Actualización de Expedientes. De conformidad con lo señalado en el Título Primero, Sección Única, cláusula denominada “Recursos de Procedencia lícita” del presente Instrumento, el Banco podrá solicitar al Cliente, información que conforme a las disposiciones legales y regulatorias aplicables esté facultado a requerir, con el objetivo de realizar actualizaciones periódicas al Expediente de identificación del Cliente. Para efectos de lo establecido en el párrafo anterior, el Banco notificará al Cliente la solicitud de información a través de cualquiera de los Medios de Comunicación; en cuyo caso, el Cliente contará con un plazo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de dicha notificación para acudir a cualquiera de las sucursales del Banco a proporcionar la documentación requerida. El Cliente podrá acudir directamente a cualquiera de las sucursales del Banco, o bien, comunicarse al teléfono 00 0000 0000 para requerir información sobre la documentación e información que le fue solicitada. El Cliente reconoce y acepta que de no entregar la información solicitada en el plazo señalado en el párrafo anterior, el Cliente únicamente podrá efectuar disposiciones de efectivo en cajeros automáticos del Banco o de los bancos afiliados al sistema de tarjetas con el que se opere hasta por la cantidad diaria de $200.00 M.N. (Doscientos pesos 00/100 Moneda Nacional) a partir de la fecha de vencimiento del plazo concedido y hasta en tanto hiciere entrega de la información solicitada. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá en cualquier momento realizar el retiro de fondos por un monto superior al anteriormente señalado directamente en cualquiera de las sucursales del Banco.
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Actualización de Expedientes. De conformidad con lo señalado en el Título Primero, Sección Única, cláusula denominada “Recursos de Procedencia lícita” del presente Instrumento, el Banco podrá solicitar al Cliente, información que conforme a las disposiciones legales y regulatorias aplicables esté facultado a requerir, con el objetivo de realizar actualizaciones periódicas al Expediente de identificación del Cliente. Para efectos de lo establecido en el párrafo anterior, el Banco notificará al Cliente la solicitud de información a través de cualquiera de los Medios de Comunicación; en cuyo caso, el Cliente contará con un plazo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de dicha notificación para acudir a cualquiera de las sucursales del Banco a proporcionar la documentación requerida. El Cliente podrá acudir directamente a cualquiera de las sucursales del Banco, o bien, comunicarse al teléfono 00 0000 0000 para requerir información sobre la documentación e información que le fue solicitada. El Cliente reconoce y acepta que de no entregar la información solicitada en el plazo señalado en el párrafo anterior, el Cliente únicamente podrá efectuar disposiciones de efectivo en cajeros automáticos del Banco o de los bancos afiliados al sistema de tarjetas con el que se opere hasta por la cantidad diaria en dólares moneda de curso legal en los Estados Unidos de América equivalente a $200.00 M.N. (Doscientos pesos 00/100 Moneda Nacional) a partir de la fecha de vencimiento del plazo concedido y hasta en tanto hiciere entrega de la información solicitada. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá en cualquier momento realizar el retiro de fondos por un monto superior al anteriormente señalado directamente en cualquiera de las sucursales del Banco.
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Actualización de Expedientes. De conformidad con lo señalado en el Título Primero, Sección Única, cláusula denominada “Recursos de Procedencia lícita” del presente Instrumento, el Banco podrá solicitar al Cliente, información que conforme a las disposiciones legales y regulatorias aplicables esté facultado a requerir, con el objetivo de realizar actualizaciones periódicas al Expediente de identificación del Cliente. Para efectos de lo establecido en el párrafo anterior, el Banco notificará al Cliente la solicitud de información a través de cualquiera de los Medios de Comunicación; en cuyo caso, el Cliente contará con un plazo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de dicha notificación para acudir a cualquiera de las sucursales del Banco a proporcionar la documentación requerida. El Cliente podrá acudir directamente a cualquiera de las sucursales del Banco, o bien, comunicarse al teléfono 00 0000 0000 para requerir información sobre la documentación e información que le fue solicitada. El Cliente reconoce y acepta que que, de no entregar la información solicitada en el plazo señalado en el párrafo anterior, el Cliente únicamente podrá efectuar disposiciones de efectivo en cajeros automáticos del Banco o de los bancos afiliados al sistema de tarjetas con el que se opere hasta por la cantidad diaria de $200.00 M.N. (Doscientos pesos 00/100 Moneda Nacional) a partir de la fecha de vencimiento del plazo concedido y hasta en tanto hiciere entrega de la información solicitada. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá en cualquier momento realizar el retiro de fondos por un monto superior al anteriormente señalado directamente en cualquiera de las sucursales del Banco.
