Aclaración y Elaboración de los Requerimientos y Especificaciones Cláusulas de Ejemplo

Aclaración y Elaboración de los Requerimientos y Especificaciones. Para aclarar y brindar más detalles sobre los requerimientos y especificaciones, el personal de adquisiciones debe tener la oportunidad de un diálogo xxxxxx con las personas que prepararon: (a) la evaluación de las opciones de adquisición; (b) el presupuesto; (c) El requerimiento de compra y, posiblemente, (d) las especificaciones. Una forma de hacer esto es organizar una reunión (o reuniones) informal(es) entre el personal del programa y el personal encargado de concretar las compras para: • Revisar, confirmar, abordar y aclarar todos los aspectos necesarios del requerimiento de compra. • Comprender de forma integral lo que se debe comprar y cuándo debe entregarse. • Conocer información que puede incidir sobre el cronograma de entrega, como las restricciones y peculiaridades en el sistema. • Comprender las razones detrás de los hallazgos y determinaciones que pueden haber sido depurados para fines de consumo oficial. • Comunicar opiniones sobre lo que es posible o no, con base en la experiencia previa del personal de adquisición. (Por ejemplo: ¿La fecha de entrega solicitada es realista? ¿La forma de transporte es práctica? ¿El lugar de la entrega es práctico?). También las fechas de la convocatoria son un factor a considerar; por ejemplo sacar una convocatoria en diciembre no es buena idea porque los proveedores están en actividades de inventarios, vacaciones y otros que hacen prever falta de proponentes. • Abordar las opciones de adquisición y los posibles métodos de adquisición. Este diálogo proporciona una oportunidad importante de abordar problemas antes de que ocurran y sirve para establecer expectativas y obtener una comprensión común del plan. Antes de la fecha de reunión el personal de compras debe haber confirmado el presupuesto y los cálculos de costos, para que, en caso de discrepancias, las mismas puedan abordarse con la parte solicitante. Mientras menos formal sea dicha reunión, los resultados alcanzados serán más efectivos, ya que es probable que se aborden asuntos sobre los cuales existe conflicto entre la política y la realidad—o problemas por la política ejecutiva. Esto se aborda en la Sección F. Las reglas, restricciones y métodos de adquisición son muy importantes, ya que tienen gran influencia sobre el ciclo de compra, el cual, a su vez, ayuda a determinar el plan y la programación de la compra, incluyendo las fechas de entrega.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.