Common use of AJUSTE DE LA PRIMA Clause in Contracts

AJUSTE DE LA PRIMA. La Compañía Aseguradora informará por escrito al contratante de la Póliza la modificación de prima, si la hubiere, con una anticipación de a lo menos sesenta (60) días a la fecha de renovación de la Póliza. El contratante tendrá el derecho a aceptar o renunciar a la renovación de la Póliza, lo cual deberá informar por escrito a la Compañía Aseguradora en un plazo de treinta (30) días, contados desde la recepción de la comunicación en que se propone su renovación. Si no acepta se entenderá que renuncia a la renovación.

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Samples: www.clc.cl, www.svs.cl

AJUSTE DE LA PRIMA. La Compañía Aseguradora informará por escrito al contratante de la Póliza póliza la modificación de prima, si la hubiere, con una anticipación de a lo menos sesenta (60) días a la fecha de renovación de la Pólizapóliza. El contratante tendrá el derecho a aceptar o renunciar a la renovación de la Pólizapóliza, lo cual deberá informar por escrito a la Compañía Aseguradora en un plazo de treinta (30) días, contados desde la recepción de la comunicación en que se propone su renovación. Si no acepta se entenderá que renuncia a la renovación.

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