Definición de Período de Cobranzas

Período de Cobranzas significa el período correspondiente al mes calendario en el cual el Administrador percibe el cobro de los Créditos en el tiempo transcurrido entre el primer y el último Día Hábil del mes inmediato anterior a cada Fecha de Pago de Servicios (con excepción del primer Período de Cobranza, que comenzará a partir de la Fecha xx Xxxxx y finalizará el último Día Hábil del mes inmediato anterior a la primer Fecha de Pago de Servicios).
Período de Cobranzas significa el comprendido (i) entre la Fecha xx Xxxxx, inclusive, y el último día del mes calendario inmediato anterior a la primera Fecha de Pago de Servicios, para el primer Servicio, inclusive, y (b) el mes calendario inmediato anterior a cada Fecha de Pago de Servicios, inclusive, para los siguientes Servicios.
Período de Cobranzas significan aquellos períodos en los que se efectúe la cobranza de los activos fideicomitidos que se extienden: (i) para el primer Período de Cobranza desde la Fecha de Análisis y hasta el día 14 del mes correspondiente a la primera Fecha de Pago, y (ii) para los Períodos de Cobranza sucesivos desde el día 15 del mes correspondiente a cada Fecha de Pago hasta el día 14 del mes correspondiente a la siguiente Fecha de Pago.

Examples of Período de Cobranzas in a sentence

  • El Fiduciario utilizará un poder irrevocable otorgado por el Fiduciante mediante el cual transferirá de la Cuenta de MercadoLibre a la Cuenta Fiduciaria, durante el Período de Cobranzas, los montos necesarios para el pago de los Servicios de los VDF y Gastos del Fideicomiso, es decir el Monto Máximo Cedido.

  • Si los montos acreditados en la Cuenta de MercadoLibre durante cada Período de Cobranzas fueran, a la Fecha de Medición, menores al Requisito de Cobertura Suficiente, dicho evento podrá ser subsanado mediante la constitución del Fondo de Garantía previsto en el artículo 2.14 del presente, en un plazo no mayor a 30 días corridos a contar de ocurrido dicho evento.

  • En caso de que los montos acreditados en la Cuenta de MercadoLibre fueran menores al Requisito de Cobertura Suficiente, el Fiduciario deberá retener de las Cobranzas un monto equivalente a la diferencia entre el Requisito de Cobertura Suficiente y lo efectivamente acreditado en la Cuenta de MercadoLibre correspondiente a dicho Período de Cobranzas, a fin de constituir el fondo de garantía (el “Fondo de Garantía”).

  • La totalidad de la Cobranza de los Créditos durante el Período de Cobranzas inmediato anterior a cada Fecha de Pago, será acreditada en la Cuenta de MercadoLibre.

  • A las 48 horas hábiles de finalizado cada Período de Cobranza (cada una de ellas una “Fecha de Medición”), el Fiduciario, en base a la información suministrada por el Administrador en base al Informe Diario de Cobranzas, deberá comprobar que el monto total que se haya acreditado en la Cuenta de MercadoLibre durante el Período de Cobranzas, sea igual o superior al Requisito de Cobertura Suficiente.

  • Tendrán derecho a pagos mensuales de los siguientes Servicios una vez cancelados íntegramente los VDF, y luego de deducir –de corresponder– las contribuciones al Fondo de Gastos: a) en concepto de amortización la totalidad de los ingresos percibidos por las Cobranzas de los Créditos durante el Período de Cobranzas hasta que su valor nominal quede reducido a pesos cien ($100), saldo que se cancelará con el último pago de Servicios; y b) en concepto de utilidad, el importe remanente.

  • El Fiduciario, utilizando un poder irrevocable otorgado por el Fiduciante, transferirá de la Cuenta de MercadoLibre a la Cuenta Fiduciaria, durante el Período de Cobranzas, los montos necesarios para el pago de los Servicios de los VDF y Gastos del Fideicomiso, es decir el Monto Máximo Cedido.

  • El Fideicomiso debe recibir Cobranzas, durante el Período de Cobranzas, por un monto equivalente como mínimo al Monto Máximo Cedido.

  • En el presente Prospecto, “Factor” es (i) la suma total de los pagos de capital bajo las Letras Hipotecarias (incluyendo sin limitación los pagos de las cuotas de capital, las precancelaciones de capital y los anticipos de capital) efectuados por los Deudores Hipotecarios durante el Período de Cobranzas respectivo; dividido por (ii) el saldo de capital total de dichas Letras Hipotecarias sobre las cuales se recibieron los pagos mencionados en (i), previo a la aplicación de los mencionados pagos.


More Definitions of Período de Cobranzas

Período de Cobranzas. Significa el cada período mensual de pago de los Créditos que comienza el día 24 de cada mes calendario (inclusive) y finaliza el día 24 del mes calendario siguiente (exclusive).

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  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Límite de cobertura Hasta USD $150 (ciento cincuenta dólares exactos) por año póliza, valor, máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 3 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Asegurado La persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador asume las obligaciones derivadas del contrato.

  • LA ASEGURADORA Es la Positiva Vida Seguros y Reaseguros que emite la presente póliza, asume los riegos derivados y otorga las prestaciones según lo pactado.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • Asegurado Titular o "Adherente".

  • Orden de Compra Es la manifestación de la voluntad de una Entidad Compradora de vincularse al Acuerdo Marco de Precios, obligarse a sus términos y condiciones, y es el soporte documental de la relación entre el Proveedor y la Entidad Compradora

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 3

  • Salud – Calidad – Humanización FORMULARIO No.10

  • Aprovechamiento Actividad complementaria del servicio público de aseo que comprende la recolección de residuos aprovechables, el transporte selectivo hasta la estación de clasificación y aprovechamiento o hasta la planta de aprovechamiento, así como su clasificación y pesaje por parte de la persona prestadora.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

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  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • ACCESORIOS Componentes o partes, tales como cables, microfiltros u otros, que se incluyen dentro del KIT DE CONEXIÓN, necesarias para llevar a cabo la conexión del EQUIPO TERMINAL con el EQUIPO DE CÓMPUTO.

  • Enmienda Comunicación escrita, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones, con el fin de modificar el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas, formularios, anexos u otra Enmienda y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.

  • Servicios Conexos significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como seguro, instalación, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del Contrato.

  • Prácticas de Colusión Es un acuerdo entre dos o más partes, diseñado para obtener un propósito impropio, incluyendo el influenciar inapropiadamente la actuación de otra parte.