregado el Pliego, las Aseguradoras contarán con el término establecido en el cronograma para la formulación de preguntas y solicitud de aclaraciones respecto del mismo, las cuales deberán ser remitidas únicamente al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx, indicando en el asunto “Preguntas y Aclaraciones”.
Las preguntas o solicitudes de aclaración que se formulen por un medio diferente se tendrán como no presentadas.
Posteriormente y dentro del plazo establecido en el cronograma, el Banco publicará en su página WEB las respuestas y aclaraciones pertinentes y, si en su criterio es procedente modificará el Pliego a través de la publicación de la respectiva Adenda.
2.6. Entrega de los documentos que acreditan el cumplimiento de los Requisitos de Admisibilidad Adicionales y su validación.
En el lugar, fecha y horario señalados en el cronograma, las Aseguradoras deberán presentar la totalidad de la documentación que acredita el cumplimiento de los Requisitos de Admisibilidad Adicionales previstos en el numeral 3.2. del presente Pliego, para su correspondiente verificación por parte del Banco.
En caso de Coaseguro, la documentación que corresponda a las Aseguradoras que lo conforman deberá ser entregada al Banco de manera conjunta, en un sólo sobre, indicando cuál de ellas se presenta como la Aseguradora Líder.
Surtido el proceso de verificación de los Requisitos de Admisibilidad Adicionales, el Banco, en la fecha prevista en el cronograma, informará a las Aseguradoras sobre el resultado de su evaluación indicando a aquellas que incumplan, las razones de tal incumplimiento. Dicha información se remitirá por escrito al correo electrónico que éstas hayan reportado para el recibo de información.
2.7. Coaseguro.
De conformidad con lo establecido en el parágrafo 1° del artículo 2.36.2.2.3 del Decreto 2555 de 2010, a la Licitación podrán presentarse Aseguradoras individualmente consideradas o a través de Coaseguro. Para este efecto, quienes lo conforman deberán presentar una comunicación escrita firmada por un representante legal de cada Aseguradora, donde se especifique el porcentaje de participación y se indique cuál de ellas fungirá como Aseguradora Líder.
La comunicación deberá ser presentada al momento de acreditar el cumplimiento de los Requisitos de Admisibilidad Básicos a los que se hace referencia en el numeral 3.1. del presente Xxxxxx, en el plazo establecido en el Cronograma. El
Coaseguro deberá estar conformado por máximo dos (2) compañías Aseguradoras.
La Aseguradora Líder deberá cumplir con la totalidad de los requisitos de Admisibilidad Básicos y Adicionales, mientras que la otra compañía que compone el Coaseguro deberá cumplir con todos los Requisitos de Admisibilidad Básicos y los Requisitos de Admisibilidad Adicionales previstos en los numerales 3.2.1., 3.2.2., 3.2.3. y 3.2.4. del presente Pliego.
Las aseguradoras involucradas se entenderán como un mismo participante para efectos del proceso licitatorio. En consonancia, la Aseguradora Líder será el único interlocutor válido con el Banco durante la Licitación y con posterioridad a la Adjudicación.
2.8. Etapa de Saneamiento de los Requisitos de Admisibilidad Adicionales y envío de la información para presentar Postura.
En el lugar, fecha y horario establecidos en el cronograma, las Aseguradoras podrán sanear las inconformidades advertidas por el Banco en la etapa de evaluación del cumplimiento de los Requisitos de Admisibilidad Adicionales.
Surtido el proceso de verificación sobre la nueva información aportada, el Banco, en la fecha y a través del mecanismo previsto para ello en el Cronograma, dará a conocer de manera definitiva las Aseguradoras que acreditaron en debida forma el cumplimiento de los Requisitos de Admisibilidad Adicionales y, suministrará la información adicional necesaria para que las Aseguradoras participantes en el proceso presenten la Postura Informada a la que se hace referencia en el artículo
2.36.2.2.4 del Decreto 2555 de 2010 y en el numeral 1.2.2.2.5.1. de la Parte I, Título III, Capítulo I de la Circular Externa No. 029 de 2014.
Una vez esa información sea entregada a las Aseguradoras, se entenderá que éstas conocen el estado y las condiciones particulares de la cartera objeto de ésta Licitación.
2.9. Presentación de Posturas
Las Aseguradoras deberán presentar sus Posturas, en la fecha, horario y lugar previstos en el cronograma, en la forma y con toda la documentación señalada en el Capítulo V. del presente Pliego, debiendo depositarlas en la urna destinada por el Banco para el efecto. No se aceptarán Posturas dejadas en otro lugar, ni enviadas por correo, ni las que por cualquier causa lleguen con posterioridad a la fecha y horario establecidos.
2.10. Prohibición de retiro, aclaración o modificación de Posturas
Una vez presentadas las Posturas, no se permitirá su retiro, aclaración o modificación. Cualquier situación en este sentido será causal para que el Banco pueda hacer efectivo el amparo de seriedad de la oferta de la póliza de cumplimiento a que se hace alusión en el 6.1. del presente Pliego.
2.11. Adjudicación y cierre del proceso
La Adjudicación se realizará en audiencia pública en la fecha, hora y lugar señalados en el cronograma. A ésta asistirá el Defensor del Consumidor Financiero del Banco, quien levantará el Acta correspondiente.
En dicha audiencia se procederá a la apertura de los sobres cerrados, a la verificación del cumplimiento de los Requisitos y Obligaciones Contractuales cuya acreditación hubiere sido exigida, a la entrega de la documentación adicional solicitada como parte de la Postura, de acuerdo con la sección 5.2. del presente Xxxxxx; y a la lectura de todas y cada una de las Posturas presentadas.
Una vez verificado el cumplimiento de lo exigido en el párrafo anterior, el criterio de evaluación para adjudicar se basará en la Postura con menor precio de la prima para el Deudor.
En caso de empate, se elegirá la primera Postura recibida por el Banco en la forma establecida en el presente Pliego. Si éste persistiere, se elegirá la Adjudicataria mediante el mecanismo de balotas, en el que cada una de las Aseguradoras empatadas, sacará una balota depositada en un recipiente que no tenga visibilidad, habrá una balota marcada como Adjudicataria y ésta dará a la Aseguradora que la obtenga, tal calidad.
Una vez adjudicada la Licitación, el Banco publicará los resultados y el Acta de adjudicación en su página WEB y enviará una comunicación a la Superintendencia Financiera de Colombia, informando la razón social de las Aseguradoras Proponentes, las tasas propuestas y la Adjudicataria.
Para los efectos del artículo 2.36.2.2.7.del Decreto 2555 de 2010, se entenderá como fecha de Adjudicación el primero (1º) xx xxxxx de 2019.
2.12. Causales de rechazo de las Posturas
El Banco rechazará la Postura en los siguientes casos:
a. Ante la omisión o presentación incompleta de documentos o información exigida dentro de la Postura.
b. Ante la omisión de la firma del representante legal o apoderado del Proponente en caso en que se requiera.
c. Ante la inexactitud en los documentos o información presentada.
d. Por no entregar la póliza de cumplimiento a favor de particulares con el amparo de seriedad de la oferta, en las condiciones previstas en el presente Xxxxxx.
e. Por enmendaduras o borrones que alteren cualquiera de los documentos integrantes de la Postura.
f. Cuando la Postura sea presentada en una fecha y hora posterior a la indicada en el presente Xxxxxx.
2.13. Declaratoria de Licitación Desierta
La Licitación se declarará desierta en los siguientes eventos:
a. Cuando ninguna de las Aseguradoras cumpla con los Requisitos de Admisibilidad Adicionales.
b. Cuando todas las Posturas omitan o presenten de manera incompleta documentos o información exigida para el efecto.
c. Cuando no se presenten Posturas.
En caso de presentarse esta situación, el Banco dará cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.6.1. del Capítulo I, Título III, Parte I de la Circular Externa 029 de 2014. En tal evento, se iniciará un nuevo proceso de convocatoria en un plazo no superior a los quince (15) días calendario siguientes a la declaratoria desierta de la Licitación, la cual será informada en su página WEB.
De declararse desierta nuevamente la Licitación, se procederá a prorrogar el contrato existente con la aseguradora que actualmente tiene el programa, garantizando la continuidad de la cobertura de los seguros, y adelantará un nuevo proceso licitatorio.
3. CAPÍTULO III. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
3.1. Requisitos de Admisibilidad Básicos
En atención a lo previsto en el artículo 2.36.2.2.3 del Decreto 2555 de 2010, las Aseguradoras que tengan interés en participar en el presente proceso Licitatorio deberán acreditar el cumplimiento de los Requisitos de Admisibilidad Básicos a través de la presentación de los siguientes documentos:
3.1.1. Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia con menos de treinta (30) días de vigencia de la fecha de su presentación, en donde conste ser una
Aseguradora autorizada para explotar los xxxxx de Incendio y Terremoto en Colombia.
3.1.2. Calificación vigente de fortaleza financiera igual o superior a “A” otorgada por una sociedad calificadora de riesgo vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
3.1.3. En caso de coaseguro, cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 2.7. xxx Xxxxxx.
3.2. Requisitos de Admisibilidad Adicionales
En ejercicio de la facultad prevista en el numeral 2.36.2.2.3. del Decreto 2555 de 2010 y el numeral 1.2.2.2.2.1. de la Circular 029 de 2014 expedida por la Superintendencia Financiera, y en atención a las consideraciones expuestas en el Anexo 1 del presente Pliego, las Aseguradoras interesadas en participar en el proceso deberán cumplir con los Requisitos de Admisibilidad Adicionales señalados a continuación, en la forma y dentro de los términos establecidos en el cronograma para el efecto:
3.2.1. Acreditar que el patrimonio técnico, al corte del 30 xx xxxxx de 2018, es suficiente para cumplir con el margen de solvencia y el fondo de garantía exigido por la Superintendencia Financiera de Colombia. Es así como, dicho patrimonio técnico debe ser superior en un 10% al patrimonio adecuado. Dicha cifra deberá corresponder con la información que de la Proponente se encuentra publicada en la página web de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Lo anterior se acreditará con el diligenciamiento del Anexo 2 del presente Xxxxxx.
3.2.2. Demostrar que al corte del 30 xx xxxxx de 2018, contaba con un Índice Combinado inferior o igual al 110%. Dicha cifra deberá corresponder con la información que de la Proponente se encuentra publicada en la página web de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Lo anterior se acreditará con la presentación de una Certificación suscrita por el Revisor Fiscal de la Aseguradora en la cual conste el índice combinado al corte del 30 xx xxxxx de 2018..
3.2.3. Acreditar un nivel de inversiones igual o superior al 100% frente al cálculo de las reservas técnicas al corte del 30 xx xxxxx de 2018. Dicha cifra deberá corresponder con la información que de la Proponente se encuentra publicada en la página web de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Lo anterior se acreditará con la suscripción de una Certificación por parte del Revisor Fiscal de la Aseguradora, en los términos indicados en el Anexo 3 del presente Pliego.
3.2.4. Demostrar que al corte del 30 xx xxxxx de 2018, tuvo utilidades netas positivas. Dicha cifra deberá corresponder con la publicada en la página web de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Lo anterior se acreditará con la presentación de los Estados Financieros transmitidos a la Superintendencia Financiera de Colombia al corte del 30 xx xxxxx de 2018, debidamente firmados por el Representante Legal, Xxxxxxxx y Revisor Fiscal de la Aseguradora.
3.2.5. Acreditar que las tarifas de los xxxxx de Incendio y Terremoto que se presenten para esta Licitación reúnen los Principios técnicos de Equidad y Suficiencia, y son el producto de la utilización de información estadística que cumpla con los Principios de Homogeneidad y Representatividad, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.2.2.1 a 1.2.2.4 del Capítulo II del Título IV de la Parte II de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Lo anterior se acreditará con una certificación suscrita por el Representante Legal y el Actuario Responsable de la Aseguradora en donde se haga expresa referencia del cumplimiento antes señalado.
3.2.6. La Proponente debe demostrar amplia trayectoria y experiencia en su actividad como compañía de seguros en Colombia, en especial en la explotación de los xxxxx de Incendio y Terremoto, y acreditar que actualmente tiene programas de seguros similares al que es objeto de la presente Licitación, con al menos un (1) establecimiento de crédito vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia que posea al 31 de diciembre de 2017 activos totales superiores a DIEZ BILLONES DE PESOS M/Cte. (10.000.000.000.000.oo).
