Boletos de Juego Cláusulas de Ejemplo

Boletos de Juego. Los Jugadores tendrán derecho a solicitar, y a recibir de manera gratuita: (i) cuatro (4) boletos para los juegos en casa (ya sea en el estadio sede del Equipo o en algún otro estadio en su área metropolitana); (ii) dos (2) boletos en los juegos en viaje o en sitios neutrales; (iii) cuatro (4) boletos para el Juego de Estrellas si están participando en ese juego o en un juego relacionado al Juego de Estrellas; y (iv) cuatro (4) boletos a la Copa MLS si están participando en ese juego o en un juego relacionado a la Copa MLS, en cada caso en la medida en que haya boletos disponibles en el momento en que se soliciten. Los Jugadores que no soliciten boletos no recibirán boletos, no tendrán derecho a recibir boletos y, en ninguna circunstancia, se les cobrarán impuestos sobre el valor de los boletos que hubieran tenido derecho a solicitar pero no solicitaron ni recibieron. Los Jugadores que soliciten boletos pagarán impuestos en Estados Unidos, Canadá o en ambos países, como las leyes de cada país requiera, sobre el valor de esos boletos, sin importar quién usa los boletos o para qué fin se usan los boletos o si los boletos son utilizados, excepto como de otra manera se indique en esta Sección. La MLS y sus Equipos determinarán a su sola discreción, en consistencia con los principios señalados en esta Sección, si y donde los boletos de un Jugador están sujetos a impuestos, y retendrán impuestos de los sueldos del Jugador y otras cantidades que se deban en consistencia con esa determinación. Todos los Jugadores que soliciten boletos más de cuarenta y ocho (48) horas antes del inicio programado de un juego pagarán impuestos por esos boletos. Los Jugadores en Equipos radicados en Canadá pagarán impuestos en Canadá sobre todos los boletos sin importar cuándo se soliciten los boletos. Los Jugadores en Equipos radicados en Estados Unidos pagarán impuestos en Estados Unidos sobre todos los boletos, excepto que los Jugadores en Equipos radicados en Estados Unidos no pagarán impuestos por boletos solicitados dentro de cuarenta y ocho (48) horas del inicio programado de un juego en una sección del estadio que no se venda totalmente para el momento de inicio programado del juego. Para evitar dudas, los Jugadores que estén en Equipos radicados en Estados Unidos que soliciten boletos dentro de cuarenta y ocho (48) horas del inicio programado de un juego en Estados Unidos en una sección del estadio que no se haya vendido completamente al solicitarse los boletos, pero que lue...

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  • Instrucciones a los Oferentes (IAO) Esta sección proporciona información para asistir a los Oferentes en la preparación de sus Ofertas. También proporciona información sobre la presentación, apertura y evaluación de las ofertas y la adjudicación de los contratos. Las disposiciones de la Sección I son de uso estándar y obligatorio en todos los procedimientos de Licitación para la contratación de servicios regidos por la Xxx Xx. 000-00 sobre Compras y Contrataciones con modificaciones de Xxx Xx. 000-00 y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 543-12.

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  • Medios de pago Los pagos a EL PROVEEDOR se realizarán vía transferencia electrónica. Dentro de dicho plazo, LA EMPRESA CONTRATANTE podrá publicar en Cadenas Productivas los pagos, a efecto de que EL PROVEEDOR pueda ejercer la opción de adelantar el cobro de sus facturas mediante factoraje electrónico.

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  • DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS “LA EMPRESA” se obliga con “EL AYUNTAMIENTO”, a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “EL AYUNTAMIENTO” o a terceros, si con motivo de la contratación objeto del presente Contrato se viola derechos de autor, patentes y/o marcas registradas, de terceros u otro derecho inherentes a la Propiedad Intelectual, en tal virtud, “LA EMPRESA” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito, establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor y La Ley de la Propiedad Industrial. En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “EL AYUNTAMIENTO”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de éste, será la de dar aviso en el domicilio previsto en este instrumento a “LA EMPRESA”, para que ésta, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a “EL AYUNTAMIENTO” de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.

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