Common use of APORTACIONES AL FONDO DE PENSIONES Clause in Contracts

APORTACIONES AL FONDO DE PENSIONES. La UAQ aportará al Fideicomiso en proporción 2:1 (DOS A UNO) de la aportación que haga la/el académico(a); la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) (cláusula 21.2 del CCT), jubilados(as) y pensionados(as) de la Universidad Autónoma de Querétaro, de manera quincenal. Este porcentaje se actualizará anualmente de acuerdo a la siguiente tabla (Tabla 1): El personal académico y la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) (cláusula 21.2 del CCT) de la UAQ, harán una aportación mensual al Fideicomiso en proporción 1:2 (UNO A DOS) con relación a la aportación de la UAQ; ésta será deducida quincenalmente de su salario base mensual conforme al porcentaje que se especifica en la tabla siguiente (Tabla 2): 8% (Fijo permanente o hasta que haya un acuerdo en contraria de la partes) El personal jubilado y pensionado académico y la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a), harán una aportación mensual al Fideicomiso, deducida quincenalmente de su salario base mensual conforme al porcentaje que se especifica para el personal activo. El monto máximo de las aportaciones al fideicomiso por cada académico será el equivalente a lo que corresponda aportar a un profesor de tiempo completo categoría VII. Las aportaciones de la Universidad Autónoma de Querétaro y las retenciones por concepto de aportaciones del personal académico, la/ el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) (cláusula 21.2 del CCT), de las/los jubilados(as) y pensionados (as) se depositarán quincenalmente en el Fideicomiso; “Fondo para Jubilaciones y Pensiones del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro”. La UAQ se compromete a otorgar al personal académico y a la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) referidos en esta cláusula, las prestaciones sobre jubilación que se otorguen en un futuro a las/los demás prestadores(as) de servicios de la propia Universidad. El personal académico y la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) a que se refiere esta cláusula, al término de su relación laboral con la UAQ, sin importar la causa de terminación de la citada relación, a excepción hecha de que la causa sea la jubilación, podrá retirar sus aportaciones al Fideicomiso “Fondo para Jubilaciones y Pensiones del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro”, incluidos los intereses generados. Para el personal académico que se encuentre jubilado hasta antes del 15 xx xxxxx de 2007, será optativo seguir aportando al “Fondo para Jubilaciones y Pensiones del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro”; si dicho personal desea seguir aportando al referido Fondo, deberá comunicarlo individualmente por escrito directamente a la/el Director(a) de Recursos Humanos de la UAQ.

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Samples: Contrato Colectivo De Trabajo

APORTACIONES AL FONDO DE PENSIONES. La UAQ aportará al Fideicomiso en proporción 2:1 (DOS A UNO) de la aportación que haga la/el académico(a); la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) (cláusula 21.2 del CCT), jubilados(as) y pensionados(as) de la Universidad Autónoma de Querétaro, de manera quincenal. Este porcentaje se actualizará anualmente de acuerdo a la siguiente tabla (Tabla 1): El personal académico y la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) (cláusula 21.2 del CCT) de la UAQ, harán una aportación mensual al Fideicomiso en proporción 1:2 (UNO A DOS) con relación a la aportación de la UAQ; ésta será deducida quincenalmente de su salario base mensual conforme al porcentaje que se especifica en la tabla siguiente (Tabla 2): 2012 8% (Fijo permanente o hasta que haya un acuerdo en contraria de la partes) El personal jubilado y pensionado académico y la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a), harán una aportación mensual al Fideicomiso, deducida quincenalmente de su salario base mensual conforme al porcentaje que se especifica para el personal activo. El monto máximo de las aportaciones al fideicomiso por cada académico será el equivalente a lo que corresponda aportar a un profesor de tiempo completo categoría VII. Las aportaciones de la Universidad Autónoma de Querétaro y las retenciones por concepto de aportaciones del personal académico, la/ el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) (cláusula 21.2 del CCT), de las/los jubilados(as) y pensionados (as) se depositarán quincenalmente en el Fideicomiso; “Fondo para Jubilaciones y Pensiones del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro”. La UAQ se compromete a otorgar al personal académico y a la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) referidos en esta cláusula, las prestaciones sobre jubilación que se otorguen en un futuro a las/los demás prestadores(as) de servicios de la propia Universidad. El personal académico y la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) a que se refiere esta cláusula, al término de su relación laboral con la UAQ, sin importar la causa de terminación de la citada relación, a excepción hecha de que la causa sea la jubilación, podrá retirar sus aportaciones al Fideicomiso “Fondo para Jubilaciones y Pensiones del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro”, incluidos los intereses generados. Para el personal académico que se encuentre jubilado hasta antes del 15 xx xxxxx de 2007, será optativo seguir aportando al “Fondo para Jubilaciones y Pensiones del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro”; si dicho personal desea seguir aportando al referido Fondo, deberá comunicarlo individualmente por escrito directamente a la/el Director(a) de Recursos Humanos de la UAQ.