Lo anterior se acreditará con los siguientes documentos:
a. Certificación suscrita por el representante legal de la Aseguradora, en la cual conste una relación de sus clientes con los que ésta ha tenido contratadas pólizas de los xxxxx objeto de la presente Licitación, para los años 2017 y 2018, en la cual deberá indicar el nombre del cliente, el número de asegurados y las primas anuales. Dentro de dicha relación de clientes deberá hacerse constar que durante el período anteriormente referido, la Aseguradora ha tenido programas de seguro similares al que es objeto de la presente Licitación, al menos con un establecimiento de crédito vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia, que posea activos totales superiores a DIEZ BILLONES DE PESOS M/Cte. ($10.000.000.000.000.oo).
b. Dos (2) certificaciones expedidas por clientes de la Aseguradora con una antelación no superior a treinta (30) días calendario a la fecha de presentación, dentro de los cuales deberá contarse con la del establecimiento de crédito referido en el literal anterior, en las que los mismos hagan constar la calidad del servicio recibido por parte de la Aseguradora según el modelo presentado en el Anexo 4. con una calificación de por lo menos “Bueno".
c. Certificación suscrita por el representante legal de la Aseguradora, en la que consten los siniestros pagados a los clientes con los que ha tenido pólizas vigentes en el 2017 y 2018, relacionados con los xxxxx y modalidades de crédito objeto de esta Licitación en la que se indique por lo menos, lo siguiente: valor reclamado, deducible (si aplica) y valor indemnizado.
d. Dos (2) comunicaciones de clientes expedidas con una antelación no superior a treinta (30) días calendario a la fecha de presentación, en las que los mismos expresen que tuvieron una experiencia positiva con la Aseguradora frente a la atención de siniestros.
3.2.7. Tener oficinas y/o puntos de servicios, por lo menos, en las siguientes ciudades: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Neiva, Manizales, Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx, Pasto y Pereira, las cuales cuenten con capacidad para recibir y dar trámite a las reclamaciones presentadas.
Lo anterior se acreditará con la presentación de una Certificación suscrita por el Representante Legal de la Aseguradora en donde indique las oficinas y/o puntos de servicio.
3.2.8. Acreditar la existencia de un modelo de atención, recepción de reclamaciones y pago de siniestros de tipo masivo en caso de catástrofe. El modelo debe contemplar políticas, normas, procedimientos para la radicación de siniestros, puntos de contacto, indicadores de gestión, tiempos de respuesta no superiores a cinco (5) días calendario para la adecuada atención, descripción de las causales de objeción de los siniestros, esquema de notificación periódica al Banco de los siniestros atendidos, procedimientos, mecanismos y canales previstos para el pago de los siniestros reconocidos, plan de continuidad y de contingencia.
Lo anterior se acreditará con la presentación de un documento escrito por el Representante Legal de la Aseguradora, en donde se explique el detalle del modelo de atención y en donde se verifique la diligencia con la que se atienden los siniestros.
3.2.9. Contar con un canal de atención 24 horas, 7 días a la semana, disponible a nivel nacional e internacional para orientar, recibir, canalizar y dar solución adecuada y en línea a las Peticiones, Quejas y Reclamos (PQR) de los Clientes del Banco. Este canal de atención podrá ser la red de oficinas, un call center, Internet o un contáctenos.
Lo anterior se acreditará con una certificación expedida por el Representante Legal de la Aseguradora en la que se detalle cuál será el canal de atención y procedimientos a través del cual se cumplirá con lo antes descrito.
3.2.10. Contar con por lo menos un (1) reasegurador que respalde el programa de seguros objeto de esta Licitación, el cual debe estar inscrito en el Registro de Reaseguradores y Corredores del Exterior (REACOEX).
Lo anterior se acreditará con una certificación expedida por el Representante Legal de la Aseguradora.
4. CAPÍTULO IV. REQUISITOS Y OBLIGACIONES CONTRACTUALES
En consideración a lo dispuesto en el artículo 2.36.2.2.9 del Decreto 2555 de 2010, el Pliego de Condiciones conlleva una oferta de Contrato y la presentación de la Postura implica la celebración del Contrato condicionado a que no haya Postura mejor en los términos del presente Xxxxxx. Por tanto, a continuación se establecen las condiciones contractuales que la Adjudicataria se obliga a cumplir una vez finalizado el proceso de Adjudicación de la presente Licitación:
4.1. Objeto de la contratación
Protección contra los riesgos de Incendio (y riesgos aliados) y Xxxxxxxxx asociados a los créditos de vivienda o de contratos de leasing habitacional, con los
siguientes Amparos:
a. Incendio (y riesgos aliados): explosión, huracán, tifón, tornado, ciclón, granizo, vientos fuertes, humo, anegación, daños por agua, impacto de vehículos, caída de aeronaves).
b. Terremoto, maremoto, temblor, y erupción volcánica.
c. Riesgos Políticos correspondientes a (Asonada, huelga, motín, conmoción civil o popular) y XXXX (actos mal intencionados de terceros).
El Banco en su calidad de tomador y primer beneficiario a título oneroso del Seguro, tiene la facultad para ceder o endosar sus derechos en cualquier momento.
4.2. Duración del Contrato
El Contrato tendrá una duración de un (1) año, contado a partir de las 00:00 horas del primero (1º) xx xxxxx de 2019. Vencido dicho plazo, a su discreción, el Banco podrá renovar el Contrato por nueve (9) meses más o realizar una nueva Licitación.
No obstante, las vigencias de los Contratos y Seguro de cada uno de los Clientes, estarán determinadas por la póliza colectiva y los certificados individuales de cada uno de ellos.
4.3. Irrevocabilidad de la póliza
De conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 2.36.2.2.10. del Decreto 2555 de 2010, las partes entienden, que existe imposibilidad legal de revocar unilateralmente la póliza por parte de la Adjudicataria, en los términos del artículo 1071 del Código de Comercio.
Por tanto, durante la vigencia del Contrato, la Adjudicataria no podrá revocar póliza o Certificado Individual de Seguro, relativo a los intereses asegurados mencionados en el presente Xxxxxx.
En todo caso el Banco podrá, en cualquier momento, revocar unilateralmente dicho Contrato.
4.4. Recaudo de la Prima
4.4.1. Recaudo por parte del Banco
En caso de que la Adjudicataria realice la facturación y el recaudo de la prima a los Clientes a través del Banco, la misma acepta que la facturación de las primas de seguro se realice a cargo y en los ciclos de facturación establecidos por el Banco, y que su recaudo o causación se traslade a la aseguradora mes vencido.
De conformidad con lo previsto en el numeral 4. del artículo 2.36.2.2.10. del Decreto 2555 de 2010, y en atención al ejercicio efectuado por el Banco soportado en el Anexo 5 del presente Pliego, el Banco cobrará a la Adjudicataria la suma de Cuatro Mil Setecientos Pesos M/Cte. ($4.700) por el Servicio de Recaudo xx Xxxxxx realizado, monto que no incluye IVA.
Para tales efectos, la Aseguradora deberá suscribir con el Banco el Convenio de Xxxxxxx Xxxxxx descrito en el Anexo 6 del presente Pliego.
4.4.2. Recaudo por parte de la Aseguradora
En caso de que la Adjudicataria realice la facturación y el recaudo de la prima directamente a los Clientes, este valor deberá incorporarse en la tarifa propuesta y deberá garantizar que ello no impactará negativamente a los mismos. En consecuencia, deberá diseñar un modelo de operación (tecnología, procesos y procedimientos) que reúna en todo momento los requisitos establecidos a continuación, de tal forma que el mismo permita al Banco contar con información en tiempo real de los pagos realizados por los Deudores, así como de cualquier otra novedad que pueda afectar la cobertura, de forma que ni éstos ni el Banco queden desprotegidos en ningún momento:
(i) Que sea compatible con los sistemas de información y procedimientos establecidos por el Banco y de manejo y conocimiento por parte del Cliente;
(ii) Que permita al Banco tener información en tiempo real sobre el pago de la prima por parte de sus Clientes en cada ciclo de facturación mensual.
(iii) Que permita que el Cliente realice de manera fácil, sencilla y cómoda el pago de la prima correspondiente;
(iv) Que sea informado en forma oportuna, clara y sencilla a los clientes del Banco y que les permita pagar el valor respectivo simultáneamente con la facturación del Banco.
(v) Que considere un proceso de causación diaria de las primas a favor de la Adjudicataria, con independencia de que el cliente efectúe o no el pago, hasta el momento en que el Banco determine la cancelación de la póliza.
(vi) Que cuente con esquemas de conciliación integrales, periódicos y permanentes con el Banco para:
a. La creación (ventas nuevas), para inicio de la causación de las primas.
b. El reporte de las novedades de mantenimiento xx xxxxxx atadas a la cartera del cliente: cambio de fecha de pago de cuotas, cesiones, ventas, cancelaciones, etc.
c. Ajustes del valor asegurado (nuevo avalúo, indexación periódica).
d. Cambio de titulares por subrogación.
La Adjudicataria se compromete a realizar los cobros en las mismas fechas en las cuales se les cobra las cuotas del crédito hipotecario, o los instalamentos del contrato de leasing habitacional a los Deudores del Banco.
De la misma manera, la Adjudicataria deberá asumir todas las novedades que se presenten en relación con dicho proceso, en especial las referidas a la ocurrencia de siniestros en los que no se haya registrado el pago de la prima, no obstante su oportuna realización por parte del Cliente o del Banco.
4.4.3. Aspectos comunes al recaudo
Indistintamente de la modalidad que la Adjudicataria utilice para la facturación y recaudo, la misma aceptará que la facturación de las primas de seguro se realice sobre el valor comercial del área construida excluyendo el terreno.
Esta información se acreditará al momento de la presentación de la Postura a través de una comunicación suscrita por el Representante Legal de la Aseguradora en donde manifieste el procedimiento que será adoptado para la facturación y el recaudo de las Primas de Seguro y acredite los requisitos exigidos para dicha modalidad.
4.5. Cesión de derechos del contrato por parte del Banco como primer beneficiario
La Aseguradora manifiesta expresamente que acepta de manera anticipada que, en caso de enajenación de los créditos hipotecarios o contratos de leasing habitacional por parte del Banco a cualquier título, se tendrá para todos los efectos como primer beneficiario a título oneroso de las pólizas que amparen a los deudores, al cesionario o adquirente de dichos créditos o contratos.
En este evento la Adjudicataria deberá continuar con las condiciones pactadas en la presente Licitación para la cartera cedida o contratos de leasing habitacional cedidos, sin poder invocar causal de terminación alguna.
4.6. Obligaciones de la Adjudicataria en caso de cesión
La Adjudicataria expresa que se compromete a cumplir con todas las obligaciones a su cargo, a favor del beneficiario de la cartera cedida por el Banco a cualquier título, e informarle de cualquier hecho o circunstancia que afecte o pudiere llegar a afectar su derecho como cesionario de los derechos del Banco. El incumplimiento de esta obligación, hará inoponible al adquirente de la cartera los hechos o circunstancias no notificados.
Cuando el Banco informe formalmente a la Adjudicataria, se procederá con el reconocimiento del nuevo titular de la cartera como primer beneficiario a título oneroso.
4.7. Cesión del Contrato por parte de la Adjudicataria
La Adjudicataria no podrá ceder, a ningún título ni total ni parcialmente, el Contrato celebrado, sin la autorización previa, expresa y escrita del Banco, quien podrá negarse a la cesión si así lo considera pertinente.
En el evento de existir una fusión, escisión, transformación o reorganización societaria de la Aseguradora Adjudicataria, la sociedad sobreviviente conservará todos los derechos y obligaciones y se sujetará a las estipulaciones contractuales.
4.8. Confidencialidad
La Adjudicataria reconoce que la información entregada por el Banco, o de la cual tenga conocimiento en desarrollo del Contrato, es de carácter confidencial, tal como se señala en el Acuerdo de Confidencialidad que deberá ser suscrito por ella y entregado en la fecha y lugar dispuesto en el cronograma.
4.9. Nombres y marcas
La Adjudicataria no podrá utilizar en anuncios o publicidad masiva el nombre, símbolo, marca, o cualquier otro signo distintivo que identifique al Banco o su imagen corporativa, sin el consentimiento previo, expreso y escrito de éste.
