Definición de INCAPACIDAD PERMANENTE

INCAPACIDAD PERMANENTE. Se entiende por incapacidad permanente la pérdida orgánica o funcional de los miembros y facultades del Asegurado cuya intensidad se describe en el artículo 60 y sin previsible recuperación.
INCAPACIDAD PERMANENTE. Si un accidente cubierto por esta póliza causara una invalidez permanente del Asegurado, determinada con prescindencia de su profesión u ocupación, el Asegurador pagará al Asegurado una suma igual al porcentaje que corresponda de acuerdo a la naturaleza y gravedad de la lesión sufrida, sobre la suma asegurada estipulada para esta cobertura en las Condiciones Particulares de póliza.
INCAPACIDAD PERMANENTE. Si un accidente cubierto por este seguro causara una invalidez permanente (total o parcial) del Asegurado, determinada con prescindencia de su profesión u ocupación, BBVA Seguros pagará al Asegurado una suma igual al porcentaje que corresponda de acuerdo a la naturaleza y gravedad de la lesión sufrida y según se indica en las Condiciones Generales, sobre la suma asegurada estipulada para esta cobertura en las Condiciones Particulares de póliza.

Examples of INCAPACIDAD PERMANENTE in a sentence

  • En todos aquellos casos en los que la declaración de Incapacidad Permanente Total se produzca de oficio por parte de la administración, y/o el trabajador no haya cedido sus datos médicos, no procederá el pago de este complemento.

  • El empleado deberá aportar a la empresa la resolución de Incapacidad Permanente Total en el plazo de 1 mes desde la declaración firme y definitiva de la situación para que la empresa proceda al pago de la misma, así como el documento de solicitud de revisión de Incapacidad Permanente si es beneficiario de los porcentajes adicionales establecidos.

  • Los porcentajes serán los siguientes: – Incapacidad temporal, hasta el 100 % en los doce primeros meses, el 87,50 %, en la prórroga de seis meses, y el 87,50 % para el período que medie entre el alta médica por agotamiento de la Incapacidad Temporal a los dieciocho meses y la resolución del INSS, u organismo competente, por la que se declare la Incapacidad Permanente en cualquiera de sus grados o se deniegue la misma con declaración de aptitud para el trabajo, hasta el mes treinta como máximo.

  • En caso de Incapacidad Permanente Absoluta, Total o Parcial: - Certificado expedido por la Ayuntamiento, de Xxxxxx acreditativo de la condición de persona asegurada al amparo de ésta póliza.

  • No obstará para el pago de la indemnización que proceda por esta garantía el hecho de que la situación de Incapacidad Permanente Absoluta para cualquier profesión u oficio sea revisable por agravación o mejoría, en los términos de la legislación vigente.

  • En los casos en los cuales inicialmente el órgano administrativo no reconozca dicha situación de Incapacidad Permanente y posteriormente se consiga la misma en virtud de la tramitación del correspondiente procedimiento judicial, en ese caso también se considerará como fecha del hecho causante la de la resolución inicial del Órgano administrativo, por ser esta la fecha de efectos del reconocimiento de la Incapacidad.

  • Dentro de la cobertura de Incapacidad Permanente Absoluta está contemplada la cobertura de Gran Invalidez.

  • En el supuesto contemplado en el artículo 2 del Real Decreto 451/1983, de 11 xx xxxx, será de aplicación para Incapacidad Permanente Absoluta la fórmula de reintegro de la indemnización establecida en el último párrafo del apartado 1 b) del artículo 64.

  • Así como seguro contra riesgo de Incapacidad Laboral Temporal o Incapacidad Permanente y Muerte; enfermedad profesional, cuando así se exija por convenio y los permisos de trabajo y residencia de los trabajadores extranjeros no comunitarios.

  • Estas indemnizaciones se abonarán dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se produzca el hecho causante, al trabajador o su representante legal en el caso de Incapacidad Permanente Absoluta y Gran Invalidez o a los beneficiarios que éste designe en caso de fallecimiento.


More Definitions of INCAPACIDAD PERMANENTE

INCAPACIDAD PERMANENTE. La pérdida orgánica o funcional de los miembros y facultades del Asegurado, cuya recupe- ración no se estime previsible de acuer- do con el dictamen médico.
INCAPACIDAD PERMANENTE. Personas que tienen derecho, tipos de incapacidad, grados, cuantía de la prestación, procedimiento para su evaluación y declaración, lugar de presentación y tramitación, documentación a presentar en la solicitud, compatibilidad con el trabajo, cuándo se extingue.
INCAPACIDAD PERMANENTE es la ausencia definitiva de toda o parte de la capacidad de función o de fisiología del o los órganos o miembros afectados, pudiendo o no estar implicado el aspecto anatómico del órgano o del miembro comprendido.
INCAPACIDAD PERMANENTE son incapacidades permanentes las que imposibilitan al accidentado de una manera definitiva para el trabajo. Será total si la imposibilidad se refiere a todo género de trabajos y será parcial si se refiere sólo a uno o varios géneros de trabajo.
INCAPACIDAD PERMANENTE. Es aquella que imposibilita al accidentado de una manera definitiva para ejercer cualquier actividad remunerada.
INCAPACIDAD PERMANENTE. Es la afectación corporal que imposibilita la actividad diaria xxx xxxxxxx afectado, causando afectaciones hasta el límite de cobertura establecido en esta póliza.

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  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,000.00 (Dos mil y 00/100 Soles).

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • Disponibilidad Se entiende como tener acceso al servicio contratado en el momento en que el usuario lo demande.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Publicidad Con respeto a las normas de Protección de Datos, todo el procedimiento de arrendamiento será publicado por los medios más adecuados y que cuenten con la seguridad suficiente para obtener su máxima difusión dentro del ámbito profesional que se trate en cada caso.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Unidad Unidad (ud)

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Servicio Es el servicio público de transmisión de energía eléctrica a ser prestado por el CONCESIONARIO a través del Proyecto bajo los términos del Contrato y las Leyes y Disposiciones Aplicables.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • Impuestos Significa cualquier forma o tipo de impuesto, carga, gravamen, tasa o arancel impuesto por cualquier autoridad gubernamental, nacional o extranjera, así como cualquier interés, recargos x xxxxx que se generen en relación con los mismos.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Proyecto significa el Programa o Proyecto para el cual se otorga el Financiamiento.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.