CANCELACIÓN DEL PROCESO. En cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad. En ese caso, la Entidad deberá reintegrar el costo de las Bases a quienes las hayan adquirido. La formalización de la cancelación del proceso deberá realizarse mediante Resolución o Acuerdo debidamente sustentado, del mismo o superior nivel de aquél que dio inicio al expediente de contratación, debiéndose publicar conforme lo disponga el Reglamento.
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Samples: Ley De Contrataciones Del Estado, Ley De Contrataciones Del Estado, Ley De Contrataciones Del Estado
CANCELACIÓN DEL PROCESO. En cualquier estado del proceso de selección, hasta cinco días antes del otorgamiento de la Buena Profecha de la adjudicación, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo cancelarlo; por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de contratar, contratar o adquirir o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente, ; bajo su exclusiva responsabilidad. En ese caso, caso la Entidad deberá reintegrar el costo de las Bases bases a quienes las hayan adquirido. La formalización de la cancelación del proceso deberá realizarse mediante Resolución resolución o Acuerdo acuerdo debidamente sustentado, del mismo o superior nivel nivel, de aquél que dio inicio al expediente de contratacióncontratación o adquisición, debiéndose publicar conforme lo disponga el Reglamento.
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CANCELACIÓN DEL PROCESO. En cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad. En ese caso, la Entidad deberá reintegrar el costo de las Bases a quienes las hayan adquirido. La formalización de la cancelación del proceso deberá realizarse mediante Resolución resolución o Acuerdo acuerdo debidamente sustentado, del mismo o superior nivel de aquél que dio inicio al expediente de adquisición o contratación, debiéndose publicar conforme lo disponga el Reglamento.
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Samples: Texto Único Ordenado De La Ley De Contrataciones Y Adquisiciones Del Estado
CANCELACIÓN DEL PROCESO. En cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad. En ese caso, la Entidad deberá reintegrar el costo de las Bases a quienes las hayan adquirido. La formalización de la cancelación del proceso deberá realizarse mediante Resolución o Acuerdo debidamente sustentado, del mismo o superior nivel de aquél que dio inicio al expediente de contratación, debiéndose publicar conforme lo disponga el Reglamento.. CONCORDANCIAS: D.S. Nº 184-2008-EF (Reglamento) Art. 79
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