4.10. Propiedad y seguridad de la información
De conformidad con lo previsto en el numeral 1.2.2.2.2.3.3. de la Parte Primera, Título III, Capítulo I de la Circular Externa 029 de 2014 de la Superintendencia Financiera de Colombia y con el fin de proteger la reserva de la información suministrada por el Banco a la Adjudicataria en relación con la base de datos de sus Deudores, en cumplimiento de las exigencias contenidas en la Ley 1581 de 2012 y en armonía con el cumplimiento de las disposiciones especiales previstas en la Ley 1266 de 2008, con la suscripción del Contrato, la Adjudicataria declara entender que dicha información es obtenida por el Banco en virtud de la autorización previa y expresa de cada Deudor, quien es el titular de la misma, para la finalidad de darle el tratamiento allí previsto.
Teniendo en cuenta lo anterior, la Adjudicataria al recibir la información contenida en la Base de Datos, se convierte en Responsable del Tratamiento de la misma y, por ende, sólo podrá utilizar tal información para efectos del cumplimiento de las obligaciones a su cargo, derivadas del presente Contrato.
En consecuencia, la Adjudicataria entiende y acepta que no podrá modificar, circular o transmitir dicha información, ni utilizarla, compartirla o tratarla para fines comerciales o de otro tipo en provecho propio o de terceros, a menos que reciba la previa y expresa autorización escrita del Banco para el efecto.
Como garantía del deber previsto en el presente numeral, la adjudicataria deberá constituir una garantía bancaria a primer requerimiento a favor del Banco por valor de Tres Mil Millones de Pesos M/Cte. ($3.000.000.000), la cual podrá hacerse efectiva en el evento en que el Banco advierta el incumplimiento de la Adjudicataria, sin perjuicio de la facultad de dar por terminado el presente contrato de manera unilateral y de adelantar las acciones legales que a su juicio sean necesarias.
Dentro de la documentación que compone la Postura, la Aseguradora participante deberá aportar una certificación suscrita por el Representante Legal de la entidad en la que se refiera a la aceptación expresa de los deberes de protección aquí indicados.
La entrega de la Garantía Bancaria a primer requerimiento debidamente constituida deberá ser entregada al Banco dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de la Adjudicación.
4.11. Continuidad del negocio
La Adjudicataria se compromete con el Banco a disponer de planes de contingencia y continuidad del negocio que atiendan la normativa legal aplicable y se encuentren debidamente documentados, así como a implementar procesos de pruebas periódicas a los planes de contingencia y continuidad.
4.12. Uso del software empleado
La Adjudicataria se compromete con el Banco a abstenerse de reproducir, distribuir o comercializar el(los) programa(s) informáticos a los que tenga acceso en desarrollo del contrato de seguros a celebrar, su documentación o material auxiliar. Así mismo, evitará que personas no autorizadas por el Banco tengan acceso a software de propiedad de éste o a documentación relacionada con el mismo.
Igualmente, se compromete a utilizar software debidamente licenciado con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 603 de 2000 "Derechos de Autor", o a aquellas que la sustituyan o modifiquen.
Así mismo, se obliga a implementar, como mínimo, las siguientes normas y procedimientos de seguridad informática:
1) Accesos restringidos a los sistemas mediante la utilización de usuarios personalizados y contraseña,
2) Políticas de conformación de contraseñas y cambio de las mismas,
3) Seguridad perimetral (firewall, IDS, IPS, entre otros),
4) Software antivirus en todos los equipos,
5) Cifrado de la información confidencial de los clientes del Banco,
6) Políticas de registros de auditoría y backup.
Todo lo anterior dentro del marco que permita salvaguardar la confidencialidad e integridad de la información entregada.
La Adjudicataria debe garantizar, como mínimo, la implementación de la automatización y operacionalización de las interacciones que el Banco tiene implementadas para el soporte de los procesos que participan en el ciclo de vida del producto de cartera hipotecaria y contratos de leasing habitacional, en lo relacionado con los seguros de Incendio y Terremoto Grupo Deudores. La relación de las interacciones se encontrará en el modelo operativo, el cual se entregará junto con la información técnica necesaria para presentar las Posturas en la fecha prevista en el cronograma. La automatización y la operacionalización de las interacciones deberán estar probadas e implementadas a más tardar el veinte (20) xx xxxxx de 2019.
4.13. Sistema tecnológico y modelo operativo
La Adjudicataria deberá contar con un sistema tecnológico y con procesos que sean compatibles con los sistemas de información y procesos del Banco, los cuales deben mantenerse actualizados durante el término de duración del Contrato.
Si llegare a existir alguna incompatibilidad con los sistemas del Banco, la misma deberá explicarse en detalle, indicando la forma en que será enfrentada de acuerdo a lo señalado en el modelo operativo del Banco. Cualquier incompatibilidad en cualquier caso deberá ser superada a más tardar el día de inicio de vigencia del Contrato.
Por tanto, la Adjudicataria debe adaptarse al modelo operativo establecido por el Banco, referido a todo el ciclo de administración del Seguro de Incendio y Terremoto Grupo Deudores, el cual se entregará junto con la información técnica necesaria para presentar las Posturas en la fecha prevista en el cronograma.
La información mínima que deben aportar los Proponentes es:
Los flujos de proceso e interfaces deben contar con la automatización y/o el acuerdo de niveles de servicio y operación que tiene implementado el Banco para soportar los siguientes procesos:
- Creación de nuevos asegurados.
- Emisión de pólizas/certificados.
- Esquema de debida diligencia documental de las pólizas emitidas.
- Novedades: Por cambio de tipo de póliza, coberturas, actualización de datos, inclusiones y/o exclusiones de bienes asegurados, vigencias y cancelación de pólizas y por novedades de los préstamos (cambios de plazo, ajustes al valor asegurado, cesiones o ventas de cartera, subrogaciones, etc.).
- Conciliación de Inventarios de pólizas
- Facturación, recaudo y cuadre de pagos.
- Atención y pago de siniestros.
- Atención de PQR´s.
4.14. Protección de información frente a terceros
En caso de que la Adjudicataria cuente y haga uso de herramientas de administración de información que sean compartidas con, o utilizadas para prestar servicios de manejo de información a cualquier tercero, la Adjudicataria se compromete a:
i) Implementar mecanismos de cifrado fuerte para el envío y recepción de la información de los clientes, reconocido a nivel internacional y que a la fecha del Contrato no se le haga detectado vulnerabilidad alguna y;
ii) Desarrollar un proceso sujeto a la aprobación del Banco, para restringir el acceso a la información confidencial del Banco o de sus Clientes, en cualquier ambiente compartido de manera que el personal o contratistas de la Adjudicataria que presten servicio a cualquier tercero, no tengan acceso a la información confidencial. El proceso deberá estar implementado al inicio de la fecha del Contrato.
4.15. Procedimientos, controles, devolución y destrucción de la información
La Adjudicataria se comprometerá con el Banco a implementar procedimientos que aseguren la confidencialidad e integridad de la información durante la ejecución del Contrato. Dichos procedimientos deben cumplir las etapas de recepción, custodia, procesamiento y copias de Backup de la misma.
Así mismo, la Adjudicataria se compromete con el Banco a implementar procedimientos y controles para, una vez terminado el Contrato por cualquier causa, hacer entrega de toda la documentación o información que llegare a tener en su poder en virtud del Contrato; o a destruirla, si es del caso, utilizando mecanismos de destrucción adecuados, los cuales deberán ser aprobados por el Banco de acuerdo con el nivel de sensibilidad y el medio físico o electrónico en el cual se encuentre almacenada dicha información.
La Adjudicataria deberá garantizar que no existan copias o respaldos realizados a la información, archivos, programas, entre otros, que se le hubieren facilitado o entregado para la correcta ejecución del Contrato.
La entrega o destrucción de la información deberá efectuarse dentro de los diez
(10) días calendario siguientes a la terminación del Contrato, de acuerdo con las instrucciones que sean impartidas para el efecto por el Banco.
4.15.1. Devolución de la Información
La entrega de la información física o electrónica de propiedad del Banco que con ocasión del presente Contrato deba ser devuelta por la Adjudicataria, deberá constar en actas de entrega y sus correspondientes inventarios, y cumplir con una trazabilidad en los sistemas de envío y recibo.
Para la entrega de información electrónica, la devolución deberá efectuarse cumpliendo mecanismos de cifrado fuerte que deberán ser acreditados ante el Banco. En caso de que la información sea transmitida a través de Internet u otro tipo de comunicación en red o vía electrónica, la Adjudicataria deberá garantizar que dicha información no será accedida o modificada por personas no autorizadas o terceros. Para tal efecto, la Adjudicataria deberá garantizar que cuenta con sistemas de control y seguridad para certificar la integridad y el no acceso a la información cruzada.
4.15.2. Destrucción de la Información
La Adjudicataria será responsable de que el proceso de destrucción de la información se efectúe adecuadamente, y garantizará que quien realice dicha destrucción guarde estricta confidencialidad con respecto a la información a la que tuvo acceso, respondiendo por las consecuencias derivadas de la violación de tal confidencialidad.
La Adjudicataria deberá suscribir acuerdos de confidencialidad con quien o quienes destruirán la información y deberá certificar al Banco a través de su representante legal que la misma ha sido destruida.
4.16. Seguridad física
La Adjudicataria se comprometerá con el Banco a implementar, como mínimo, las siguientes normas y procedimientos de seguridad física:
1) Acceso restringido a las instalaciones donde se presta el servicio contratado,
2) Medidas de protección contra fuegos, fallos de energía eléctrica o falta de aire acondicionado, fuentes de energía alterna,
3) Medidas de seguridad en los armarios de almacenamiento de los medios de
backup y protección durante el transporte de las mismas.
Todo lo anterior dentro del marco que permite salvaguardar la confidencialidad e integridad de la información entregada.
4.17. Gestión del Riesgo de Ciberseguridad y Requerimientos mínimos de Seguridad y Calidad para la realización de Operaciones
La Adjudicataria se compromete con el Banco a implementar los requerimientos mínimos establecidos por la Superintendencia Financiera de Colombia para la gestión del Riesgo de Ciberseguridad y los requerimientos mínimos de seguridad y calidad para la realización de operaciones, exigidos en las Circulares Externas 007 y 008 de 2018 y aquellas que con posterioridad las modifiquen, adicionen o complementen en las condiciones y dentro de los plazos estimados para el efecto.
Tales requerimientos deberán estar presentes durante toda la vigencia del Programa de Seguros.
El cumplimiento de los Requisitos Contractuales señalados entre los numerales
4.11. y 4.17. del presente Capítulo, se acreditará a través de una certificación suscrita por el Representante Legal de la Entidad en la que se refiera el cumplimiento expreso de cada una de las Obligaciones indicadas. La Certificación deberá ser aportada por la Aseguradora dentro de la información que compone la Postura.
4.18. Indemnidad
La Adjudicataria indemnizará, saldrá en defensa y mantendrá indemne al Banco de cualquier reclamación y/o demanda que se presente con ocasión del Contrato celebrado, siempre que éstas obedezcan a acciones u omisiones de su parte, incluyendo pero sin limitarse a las siguientes:
a. Negligencia de la Adjudicataria.
b. Errores, omisiones o fallas de la Adjudicataria en el desarrollo del Contrato.
c. Impuestos, intereses, sanciones y multas, imputadas o impuestas al Banco y que resultan estar en cabeza de la Adjudicataria.
d. Procesos judiciales relacionados con objeciones a las reclamaciones presentadas por los Deudores.
4.19. Responsabilidad
La Adjudicataria será responsable frente ante el Banco por los daños y perjuicios causados por acciones u omisiones que le sean imputables a ella, sus empleados, contratistas y subcontratistas.
Responderá hasta por culpa leve, en la ejecución del contrato celebrado o con ocasión del mismo. Esta cláusula incluye, sin limitarse a ello, la responsabilidad por:
a. La infidelidad o fraude de sus funcionarios, de sus contratistas o subcontratistas.
b. Abuso de confianza.
c. Fuga de información.
d. Violación a la confidencialidad.
e. Violaciones a la normatividad.
f. Dolo o la culpa grave de la Aseguradora Adjudicataria.
4.20. Cálculo de la Prima
La prima se calculará aplicando la tasa única a nivel nacional para la cobertura de Incendio; y la tasa por zona sísmica, para la cobertura de Terremoto.
En cuanto a cualquier tipo de cartera que llegare a adquirir el Banco, la Adjudicataria deberá aceptar las condiciones de seguro que tiene esa cartera en lo que se refiere a riesgo y cobertura, sin que sea posible incrementar por ningún concepto el valor de prima que se cobra al Cliente. El recaudo de la prima se regirá de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.4. del presente Pliego.
