Definición de Organismo de Derecho público

Organismo de Derecho público cualquier organismo que reúna todas las características siguientes:
Organismo de Derecho público será cualquier organismo que reúna todas las características siguientes: a) que se haya creado específicamente para satisfacer necesida­ des de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil;
Organismo de Derecho público cualquier organismo: a) creado específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil, b) dotado de personalidad jurídica, y c) cuya actividad esté mayoritariamente financiada por el Estado, los entes territoriales u otros organismos de Derecho público, o bien cuya gestión se halle sometida a un control por parte de estos últimos, o bien cuyo órgano de administración, de dirección o de vigilancia esté compuesto por miembros de los cuales más de la mitad sean nombrados por el Estado, los entes territoriales u otros organismos de Derecho público.

Examples of Organismo de Derecho público in a sentence

  • Proceso de Licitación Procedimiento Abierto Tramitación Ordinaria Presentación de la oferta Electrónica Contrato cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) : Sí Sistema de Contratación No aplica Detalle de la Licitación: Entidad Adjudicadora Tipo de Administración Organismo de Derecho público bajo el control de una autoridad regional Actividad Principal 9 - Educación Tipo de Entidad Adjudicadora Órgano de Contratación Sitio Web xxxx://xxx.xx.xx Perfil del Contratante Dirección Postal Avda.


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Organismo de Derecho público cualquier organismo que reúna todas las características siguientes: (No afecta a la versión española.) 1. A efectos de la presente Directiva, se entenderá por: «entidades adjudicadoras», 1. A efectos de la presente Directiva, se entenderá por «entidades adjudicadoras» las entidades que adjudican una concesión con vistas al desarrollo de una actividad recogida en el anexo III, a saber: (1) el Estado, las autoridades regionales o locales, los organismos de Derecho público, y las asociaciones constituidas por una o varias de tales autoridades o de tales organismos de Derecho público, según se determinaba en el artículo 3, apartados 2 a 4; a) las autoridades estatales, regionales o locales, los organismos de Derecho público, y las asociaciones constituidas por una o varias de tales autoridades o de tales organismos de Derecho público, según se determinaba en el artículo 3, apartados 2, 3 y 4; (2) las empresas públicas definidas en el apartado 2 del presente artículo; b) las empresas públicas definidas en el apartado 2 del presente artículo; (3) entidades que no son poderes adjudicadores ni empresas públicas y que operan con arreglo a derechos especiales o exclusivos otorgados por una autoridad competente de un Estado miembro, c) las entidades que no son poderes adjudicadores ni empresas públicas pero que operan con arreglo a derechos especiales o exclusivos otorgados por una autoridad competente de un Estado miembro para el ejercicio de una de las actividades contempladas en el anexo III.
Organismo de Derecho público cualquier organismo que reúna todas las características siguientes: a) que se haya creado específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil. b) que esté dotado de personalidad jurídica propia. c) que esté financiado mayoritariamente por el Estado, las autoridades regionales o locales, u otros organismos de Derecho público, o cuya gestión esté sujeta a la supervisión de dichas autoridades u organismos, o que tenga un órgano de administración, de dirección o de supervisión, en el que más de la mitad de los miembros sean nombrados por el Estado, las autoridades regionales o locales, u otros organismos de Derecho público.” Es evidente y claro que los apartados b y c se cumplen en el presente caso, centrándose la cuestión en el apartado a) y si el carácter industrial o mercantil existe o no. La creación de Mercagranada, según se desprende de los estatutos y acuerdos correspondientes, obedeció a la necesidad de satisfacer una necesidad de interés general demandado en su momento. La evolución de la sociedad y la economía española ha matizado estas necesidades y ha provocado cambios normativos adaptados a la nueva realidad. A este respecto destacamos la Resolución nº 0221/2017, del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, que analiza la condición de poder adjudicador de Mercavalencia, la citada resolución incluye el siguiente análisis compartido por este Tribunal: La jurisprudencia comunitaria distingue los siguientes rasgos del carácter industrial o mercantil: "opera en condiciones normales xx xxxxxxx, tiene ánimo de lucro y soporta las pérdidas derivadas del ejercicio de su actividad". Cabe recoger aquí la postura de la Abogacía General del Estado, en su informe A.G. Ente Públicos 83/13 (R-754/2013) de 10 de septiembre de 2013, recogiendo entre otros el fundado criterio del Consejo de Estado para casos análogos, concluye que MERCASA no es poder adjudicador con base en los siguientes argumentos: “Expuestos los criterios legales y jurisprudenciales que permiten diferenciar los conceptos de poder adjudicador y de poder no adjudicador, procede examinar en cuál de dichas categorías jurídicas se ha de considerar incluida la sociedad estatal MERCASA. El artículo 2 del Decreto 975/1966, de 7 xx xxxxx, por el que se autorizó la constitución de MERCASA, establece que su objeto social "será la construcción e instalación de mercados centrales dotados de depósito, tipificación y lonja, explotación y...
Organismo de Derecho público cualquier organismo que reúna todas las características siguientes: a) que se haya creado específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil; Artículo 9, pfo 2, letra a). Es considerado "organismo de Derecho público" cualquier organismo: a) creado específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil.
Organismo de Derecho público cualquier organismo que reúna todas las características siguientes: b) que esté dotado de personalidad jurídica propia, Artículo 9, pfo 2, letra b). Es considerado "organismo de Derecho público" cualquier organismo: b) dotado de personalidad jurídica
Organismo de Derecho público cualquier organismo que reúna todas las características siguientes: (...) c) que esté financiado mayoritariamente por el Estado, las autoridades regionales o locales, u otros organismos de Derecho público, o cuya gestión esté sujeta a la supervisión de dichas autoridades u organismos, o que tenga un órgano de administración, de dirección o de supervisión, en el que más de la mitad de los miembros sean nombrados por el Estado, las autoridades regionales o locales, u otros organismos de Derecho público. Artículo 9, pfo 2, letra c). Es considerado "organismo de Derecho público" cualquier organismo: (…) c) cuya actividad esté mayoritariamente financiada por el Estado, los entes territoriales u otros organismos de Derecho público, o bien cuya gestión se halle sometida a un control por parte de estos últimos, o bien cuyo órgano de administración, de dirección o de vigilancia esté compuesto por miembros de los cuales más de la mitad sean nombrados por el Estado, los entes territoriales u otros organismos de Derecho público.

