Saldos y Montos Mínimos. El Banco determinará libremente los montos mínimos para la apertura de la cuenta, los saldos promedio para exentar el pago de comisiones, así como el saldo mínimo que deberá mantener en la Cuenta para que esta permanezca abierta lo que informará al Cliente en el Anexo de Comisiones. El Cliente y el Banco acuerdan que si el saldo mínimo no se mantiene durante 24 (veinticuatro) meses consecutivos el Banco podrá cerrar la Cuenta y dar por terminado este Contrato, en cuyo caso se informará previamente al Cliente el cierre de la Cuenta, mediante los Medios de Comunicación. El saldo que existiera a ese momento, quedará a disposición del Cliente, para lo cual podrá acudir a la sucursal del Banco de su preferencia o disponerlos a través de los medios de disposición. Queda entendido que con el cierre antes mencionado, todos los medios de disposición con los que cuente el Cliente como los cheques, OTP, tarjeta plástica, etcétera, serán cancelados y por tal motivo ya no podrá llevar a cabo ninguna operación con posterioridad a la terminación del contrato.
Saldos y Montos Mínimos. El Banco determinará libremente los montos mínimos para la Inversión, lo que informará al Cliente en el Anexo de Comisiones. El Cliente y el Banco acuerdan que si el Contrato no mantiene durante 3 (tres) meses consecutivos alguna Inversión asociada al mismo el Banco podrá cerrar el Contrato y darlo por terminado, en cuyo caso se informará previamente al Cliente el cierre del Contrato, mediante los Medios de Comunicación.
Saldos y Montos Mínimos. El Banco determinará libremente los montos mínimos para la apertura de la cuenta, los saldos promedio para el pago de los intereses, así como el saldo mínimo que deberá mantener en la Cuenta para que esta permanezca abierta lo que informará al Cliente en el Anexo de Comisiones. El Cliente y el Banco acuerdan que si el saldo mínimo no se mantiene durante 24 (veinticuatro) meses consecutivos el Banco podrá cerrar la Cuenta y dar por terminado este Contrato, en cuyo caso se informará previamente al Cliente el cierre de la Cuenta, mediante los Medios de Comunicación. El saldo que existiera a ese momento, quedará a disposición del Cliente, para lo cual podrá acudir a la sucursal del Banco de su preferencia o disponerlos a través de los medios de disposición.
Saldos y Montos Mínimos. El Banco determinará libremente los montos mínimos para la Inversión, lo que informará al Cliente en el Anexo Informativo. El Cliente y el Banco acuerdan que si el Contrato no mantiene durante 3 (tres) meses consecutivos alguna Inversión asociada al mismo el Banco podrá cerrar el Contrato y darlo por terminado, en cuyo caso se informará previamente al Cliente el cierre del Contrato, mediante los Medios de Comunicación. Adicionalmente el Cliente podrá consultar los montos mínimos y modalidades de contratación en la página de Internet xxx.xxxx.xxx.xx.
Saldos y Montos Mínimos. La presente Cuenta tendrá las características adicionales siguientes:
a) En el evento de que la relación laboral del Cliente con su Patrón se dé por terminada, el Banco podrá aplicar a la Cuenta las Comisiones previstas en el Anexo de Comisiones respectivo, previa notificación al Cliente a través de los Medios de Comunicación. Se considerará que la relación laboral termina cuando el Patrón dé aviso al Banco de dicha terminación o cuando el Cliente deje de recibir depósitos por concepto de pago de nómina durante 2 (dos) meses consecutivos.
Saldos y Montos Mínimos. “El Banco” podrá
Saldos y Montos Mínimos. INVEX determinará libremente los montos mínimos para la apertura de la cuenta, los saldos promedio para exentar el pago de Comisiones, así como el saldo mínimo que deberá mantener en la cuenta para que esta permanezca abierta, lo que informará al CLIENTE en el anexo de comisiones. Las PARTES acuerdan que si el saldo mínimo no se mantiene durante 3 (tres) meses consecutivos INVEX podrá cerrar la cuenta y dar por terminado este Contrato, en cuyo caso se informará al CLIENTE el cierre de la cuenta, mediante los medios de comunicación. El saldo que existiera a ese momento quedará a disposición del CLIENTE, de conformidad con la cláusula denominada “Vigencia y Terminación del Contrato” del Título Primero del presente instrumento. Queda entendido que, con el cierre antes mencionado, todos los medios de disposición con los que cuente el CLIENTE serán cancelados y por tal motivo ya no podrá llevar a cabo ninguna operación con posterioridad a la terminación del Contrato.
Saldos y Montos Mínimos. El Banco determinará libremente los montos mínimos para la Inversión. .El Banco determinará libremente los montos mínimos para la Inversión, los saldos promedio para exentar el pago de comisiones, así como el saldo mínimo que deberá mantenerse en la Inversiones para que esta permanezca abierta lo que informará al Cliente en el Anexo de Comisiones. El Cliente y el Banco acuerdan que si el Contrato no mantiene durante 3 (tres) meses consecutivos alguna Inversión asociada al mismo el Banco podrá cerrar el Contrato y darlo por terminado, en cuyo caso se informará al Cliente el cierre del Contrato mediante los Medios de Comunicación.
Saldos y Montos Mínimos. El Banco determinará libremente los montos mínimos para la Inversión, los saldos promedio para exentar el pago de comisiones, así como el saldo mínimo que deberá mantenerse en la Inversiones para que esta permanezca abierta lo que informará al Cliente en el Anexo de Comisiones. El Cliente y el Banco acuerdan que si el Contrato no mantiene durante 3 (tres) meses consecutivos alguna Inversión asociada al mismo el Banco podrá cerrar el Contrato y darlo por terminado, en cuyo caso se informará al Cliente el cierre del Contrato, mediante los Medios de Comunicación.
Saldos y Montos Mínimos. No existen montos mínimos de apertura ni saldos promedio mínimos.