4.21. Reporte Mensual xx Xxxxxx
En el caso en que el Banco cause y/o realice el proceso de recaudo xx xxxxxx, descrito en el numeral 4.4.1, el Banco reportará mensualmente, en los formatos que diseñe para el efecto, las primas facturadas y/o causadas en favor de la Adjudicataria, según sea el caso. Adicionalmente la Adjudicataria deberá proveer los archivos para conciliación de: ventas, renovaciones, recaudos, novedades, inventarios, reportes de siniestros atendidos (objetados, tramitados, etc.).
En el caso en que la Adjudicataria cause y/o realice el proceso de recaudo xx xxxxxx, descrito en el numeral 4.4.2., la Adjudicataria reportará mensualmente, en los formatos que diseñe para el efecto, las primas facturadas y/o causadas, según sea el caso, para asegurar los procesos de conciliación de pagos del cliente.
4.22. Riesgos y Continuidad de la Cobertura
La Adjudicataria no podrá fijar zonas de no asegurabilidad. Así mismo, garantizará, sin restricción, la cobertura de todos los intereses asegurables que el Banco:
a. Tenga cubiertos dentro de las pólizas colectivas vigentes a la fecha de adjudicación.
b. Se encuentren o sean objeto presente o futuro de un crédito hipotecario o de un contrato de leasing habitacional.
c. Se encuentren sin seguro por vencimiento de la vigencia del endoso presentado o por revocatoria del mismo, durante la vigencia del Contrato a celebrar.
4.23. Personal asignado al Contrato y capacitación
La Adjudicataria deberá contar con una estructura de personal amplia y suficiente con la cual apoyará la ejecución del Contrato, en la suscripción del seguro, atención de siniestros y atención de reclamos de los Clientes. Deberá adicionalmente designar a un (1) funcionario que en caso de ser requerido apoye la ejecución del Contrato en el área operativa indicada por el Banco en sus instalaciones, y designar a un funcionario de alto nivel, quien será el interlocutor entre el Banco y la Adjudicataria.
Así mismo, deberá definir y llevar a cabo procesos de capacitación periódica, a través de los cuales se garantice que los funcionarios del Banco y su interlocutor han recibido la información necesaria para hacer seguimiento al cumplimiento del Contrato celebrado.
Lo anterior se acreditará al momento de presentar la Postura, a través de una Certificación expedida por el Representante Legal de la Aseguradora en donde se describa: i) la estructura de personal con la que se apoyará el programa de seguros, incluido el personal que llegase a prestar su apoyo directamente en las instalaciones del Banco en caso de ser requerido, y la designación del funcionario de alto nivel que será el contacto con el Banco; y ii) la descripción de los procesos de capacitación previstos para el cumplimiento del programa de seguros, métodos de evaluación y documentación.
4.24. Informes
La Adjudicataria deberá elaborar y entregar al Banco, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la terminación del Contrato, un documento que incluya la información obtenida durante toda la vigencia del Contrato y aquella asociada a la siniestralidad. Los parámetros de dicha información serán definidos por el Banco, atendiendo siempre a las restricciones asociadas a la Ley de Protección de Datos Personales de conformidad con la normatividad vigente.
Así mismo, deberá elaborar y entregar al Banco, informes trimestrales que incluyan los datos recopilados durante la vigencia del Contrato y aquellos asociados a la siniestralidad de conformidad con la información solicitada por el Banco en dichos períodos. Estos informes deberán entregarse dentro de los diez
(10) días calendario siguientes a la terminación del respectivo trimestre. Sin perjuicio de lo anterior, la Adjudicataria deberá entregar al Banco la información que éste le solicite en relación o con ocasión del Contrato, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la formulación del requerimiento.
4.25. Inspección de inmuebles por revocatoria del seguro
En caso de que el inmueble deba ser incluido dentro de la póliza de Incendio (y riesgos aliados) y Terremoto Grupo Deudores, bien sea porque el titular de la obligación y/o propietario así lo decide, o porque le es revocado el seguro individual por cualquier causa, la Adjudicataria deberá asegurarlo de forma inmediata una vez sea notificada por el Banco y remitir el soporte documental correspondiente. En este caso no se requerirá inspección del inmueble.
4.26. Desvinculación póliza colectiva
El Banco notificará a la Aseguradora Adjudicataria la información de los clientes que se desvinculen de la póliza colectiva y desmarcará de la facturación el cobro de la prima y la cancelación de la póliza respectiva, lo cual se verá reflejado en la facturación del mes siguiente.
Por lo anterior, la Adjudicataria se abstendrá de recibir solicitudes de los Clientes del Banco directamente o de desmarcarlos de la facturación del cobro de la prima o de verificar las pólizas que los Clientes del Banco le presenten con miras a desvincularse del Seguro de Incendio (y riesgos aliados) y Terremoto Grupo Deudores.
4.27. Nómina de Reaseguros
La Proponente debe contar con por lo menos un (1) reasegurador que respalde el programa de seguros objeto de esta Licitación, el cual debe estar inscrito en el Registro de Reaseguradores y Corredores del Exterior (REACOEX), para lo cual deberá incluir en su Postura, la estructura de los contratos y la nómina de los reaseguradores que respaldan su oferta.
La Aseguradora podrá determinar a su elección el esquema de seguro que mejor se adapte a sus políticas de retención de riesgos y al esquema de retención de seguros. No obstante en caso de que la cobertura de reaseguro no sea de contrato automático, es decir, sea facultativo, es necesario adjuntar de forma adicional:
a) Xxxxx firmada por el representante legal de la Aseguradora en la que se indique el porcentaje de participación y las condiciones del reaseguro; y
b) Un documento que demuestre la intención o compromiso del (los) reasegurador(es) para respaldar por lo menos el 70% del programa objeto de este Pliego.
c) Diligenciar el Anexo 7 del Presente Pliego.
En forma adicional a su inscripción en el REACOEX, el(los) reasegurador(es) que respalden a la Aseguradora deberán reunir los requisitos que se enuncian a continuación, los cuales deberán permanecer vigentes durante toda la vigencia del contrato:
a. contar con buena reputación y tener experiencia en programas similares.
b. contar con un esquema de reaseguros en el cual exista de manera obligatoria una cobertura de riesgo catastrófico, adicional a los definidos por la aseguradora que respalden la operación.
c. Contar con una calificación que no debe tener más de doce (12) meses de antigüedad, de:
CALIFICADORA | CALIFICACIÓN |
A. M. Best | A |
FitchIbca (Duff&Phelps) | A |
Moodys | A |
Standard &Poor’s | A |
Lo anterior se acreditará, junto con el Anexo 7, al momento de presentar la Postura, a través de una Certificación suscrita por el Representante Legal, en donde acredite de manera expresa el cumplimiento de los requisitos antes señalados.
4.28. Adquisición de cartera
La Adjudicataria procederá con la aceptación de las condiciones de los seguros de cartera adquirida por el Banco a cualquier título en lo que refiere a Xxxxxxxxx cuando reciba la instrucción formal por parte del mismo, sin que le sea posible incrementar el valor de la prima cobrada al cliente.
El recaudo de la prima se sujetará a lo establecido en el numeral 4.4. del presente pliego.
4.29. Bienes amparados o asegurados
Tendrán dicha calidad todos los inmuebles hipotecados al Banco o que garantizan las carteras administradas por el Banco o que forman parte de los contratos de leasing habitacional o inmobiliario.
4.30. Inicio, extensión y continuidad de la cobertura
La cobertura del seguro debe iniciar, cuando menos, desde el momento en que se efectúa la aprobación del crédito o de la operación de leasing habitacional.
La cobertura individual del seguro deberá corresponder a la duración del crédito o del contrato de leasing habitacional, con eventuales prórrogas, refinanciaciones, novaciones y con la duración de los procesos judiciales que se inicien para hacer efectiva la deuda en caso xx xxxx.
Indistintamente de la modalidad que la Adjudicataria utilice para la facturación y recaudo, la misma aceptará que la facturación de las primas de seguro, se realice sobre el valor comercial del área construida excluyendo el terreno. En este evento, la Adjudicataria deberá tener presente que el valor de la prima es variable.
La Adjudicataria proponente deberá dar cobertura a todos los bienes inmuebles que vienen asegurados dentro de la póliza de Incendio (y riesgos aliados) y Terremoto grupo deudores actual del Banco, o en pólizas individuales constituidas con aseguradoras debidamente autorizadas, en el estado en que se encuentren.
Lo anterior se deberá acreditar al momento de presentar la Postura a través de una certificación suscrita por el Representante Legal en donde se acepten de manera expresa y detallada los compromisos antes indicados.
4.31. Valor asegurado
El valor asegurado corresponderá al valor comercial de la parte destructible del inmueble hipotecado o que forma parte del contrato de leasing, al momento del desembolso, indexado periódicamente de acuerdo con las normas vigentes para el efecto. En el evento xx xxxx en las obligaciones, se comprenderán además, los intereses moratorios y las primas de todos los seguros
4.32. No aplicación de infraseguro
Si el valor asegurado respecto del inmueble afectado por un siniestro, fuere inferior a la suma en que debía haberse asegurado, la Adjudicataria no aplicará la cláusula de seguro insuficiente de que trata el artículo 1102 del Código de Comercio. Así mismo no aplicará demérito por uso.
4.33. Cambios en el Beneficiario Final
La Adjudicataria deberá informar por escrito al Banco, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su ocurrencia, cualquier cambio que durante la vigencia del Contrato, se produzca en relación con su Beneficiario Final.
El Banco se reservará el derecho a terminar el Contrato, en el evento en que considere que el cambio reportado genera algún tipo de riesgo para él o para las entidades que forman parte del Grupo Empresarial al cual pertenece.
4.34. Auditorías
Durante cualquier tiempo de la ejecución del Contrato, el Banco podrá realizar visitas a las instalaciones de la Adjudicataria y/o solicita accesos a sus sistemas para evaluar el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas y, en particular, verificar el cumplimiento de los requisitos de seguridad de la información. El Banco informará por escrito la realización de la visita o acceso con día (1) calendario de antelación, e indicará los nombres y cargos de quienes visitarán las instalaciones y/o tendrán acceso a los sistemas en horas hábiles de trabajo.
No obstante, el Banco podrá solicitar por escrito información que considere necesaria para su evaluación, siempre que esté relacionada con el objeto del Contrato.
Si como consecuencia del proceso de auditoría el Banco encuentra necesario efectuar observaciones, requerimientos de control o ajustes en los procesos, los mismos deberán ser atendidos de manera inmediata por la adjudicataria, en los términos indicados por el Banco para el efecto, sin perjuicio de la posibilidad que tiene el Banco de proceder a la terminación del Contrato si evidencia, producto de las Auditorías, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de la Adjudicataria.
4.35. Indicadores de cumplimiento del Contrato
Sin perjuicio de las obligaciones y acuerdos de servicio celebrados con el Banco, la Adjudicataria se obliga a cumplir con los Indicadores de cumplimiento en términos de calidad y servicio y operativos descritos en el Anexo 8.
El Banco podrá terminar anticipadamente el Contrato cuando advierta que en un periodo de dos (2) meses consecutivos o cuatro (4) discontinuos, la Adjudicataria incumplió en más de dos (2) oportunidades con cualquiera de los indicadores relacionados en dicho Anexo.
4.36. Terminación Unilateral del Contrato
El Banco podrá dar por terminado unilateralmente el Contrato en los siguientes eventos:
4.36.1. Causales de terminación inmediata:
• Si advierte de manera objetiva y razonable que las actividades desplegadas por la Adjudicataria exponen a la Entidad a un posible Riesgo Reputacional.
• Si durante la vigencia del Contrato, la Adjudicataria incumple el Requisito y Obligación Contractual señalado en el numeral 4.10. del presente Pliego.
• Si durante la vigencia del Contrato la Adjudicataria omitió el deber de información de que trata el numeral 4.33. en relación con el cambio del Beneficiario Final y/o el Banco en virtud de lo informado, advierte que dicho cambio puede generar algún tipo de riesgo para él o para las entidades que forman parte del grupo empresarial al cual pertenece.
• En caso de que la Adjudicataria no acredite el cumplimiento de las Obligaciones Contractuales dentro de los diez (10) días calendario siguientes al inicio de la vigencia del Contrato.
