Alegatos finales Cláusulas de Ejemplo

Alegatos finales. En esta oportunidad, las partes guardaron silencio2.
Alegatos finales. En su intervención final el señor ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ reitera que el precio fijo del contrato había perdido poder adquisitivo cuando la Caja de la Vivienda Popular pagó tardíamente los anticipos; que la purga de la ▇▇▇▇ no extingue la obligación de indemnizar los perjuicios ocasionados al contratista y que, en tanto la entidad contratante incumplió el contrato, no podía declarar válidamente el incumplimiento del contratista, ni omitir la indemnización correspondiente en la liquidación del contrato –fls. 399 a 422 cdn. ppal-. Esta Corporación es competente para conocer del presente asunto, en razón del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia que negó las pretensiones, dado que la cuantía de la demanda alcanza la exigida en vigencia del Decreto 597 de 19886. La parte actora solicita que se declare que la Caja de la Vivienda Popular incumplió el Contrato 003 de 1989 y el adicional 02 de 1990, celebrados con el señor ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, porque no pagó el anticipo ni recibió los bienes contratados dentro de los plazos convenidos, ocasionando sobrecostos en la ejecución del contrato. Asimismo, pide que se anulen las Resoluciones números 071 de 1994 y 192 de 1995 que declaran el incumplimiento del contratista y liquidan el contrato, respectivamente, porque la entidad demandada las profirió desconociendo su propio incumplimiento, fundada en una interpretación abusiva del contrato adoptada unilateralmente con la Resolución n.° 481 de 1992 y, además, porque en la liquidación decretada no reconoció al contratista los perjuicios que le causó con la ▇▇▇▇. La entidad demandada sostiene que cumplió sus obligaciones y que el contratista, en cuanto condicionó las entregas al reajuste de los precios, incumplió sus obligaciones y debe asumir los sobrecostos. La Sala deberá establecer, entonces, si la entidad demandada incumplió el Contrato 003 de 1989 y sus adiciones, causándole perjuicios al señor ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ y si ese incumplimiento da lugar a la nulidad de las resoluciones demandadas, teniendo en cuenta, además, que el demandante afirma haber cumplido sus obligaciones. Para el efecto, la Sala abordará el estudio de los hechos alegados y probados para luego i) analizar las obligaciones relacionadas con el pago del anticipo y con el recibo de las puertas y los ▇▇▇▇▇▇ metálicos, a cargo de la entidad contratante y ii) establecer lo relativo a la declaración de incumplimiento del contratista y a la liquidación del co...
Alegatos finales. El Tribunal Arbitral comunicará a las partes cuando concluya el período probatorio, señalando una audiencia dentro de los siguientes quince días, para oír los alegatos finales de las partes, los cuales, salvo disposición en contrario del Tribunal Arbitral, no podrán exceder de una hora con treinta minutos (1:30) por cada parte. El Tribunal Arbitral podrá, si lo considera necesario, en razón de circunstancias excepcionales debidamente justificadas, decidir, por propia iniciativa o a petición de parte, que se celebre una única audiencia extraordinaria dentro de los quince (15) días siguientes a la audiencia en que se presentaron los alegatos finales. Posteriormente, señalará audiencia para lectura y notificación ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ arbitral, en la cual el Secretario leerá las consideraciones más relevantes ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ y su parte resolutiva de acuerdo a lo establecido en este Reglamento. Reglamento de Conciliación y Arbitraje Página 26 de 35 CAPÍTULO III
Alegatos finales. En esta oportunidad procesal intervinieron la parte actora y el contratista demandado. 9.1. Alegatos finales del actor popular21 El demandante señaló que los honorarios recibidos por el contratista, en virtud del contrato 001 de 2003, ascendían a ciento noventa y tres millones treinta y cinco mil seiscientos setenta y cinco pesos ($193.035.675.00) liquidados hasta el ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ debían ser restituidos al Municipio ▇▇ ▇▇▇▇▇ como resultado de la declaratoria de nulidad absoluta del contrato. La atribución que hacen los demandados al contrato como intuitu personae, resulta discutible habida cuenta de que el gerente de la compañía contratista, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ tiene varias investigaciones penales y disciplinarias relacionadas con su actividad profesional como abogado. Hubo mala fe de las partes contratantes en la celebración del contrato, especialmente de la administración del Municipio ▇▇ ▇▇▇▇▇. Se debe condenar al pago de un incentivo a favor del actor por el valor equivalente al quince por ciento (15%) del valor recuperado por la entidad.
Alegatos finales. Las partes demandante y demandada reiteraron los argumentos aducidos en el transcurso del proceso.
Alegatos finales. Mediante providencia del 15 de noviembre de 2022, previo control de legalidad, el Tribunal dispuso el cierre de la etapa probatoria y señaló fecha y hora para la Au- diencia de Alegatos de Conclusión (Acta 57 – Auto No. 73), la cual fue modificada mediante providencia del 31 de enero de 2023 (Acta 58 – Auto No. 74).
Alegatos finales. En esta etapa la recurrente reiteró la sustentación en la que fundó su inconformidad con la sentencia recurrida –fls. 291 a 296-. Por su parte, la demandada reprodujo los alegatos de conclusión presentados en la primera instancia –fls. 266 a 290-.