Definición de Centro Comercial

Centro Comercial hace referencia a los distintos establecimientos donde se prestan servicios a los titulares de tarjetas de regalo y se les autoriza a aceptar la Tarjeta de Regalo.
Centro Comercial. Conjunto de establecimientos comerciales independientes ubicados en el interior de una construcción de gran tamaño, con una superficie mínima de 5.000 m2 de superficie bruta alquilable, cerrada y techada con accesos comunes a su interior, disponien- do de servicios comunes y permanentes, durante las 24 horas del día, de mantenimiento, vigilancia y seguridad.
Centro Comercial. Es la estructura con el nombre señalado en el Contrato respectivo, la misma que en adelante se le podrá denominar como el “Centro Comercial”, construido en varios pisos, reservándose la Concedente / Compañía o Compañía Promotora la facultad de cambiar, modificar o realizar cualquier tipo de obra en la estructura del edificio, estacionamientos, jardines y cualquier otra área del Centro Comercial, a criterio de la Concedente / Compañía o Compañía Promotora, de acuerdo con su propia planificación

Examples of Centro Comercial in a sentence

  • Mérida: Local 39 Planta Alta del Centro Comercial “Plaza San Xxxxxx”, Predio 218 de la xxxxx 00 x 000 xx xx xxxxx 00, Xxx.

  • Que esta Dirección en uso de sus facultades y cumpliendo con sus funciones arrendó la Bodega ubicada en Centro Comercial e Industrial de Ternera 2, identificada como Bodega 1-01, el cual estuvo vigente hasta el día 31 de diciembre de 2018, por lo que es imperioso suscribir nuevamente el contrato de arriendo para garantizar el espacio adecuado a la Oficina xx Xxxxxx de la Secretaría de Hacienda.

  • Xxxxx Xxxxx Gutiérrez, D.N.I. Nº 12.187.266, CUIT Nº 27- 00000000-3, casada, con xxxx- xxxxx real en Barrio Jardín Norte, Manzana 54 Casa 7 xx Xxxxxxx- ta, Las Xxxxx, Xxxxxxx, naciona- lidad argentina, profesión ama de casa, nacida el 22 xx Xxxx de 1956; el Xx. Xxxxxxxx Xxxx Pos- tigo, D.N.I. Nº 27.969.564, CUIT Nº 20-00000000-0, soltero, con do- micilio real en Centro Comercial Uspallata s/n, Las Xxxxx, Uspa- xxxxx, Xxxxxxx, de nacionalidad argentina, comerciante, nacido el 15 de Febrero de 1980 y la Xxx.

  • La base de datos “Clientes” es una Base de Datos de ALTICA SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA., empresa domiciliada en San Xxxx-Escazú, San Xxxxxx, Guachipelín, quinientos metros al norte de McDonald’s, en Centro Comercial Distrito Cuatro, oficina cuatrocientos uno, cuatro piso.

  • Por otra parte, tres importantes centros comerciales se ubican en la localidad: ▪ Diverplaza Álamos ▪ Unicentro de Occidente ▪ Centro Comercial Portal de la 80 ▪ También, sobre el eje vehicular de la Avenida El Dorado se encuentran varias industrias aledañas al Terminal Puente Aéreo, y asimismo la sede de los dos periódicos nacionales, El Tiempo y El Espectador.

  • LUGAR DE PRESENTACIÓN DE PETICIONES, QUEJAS Y RECURSOS El suscriptor y/o usuario podrá presentar peticiones, quejas, reclamaciones y recursos en las Oficinas de Atención al Usuario de ACUACAR y a través de los medios dispuestos para este propósito: ● Presencial: Dirección: Centro Comercial La Plazuela Piso 1 Local 1-24.

  • Si usted tiene preguntas sobre éste Acuerdo o si necesita información sobre su Tarjeta de Regalo, el Centro Comercial y los Comerciantes participantes, por favor visite xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx o llame al 800-803- 7176.

  • ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA LA CONTRATACIÓN DE LA INTERVENTORÍA A LA CONSTRUCCIÓN XXX XXXXXX PEATONAL “MERCURIO” (INCLUIDO ESTUDIOS Y DISEÑOS), EN EL SECTOR XX XXXXXX DEL PROYECTO VIAL BOSA-GRANADA-GIRARDOT Costado Sur Costado Norte: Centro Comercial “Mercurio” Requerimiento Predial.

  • El predio del costado norte corresponde a cesión por parte del Centro Comercial Mercurio; por su parte el predio del costado sur hace parte de un predio de mayor extensión en proceso de adquisición por parte del Concesionario para la intersección a desnivel del sector San Xxxxx.

  • Que, el Director Financiero de Xxxxxxxx solicitó continuar contando con la bodega para almacenamiento de los decomisos que viene tomada en arriendo por esta Dirección, teniendo en cuenta oficio GOBOL 16-022183 de julio 29 de 2016, de la Secretaría de Infraestructura donde da concepto favorable a la propuesta de la Inmobiliaria Xxxxxx y Xxxxxxx de una Bodega Ubicada en Centro Comercial e Industrial de Ternera 2, identificada como Bodega 1-01.


More Definitions of Centro Comercial

Centro Comercial significa el nombre del Centro Comercial que llevara la Tarjeta de Regalo el cual distribuira y mercadeara la Tarjeta de Regalo. “Comerciante” significa almacén al detalle ubicado o asociado con el Centro Comercial que está de acuerdo con aceptar la Tarjeta de Regalo para compras de los bienes y/o servicios. “Usted” significa el Tarjetahabiente.
Centro Comercial significa el centro comercial identificado en la Tarjeta regalo y/o cualquier holding empresarial o filial según lo establecido en la Sección 1159 de la ley sobre empresas de 2006.“Euros” hace referencia a la divisa euro. “Nosotros” y “nos” y “nuestro” se entiendo como SFS.“Usted” y “Su” y “Vuestro” se entienden como el Titular de la Tarjeta Regalo.
Centro Comercial. − Interconexión con la CPA y el Corredor − Estación para la futura Línea 2 del metro

Related to Centro Comercial

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Cinco de agosto de dos mil dieciséis (05/06/2016).

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Equipo significa el módem, enrutador u otro equipo suministrado por Verizon para utilizar con el Servicio. Para evitar dudas, el término “Equipo” deberá incluir los enrutadores que Verizon le proporcione y que usted haya alquilado o deba devolver a Verizon una vez que finalice o cancele el Servicio, pero no incluirá los enrutadores que usted le haya comprado a Verizon o a un tercero.

  • Asegurado Persona física o jurídica que en sí misma o en sus bienes está expuesta al riesgo. Es titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador, asume los derechos y las obligaciones derivadas del contrato.

  • Prácticas Coercitivas Es dañar o perjudicar, o amenazar con dañar o perjudicar directa o indirectamente a cualquier parte, o a sus propiedades para influenciar inapropiadamente la actuación de una parte.

  • Enmienda Comunicación escrita, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones, con el fin de modificar el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otra Enmienda y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • Servicios significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la primera parte de este Contrato.

  • Fuente Ley Nº 18.620, Artículo Primero, Artículo 119.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO N° 11

  • Pedido Orden de compra puntual remitida al proveedor donde se fijan precios, plazos y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio previamente adjudicado.

  • ACCESORIOS Componentes o partes, tales como cables, microfiltros u otros, que se incluyen dentro del KIT DE CONEXIÓN, necesarias para llevar a cabo la conexión del EQUIPO TERMINAL con el EQUIPO DE CÓMPUTO.

  • Seguro X Marque si NO SE APLICA

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.