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Samples: Collective Labor Agreement

APORTACIONES AL FONDO DE PENSIONES. La UAQ aportará al Fideicomiso en proporción 2:1 (DOS A UNO) de la aportación que haga la/el académico(a); la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) (cláusula 21.2 del CCT), jubilados(as) y pensionados(as) de la Universidad Autónoma de Querétaro, de manera quincenal. Este porcentaje se actualizará anualmente de acuerdo a la siguiente tabla (Tabla 1): 2012 16% (FIJO PERMANENTE) El personal académico y la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) (cláusula 21.2 del CCT) de la UAQ, harán una aportación mensual al Fideicomiso en proporción 1:2 (UNO A DOS) con relación a la aportación de la UAQ; ésta será deducida quincenalmente de su salario base mensual conforme al porcentaje que se especifica en la tabla siguiente (Tabla 2): 8% (Fijo permanente o hasta que haya un acuerdo en contraria de la partes) El personal jubilado y pensionado académico y la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a), harán una aportación mensual al Fideicomiso, deducida quincenalmente de su salario base mensual conforme al porcentaje que se especifica para el personal activo. El monto máximo de las aportaciones al fideicomiso por cada académico será el equivalente a lo que corresponda aportar a un profesor de tiempo completo categoría VII. Las aportaciones de la Universidad Autónoma de Querétaro y las retenciones por concepto de aportaciones del personal académico, la/ el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) (cláusula 21.2 del CCT), de las/los jubilados(as) y pensionados (as) se depositarán quincenalmente en el Fideicomiso; “Fondo para Jubilaciones y Pensiones del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro”. La UAQ se compromete a otorgar al personal académico y a la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) referidos en esta cláusula, las prestaciones sobre jubilación que se otorguen en un futuro a las/los demás prestadores(as) de servicios de la propia Universidad. El personal académico y la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) a que se refiere esta cláusula, al término de su relación laboral con la UAQ, sin importar la causa de terminación de la citada relación, a excepción hecha de que la causa sea la jubilación, podrá retirar sus aportaciones al Fideicomiso “Fondo para Jubilaciones y Pensiones del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro”, incluidos los intereses generados. Para el personal académico que se encuentre jubilado hasta antes del 15 xx xxxxx de 2007, será optativo seguir aportando al “Fondo para Jubilaciones y Pensiones del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro”; si dicho personal desea seguir aportando al referido Fondo, deberá comunicarlo individualmente por escrito directamente a la/el Director(a) de Recursos Humanos de la UAQ.

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Samples: Collective Labor Agreement

APORTACIONES AL FONDO DE PENSIONES. La UAQ aportará al Fideicomiso en proporción 2:1 (DOS A UNO) de la aportación que haga la/el académico(a); la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) (cláusula 21.2 del CCT), jubilados(as) y pensionados(as) de la Universidad Autónoma de Querétaro, de manera quincenal. Este porcentaje se actualizará anualmente de acuerdo a la siguiente tabla (Tabla 1): El personal académico y la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) (cláusula 21.2 del CCT) de la UAQ, harán una aportación mensual al Fideicomiso en proporción 1:2 (UNO A DOS) con relación a la aportación de la UAQ; ésta será deducida quincenalmente de su salario base mensual conforme al porcentaje que se especifica en la tabla siguiente (Tabla 2): 2007 3% 2008 4% 2009 5% 2010 6% 2011 7% 2012 8% (Fijo permanente o hasta que haya un acuerdo en contraria de la partes) El personal jubilado y pensionado académico y la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a), harán una aportación mensual al Fideicomiso, deducida quincenalmente de su salario base mensual conforme al porcentaje que se especifica para el personal activo. El monto máximo de las aportaciones al fideicomiso por cada académico será el equivalente a lo que corresponda aportar a un profesor de tiempo completo categoría VII. Las aportaciones de la Universidad Autónoma de Querétaro y las retenciones por concepto de aportaciones del personal académico, la/ el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) (cláusula 21.2 del CCT), de las/los jubilados(as) y pensionados (as) se depositarán quincenalmente en el Fideicomiso; “Fondo para Jubilaciones y Pensiones del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro”. La UAQ se compromete a otorgar al personal académico y a la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) referidos en esta cláusula, las prestaciones sobre jubilación que se otorguen en un futuro a las/los demás prestadores(as) de servicios de la propia Universidad. El personal académico y la/el académico(a) que desempeñe funciones de confianza por nombramiento de la/el Rector(a) a que se refiere esta cláusula, al término de su relación laboral con la UAQ, sin importar la causa de terminación de la citada relación, a excepción hecha de que la causa sea la jubilación, podrá retirar sus aportaciones al Fideicomiso “Fondo para Jubilaciones y Pensiones del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro”, incluidos los intereses generados. Para el personal académico que se encuentre jubilado hasta antes del 15 xx xxxxx de 2007, será optativo seguir aportando al “Fondo para Jubilaciones y Pensiones del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro”; si dicho personal desea seguir aportando al referido Fondo, deberá comunicarlo individualmente por escrito directamente a la/el Director(a) de Recursos Humanos de la UAQ.

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Samples: Collective Labor Agreement