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  • Indicador de desempeño Programa de capacitación elaborado e implementado. Registro de asistencia del personal en base a la nómina vigente. Plazo: mes 11

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Autoridad Gubernamental Significa cualquier gobierno, funcionario, departamento de gobierno, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal, estatal o municipal, con jurisdicción sobre los asuntos relacionados al presente Contrato y a cualesquiera de los Documentos del Financiamiento.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Punto de Entrega Es el punto o los puntos en los cuales EL VENDEDOR Entrega y transfiere el derecho de propiedad sobre el Gas a EL COMPRADOR. Lo anterior de conformidad con lo establecido en numeral VIII de las Condiciones Particulares y la Cláusula Décima Segunda de las Condiciones Generales del presente Contrato.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Tercero significa cualquier persona o entidad, excepto el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • Objetivo General Prevenir y eliminar las situaciones de desigualdad entre hombres y mujeres que pudiera haber en la empresa. • Objetivos específicos: - Equilibrar el número de mujeres y hombres que componen la plantilla de la empresa. - Equilibrar la presencia femenina o masculina en aquellos puestos o categorías donde exista una menor representatividad. - Garantizar la igualdad de posibilidades en el desarrollo profesional de mujeres y hombres. - Favorecer el acceso a la formación de toda la plantilla y fundamentalmente de quienes se incorporen de permisos o suspensiones de trabajo. - Garantizar un sistema retributivo, por todos los conceptos, que no genere discriminación por razón de sexo. - Conciliar la ordenación del tiempo de trabajo para el personal con puestos de responsabilidad, mediante la adopción de medidas que hagan compatible la vida personal, familiar y laboral. - Prevención del acoso. - Introducción de la perspectiva de género en la comunicación interna y externa de la empresa. El plan afectará, al menos, a los siguientes ámbitos de aplicación:

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • LA ASEGURADORA Es la Positiva Vida Seguros y Reaseguros que emite la presente póliza, asume los riegos derivados y otorga las prestaciones según lo pactado.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • Contenido significa el contenido suministrado por Verizon o por quienes le otorgan licencias o por sus proveedores externos y a los cuales se puede tener acceso con el Servicio, entre ellos, sin limitaciones, imágenes, fotografías, animaciones, videos, audio, música y texto en cualquier formato.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Objetivos OBJETIVO GENERAL

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,500.00 (Dos mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Contrato de Concesión Significará el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic, suscrito con fecha _____ de ______ de 201__, entre el Concedente y el PRESTADOR en calidad de Concesionario.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.