Auditorías Cláusulas de Ejemplo

Auditorías. El Proveedor de servicios se compromete a llevar registros contables y a conservar comprobantes, datos estadísticos o cualquier otro documento pertinente relacionado con los Servicios, con arreglo a los principios de contabilidad generalmente aceptados, a fin de justificar adecuadamente todos los gastos directos e indirectos de cualquier índole, derivados de las transacciones relacionadas con los Servicios prestados, según lo dispuesto en el presente Contrato. El Proveedor de servicios pondrá a disposición de la OIM o del representante designado por ésta dichos registros y documentos en un tiempo prudencial durante un plazo de siete (7) años a partir de la fecha del último pago, con fines de inspección, auditoría o reproducción. Los empleados del Proveedor de servicios tendrán que estar a disposición para ser entrevistados previa petición.
Auditorías. El FCAS o la persona que dicha oficina designe se reserva el derecho de efectuar auditorias y supervisiones de la ejecución del Contrato, incluidas inspecciones, auditorias documentales e in situ, sobre la utilización de los Fondos por parte del Consultor. El Consultor permitirá que la entidad contratante, o su representante designado y/o el FCAS, a través de su Oficina Técnica de Cooperación del AECID en Ecuador así como cualquier persona designada por ésta, periódicamente inspeccione la ejecución del Contrato, controle, tanto en las instalaciones del Consultor como en las de sus Subconsultores, así como en el sitio del proyecto, hasta cinco (5) años después de la expiración o la rescisión de este Contrato, obtenga copias de ellos. Para el efecto de los anteriores controles, el Consultor deberá otorgar todas las facilidades y conservar la información completa durante el periodo de tiempo indicado.
Auditorías. En términos de lo que establece el artículo 107 del Reglamento de “LA LEY”, la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control en el SAT, con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que practiquen, podrán solicitar al proveedor información y/o documentación relacionada con los contratos o pedidos. Para estos efectos, el contrato respectivo indicará que el o los licitantes adjudicados deberán proporcionar la información que en su momento requieran los Órganos Fiscalizadores.
Auditorías. Las “PARTES” se obligan a entregar toda la información y documentación que al efecto le requiera la otra parte respecto del Contrato, para la atención de auditorías practicadas por la Auditoría Interna en ejercicio de sus funciones u otros órganos fiscalizadores competentes. Dicha información podrá entregarse a la Auditoría Interna y demás órganos fiscalizadores competentes o Autoridades Competentes que así se lo soliciten. La “DEPENDENCIA” o “ENTIDAD” sabe y conoce que la Secretaría de la Función Pública en el ejercicio de sus facultades, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las dependencias o entidades que realicen adquisiciones, arrendamientos y servicios, e igualmente podrá solicitar a los servidores públicos de la “DEPENDENCIA” o “ENTIDAD” todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. Asimismo, la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control en la “DEPENDENCIA” o “ENTIDAD”, con motivo de las auditorias, visitas o revisiones que practiquen, podrán solicitar a “PEMEX TRI” información o documentación relacionada con el presente contrato, por lo que este último deberá proporcionar la información que en su momento le sea requerida.
Auditorías. (a) Auditoría de información. UPS o la entidad que designe podrán llevar a cabo auditorías en una fecha y momento acordados mutuamente, en sus instalaciones, para asegurarse de que Usted cumple con el Artículo 1 de las Políticas de Información y Uso General. Dicha auditoría se llevará a cabo para minimizar razonablemente cualquier perturbación de Sus operaciones. Usted acepta proporcionar una cooperación razonable con UPS o su representante y un acceso razonable a sus instalaciones y al personal correspondiente necesario para dicha auditoría. Usted acepta responder con prontitud y de forma adecuada a cualquier consulta de UPS o su representante relacionada con dicha auditoría.
Auditorías. 7.7.1. Alcance. Los términos de esta Sección 7.7 se aplican a pesar de cualquier disposición en contrario. LLA acepta que las obligaciones del Proveedor en virtud de esta Sección 7.7 se limitan a los procesos del Proveedor de Datos Personales en relación con los Servicios.
Auditorías. Mantenimiento de cuentas. La contabilidad de la Concesión será llevada por el Concesionario de acuerdo con los Procedimientos de Contabilidad. Inspección de cuentas. Las cuentas, sus respectivos comprobantes y documentos relacionados, que puedan razonablemente ser requeridos para propósitos de inspección de los asuntos financieros del Proyecto, se mantendrán a disposición del Concedente y del Supervisor, los que podrán tomar las acciones que juzguen pertinentes dentro de un plazo de cinco (5) Años contados a partir de la fecha de entrega de cualquier estado financiero auditado enviado al Concedente de acuerdo con los Procedimientos de Contabilidad. Inspección de calidad. La inspección y evaluación de la calidad de las actividades de construcción, operación y mantenimiento de las Obras, así como de la prestación del Servicio, tal como se detalla en el presente Contrato, corresponderá al Supervisor, quien podrá acceder libremente a las instalaciones y equipos del Concesionario, del Constructor y/o del Operador, a fin de realizar las inspecciones que considere pertinentes.
Auditorías. En relación con lo establecido en el Artículo 7.03 de las Normas Generales, los estados financieros del Proyecto, durante el período de su ejecución, se presentará debidamente dictaminados por una firma de contadores públicos independiente aceptable para el Banco.
Auditorías. El Cliente mantendrá en todo momento registros que identifiquen específicamente al Software otorgado en licencia bajo este Acuerdo, la ubicación de cada copia del mismo y la ubicación e identidad de los terminales y servidores en los que está instalado el Software. Durante el horario comercial normal, SISW podrá realizar una auditoría, previa notificación con antelación razonable, para determinar el cumplimiento del Cliente con los términos y condiciones de este Acuerdo. El Cliente permitirá a SISW o sus agentes autorizados acceder a las instalaciones, terminales y servidores del Cliente, cooperando por lo demás plenamente con SISW en dicha investigación y tomando todas las medidas comercialmente razonables para ayudar a SISW a determinar detalladamente el cumplimiento del Cliente con los términos y condiciones de este Acuerdo. SISW y sus agentes autorizados cumplirán con las normas de seguridad razonables del Cliente mientras permanezcan en las instalaciones del Cliente.
Auditorías. El Contratista se compromete a llevar registros contables, con arreglo a los principios de contabilidad generalmente aceptados, de todos los gastos directos e indirectos de cualquier naturaleza derivados de las transacciones relacionadas con los servicios prestados en virtud de este Contrato. El Contratista pondrá a disposición de la OIM o del representante designado por ésta dichos registros en un tiempo prudencial durante un plazo de siete (7) años a partir de la fecha del último pago, con fines de inspección, auditoría o reproducción. Los empleados del Contratista tendrán que estar a disposición para ser entrevistados previa petición.