4.36.2. Causales de terminación con preaviso:
• Si durante la vigencia del Contrato, el patrimonio técnico de la Adjudicataria cae por debajo de los niveles mínimos legales exigidos por la Superintendencia Financiera de Colombia, el Banco podrá dar por terminado unilateralmente el Contrato, con un preaviso de mínimo noventa (90) días calendario.
• Si durante la vigencia del Contrato, la Adjudicataria incumple los Requisitos de Admisibilidad Básicos o los Requisitos de Admisibilidad Adicionales, el Banco podrá dar por terminado unilateralmente el contrato, con un preaviso de noventa
(90) días calendario.
• Si durante la vigencia del Contrato, la Adjudicataria incumple con cualquiera de los Requisitos y Obligaciones Contractuales, particularmente con los señalados en el numeral 4.17 del presente Pliego, el Banco podrá dar por terminado unilateralmente el contrato, con un preaviso de noventa (90) días calendario.
En estos casos, siempre que ello sea posible, el Banco podrá optar por: i) iniciar un proceso de contratación directa; ii) iniciar un nuevo proceso de Licitación o; iii) adjudicar el Contrato al segundo mejor postor, siempre y cuando la terminación anticipada se produzca dentro de los tres (3) meses siguientes a la Adjudicación.
4.37. Continuidad de la cobertura
La Adjudicataria acepta de manera anticipada la prórroga al contrato en el evento en que no sea posible dar inicio a la vigencia de un nuevo seguro, cualquiera sea
la causa, con el fin de garantizar la continuidad de las coberturas y la adecuada atención a los clientes del Banco. En tal sentido, la adjudicataria continuará prestando sus servicios durante el término prorrogado, que en todo caso se sujetará a los máximos establecidos en la normatividad aplicable, bajo las mismas condiciones inicialmente pactadas.
Durante ese periodo, la aseguradora atenderá todos los requerimientos, que a criterio del Banco sean necesarios para la finalización del contrato y el inicio de un nuevo seguro, lo cual implica, sin limitarse a ello, la asistencia a reuniones y demás actividades que se consideren pertinentes.
5. CAPÍTULO V. POSTURA
5.1. Requisitos de presentación de las Posturas
La Postura deberá presentarse atendiendo a las siguientes reglas:
5.1.1. Presentarse en original con firmas autógrafas, por escrito, en español, foliada en orden consecutivo debidamente firmada por el representante
legal de la Aseguradora, en sobre cerrado y sellado, perfectamente identificado, con la indicación de que se trata de la “LICITACIÓN PARA LA SELECCIÓN DE ASEGURADORA PARA EL SEGURO DE INCENDIO (Y RIESGOS ALIADOS) Y TERREMOTO GRUPO DEUDORES ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS O LEASING HABITACIONAL”. En caso de
que la Postura esté contenida en más de un sobre, cada uno de ellos deberá estar numerado en el rótulo en orden ascendente.
5.1.2. Entregarse en dos partes:
i. La primera, que incluya toda la información y documentación requerida en el numeral 5.2. del presente Pliego debidamente organizada y reseñada en un índice y;
ii. La segunda, que contemple las tasas comerciales mensuales finales que se aplicarán a todos los inmuebles así:
a. Para la cobertura de Incendio (y riesgos aliados), se presentará una tasa única a nivel nacional, tanto para la cartera de vivienda y leasing habitacional.
b. Para la cobertura de Terremoto, se presentará una tasa por cada zona sísmica, tanto para la cartera de vivienda y la de leasing habitacional; para lo cual deberá diligenciar las tablas relacionadas en el Anexo 9.
La determinación del cálculo de la tasa media comercial se presentará de conformidad con la fórmula prevista también en el Anexo 9.
Las Aseguradoras presentarán sus ofertas expresadas en una tasa de prima mensual discriminando el IVA (con una cifra de 4 decimales) si a ello hubiere lugar, expresada en porcentaje del monto asegurado de los riesgos que se licitan. Dicha oferta deberá incluir y discriminar el costo del recaudo de las primas teniendo en cuenta lo indicado en el numeral 2.36.2.2.16 del Decreto 2555 de 2010, en concordancia con lo establecido en la Circular Externa 029 de 2014 expedida por la Superintendencia Financiera. La oferta económica deberá expresarse en letras y números. En caso de contradicción, prevalecerá la información en letras.
Para estos efectos, la Proponente deberá tener en cuenta la información entregada por el Banco dentro de la información necesaria para la presentación de la Postura. La(s) tarifa(s) para la Adjudicación corresponderá(n) al promedio de las tasas de la cartera por el valor asegurado de conformidad con lo previsto en el Anexo 9.
Respecto de la cartera de créditos hipotecarios adquirida por el Banco a Fogafin- Granahorrar, con anterioridad al inicio de la presente Licitación, el Proponente deberá presentar una tasa única mensual. En todo caso, en consideración a que
la cartera adquirida por el Banco a Fogafin-Granahorrar es una cartera marginal (16 créditos a la fecha), se aclara que la tasa única presentada para dicha cartera no deberá ponderarse con la tasa que se cobrará para la cartera originada por el Banco, razón por la cual dicha tasa única no será considerada para efectos de la adjudicación.
5.1.3. Se considerará extemporánea y no será aceptada la Postura que se presente después de la hora y día fijado en el cronograma o en lugar distinto previsto para el efecto.
5.1.4. El Banco se abstendrá de abrir aquella Postura que no esté correctamente dirigida y marcada como se especifica en los numerales anteriores.
5.1.5. Las Aseguradoras deberán cotizar el Seguro con base en los amparos que se especifican en este Pliego, sus riesgos aliados y demás condiciones indicadas. No se aceptarán Posturas que contemplen parcialmente el Seguro y los amparos objeto de esta Licitación.
5.1.6. Los costos en que incurra la Aseguradora para la presentación de la Postura y en general para su participación en la Licitación, serán asumidos por ella misma y por lo tanto no serán reembolsables.
5.1.7. No se aceptarán Posturas presentadas por intermediarios de seguros. En consecuencia, la contratación se realizará en forma directa entre el Banco y la Adjudicataria.
5.1.8. Una vez entregadas las Posturas, las mismas no pueden retirarse, aclararse, adicionarse, modificarse o reemplazarse.
5.1.9. Las diferentes Posturas deberán contar con una vigencia hasta el primero (1º) xx xxxxx 2020, inclusive.
5.2. Documentación de las Posturas
La Proponente deberá presentar la siguiente documentación:
5.1.10. Carta de Presentación de la Postura firmada por el representante legal, con expresión de la razón social, NIT y domicilio principal, en la que se deje constancia que se conocen y aceptan los términos, condiciones y bases de la Licitación. Anexo 10.
5.1.11. Certificado de existencia y Representación Legal en donde conste la inscripción de quien firma la Carta de Presentación de la Postura.
5.1.12. Extracto original del acta de la Junta Directiva de la Aseguradora, en la cual conste que el representante legal tiene facultad para presentar Postura con base en la presente Licitación y comprometer a dicha sociedad en los términos de la misma, en caso de que ella sea necesaria.
5.1.13. Certificado de Inscripción de Documentos expedido por la Cámara de Comercio respectiva, que acredite que el término previsto para la duración de la Aseguradora, es superior a cinco (5) años contados a partir de la fecha de finalización del Contrato. En caso de presentación de la Postura en Coaseguro, la Aseguradora líder deberá garantizar que aquella o aquellas cumplan esta condición.
5.1.14. Documentos originales que acrediten el cumplimiento de los Requisitos u Obligaciones Contractuales sobre los cuales se haya exigido su presentación en el presente Pliego, separados en secciones e indicando en cada caso el Requisito acreditado.
5.1.15. Con el fin de acreditar la adecuada y diligente atención de las reclamaciones, se aportará documento suscrito por el representante legal de la Aseguradora, el cual debe contener el procedimiento que se ofrezca al Banco para el pago de las indemnizaciones por concepto de siniestros, indicando todos los aspectos que considere pertinentes, y teniendo como mínimo los siguientes:
a. Una vez acreditada la ocurrencia y cuantía del Siniestro, la Aseguradora pagará al Banco el monto indemnizable dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a tal fecha.
b. Sin perjuicio de la libertad probatoria contemplada en el artículo 1077 del Código de Comercio, los documentos con los que podrá acreditarse la ocurrencia y la cuantía del siniestro son los siguientes:
PÉRDIDAS TOTALES
- Informe de Bomberos o de autoridad competente si hubo intervención de ellos.
- Dos (2) cotizaciones de reparación de los daños.
- Certificación del saldo de la cuenta.
PÉRDIDAS PARCIALES
- Informe de Bomberos o de autoridad competente si hubo intervención de ellos.
- Dos (2) cotizaciones de reparación de los daños.
c. Las reclamaciones podrán ser presentadas por los Clientes a través de la Red de Oficinas del Banco. La aseguradora deberá reportar al Banco todos los avisos de siniestro que reciba. En los casos de pérdida total, el Banco remitirá a la Aseguradora la Certificación del saldo insoluto de la deuda.
5.1.16. Copia del Registro Único de Proponentes (RUP), con una vigencia de no más de treinta (30) días calendario de antelación a la fecha de cierre de la Licitación.
5.1.17. Certificación suscrita por el revisor fiscal de la Aseguradora, en el cual conste el resultado técnico de la Aseguradora al corte del 30 xx xxxxx de 2018, de conformidad con lo previsto en el Anexo 11 del presente Xxxxxx.
5.1.18. Copia del Código de Gobierno Corporativo o Manual de Control Interno de la Aseguradora que permita determinar que la administración es técnica, transparente y ética, conforme a las instrucciones impartidas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Dicha copia deberá presentarse junto con una comunicación suscrita por el representante legal de la Aseguradora, en la cual se haga constar que corresponde al texto vigente.
5.1.19. Póliza de cumplimiento a favor de particulares con el amparo de Seriedad de la Oferta expedida según los términos y condiciones señalados en numeral 6.1. del presente Xxxxxx, con el comprobante que acredite el pago de la prima.
5.1.20. Certificación suscrita por el representante legal de la Aseguradora en donde se informe cuál es su composición accionaria y quién ostenta la calidad de Beneficiario Final.
La información que se solicita para fines de la presente Licitación podrá ser verificada por el Banco y, en caso de encontrar inconsistencias, la Aseguradora Proponente será descalificada. No se permite el retiro de documentos entregados durante el proceso de Licitación y hasta la fecha de Adjudicación.
En el evento en que la Aseguradora no entregue en las oportunidades y en la forma prevista en el presente Pliego toda la documentación e información relacionada, la Postura será rechazada de plano.
6. CAPÍTULO VI. GARANTÍAS
6.1. Garantía de Seriedad de la Oferta
Para garantizar la seriedad de la Postura, cada Proponente deberá constituir una póliza de cumplimiento con el amparo de seriedad de la oferta expedida por una compañía de seguros diferente a la Aseguradora que presenta la Postura, la cual comprende a las que se presentan en Coaseguro, con las siguientes características:
a. La póliza de seguro de cumplimiento debe ser expedida en el formato “entre particulares” y deberá anexarse la constancia del pago íntegro de la prima.
b. Debe estar expedida con la designación del BANCO CAJA SOCIAL S.A., NIT. 860.007.335-4 como asegurado y beneficiario. El valor asegurado debe ser equivalente al diez por ciento (10%) de la totalidad de las primas cotizadas sin IVA y la vigencia del seguro será como mínimo de noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de presentación de la Postura.
Esta póliza se hará efectiva en los siguientes casos:
a. Cuando por cualquier motivo la Aseguradora Adjudicataria no cumpla con las obligaciones, términos y condiciones económicas de su Postura.
b. Cuando la Proponente retire la Postura después de vencido el plazo fijado para su presentación.
c. Cuando la Aseguradora Adjudicataria incumpla la obligación de suscribir el Contrato en el evento que le sea adjudicado el Seguro objeto de esta Licitación.
d. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el Contrato es prorrogado.
Si el Proceso de Selección se declara desierto, o una vez sea seleccionada la Aseguradora, la garantía de seriedad será devuelta a todas las Aseguradoras con excepción de la correspondiente a la Adjudicataria.
