Actualización de Expedientes. De conformidad con lo señalado en el Título Primero, Sección Única, cláusula denominada “Recursos de Procedencia lícita” del presente Instrumento, el Banco podrá solicitar al Cliente, información que conforme a las disposiciones legales y regulatorias aplicables esté facultado a requerir, con el objetivo de realizar actualizaciones periódicas al Expediente de identificación del Cliente. Para efectos de lo establecido en el párrafo anterior, el Banco notificará al Cliente la solicitud de información a través de cualquiera de los Medios de Comunicación; en cuyo caso, el Cliente contará con un plazo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de dicha notificación para acudir a cualquiera de las sucursales del Banco a proporcionar la documentación requerida. El Cliente podrá acudir directamente a cualquiera de las sucursales del Banco, o bien, comunicarse al teléfono 00 0000 0000 para requerir información sobre la documentación e información que le fue solicitada. El Cliente reconoce y acepta que de no entregar la información solicitada en el plazo señalado en el párrafo anterior, el Cliente únicamente podrá efectuar disposiciones de efectivo en cajeros automáticos del Banco o de los bancos afiliados al sistema de tarjetas con el que se opere hasta por la cantidad diaria de $200.00 M.N. (Doscientos pesos 00/100 Moneda Nacional) a partir de la fecha de vencimiento del plazo concedido y hasta en tanto hiciere entrega de la información solicitada. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá en cualquier momento realizar el retiro de fondos por un monto superior al anteriormente señalado directamente en cualquiera de las sucursales del Banco.
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Actualización de Expedientes. De conformidad con lo señalado en el Título Primero, Sección Única, cláusula denominada “Recursos de Procedencia lícita” del presente Instrumento, el Banco podrá solicitar al Cliente, información que conforme a las disposiciones legales y regulatorias aplicables esté facultado a requerir, con el objetivo de realizar actualizaciones periódicas al Expediente de identificación del Cliente. Para efectos de lo establecido en el párrafo anterior, el Banco notificará al Cliente la solicitud de información a través de cualquiera de los Medios de Comunicación; en cuyo caso, el Cliente contará con un plazo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de dicha notificación para acudir a cualquiera de las sucursales del Banco a proporcionar la documentación requerida. El Cliente podrá acudir directamente a cualquiera de las sucursales del Banco, o bien, comunicarse al teléfono 00 0000 0000 para requerir información sobre la documentación e información que le fue solicitada. El Cliente reconoce y acepta que de no entregar la información solicitada en el plazo señalado en el párrafo anterior, el Cliente únicamente podrá efectuar disposiciones de efectivo en cajeros automáticos del Banco o de los bancos afiliados al sistema de tarjetas con el que se opere hasta por la cantidad diaria en dólares moneda de curso legal en los Estados Unidos de América equivalente a $200.00 M.N. (Doscientos pesos 00/100 Moneda Nacional) a partir de la fecha de vencimiento del plazo concedido y hasta en tanto hiciere entrega de la información solicitada. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá en cualquier momento realizar el retiro de fondos por un monto superior al anteriormente señalado directamente en cualquiera de las sucursales del Banco.
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Actualización de Expedientes. De conformidad con lo señalado en el Título Primero, Sección Única, cláusula denominada “Recursos de Procedencia lícita” del presente Instrumento, el Banco podrá solicitar al Cliente, información que conforme a las disposiciones legales y regulatorias aplicables esté facultado a requerir, con el objetivo de realizar actualizaciones periódicas al Expediente de identificación del Cliente. Para efectos de lo establecido en el párrafo anterior, el Banco notificará al Cliente la solicitud de información a través de cualquiera de los Medios de Comunicación; en cuyo caso, el Cliente contará con un plazo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de dicha notificación para acudir a cualquiera de las sucursales del Banco a proporcionar la documentación requerida. El Cliente podrá acudir directamente a cualquiera de las sucursales del Banco, o bien, comunicarse al teléfono 00 0000 0000 para requerir información sobre la documentación e información que le fue solicitada. El Cliente reconoce y acepta que que, de no entregar la información solicitada en el plazo señalado en el párrafo anterior, el Cliente únicamente podrá efectuar disposiciones de efectivo en cajeros automáticos del Banco o de los bancos afiliados al sistema de tarjetas con el que se opere hasta por la cantidad diaria de $200.00 M.N. (Doscientos pesos 00/100 Moneda Nacional) a partir de la fecha de vencimiento del plazo concedido y hasta en tanto hiciere entrega de la información solicitada. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá en cualquier momento realizar el retiro de fondos por un monto superior al anteriormente señalado directamente en cualquiera de las sucursales del Banco.
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Actualización de Expedientes. De conformidad con lo señalado en el Título Primero, Sección Única, cláusula denominada “Recursos de Procedencia lícita” del presente Instrumento, el Banco podrá solicitar al Cliente, información que conforme a las disposiciones legales y regulatorias aplicables esté facultado a requerir, con el objetivo de realizar actualizaciones periódicas al Expediente de identificación del Cliente. Para efectos de lo establecido en el párrafo anterior, el Banco notificará al Cliente la solicitud de información a través de cualquiera de los Medios de Comunicación; en cuyo caso, el Cliente contará con un plazo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de dicha notificación para acudir a cualquiera de las sucursales del Banco a proporcionar la documentación requerida. El Cliente podrá acudir directamente a cualquiera de las sucursales del Banco, o bien, comunicarse al teléfono 00 0000 (0000) 0000-0000 para requerir información sobre la documentación e información que le fue solicitada. El Cliente reconoce y acepta que de no entregar la información solicitada en el plazo señalado en el párrafo anterior, el Cliente únicamente podrá efectuar disposiciones de efectivo en cajeros automáticos del Banco o de los bancos afiliados al sistema de tarjetas con el que se opere hasta por la cantidad diaria de $200.00 M.N. (Doscientos pesos 00/100 Moneda Nacional) a partir de la fecha de vencimiento del plazo concedido y hasta en tanto hiciere entrega de la información solicitada. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá en cualquier momento realizar el retiro de fondos por un monto superior al anteriormente señalado directamente en cualquiera de las sucursales del Banco.
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