Definición de LA TARJETA

LA TARJETA. Es el medio de pago de la Marca, físico o virtual, habilitado para realizar pago de bienes y servicios a través del Sistema de Pagos de la Marca en EL SUBCOMERCIO. La tarjeta podrán ser tarjetas débito o tarjetas de crédito, emitidas por entidades financieras legalmente constituidas en Colombia. (EL AGREGADOR se reserva el derecho de permitir la realización de compras a través de tarjetas emitidas por entidades financieras extranjeras).
LA TARJETA. Es el instrumento magnético, electrónico o de cualquier otra 9 tecnología emitido por BANCARIBE, bajo las denominaciones Visa Clásica, Dorada, 10 Platinum o Signature Bancaribe; y/o, MasterCard Clásica, Dorada, Platinum o Black
LA TARJETA. Es el instrumento magnético, electrónico o de cualquier otra tecnología, incluso desmaterializado, emitido por BANCARIBE bajo las franquicias Visa y/o MasterCard, regulado por el presente contrato, que identifica a EL TARJETAHABIENTE y acredita una relación contractual entre EL CLIENTE y BANCARIBE, en virtud del otorgamiento de un crédito a corto plazo. LA TARJETA podrá ser utilizada para (i) el financiamiento de capital de trabajo; (ii) el pago de gastos de viaje, gastos recurrentes o de representación; (iii) la adquisición de bienes y servicios; o, (iv) cualquier otro concepto que acuerden BANCARIBE y EL CLIENTE. LA TARJETA podrá ser utilizada en forma amplia o restringida, esto es, (i) en algunos o todos los NEGOCIOS AFILIADOS; (ii) en una o varias categorías de NEGOCIOS AFILIADOS; o, (iii) cualquier otra modalidad que EL CLIENTE acuerde con BANCARIBE.

Examples of LA TARJETA in a sentence

  • EL TITULAR podrá afiliar sus Tarjetas de Débito (en adelante en singular LA TARJETA) la Banca por Internet de EL BANCO para efectuar operaciones y recibir información en línea de sus cuentas.

  • EL BANCO: es BAC INTERNATIONAL BANK, INC., sociedad anónima debidamente organizada y constituida de conformidad con las leyes de la República de Panamá, al cual se le efectuarán los pagos a que dé lugar la utilización de LA TARJETA por parte del TARJETAHABIENTE.

  • LA TARJETA: es la tarjeta de crédito otorgada por EL BANCO a EL TARJETAHABIENTE, para que éste pueda realizar sus pagos por la adquisición de bienes y servicios de EL AFILIADO.

  • LA TARJETA podrá operar a través de la Red de Agencias, Red de ATM’s, u otros medios y/o servicios que LA CAJA tenga establecidas o establezca al tiempo de la implementación, desarrollo y/o ejecución de cada servicio, propios o derivados de convenios que celebre con otras instituciones, que tenga establecidos a la fecha de la celebración del presente contrato o que decida establecer en el futuro.

  • LA CAJA no asume responsabilidad alguna por la negativa de devolución, ni por la calidad, cantidad o características de los Bienes o Servicios que EL CLIENTE adquiere con LA TARJETA en los establecimientos afiliados.

  • En el caso que LA CAJA establezca la posibilidad de realizar consumos o disposiciones en efectivo en el exterior, con cargo a las cuentas afiliadas de EL CLIENTE, éstos se regirán conforme a las normas legales y prácticas comerciales de la plaza en la que se haga uso de LA TARJETA.

  • Si EL TARJETAHABIENTE o sus ADICIONALES cometieran fraude mediante el uso de LA TARJETA o estuviere incriminado en el hurto o robo de la misma para cometer actos fraudulentos.

  • EL TARJETAHABIENTE por este medio autoriza a EL BANCO a que pueda enviar LA TARJETA sin activar por correo, o entregarla a la dirección u oficina registrada en EL BANCO a cualquier persona mayor de dieciocho (18) años que la pueda recibir en nombre de EL TARJETAHABIENTE.

  • Para el uso de la Banca por Internet, será indispensable que EL TITULAR utilice LA TARJETA o el número de ésta, así como una firma electrónica consistente en una clave secreta y confidencial adicional a la que ya pueda tener, denominada Clave de seis (6) dígitos, conformada por seis (6) dígitos u otra forma de codificación que establezca EL BANCO.

