DE LA CONVOCATORIA Cláusulas de Ejemplo

DE LA CONVOCATORIA. 13.- El propósito del llamado a CONCURSO es estimular la industria audiovisual de Jujuy al mismo tiempo que generar contenidos de interés público para ser exhibidos en medios audiovisuales. El PRODUCTOR PRESENTANTE podrá ser PERSONA HUMANA o PERSONA JURÍDICA, pero en ambos casos deberá acreditar domicilio legal en la provincia de Jujuy al menos, desde UN (1) AÑO previo a la fecha del presente CONCURSO, y deberá estar inscripto en dicha provincia en el Registro Público de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual del INCAA (en adelante denominado “RPACA”). Es condición para participar del presente CONCURSO y poder acceder al sistema de inscripción online de la plataforma “INCAA en LÍNEA” estar inscripto en el RPACA. Aquel PRODUCTOR PRESENTANTE que aún no se encuentre inscripto al RPACA, podrá hacerlo en la categoría gratuita de “Concursante”. En caso de resultar ganador, el PRODUCTOR PRESENTANTE deberá inscribirse en la categoría que corresponda, previo a la firma del contrato de instrumentación de premio respectivo. Asimismo, se aclara que el usuario titular registrado en INCAA en LÍNEA será considerado por el INCAA como el único PRODUCTOR PRESENTANTE del proyecto. A los efectos de demostrar el domicilio legal, el PRODUCTOR PRESENTANTE puede acreditarlo de la siguiente forma:
DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de 1 plaza de Auxiliar Administrativo de la Administración General, grupo C, subgrupo C2, con carácter de funcionario xx xxxxxxx, por el turno de promoción interna y mediante el sistema de concurso oposición. En lo no previsto en las presentes bases específicas se estará a lo dispuesto en las bases comunes de la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para 2018 publicadas junto a las presentes en el Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx.
DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de 1 plaza de Oficial de Administración en la plantilla municipal (equiparado al grupo C, subgrupo C1 de funcionarios), con carácter de personal laboral, por el turno de promoción in- terna y mediante el sistema de concurso oposición. En lo no previsto en las presentes bases específicas se estará a lo dispuesto en las bases comunes de la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para 2018 publicadas junto a las presentes en el Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx.
DE LA CONVOCATORIA. La convocatoria se realiza, mediante publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y en un (01) diario de circulación nacional, por una sola vez.
DE LA CONVOCATORIA. Se efectuará de conformidad con los Artículos 103º y 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que se realizará a través de su publicación en el SEACE.
DE LA CONVOCATORIA. Podrán participar personas naturales (profesionales) y/o persona jurídica con experiencia y conocimiento de supervisiones de obra y debe reunir el siguiente perfil profesional: Ingeniero civil y/o arquitecto titulado y habilitado mínimo 07 años de experiencia en Supervisión de obras Estar inscrito en el Registro nacional de proveedores capitulo CONSULTOR DE OBRAS en la especialidad de Edificaciones y no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
DE LA CONVOCATORIA. Artículo 4°
DE LA CONVOCATORIA. 1. Los contratos de adquisiciones, arrendamientos y servicios, se adjudicarán por regla general, mediante licitaciones públicas de conformidad con los artículos 21 al 36 del Acuerdo.
DE LA CONVOCATORIA. La Comisión deberá efectuar la publicación del Concurso Público de Cobertura de Plazas Vacantes Presupuestadas a través del Portal de Ofertas de Empleos y Prácticas en el Estado “Talento ¨Perú”, por diez (10) días hábiles, de acuerdo a lo dispuesto por la Única Disposición Complementaria Modificatoria el Decreto Supremo N° 083-2019- PCM, que aprueba el reglamento del Decreto Legislativo N° 1401, y en la página web del Ministerio de Salud. Dirección Electrónica xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxx/#xxxxxxxx-x- publicaciones. Los postulantes podrán hacer las consultas que estimen pertinentes, únicamente durante la etapa de convocatoria, con documento de fecha cierta, a través de la Secretaría de la Comisión, las cuales serán absueltas, por el mismo medio, por la Comisión del Concurso. Las respuestas a las consultas son aclaratorias y no modifican las presentes Bases, no siendo impugnable y sin derecho a réplica.
DE LA CONVOCATORIA. Se efectúa de conformidad con el Articulo 103 y 105° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que se realizará mediante invitación cursada a no menos de 3 (TRES) proveedores y mediante el Sistema Electrónico de Adquisiciones del Estado SEACE, además de la respectiva notificación a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa – PROMPYME, la que se encargará de dar publicidad a dicha convocatoria entre las MYPES.