6.2. Garantía de Cumplimiento del Contrato
A efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, la Aseguradora Adjudicataria deberá constituir por su cuenta y riesgo y a favor del BANCO CAJA SOCIAL S.A., NIT. 860.007.335-4, una póliza de cumplimiento expedida por una compañía aseguradora diferente a la Adjudicataria, lo cual comprende a las Aseguradoras Adjudicatarias que se presenten en Coaseguro, en el formato “entre particulares” con el amparo de cumplimiento del Contrato, la cual debe reunir los siguientes requisitos:
a. Valor Asegurado: Un monto equivalente al veinte por ciento (20%) de la totalidad de las primas cotizadas sin IVA.
b. Vigencia: Igual a la duración del Contrato y doce (12) meses más, pudiendo constituirse por anualidades.
El valor asegurado se modificará anualmente teniendo en cuenta el incremento de las primas causadas en el año inmediatamente anterior, contado desde la fecha de Adjudicación.
La Adjudicataria hará entrega al Banco, de la póliza original acompañada del recibo de pago de la prima, a más tardar el veintiocho (28) de febrero de 2019. Tratándose de renovaciones, la entrega de los documentos aquí mencionados se hará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento de la póliza.
Esta póliza se hará efectiva en el caso en que por cualquier motivo la Aseguradora Adjudicataria no cumpla con las obligaciones, términos y condiciones del Contrato que se suscriba con ocasión del presente proceso de selección.
ANEXOS
Anexo 1: Documento soporte para la exigencia por parte del Banco de los Requisitos de Admisibilidad Adicionales.
Anexo 2: Cálculo de los márgenes de Solvencia y fondo de Garantías.
Anexo 3: Relación Inversiones / reservas técnicas.
Anexo 4: Modelo Certificación de Clientes.
Anexo 5: Documento soporte para la determinación del valor por concepto de Comisión por Recaudo de las Primas.
Anexo 6: Modelo de Xxxxxxxx xx Xxxxxxx. Xxxxx 0: Estructura del Contrato de Reaseguro. Anexo 8: Indicadores de Cumplimiento
Anexo 9: Determinación del Cálculo de la tarifa media.
Anexo 10: Modelo de Carta para la presentación de Postura.
Anexo 11: Certificado Revisor Fiscal en el cual conste el resultado técnico de la Aseguradora con corte al 00 xx xxxxx xx 0000.
XXXXX 0
DOCUMENTO SOPORTE PARA LA EXIGENCIA POR PARTE DEL BANCO DE LOS REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES
Banco Caja Social, de acuerdo con el objetivo de atender de la manera más adecuada a sus clientes y conforme a las disposiciones legales vigente informa los requisitos de admisibilidad adicionales y los fundamentos que dieron origen a los mismos.
1. Acreditar que el patrimonio técnico, al corte del 30 xx xxxxx de 2018, es suficiente para cumplir con el margen de solvencia y el fondo de garantía exigido por la Superintendencia Financiera de Colombia. Es así como, dicho patrimonio técnico debe ser superior en un 10% al patrimonio adecuado.
Este indicador permite establecer la fortaleza patrimonial de la entidad para afrontar situaciones inesperadas dentro del curso de su actividad sin afectar su estabilidad financiera. Por lo tanto este indicador debe mostrar que las Aseguradoras cuentan con al menos un 10% de suficiencia superior al mínimo legal dispuesto. El Patrimonio Técnico está estrechamente relacionado con la solvencia de una entidad Aseguradora para atender sus obligaciones y soportar su crecimiento.
2. Demostrar que al corte del 30 xx xxxxx de 2018, contaba con un Índice Combinado inferior o igual al 110%.
El Índice Combinado permite establecer qué porcentaje de la primas devengadas se disponen para cubrir siniestros ocurridos y otros gastos directos de la actividad aseguradora Identifica la fortaleza técnica y operativa de la aseguradora en la generación de su resultados logrando aislar los efectos que pueda tener la administración del portafolio de inversiones.
El Índice Combinado permite establecer qué porcentaje de la primas devengadas se dispone para cubrir siniestros ocurridos y otros gastos directos de la actividad aseguradora. Este indicador identifica la fortaleza técnica y operativa de la aseguradora en la generación de sus resultados logrando aislar los efectos que pueda tener la administración del portafolio de inversiones.
El Banco considera que un índice combinado igual o inferior al 110% permite que las aseguradoras no dependan de los resultados de las inversiones para lograr un resultado final positivo y les da un campo de maniobra frente al ciclo económico.
En efecto, el índice combinado es un indicador del resultado operacional del negocio asegurador. Este indicador se construye con la información de ingresos y egresos operacionales de los seguros. Éste es igual a la suma de los siniestros más los gastos administrativos y de comisiones, sobre las primas. Si las primas son suficientes para cubrir los egresos operacionales, este indicador es menor a uno; si hay pérdida operativa, es mayor a uno, y si se encuentra en equilibrio, es igual a uno. La inclusión de este indicador para el cálculo de los ciclos de suscripción de los seguros supone que las compañías aseguradoras incluyen en sus procesos de tarifación los costos y gastos de suscripción de los seguros. Al igual que en el índice de siniestralidad, se calcula la inversa de este indicador con el fin de tener las primas sobre los costos.
Se entiende que la prima es suficiente en cuanto a que el ingreso obtenido por primas cubre los costos de adquisición, de siniestralidad y de operación. Existen ocasiones en donde la prima es insuficiente para cubrir los costos y puede ocasionar que los productos financieros sean los que respalden la actividad de la empresa, provocando así demasiada sensibilidad a cambios de tasas de interés o a cambios análogos relacionados con la evolución del portafolio de inversiones.
Por lo tanto, un índice combinado como el solicitado, que muestra la proporción de las primas que se destina a cubrir los respectivos costos, propende por altos estándares en materia de resultados técnicos y menor dependencia del resultado del portafolio de inversiones.
3. Acreditar un nivel de inversiones igual o superior al 100% frente al cálculo de las reservas técnicas al corte del 30 xx xxxxx de 2018.
El nivel de inversiones sobre reservas técnicas permite establecer el nivel de cubrimiento que la aseguradora tiene respecto la constitución de reservas técnicas en función del pago de las indemnizaciones. Indica la fortaleza presente y futura para atender de manera adecuada las indemnizaciones.
El nivel de inversiones sobre reservas técnicas permite establecer el nivel de cubrimiento que la aseguradora tiene respecto a la constitución de reservas técnicas en función del pago de las indemnizaciones. Indica la fortaleza presente y futura para atender de manera adecuada las indemnizaciones. En el sentir del Banco, es entendido como un mínimo de prudencia que las compañías cuenten con unas inversiones que cubran adecuadamente sus propias reservas técnicas.
Ahora bien, en el mismo sentido las inversiones se encuentran sujetas a la variación de las condiciones xxx xxxxxxx, lo cual puede adicionalmente mermar su valor en el tiempo. El contar con un respaldo del 100% de las reservas con inversiones, permite a la entidad aseguradora absorber de una mejor manera los choques xx xxxxxxx, que sumado a la materialización de indemnizaciones, pueden poner aún más en riesgo la estabilidad financiera de la entidad.
Las condiciones de reaseguro de cada entidad pueden diferir en gran medida dado su tamaño, complejidad de operaciones y capacidad de negociación. Dichas características en los reaseguros pueden generar asimetrías en la forma de evaluar las compañías. En este punto, es importante traer x xxxxxxxx lo establecido en el Artículo 2.31.4.1.3. Contabilización de las reservas técnicas del Decreto 2555 de 2010:
“Las anteriores reservas, con excepción de la reserva de riesgos catastróficos, se contabilizarán en el pasivo de la entidad por su valor bruto, es decir, sin descontar la parte a cargo del reasegurador. Las entidades aseguradoras deberán cuantificar y contabilizar en el activo las contingencias a cargo del reasegurador derivadas de los contratos suscritos de reaseguro 'proporcional, en caso de todas las reservas técnicas, y de reaseguro no proporcional, este último sólo aplicado a la reserva de siniestros avisados y ocurridos no avisados
Este activo estará sujeto a deterioro, según los criterios que defina la Superintendencia Financiera de Colombia. En todo caso, un activo por reaseguro tendrá deterioro, si como consecuencia de cualquier hecho ocurrido, circunstancia o situación adversa surgida después de su reconocimiento inicial, la entidad aseguradora evidencie que ha aumentado la probabilidad de incumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos de reaseguro suscritos”.
Así las cosas, el hecho de que las reservas técnicas se contabilicen por su valor bruto permite que dicho pasivo sea homogéneo y comparable. De otra parte, la norma faculta a las compañías aseguradoras a cuantificar las contingencias a cargo del reasegurador y a registrar un deterioro en el activo por reaseguro después de su reconocimiento inicial, cuando la aseguradora evidencie que ha aumentado la probabilidad de incumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos de reaseguro suscritos. Estos dos aspectos pueden tener aspectos técnicos diferenciales entre las asegurados que no permitirían una base homogénea de comparación ni un análisis del cubrimiento de las reservas técnicas.
En este sentido, el indicador solicitado de inversiones sobre reservas no sólo busca promover altos estándares en materia de cubrimiento de riesgos, dado que invita a mantener un mayor cubrimiento, sino que es sencillo, homogéneo y comparable.
Este indicador resalta por su sencillez de cálculo, cumplimiento y por recoger de manera adecuada el buen curso de la entidad aseguradora en su parte técnica, financiera y patrimonial, el cual se ha mantenido constante en los últimos tres procesos de selección.
4. Demostrar que al corte del 30 xx xxxxx de 2018, tuvo utilidades netas positivas.
La Utilidad Neta es el reflejo del resultado integral del ejercicio de la asegurada y comprende su gestión en materia técnica de seguros y gestión del portafolio de inversiones. Un indicador con un valor positivo refleja la capacidad de la aseguradora para obtener resultados favorables aun en entornos cambiantes; dicho resultado finalmente puede fortalecer aún más su capacidad patrimonial.
5. Acreditar que las tarifas de los xxxxx de Incendio y Terremoto Grupo Deudores que se presenten para esta Licitación reúnen los Principios técnicos de Equidad y Suficiencia, y son el producto de la utilización de información estadística que cumpla con los Principios de Homogeneidad y Representatividad, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.2.2.1 a 1.2.2.4 del Capítulo II del Título IV de la Parte II de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Para el Banco es importante tener la certeza que los estudios técnicos y estadísticos que sustentan las tarifas propuestas dentro del presente proceso atiendan los principios referidos en el numeral 3 del artículo 184 del Estatuto orgánico del Sistema Financiero.
6. Demostrar amplia trayectoria y experiencia en su actividad como compañía de seguros en Colombia, en especial en la explotación de los xxxxx de incendio y terremoto y acreditar que actualmente tiene programas de seguros similares al que es objeto de la presente Licitación, con al menos un (1) establecimiento de crédito vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia que posea al 31 de diciembre de 2017 activos totales superiores a DIEZ BILLONES DE PESOS M/Cte. (10.000.000.000.000.oo).
El Banco considera indispensable conocer la experiencia de la asegurado con establecimientos de crédito de igual o mayor tamaño, para de esta forma validar la experiencia en una masa de clientes acorde a la nuestra, garantizando así el soporte necesario para un tamaño de operación como la nuestra.
7. Tener oficinas y/o puntos de servicios, por lo menos, en las siguientes ciudades: Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Neiva, Manizales, Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx, Pasto y Pereira, las cuales cuenten con capacidad para recibir y dar trámite a las reclamaciones presentadas.
Para el Banco es fundamental garantizar la cobertura y los servicios de seguros en las diferentes ciudades y municipios donde tiene presencia garantizando asi cobertura total.
8. Acreditar la existencia de un modelo de atención, recepción de reclamaciones y pago de siniestros de tipo masivo en caso de catástrofe. El modelo debe contemplar políticas, normas, procedimientos para la radicación de siniestros, puntos de contacto, indicadores de gestión, tiempos de respuesta no superiores a cinco (5) días calendario para la adecuada atención, descripción de las causales de objeción de los siniestros, esquema de notificación periódica al Banco de los siniestros atendidos, procedimientos, mecanismos y canales previstos para el pago de los siniestros reconocidos, plan de continuidad y de contingencia.
Para el Banco Caja social el servicio al cliente es una prioridad por lo que se hace muy importante que la compañía de seguros este en la capacidad de prestar servicio en las ciudades y municipios donde el banco tiene presencia, garantizado así la cobertura acorde a nuestra operación
9. Contar con un canal de atención 24 horas, 7 días a la semana, disponible a nivel nacional e internacional para orientar, recibir, canalizar y dar solución adecuada y en línea a las Peticiones, Quejas y Reclamos (PQR) de los Clientes del Banco. Este canal de atención podrá ser la red de oficinas, un call center, Internet o un contáctenos.
