Aspectos por los que IBM Puede Ser Responsable Cláusulas de Ejemplo

Aspectos por los que IBM Puede Ser Responsable. Se añade lo siguiente al final de la Cláusula 8.1:
Aspectos por los que IBM Puede Ser Responsable. Pueden surgir circunstancias en las cuales, debido a un incumplimiento de IBM de sus obligaciones contractuales u otra responsabilidad, el Licenciatario tuviera derecho a reclamar daños a IBM. Independientemente de las razones por las que el Licenciatario tenga derecho a reclamar daños a IBM (incluyendo un incumplimiento, negligencia, falsedad u otra reclamación contractual o extracontractual), la responsabilidad de IBM por todas las reclamaciones que surjan de, en relación con, cada Programa o que de otra manera surjan en relación con este Acuerdo estará limitada únicamente a: 1) los daños físicos a las personas (incluyendo la muerte) y daños a las propiedades, y 2)otros daños directos probados hasta 10.000 dólares americanos (o el equivalente en la moneda local). Este límite se aplica también a cualquier proveedor o desarrollador de Programas de IBM. Es la cantidad máxima por la que IBM y sus proveedores y desarrolladores de Programas serán responsables colectivamente.
Aspectos por los que IBM Puede Ser Responsable. Pueden surgir circunstancias en las cuales, debido a un incumplimiento de IBM de sus obligaciones contractuales u otra responsabilidad, el Cliente tuviera derecho a reclamar daños a IBM. Independientemente de cuales sean las bases sobre las cuales el Cliente pueda legalmente reclamar indemnizaciones a IBM (incluida la de incumplimiento, negligencia, declaraciones falsas u otras reclamaciones contractuales o extracontractuales), la única responsabilidad de IBM para todas las reclamaciones en conjunto que surjan de, o estén relacionadas con, IBM SaaS, el Software de Habilitación o de cualquier otra forma de las presentes Condiciones de Uso no superará la cantidad de (i) daños físicos a las personas (incluida muerte) y daños a la propiedad y a la propiedad personal tangible y (ii) cualquier otro daño directo, hasta un máximo de los cargos (si IBM SaaS está sujeto a cargos a plazo fijo, hasta los cargos de doce meses) que pagó por IBM SaaS, hasta 1.000 dólares (o la cantidad equivalente en la divisa local). Este límite también se aplica a cualquiera de los desarrolladores y proveedores del programa de IBM y sus Empresas Asociadas. Es el máximo por el que IBM, sus Empresas Asociadas y los desarrolladores y proveedores del programa son responsables conjuntamente.
Aspectos por los que IBM Puede Ser Responsable. Pueden surgir circunstancias en las cuales, debido a un incumplimiento de IBM de sus obligaciones contractuales u otra responsabilidad, el Licenciatario tuviera derecho a reclamar daños a IBM. Independientemente de las razones por las que el Licenciatario tenga derecho a reclamar daños a IBM (incluyendo un incumplimiento, negligencia, falsedad u otra reclamación contractual o extracontractual), la responsabilidad de IBM por todas las reclamaciones que surjan de, en relación con, cada Programa o que de otra manera surjan en relación con este Acuerdo estará limitada únicamente a: 1) los daños físicos a las personas (incluyendo la muerte) y daños a las propiedades, y

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  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • EXONERACIÓN A LA ENTIDAD DE RESPONSABILIDADES POR DAÑO A TERCEROS El CONSULTOR se obliga a tomar todas las previsiones que pudiesen surgir por daño a terceros, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD.

  • RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO El órgano de contratación podrá designar una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajena a él, como responsable del trabajo, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.

  • Órgano Responsable del Proceso El Órgano responsable del proceso de Licitación es el Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones está integrado por cinco (05) miembros:  El funcionario de mayor jerarquía de la institución, o quien este designe, quien lo presidirá;  El Director Administrativo Financiero de la entidad, o su delegado;  El Consultor Jurídico de la entidad, quien actuará en calidad de Asesor Legal;  El Responsable del Área de Planificación y Desarrollo o su equivalente;  El Responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información.

  • Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 214 del TRLCSP.

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 23.1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, o incumpliera el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato. 23.2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • CAUSALES Y PROCEDIMIENTO PARA SUSPENDER TEMPORALMENTE, DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE O RESCINDIR EL CONTRATO Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2.051/03, y en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato (CGC y CEC).

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