Definición de Reajuste de Precios

Reajuste de Precios es el único y exclusivo procedimiento que permitirá el reconocimiento de montos mayores de las inversiones consideradas dentro del Presupuesto de Obras de la Primera Fase y dentro del Presupuesto de Obras de la Segunda Fase, por ajuste de precios. De acuerdo con este mecanismo, el Concesionario presentará para la aprobación del Supervisor el reporte de avance mensual de obra correspondiente a cada Fase y frente de trabajo, adjuntando su respectiva valorización. Mediante la aplicación de la Fórmula Polinómica se establecerán las diferencias respecto a los precios del presupuesto de obras de la Fase correspondiente, de acuerdo con el respectivo Expediente Técnico aprobado. Las diferencias por ajuste de precios en cada una de las Fases, se reconocerán en la forma de Cofinanciamiento Compensatorio de acuerdo con lo establecido en las Cláusulas 1.25 y 4.5 del presente Contrato. Las Fórmulas Polinómicas aplicables al sistema de Reajuste de Precios adoptado en el presente Contrato se encuentran en xx Xxxxx 00.

Examples of Reajuste de Precios in a sentence

  • Para el desarrollo de este proceso se aplicará el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública de Construcción y Mantenimiento.

  • No obstante, el Concedente sí reconocerá el Reajuste de Precios de la construcción por inflación, para cuyo efecto se consignará en el Contrato de Concesión el sistema de fórmulas polinómicas correspondientes, el mismo que se precisará en función del contenido de los Expedientes Técnicos.

  • Para los fines de aplicación del sistema de Reajuste de Precios durante la construcción de las Obras Nuevas, de acuerdo con lo previsto en las Cláusulas 1.25, 1.104 y 4.5 del Contrato de Concesión, se ha adoptado referencialmente el siguiente conjunto de Fórmulas Polinómicas (presupuesto de obras sin IGV).

  • Aprobar las valorizaciones mensuales que presente el Concesionario a efectos de aplicación del sistema de Reajuste de Precios previsto en el Contrato de Concesión.

  • Verificar las valorizaciones mensuales que presente el Concesionario con el objeto de activar el mecanismo de Reajuste de Precios previsto en el Contrato de Concesión, y solicitar las correcciones necesarias en los casos necesarios, como paso previo a la aprobación de tales valorizaciones.

  • Tendrá por objeto reembolsar al Concesionario los montos resultantes del procedimiento de Reajuste de Precios de la construcción por inflación, de acuerdo con lo establecido en las Cláusulas 1.25 y 1.104; y se desagrega de acuerdo a lo siguiente: El Cofinanciamiento Compensatorio I: es el reconocimiento aplicable a las Obras Nuevas de la Primera Fase.

  • Lo anterior deberá realizarse según artículo 5 del Reglamento para el Reajuste de Precios de los Contratos de Obra Pública de Construcción y Mantenimiento.

  • Para el reconocimiento del reajuste del precio contratado se aplicará el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública de Construcción y Mantenimiento (en adelante RRP), vigente según Decreto 33114-MEIC del 17 xx xxxx de 2006, y reformado según Decreto 33218-MEIC del 19 de Julio del 2006, y Decreto N° 36943-MEIC del 27 de enero de 2012.

  • El método de cálculo de reajustes debe ajustarse a los siguientes criterios establecidos en la Ley de Contratación Administrativa y el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y de Construcción y Mantenimiento (publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 94 del 17 xx xxxx del 2006).

  • El Reajuste de Precios se efectuará mediante aplicación de las Fórmulas Polinómicas.

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  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 3

  • Precio del Contrato significa el precio pagadero al Proveedor según se especifica en el Convenio de Contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Límite de cobertura Hasta USD $150 (ciento cincuenta dólares exactos) por año póliza, valor, máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 3 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Precio Significa el importe consignado en la oferta.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Documentos del Contrato significa los documentos enumerados en el Convenio de Contrato, incluyendo cualquier enmienda.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,500.00 (Dos mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Aprovechamiento Actividad complementaria del servicio público de aseo que comprende la recolección de residuos aprovechables, el transporte selectivo hasta la estación de clasificación y aprovechamiento o hasta la planta de aprovechamiento, así como su clasificación y pesaje por parte de la persona prestadora.

  • Equipaje Todos los objetos de uso personal que el asegurado lleve consigo durante el viaje, así como los expedidos por el medio de transporte utilizado para el viaje.

  • LA ASEGURADORA Es la Positiva Vida Seguros y Reaseguros que emite la presente póliza, asume los riegos derivados y otorga las prestaciones según lo pactado.

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

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  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que, juntamente con el asegurador, suscribe este contrato, y al que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el asegurado.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Asegurado La persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador asume las obligaciones derivadas del contrato.