Para el Banco Caja social el servicio al cliente es una prioridad por lo que se hace muy importante que la compañía de seguros este en la capacidad atender a los PQRS de los clientes las 24 horas los 7 días de semana así como garantizar la idoneidad de las respuesta a los clientes garantizando y honrando el mejor servicio.
10. Contar con por lo menos un (1) reasegurador que respalde el programa de seguros objeto de esta Licitación, el cual debe estar inscrito en el Registro de Reaseguradores y Corredores del Exterior (REACOEX).
El requisito es exigido en virtud de la facultad prevista por el numeral 1.2.2.2.2.1.3. de la Circular Básica Jurídica 029 de 2014 expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia.
ANEXO 2
CÁLCULO DE LOS MÁRGENES DE SOLVENCIA Y FONDO DE GARANTÍAS, AL CORTE DEL 30 XX XXXXX DE 2018, SEGÚN LOS PARÁMETROS ESTABLECIDOS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA, TANTO EN FUNCIÓN XX XXXXXX COMO DE SINIESTROS
PATRIMONIO TÉCNICO
MARGEN DE SOLVENCIA
(A LA FECHA XX XXXXX DEL 30 XX XXXXX DE 2018) (EN MILLONES DE PESOS)
A. Capital Primario $
B. Capital Secundario $
C. Patrimonio Técnico (A.+B.) $
D. Patrimonio Adecuado $
E. Excedente de Patrimonio Técnico
en función del Patrimonio Adecuado (C.-D.) $
F. Fondo de Garantía (D*40%) $_ _
G. Exceso o defecto (C-F) $
NOMBRE /FIRMA REVISORÍA FISCAL
ANEXO 3
RELACIÓN
INVERSIONES / RESERVAS TÉCNICAS =>100%
CUENTA CUIF 13. Inversiones
CUENTA CUIF 26. Reservas Técnicas de Seguros y Capitalización
*CUIF Entidades Aseguradoras 2017: Superintendencia Financiera
ANEXO 4
MODELO DE CERTIFICACIÓN DE CLIENTES
(NOMBRE TOMADOR/ ASEGURADO) (NIT)
CERTIFICA
Que (NOMBRE ASEGURADORA) ha demostrado experiencia en su capacidad técnica y operativa en el manejo del programa de seguros, calificando su servicio como:
EXCELENTE BUENO ACEPTABLE DEFICIENTE
(NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL) (CARGO)
(DIRECCIÓN) (TELÉFONO)
ANEXO 5
DOCUMENTO SOPORTE PARA LA DETERMINACIÓN DEL VALOR DE LA COMISIÓN POR RECAUDO
HIPOTECARIO - INCENDIO Y TERREMOTO | ||
CONCEPTO | COSTO | OBSERVACIÓN GENERAL DEL PROCESO |
a. Originación | $ 2.205 | Costo de originación comercialización del seguro en los canales del Banco Caja Social |
b. Verificación, Captura y envío de Información | $ 41 | Costo del proceso de verificación, captura y envío de información necesarios para otorgar el seguro |
c. Recaudo Pago Mensual | $ 2.475 | Costo del recaudo pago mensual a través de los canales del Banco Caja Social |
TOTAL | $ 4.720 | |
TOTAL (Redondeo Centena) | $ 4.700 |
El costo de recaudo comprende tres conceptos principales para su cálculo:
a) Originación: es el costo en el que incurre el banco al disponer de los canales para la venta de seguros. La metodología de costeo en esta etapa se hace midiendo el tiempo empleado en el proceso de venta del seguro llegando al siguiente resultado:
Seguro de Incendio y Terremoto
Costo de originación | Total costo |
Incendio y terremoto | $154.376 |
Posteriormente se obtiene un costo mensual equivalente con una tasa de oportunidad con los siguientes resultados:
Producto | Originación |
Hipotecario incendio y terremoto | $ 2.205 |
b) Verificación: es el costo en el que incurre el Banco al colocar su red para la captura, verificación y envío de información a la aseguradora. La metodología de costeo en esta etapa se hace midiendo el tiempo empleado en estos procesos con el siguiente resultado:
Proceso | Total |
Verificación, captura y envío de información | $ 2.837 |
Posteriormente se obtiene un costo mensual equivalente con una tasa de oportunidad con los siguientes resultados:
Producto | Verificación, captura y envío de información |
Incendio y Terremoto | $41 |
c) Recaudo: Corresponde al costo en el cual incurre el Banco por concepto del pago mensual del producto por parte del cliente a través de los diferentes canales que el Banco tiene a su disposición. La metodología de costeo en esta etapa se hace distribuyendo el costo total del canal entre el volumen de pagos que hacen los deudores.
Pago mensual | Oficina | Corresponsal bancario | ATM | Mobile Banking | Internet |
Volumen de pagos por canal | 586.182 | 5.845 | 794 | 10.167 | 14.253 |
Total costo | $2.896 | $1.667 | $213 | $304 | $193 |
Conforme al volumen de operaciones mensuales se obtuvo un costo promedio ponderado: $ 0.000
XXXXX 0
MODELO CONVENIO DE RECAUDO
CONVENIO DE RECAUDO CELEBRADO ENTRE EL BANCO CAJA SOCIAL. Y
Entre los suscritos a saber , mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 19.336.536 expedida en BOGOTA, quien en el presente acto y en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL, obra en nombre y representación del Banco Caja Social., establecimiento bancario legalmente constituido, con domicilio principal en Bogotá D.C., todo lo cual se acredita con el certificado expedido por la Superintendencia Financiera que se anexa para que haga parte integrante de este convenio y debidamente facultada para efectos del presente convenio y quien en adelante se denominará EL BANCO, de una parte y por la otra:
, mayor de edad, vecino de Bogotá, identificado
en su calidad de Representante Legal de , lo cual se acredita mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera quienes en (adelante se denominará “LA ASEGURADORA”), hemos decidido celebrar el presente convenio de recaudo de acuerdo con las siguientes cláusulas que a continuación se expresan:
PRIMERA. OBJETO.- EL BANCO se compromete a recaudar a través de los diferentes canales que destine para efecto, la prima correspondiente al seguro de INCENDIO Y TERREMOTO GRUPO DEUDORES ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS O CONTRATOS DE LEASING HABITACIONAL.
SEGUNDA. OBLIGACIONES DEL BANCO.-EL BANCO en virtud de este convenio se compromete a: 1) Recibir en los canales de recaudo habilitados el valor correspondiente a las primas de seguro de INCENDIO Y TERREMOTO GRUPO DEUDORES ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS O CONTRATOS DE
LEASING HABITACIONAL con destino a la cuenta de recaudo que LA ASEGURADORA posee en EL BANCO.
2)Abonar a la cuenta o cuentas correspondientes los recursos recaudados el mismo día de la transacción. 3) Suministrar a LA ASEGURADORA, los archivos de recaudo en donde se relacionen los clientes que efectuaron el pago de la prima mensual.
TERCERA. OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA. LA ASEGURADORA se obliga a acatar el
Reglamento de Recaudo que EL BANCO tiene establecido y que se anexa al presente Convenio.
CUARTA. REMUNERACION.- LA ASEGURADORA se compromete a pagar la tarifa establecida por el Banco en el Pliego de Condiciones.
QUINTA. EXCLUSIÓN LABORAL.- Se deja expresa constancia que el presente convenio no constituye contrato de trabajo entre las partes, ni entre LA ASEGURADORA y los trabajadores de EL BANCO designados para ejecutar el objeto de este convenio, por lo tanto los costos y riesgos de la contratación de los empleados para la ejecución de este acuerdo los asume cada una de las partes bajo su exclusiva responsabilidad.
SEXTA. RESPONSABILIDAD.- EL BANCO no asume responsabilidad si las operaciones y procedimientos a que se refiere este convenio se demoran o llegan a ser interferidas por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito o por fallas imputables a los empleados de LA ASEGURADORA o terceros contratados por LA ASEGURADORA. En los términos que señale la ley, EL BANCO será responsable ante LA ASEGURADORA
por los incumplimientos o cumplimientos defectuosos de las obligaciones a su cargo en este convenio que tengan como causa u origen la culpa de EL BANCO. De igual manera, LA ASEGURADORA será responsable ante EL BANCO por los incumplimientos o cumplimientos defectuosos de las obligaciones a su cargo en este convenio que tengan como causa u origen la culpa de LA ASEGURADORA. La información que se reciba o se entregue sobre los movimientos, por parte de LA ASEGURADORA a EL BANCO, en archivo magnético o cualquier otro medio electrónico, debe ir en archivo encriptado por medidas de seguridad para las partes.
SÉPTIMA. PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS.- LAS PARTES se obligan a dar cumplimiento a las normas sobre Prevención xxx Xxxxxx de Activos establecidas en los artículos 102 y siguientes del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, Capítulo Decimoprimero, Título I de la Circular Externa 007 de 1996 expedida por la Superintendencia Financiera hoy Superintendencia Financiera, artículo 323 del Código Penal y demás normas vigentes sobre la materia. En todo caso, el BANCO queda facultado para dar por terminado el presente Convenio en caso que se presuma que LA ASEGURADORA incurrirá o incurrió en alguna actividad contraria a la política de SARLAFT del BANCO.
OCTAVA. CESIÓN.-LA ASEGURADORA no podrá ceder este convenio a ninguna persona natural o jurídica, nacional o extranjera, sin el consentimiento expreso y escrito de EL BANCO.
NOVENA. EFECTOS FISCALES.- Cada una de las partes asumirá los impuestos que se generen con ocasión de la celebración del presente Convenio.
DECIMA. VIGENCIA.- El presente convenio tiene una vigencia de UN (1) AÑO contados a partir de la fecha de su suscripción. De igual forma, el mismo se prorrogará automáticamente en caso de que ninguna de las partes manifieste por escrito su intención de darlo por terminado con una antelación mínima de TREINTA (30) días calendario. En todo caso las partes quedan facultadas para dar por terminado el presente contrato cuando alguna de las partes incurra en actividades relacionadas con el lavado de activos o financiación del terrorismo.
PARÁGRAFO: Cualquier modificación que se pretenda efectuar al presente convenio, debe constar por escrito en un documento firmado por ambas PARTES.
DECIMA PRIMERA. PERFECCIONAMIENTO.- El presente convenio únicamente requiere para su perfeccionamiento, la firma de las partes intervinientes.
DECIMA SEGUNDA. POLIZAS. EL BANCO responderá a LA ASEGURADORA por las diferencias que resulten del cuadre diario del dinero, por hurto efectuado por algunos de los funcionarios del BANCO y por terceros, por la perdida, destrucción total o parcial del dinero en efectivo recibido para el pago de la prima de seguro, cuando ello se deba a atraco, saqueo, hurto o cualquier otra circunstancia delictiva o culposa, cometida tanto dentro de los lugares u oficinas en que se efectúa el recaudo, como durante el tiempo en que el BANCO se hace responsable del manejo del recaudo o de su entrega. Estos riesgos se incluirán en la cobertura de las pólizas globales que maneja EL BANCO, para las eventualidades anteriormente nombradas. La póliza debe ser expedida por una compañía aseguradora legalmente establecida para tal fin en el país.
DECIMA TERCERA. INTERCAMBIO DE ARCHIVOS DE RECAUDO. EL BANCO se compromete a utilizar
un canal de comunicación integrado y dedicado para el desarrollo del servicio de recaudo de la prima de seguros. Para la transmisión de dicha información de manera directa y en tiempo real, LA ASEGURADORA y/o un proveedor o tercero autorizado por LA ASEGURADORA se compromete a configurar y administrar un esquema de conectividad tipo VPN entre el sitio físico especificado por EL BANCO y LA ASEGURADORA. LA ASEGURADORA y/o un proveedor o tercero autorizado se compromete a mantener disponibilidad operativa de los componentes de la plataforma de integración y de los canales de comunicación tipo VPN.
DECIMA QUINTA. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: En cumplimiento de la normatividad prevista para la protección de datos personales en vigentes en el territorio nacional, LAS PARTES se obligan a acatar en su integridad y en lo que le corresponda, las disposiciones allí contenidas, con el objetivo de garantizar el adecuado tratamiento de los datos personales a los que, por cualquier razón tengan acceso, atendiendo las instrucciones y recomendaciones que para el efecto realice quien ostente la calidad de “Responsable del Tratamiento” y, los principios rectores que son de obligatorio cumplimiento en el tratamiento de datos personales, así como las obligaciones a asumidas por cada una de las PARTES cuando ostenten su calidad de “Encargado del Tratamiento” de los datos.
