ANTICIPO FINANCIERO. El P.C.P podrá contemplar el otorgamiento de un anticipo financiero no superior al 20% del monto de la obra. En ese caso, una vez firmado el contrato el contratista solicitará en un plazo no mayor a 10 días., el pago del anticipo financiero acompañando a tal fin la contragarantía por el monto total del anticipo. Esta garantía que podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el numeral 4.11. del presente pliego o sólo en alguna de esas formas si así lo estableciera el P.C.P. Si el contratista no integrara la garantía mencionada, el Licitante no efectivizará el Anticipo, y esto no constituirá causal xx xxxx en la iniciación de los trabajos imputable al Licitante. El anticipo financiero será descontado en forma proporcional de cada certificado
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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales Para La Contratación Y Ejecución De Obras Públicas, Contract for Public Works, Contract for Public Works
ANTICIPO FINANCIERO. El P.C.P podrá contemplar el otorgamiento de un anticipo financiero no superior al 20% del monto de la obra. En ese caso, una vez firmado el contrato el contratista solicitará en un plazo no mayor a 10 1O días., el pago del anticipo financiero acompañando a tal fin la contragarantía por el monto total del anticipo. Esta garantía que podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el numeral 4.11. del presente pliego o sólo en alguna de esas formas si así lo estableciera el P.C.P. Si el contratista no integrara la garantía mencionada, el Licitante no efectivizará el Anticipo, y esto no constituirá causal xx xxxx en la iniciación de los trabajos imputable al Licitante. El anticipo financiero será descontado en forma proporcional de cada certificado.
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Samples: Contratación De Obras Menores
ANTICIPO FINANCIERO. El P.C.P podrá contemplar el otorgamiento de un anticipo financiero no superior al 20% del monto de la obra. En ese caso, una vez firmado el contrato el contratista solicitará en un plazo no mayor a 10 días., el pago del anticipo financiero acompañando a tal fin la contragarantía contra garantía por el monto total del anticipo. Esta garantía que podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el numeral 4.11. del presente pliego o sólo en alguna de esas formas si así lo estableciera el P.C.P. Si el contratista no integrara la garantía mencionada, el Licitante no efectivizará el Anticipo, y esto no constituirá causal xx xxxx en la iniciación de los trabajos imputable al Licitante. El anticipo financiero será descontado en forma proporcional de cada certificado
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Samples: Contract for Public Works