Cambio de servicio en ejecución Cláusulas de Ejemplo

Cambio de servicio en ejecución. Se define como cambio en ejecución el que se notifica desde el momento de la firma hasta la hora de llegada de calzos del último vuelo y afecta a la actividad ya iniciada. La compañía puede variar en ejecución, por necesidades del servicio, los vuelos pro- gramados, incrementando la actividad aérea hasta un máximo de 120 minutos sobre la hora de llegada inicialmente prevista. Los cambios que supongan un retraso en la hora programada de llegada superior a 120 minutos estarán limitados a dos al mes por piloto y generarán una compensación igual al valor de una imaginaria. No obstante, el piloto podrá aceptar voluntariamente un cambio de estas características, aunque hubiera superado el límite de dos mensuales. Los cambios no podrán suponer pernocta, si esta no estaba prevista en la programación xxx xxxxxx. No obstante, el piloto podrá aceptar voluntariamente un cambio de estas carac- terísticas. En este caso el piloto recibirá una indemnización de 150 euros. Después de la hora de calzos más quince minutos del último vuelo no se podrá incre- mentar la actividad aérea si no ha sido notificado previamente.
Cambio de servicio en ejecución. Se define como cambio en ejecución el que se notifica desde el momento de la firma hasta la hora de llegada de calzos del último vuelo. La compañía puede variar en ejecución, por necesidades del servicio, los vuelos programados, incrementando la actividad aérea hasta un máximo de 120 minutos, sobre la hora de llegada inicialmente prevista. Los cambios forzosos que supongan un retraso en la hora programada de llegada superior a 120 minutos estarán limitados a uno al mes por tripulante y generarán una compensación igual al valor de una imaginaria. Si fuese necesario realizar más de un cambio en el mes, que suponga un retraso en la hora programada de llegada superior a 120 minutos, se podrá ofrecer al TCP la realización del vuelo que supone el cambio, siendo voluntaria su aceptación por parte del TCP. De aceptar el cambio voluntario, éste se compensará al mismo valor que el cambio forzoso, con un pago adicional por el importe indicado en la Tabla 1 de los respectivos Anexos 1A a 4A bajo el concepto «Forzoso adicional». cve: BOE-A-2024-2514 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Después de la hora de calzos del último vuelo, no se podrá incrementar la actividad aérea si no ha sido notificado previamente. Para determinar si el cambio en ejecución es de los limitados a uno mensual, por superar en más de 120 minutos la hora de llegada estimada, se comparará el horario de llegada estimado que conste a la Compañía en el momento de la notificación del dicho cambio, con el horario de llegada que se asigna con el cambio, es decir, el estimado que conste a la Compañía en el momento de la notificación del dicho cambio. Aun cuando la hora estimada de llegada del nuevo vuelo asignado (en el momento de la notificación), no supere en más de 120 minutos la hora de llegada estimada al TCP, si en ejecución sí supera dicho límite, se abonaría una compensación de valor igual a una imaginaria, pero el cambio no computaría para el límite de uno mensual.
Cambio de servicio en ejecución. Se define como cambio en ejecución al que se notifica desde el momento de la firma hasta la hora de llegada de calzos del último vuelo. La compañía puede variar en ejecución, por necesidades del servicio, los vuelos programados, incrementando la actividad aérea hasta un máximo de

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