  • EL TARJETAHABIENTE: es el beneficiario del crédito otorgado por EL BANCO, quien realizará sus pagos de acuerdo con el presente contrato y cancelará a EL AFILIADO los bienes y servicios mediante la presentación de LA TARJETA y/o la firma del respectivo comprobante.


More Definitions of LA TARJETA

LA TARJETA. Es el medio de pago de la Marca, físico o virtual, habilitado para realizar pago de bienes y servicios a través del Sistema de Pagos de la Marca en EL SUBCOMERCIO. MODELO DE AGREGADOR DEL BANCO: Es el mecanismo definido por el Banco, en observancia de las Reglas de la Marca, mediante el cual es posible que un Establecimiento de Comercio afiliado al Servicio de Adquirencia del Banco y al Sistema de Pagos de la Marca, denominado EL AGREGADOR, se encuentra habilitado para afiliar otros Establecimientos de Comercio, denominados SUBCOMERCIOS, al Sistema de Pagos de la Marca. REGLAMENTO ESPECIAL DE LA MARCA: Son los lineamientos y directrices definidos por la Marca y que deben ser observados por todos los establecimientos de comercio afiliados al sistema de Pagos de la Marca para la aceptación de Tarjetas de la Marca. Estos Reglamentos se encuentran a disposición del SUBCOMERCIO publicados en: MasterCard: ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ Visa: ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ American Express: ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ SISTEMA DE PAGOS DE LA MARCA: Es el Sistema de Pagos quien a nivel mundial establece las normas, políticas, directrices y reglas generales del negocio de las tarjetas e instrumentos de pago de Las Marcas.
LA TARJETA. Es el instrumento magnético, electrónico o de cualquier otra 29 tecnología, emitido por BANCARIBE bajo las denominaciones Visa Clásica, Dorada o
LA TARJETA. Es el instrumento magnético, electrónico o de otra tecnología 4 emitido por BANCARIBE, previa solicitud de EL TARJETAHABIENTE, bajo la 5 denominación Maestro Bancaribe, que permite a EL TARJETAHABIENTE 6 realizar consumos o hacer retiros de dinero en efectivo, entre otras transacciones, 7 con cargo automático a los haberes de la CUENTA AFILIADA. El derecho de 8 uso que confiere LA TARJETA, se pacta “intuitu personae”.
LA TARJETA significa cualquier Tarjeta o instrumento de pago que emita American Express Travel Related Services Company, Inc., o cualquiera de sus compañías subsidiarias, filiales, agentes o cualquier otra entidad autorizada o licenciada para emitir Tarjetas con el nombre, la marca o logotipo de American Express, ya sea en México o en el extranjero; “Tarjetahabiente” significa la persona cuyo nombre aparece al frente de La Tarjeta. Para simplificar la redacción de este Contrato, se usará el plural al hacer referencia a los Tarjetahabientes, en el entendido de que cuando no sea apropiado el plural, se utilizará el singular; y “Cargos” significan los pagos y/o las compras realizadas con La Tarjeta. Usted conviene en aceptar la Tarjeta como medio de pago en todos y cada uno de sus Establecimientos en México para la venta de bienes y/o servicios (salvo lo que se menciona más adelante). Esto incluye las ventas realizadas en persona, por teléfono, por correo por Internet o por cualquier otro medio, conocido o por conocerse y que Nosotros podamos implementar en el futuro y así se lo hagamos saber, mediante simple comunicación por escrito, sin necesidad de contar con su aprobación o autorización al respecto. Usted deberá aceptar la Tarjeta sin ninguna discriminación, de conformidad con los términos y condiciones del presente Contrato en todas sus sucursales (“Establecimientos”). Por el simple hecho de aceptar La Tarjeta para la venta de bienes y/o servicios, Usted acepta y se obliga a cumplir con los términos y condiciones del presente Contrato, así como de sus anexos respectivos y con las modificaciones que se hagan de cuando en cuando. Asimismo, Usted acuerda en obligarse y cumplir con nuestras políticas y procedimientos, incluyendo, sin ninguna limitación, aquellos establecidos en las Cláusulas del presente Contrato así como con las modificaciones que se hagan de cuando en cuando.

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  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciséis de junio de dos mil dieciséis (16/06/2016).