De la misma manera, LAS PARTES se encuentran en la obligación de informar por escrito (correo electrónico es suficiente) a su contraparte en este Convenio, y en un término que no podrá ser superior a cinco (05) días calendario contados a partir del momento en que tuvo o pudo tener conocimiento de cualquier conducta o situación contraria a la normatividad aplicable a la materia, que pueda poner o ponga en riesgo el cumplimiento de las obligaciones a su cargo en materia de datos personales. En todo caso, LAS PARTES se obligan a mantener indemne a la otra PARTE de cualquier reclamación, multa, sanción, investigación y en general de cualquier daño o perjuicio causado a su contraparte en este Convenio por el incumplimiento de cualquier deber derivado de la aplicación de lo aquí previsto.
DECIMA SEXTA. ANEXOS. Además del Reglamento de Recaudo de EL BANCO, LAS PARTES determinarán y suscribirán los anexos de tipo técnico y operativo que se requieran para el adecuado funcionamiento del presente Convenio, los cuales harán parte integral del mismo.
Para constancia se firma en Bogotá D.C., a los días del mes de de 20 .
BANCO CAJA SOCIAL. LA ASEGURADORA
Representante Legal Representante Legal
X.X X.X
XXXXX 0
ESTRUCTURA DEL CONTRATO DE REASEGURO
Límite del contrato en Pesos y Dólares USD Retención de la compañía Monto y Porcentaje (%) Cesión Monto y Porcentaje (%)
ESTRUCTURA DEL CONTRATO (PROPORCIONAL O NO PROPORCIONAL)
NOMINA DE REASEGURADORES DEL CONTRATO
Reasegurador | Calificación | Vida % | Reacoex |
NOMBRE /REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO 8 INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
DESCRIPCIÓN INDICADORES DE LOS NIVELES DE CUMPLIMIENTO | DETALLE | TIEMPOS | NIVEL DE CUMPLIMIENTO | VALOR DE LA SANCIÓN POR CADA INCUMPLIMIENTO | |
1 | Oportunidad en el Pago de Facturas por reintegros xx xxxxxx | Después del recibo de las facturas de cobro por reintegros xx xxxxxx a favor de los clientes, se cuenta el tiempo que le toma a la aseguradora efectuar el pago. | 10 días hábiles a partir de la solicitud realizada por BANCO CAJA SOCIAL | 100% mensual | |
2 | Oportunidad Entrega de información de pagos del día | Después del pago de los siniestros por parte de la aseguradora, enviar el mismo día del pago, la relación de los clientes a los que correspondan cada pago con la indicación del tipo de siniestro | El mismo día del pago | 100% mensual | |
3 | Oportunidad en el Proceso de Conciliación Prefactura | Prefactura- por recaudos/causación xx xxxxxx | Confirmación de la prefactura dentro los primeros 20 días hábiles del mes (informes calendarios mensuales). | 98% de todos los informes, calculado semestralmente. | 1 SMLMV |
4 | Oportunidad en la respuesta de interfaces (ventas, novedades, cancelaciones) | Entrega del log de cargue de interfaces por parte de la aseguradora en las rutas definidas | Diariamente la aseguradora deberá colocar en la ruta definida, el log de cargue realizado el día hábil inmediatamente anterior | 100%, calculado mensualmente | |
5 | Oportunidad en la entrega de Inventarios de Pólizas | Entrega de los inventarios de pólizas radicadas en la aseguradora con corte mensual. | Dos días hábiles después del cierre de mes se debe remitir al Banco el inventario integral de pólizas | 100%, calculado semestralmente | |
6 | Calidad en la información remitida por la aseguradora | Consistencia de la información entregada para realizar los procesos internos del Banco | Mensualmente se realiza convalidación de la consistencia de las novedades aplicadas sobre el inventario de pólizas | 100%, calculado mensualmente |
7 | Informes | 1. Análisis y solución de los casos de clientes con la respuesta y el cierre del mismo acorde al estándar de servicio del banco 2. Reporte detallado Pago de siniestros, objetados y en vencimiento de términos 3. Reporte respuesta a clientes PQR,S, con detalle tipo de entrada, tiempo y resolución 4. Informe cumplimiento de los centros médicos y laboratorios con tiempo de proceso | Quincenalmente y mensualmente | 95% de todos los informes, calculado mensualmente |
ANEXO 9
DETERMINACIÓN DEL CÁLCULO DE LA TARIFA MEDIA
TASA MEDIA COMERCIAL INCENDIO
La Tasa media comercial está dada por la siguiente fórmula:
Donde:
:= Corresponde a la ciudad. Se tiene en cuenta ciudades.
:= Corresponde al valor asegurado de incendio para la ciudad .
= Corresponde a la tasa comercial más IVA de Incendio, para la ciudad
TASA MEDIA COMERCIAL TERREMOTO
La Tasa media comercial está dada por la siguiente fórmula:
Donde:
:= Corresponde a la ciudad. Se tiene en cuenta ciudades.
:= Corresponde al valor asegurado de terremoto para la ciudad .
= Corresponde a la tasa comercial más IVA de terremoto, para la ciudad
TASA MEDIA COMERCIAL TOTAL (INCENDIO Y TERREMOTO)
La Tasa media comercial está dada por la siguiente fórmula:
CÁLCULO TASA MEDIA COMERCIAL INCENDIO
A | X | X | X | X | X | X | X | X | |
0 | XXXXXX | XXXXX XXXXXXXXX (1) | TASA COMERCIAL (2) | IVA TASA COMERCIAL (3) | TASA COMERCIAL + IVA (4) | TASA DE RIESGO (5) | GASTO S (6) | RECAUD O (7) | PONDERADO |
2 | Ciudad 1 | (B2*E2)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
3 | Ciudad 2 | (B3*E3)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
4 | Ciudad 3 | (B4*E4)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
5 | Ciudad 4 | (B5*E5)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
6 | Ciudad 5 | (B6*E6)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
7 | Ciudad 6 | (B7*E7)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
8 | Ciudad 7 | (B8*E8)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
9 | Ciudad 8 | (B9*E9)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
10 | Ciudad 9 | (B10*E10)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
11 | Ciudad 10 | (B11*E11)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
… … | …… | … | |||||||
K +1 | Ciudad k | (Bk+1*Ek+1)/SUMA(B2: B k+1) | |||||||
Total | SUMA(B2:B k+1) | ||||||||
SUMA(I2:I k+1) |
(1) Valor asegurado suministrado por el Banco y por ciudad.
(2) Tasa comercial de la postura por ciudad, (2) = (5) + (6) + (7).
(3) IVA sobre la tasa comercial.
(4) Tasa comercial incluido el IVA, (4) = (2) + (3)
(5) Tasa de Riesgo.
(6) Componente de gastos administrativos de la Tasa comercial.
(7) Componente de costos de recaudo de la Tasa comercial.
CÁLCULO TASA MEDIA COMERCIAL TERREMOTO
A | B | C | D | E | F | G | H | I | |
1 | CIUD AD | VALOR ASEGURADO (1) | TASA COMERCIAL (2) | IVA TASA COMERCIAL (3) | TASA COMERCIAL + IVA (4) | TASA DE RIESGO (5) | GASTO S (6) | RECAUD O (7) | PONDERADO |
2 | Ciuda d 1 | (B2*E2)/SUMA(B2:B k+1) |
3 | Ciuda d 2 | (B3*E3)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
4 | Ciuda d 3 | (B4*E4)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
5 | Ciuda d 4 | (B5*E5)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
6 | Ciuda d 5 | (B6*E6)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
7 | Ciuda d 6 | (B7*E7)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
8 | Ciuda d 7 | (B8*E8)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
9 | Ciuda d 8 | (B9*E9)/SUMA(B2:B k+1) | |||||||
10 | Ciuda d 9 | (B10*E10)/SUMA(B 2:B k+1) | |||||||
11 | Ciuda d 10 | (B11*E11)/SUMA(B 2:B k+1) | |||||||
… … | …… | … | |||||||
K+ 1 | Ciuda d k | (Bk+1*Ek+1)/SUMA( B2:B k+1) | |||||||
Total | SUMA(B2:B k+1) | ||||||||
SUMA(I2:I k+1) |
(1) Valor asegurado suministrado por el Banco y por ciudad.
(2) Tasa comercial de la postura por ciudad, (2) = (5) + (6) + (7).
(3) IVA sobre la tasa comercial.
(4) Tasa comercial incluido el IVA, (4) = (2) + (3)
(5) Tasa de Riesgo.
(6) Componente de gastos administrativos de la Tasa comercial.
(7) Componente de costos de recaudo de la Tasa comercial.
TASA MEDIA COMERCIAL TOTAL (INCENDIO Y TERREMOTO)
A | B | |
1 | TOTAL VALOR ASEGURADO INCENDIO | TASA MEDIA COMERCIAL DE INCENDIO |
2 | TOTAL VALOR ASEGURADO TERREMOTO | TASA MEDIA COMERCIAL DE TERREMOTO |
TASA MEDIA COMERCIAL TOTAL | (A1*B1+A2*B2)/(A1+A2) |
ANEXO 10
MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA POSTURA
Bogotá D.C., de 2019
Doctor
XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX
Presidente
BANCO CAJA SOCIAL
Ciudad
El suscrito, en representación de ofrece asegurar los intereses que BANCO CAJA SOCIAL contrate como tomador de Seguros por cuenta de sus deudores.
Además declaro:
1. Que conozco el pliego de condiciones para proponer y acepto los requisitos contenidos en él.
2. Que ninguna persona o entidad distinta a la aquí nombrada tiene intereses en esta propuesta, ni en las pólizas que como consecuencia de ella deben suscribirse y que, por consiguiente, sólo compromete a los firmantes.
3. Que me he enterado suficientemente de las características particulares de los intereses objeto del Seguro y de los riesgos que se pretenden amparar.
4. Que en caso de que se seleccione a la Compañía que represento, me obligo a otorgar la Póliza de Cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del Contrato.
5. Que me comprometo a que la Compañía que represento expida las pólizas con las características que se exigen en el Pliego de Condiciones.
6. Que me comprometo a que la compañía que represento dará continuidad a los programas de seguro que se desarrollan en la actualidad con ocasión de las operaciones de crédito o los contratos de leasing habitacional.
7. Manifiesto que ninguna de las causales legales de inhabilidad o incompatibilidad que regulan la actividad aseguradora me son aplicables ni a la persona jurídica que represento.
8. Que el valor de nuestra propuesta incluye el total de los costos y gastos necesarios para constituir las pólizas.
Atentamente. Razón Social NIT
Nombre y cargo del funcionario autorizado para firmar esta propuesta, dirección comercial del proponente, teléfono, dirección de correo electrónico.
ANEXO 11
CERTIFICADO DEL REVISOR FISCAL EN EL CUAL CONSTE EL RESULTADO TÉCNICO DE LA ENTIDAD ASEGURADORA OFERENTE CON CORTE AL 30 XX XXXXX DE 2018
RESULTADO TÉCNICO XXXXX Y NETO A LA FECHA XX XXXXX DEL 30 XX XXXXX DE 2018 (EN MILLONES DE PESOS)
1 Total primas devengadas | $ |
2 Siniestros pagados | $ |
3 Siniestros de aceptación | $ |
4 Reembolso siniestros Cesiones | $ |
5 Salvamentos | $ |
6 Recobros | $ |
7 TOTAL SINIESTROS RETENIDOS | $ |
(2 + 3 – 4 – 5 – 6) | |
8 Constitución Reserva Siniestros | $ |
9 TOTAL SINIESTROS INCURRIDOS | $ |
(7 + 8) | |
10 UTILIDAD TÉCNICA BRUTA | $ |
(1 – 9) | |
11 Otros productos de seguro y Reaseguro | $ |
12 Otros Costos de Seguro | $ |
13 Gastos de ventas | $ |
14 Provisión Cuentas x Cobrar Activ.Aseg. | $ |
15 RESULTADO TÉCNICO BRUTO | $ |
(10 + 11 – 12 – 13 – 14) | |
16 Gastos Administrativos | $ |
17 RESULTADO XXXXXX XXXX | $ |
(15 – 16) |
NOMBRE/ FIRMA REVISORIA FISCAL