Definición de Cofinanciamiento Compensatorio

Cofinanciamiento Compensatorio significará el monto resultante de la aplicación de la Fórmula Polinómica del Anexo 15, durante el proceso constructivo de las Obras Nuevas, que se pagará al Concesionario con cargo a la cuenta cofinanciamiento del Fideicomiso, de acuerdo al procedimiento establecido en la Cláusula 4.5. El Concedente tiene plazo, hasta la fecha de la suscripción del Acta de Terminación, para depositar en las subcuentas respectivas de la cuenta cofinanciamiento compensatorio del Fideicomiso, los recursos necesarios para el pago del Cofinanciamiento Compensatorio, según se trate de la Primera o Segunda Fase. El Concedente emitirá Certificados de Cofinanciamiento Compensatorio tanto para las Obras Nuevas de la Primera Fase como para las Obras Nuevas de la Segunda Fase, según los modelos de los Apéndices 1 y 0 xxx Xxxxx 00.
Cofinanciamiento Compensatorio significará el monto resultante de la aplicación de la Fórmula Polinómica del Anexo 15, durante el proceso constructivo de las Obras Nuevas, que se pagará al Concesionario con cargo a la cuenta cofinanciamiento compensatorio del Fideicomiso, de acuerdo al procedimiento establecido en la Cláusula 4.5.
Cofinanciamiento Compensatorio. Es el monto que se pagará al Fideicomisario Principal, resultante del reajuste de precios por inflación durante la construcción de las obras de la Concesión. El monto correspondiente al Cofinanciamiento Compensatorio será informado por el Gobierno Regional al Fiduciario, a fin que éste efectúe el pago con cargo a la Cuenta Especial - Cofinanciamiento Compensatorio del Fideicomiso.

Examples of Cofinanciamiento Compensatorio in a sentence

  • Las funciones de carácter económico que llevará adelante el Supervisor Especializado tanto en la Primera Fase como en la Segunda Fase, están referidas al control y regulación de los rubros: Cofinanciamiento, Cofinanciamiento Compensatorio, Evento Geológico, Certificados de Avance de Obras y otros aspectos de carácter económico y financiero del Contrato de Concesión.

  • El cálculo del Cofinanciamiento Compensatorio se realizará de manera separada, tanto para la Primera Fase como para la Segunda Fase.

  • Tendrá por objeto reembolsar al Concesionario los montos resultantes del procedimiento de Reajuste de Precios de la construcción por inflación, de acuerdo con lo establecido en las Cláusulas 1.25 y 1.104; y se desagrega de acuerdo a lo siguiente: El Cofinanciamiento Compensatorio I: es el reconocimiento aplicable a las Obras Nuevas de la Primera Fase.

  • Calcular el monto del Cofinanciamiento Compensatorio de manera separada, tanto para la Primera Fase como para la Segunda Fase.

  • Una vez concluidas las Obras Nuevas, emitir un informe final donde indique y certifique los montos del Cofinanciamiento Compensatorio I y II, el cual será remitido al Concedente con copia al Fiduciario.

  • Fecha de emisión: _______ El presente Certificado de Cofinanciamiento Compensatorio – CCC – se emite de conformidad con lo establecido en el Anexo 19 del CONTRATO DE CONCESIÓN, suscrito entre el Xxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxx, representado por el GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD (en adelante, el Concedente) y la empresa _____________ (en adelante, el Concesionario).

  • Se reconocerá el pago de la suma de los Certificados de Cofinanciamiento Compensatorio o del saldo no pagado, en caso no hayan sido cancelados según lo previsto en la Cláusula 4.

  • El Fiduciario será el encargado de realizar el cálculo del costo financiero en el momento del pago del Cofinanciamiento Compensatorio I y II.

  • Una vez recibido y aprobado este informe, el Concedente a través del Supervisor, dará la instrucción al Fiduciario para que cancele los montos correspondientes al Cofinanciamiento Compensatorio I y II con los recursos de las respectivas sub cuentas de la cuenta Cofinanciamiento Compensatorio.

  • Evaluar y emitir un informe trimestral donde se certifique el monto de la variación de precios de construcción, para que el Concedente proceda a emitir el Certificado de Cofinanciamiento Compensatorio – CCC.

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  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

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  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Equipamiento Planos de detalle.

  • Tarjetahabiente El titular y codeudores de una Cuenta de Tarjeta.

  • Cumplimiento significa que el Proveedor ha completado la prestación de los Servicios Conexos de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el Contrato.

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  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Estado Estado Dominicano.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Fuente Elaboración propia

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

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