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Actualización de Expedientes. De conformidad con lo señalado El Cliente acepta que si en el Título Primero, Sección Única, cláusula denominada “Recursos de Procedencia lícita” del presente Instrumento, cualquier momento el Banco podrá solicitar al Clientele solicita, información que conforme a las disposiciones legales y regulatorias aplicables esté facultado a requerir, con el objetivo de realizar actualizaciones periódicas al Expediente de identificación del Cliente. Para efectos de lo establecido en el párrafo anterior, el Banco notificará al Cliente la solicitud de información a través de cualquiera de los Medios de Comunicación; , mayor información sobre el origen de los recursos depositados en cuyo casosu cuenta, el Cliente contará con un plazo aun después de 30 los 90 (treintanoventa) días naturales contados a partir de dicha notificación para acudir a cualquiera de las sucursales del Banco a proporcionar la documentación requerida. El Cliente podrá acudir directamente a cualquiera de las sucursales del Banco, o bien, comunicarse al teléfono 00 0000 0000 para requerir información sobre la documentación e información que le fue solicitada. El Cliente reconoce y acepta que de no entregar la información solicitada en el plazo señalado en se refiere el párrafo anterior, el Cliente únicamente podrá efectuar disposiciones tendrá un plazo de efectivo treinta días naturales para presentar dicha información. En caso de que el Cliente no presente la información, los límites señalados en los incisos a. y b. de la sección A anterior, así como la restricción a retiros en cajeros automáticos del Banco o de los bancos afiliados al sistema de tarjetas con el a que se opere hasta por la cantidad diaria de $200.00 M.N. (Doscientos pesos 00/100 Moneda Nacional) a partir refiere el último párrafo de la fecha de vencimiento del plazo concedido y sección A anterior, serán aplicados por el Banco hasta en tanto hiciere entrega de la información solicitadase entregue dicha información. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que el Banco aplique los límites antes señalados, el Cliente podrá en cualquier momento realizar el retiro retiros de fondos por un cualquier monto superior al anteriormente señalado directamente en cualquiera de las sucursales Sucursales del Banco.
2.7. Límites de responsabilidad. El Cliente acepta y reconoce que el Banco ha hecho de su conocimiento los términos y condiciones aplicables al presente Contrato, y en particular las señaladas en la cláusula denominada “Límites de operaciones y servicios de la Cuenta” de la presente Sección. Asimismo, el Cliente acepta y reconoce que podrá acudir a cualquier Sucursal del Banco en horarios de atención a clientes a realizar los retiros que desee conforme a lo establecido en el presente Contrato, sin que los límites sean aplicables a dichos retiros. En relación a lo anterior, el Cliente acepta y reconoce que el Banco no será responsable por cualquier afectación derivada de la aplicación de los límites antes señalados. El Cliente en este acto libera al Banco de toda responsabilidad relacionada a o derivada de la implementación de dichos límites.
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Actualización de Expedientes. De conformidad con lo señalado en el Título Primero, Sección Única, cláusula denominada “Recursos de Procedencia lícita” del presente Instrumento, el Banco podrá solicitar al Cliente, información que conforme a las disposiciones legales y regulatorias aplicables esté facultado a requerir, con el objetivo de realizar actualizaciones periódicas al Expediente de identificación del Cliente. Para efectos de lo establecido en el párrafo anterior, el Banco notificará al Cliente la solicitud de información a través de cualquiera de los Medios de Comunicación; en cuyo caso, el Cliente contará con un plazo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de dicha notificación para acudir a cualquiera de las sucursales del Banco a proporcionar la documentación requerida. El Cliente podrá acudir directamente a cualquiera de las sucursales del Banco, o bien, comunicarse al teléfono 00 0000 (0000) 0000-0000 para requerir información sobre la documentación e información que le fue solicitada. El Cliente reconoce y acepta que de no entregar la información solicitada en el plazo señalado en el párrafo anterior, el Cliente únicamente podrá efectuar disposiciones de efectivo en cajeros automáticos del Banco o de los bancos afiliados al sistema de tarjetas con el que se opere hasta por la cantidad diaria en dólares moneda de curso legal en los Estados Unidos de América equivalente a $200.00 M.N. (Doscientos pesos 00/100 Moneda Nacional) a partir de la fecha de vencimiento del plazo concedido y hasta en tanto hiciere entrega de la información solicitada. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá en cualquier momento realizar el retiro de fondos por un monto superior al anteriormente señalado directamente en cualquiera de las sucursales del Banco.
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Actualización de Expedientes. De conformidad con lo señalado en el Título Primero, Sección Única, cláusula denominada “Recursos de Procedencia lícita” del presente Instrumento, el Banco podrá solicitar al Cliente, información que conforme a las disposiciones legales y regulatorias aplicables esté facultado a requerir, con el objetivo de realizar actualizaciones periódicas al Expediente de identificación del Cliente. Para efectos de lo establecido en el párrafo anterior, el Banco notificará al Cliente la solicitud de información a través de cualquiera de los Medios de Comunicación; en cuyo caso, el Cliente contará con un plazo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de dicha notificación para acudir a cualquiera de las sucursales del Banco a proporcionar la documentación requerida. El Cliente podrá acudir directamente a cualquiera de las sucursales del Banco, o bien, comunicarse al teléfono 00 0000 (0000) 0000-0000 para requerir información sobre la documentación e información que le fue solicitada. El Cliente reconoce y acepta que de no entregar la información solicitada en el plazo señalado en el párrafo anterior, el Cliente únicamente podrá efectuar disposiciones de efectivo en cajeros automáticos del Banco o de los bancos afiliados al sistema de tarjetas con el que se opere hasta por la cantidad diaria de $200.00 M.N. (Doscientos pesos 00/100 Moneda Nacional) a partir de la fecha de vencimiento del plazo concedido y hasta en tanto hiciere entrega de la información solicitada. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá en cualquier momento realizar el retiro de fondos por un monto superior al anteriormente señalado directamente en cualquiera de las sucursales del Banco.
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