Capacidad Administrativa Operativa Cláusulas de Ejemplo

Capacidad Administrativa Operativa.  Descripción de programas (software) aplicables al manejo de las pólizas objeto de la presente invitación y para el trámite y manejo de reclamos, con especialización en el ramo de Seguros Vida Grupo.  Organigrama detallando las divisiones y departamentos, especialmente en lo que concierne a las áreas responsables de la expedición y el pago de siniestros que estarán encargados de la atención de la cuenta.  Cada oferta debe describir de manera precisa, clara y exacta, la forma como prestará su servicio. Para ello debe presentar los flujos de cada proceso y los manuales de operación de los mismos, considerando en ellos los aspectos relacionados con la atención de clientes, expedición de documentos, atención y pago de siniestros. R. Dos (2) copias del Acuerdo de Confidencialidad suscrito por el Representante Legal de la Compañía.
Capacidad Administrativa Operativa. Descripción de programas (software) aplicables al manejo de las pólizas objeto de la presente invitación y para el trámite y manejo de reclamos, con especialización en el ramo de Seguros Generales Incendio y Terremoto. • Organigrama detallando las divisiones y departamentos, especialmente en lo que concierne a las áreas responsables de la expedición y el pago de siniestros que estarán encargados de la atención de la cuenta. • Cada oferta debe describir de manera precisa, clara y exacta, la forma como prestará su servicio. Para ello debe presentar los flujos de cada proceso y los manuales de operación de los mismos, considerando en ellos los aspectos relacionados con la atención de clientes, expedición de documentos, atención y pago de siniestros. R. Dos (2) copias del Acuerdo de Confidencialidad suscrita por el Representante Legal de la Compañía.

Related to Capacidad Administrativa Operativa

  • CAPACIDAD Y SOLVENCIA Estarán facultadas para contratar con PTG las personas físicas y jurídicas, españolas o extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. La prueba de no estar incursas en prohibiciones de contratar se realizará de conformidad con lo establecido por el artículo 85 de la LCSP. Los licitadores deberán poder acreditar su solvencia económica y financiera de conformidad con lo que se indica a continuación, exigiéndose al licitador que resulte adjudicatario lo siguiente: Volumen global de negocios por importe igual o superior al doble de la renta mínima anual en cada uno de los tres últimos ejercicios concluidos. La acreditación de solvencia por este medio no será exigible a los licitadores cuyo inicio de actividad económica sea posterior al 1 de enero de 2015. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de una declaración responsable del empresario, si bien el órgano de contratación podrá en cualquier momento durante la tramitación del procedimiento de adjudicación requerir a los licitadores para que justifiquen el volumen declarado mediante la presentación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, en el caso de que el empresario estuviese inscrito en el citado registro, y en el caso contrario por las depositadas en registro oficial en el que deba estar inscrito. De presentarse a la licitación uniones de empresarios que se constituyan temporalmente para el efecto, no será necesaria la formalización de éstas en escritura pública hasta que se efectuase la adjudicación a su favor. No obstante, los empresarios integrados en ella indicarán sus nombres y circunstancias, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicataria. Asimismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante PTG, S.A. y nombrar a un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes ante la sociedad para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción de éste, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. Si durante la tramitación del procedimiento y antes de su adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, la sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio o de la correspondiente rama de actividad, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia o clasificación en las condiciones exigidas en el pliego de condiciones para poder participar en el procedimiento de adjudicación de conformidad con el art. 144 de la LCSP.

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • CALIDAD DEL SERVICIO La evaluación de la calidad y oportunidad del servicio serán practicadas semanalmente por la Oficina del Experto Funcionario en Mantenimiento, Servicios y Correspondencia y los representantes de las Delegaciones Metropolitanas, emitiendo reporte por escrito, al cual se le dará seguimiento y con el que se establecerán acciones encaminadas a la optimización en el cumplimiento eficaz de la prestación del servicio. El licitante ganador deberá elaborar una bitácora de control de rutinas con las horas hombre aplicadas a cada una, describiendo las funciones específicas ya desarrolladas y con las firmas de los operarios y supervisor responsable. En caso de que sean detectados espacios sucios serán reportados por escrito a la supervisión para que se subsane la anomalía de inmediato. La validación del servicio se realizará por parte del Experto Funcionario en Mantenimiento, Servicios y Correspondencia, al cual se le deberá entregar al final de cada mes el control de asistencia del personal, hojas de servicios de limpieza profunda, listados de entrega de materiales en cada una de las Delegaciones de FONACOT y listado de pago ante el IMSS de toda la plantilla que se encuentra laborando, una vez entregada toda la documentación se realizará el análisis correspondiente para la aplicación de penalizaciones y solicitud de pago de factura. FONDO DE FOMENTO Y GARANTIA PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES CONVOCANTE ( NOMBRE ) BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA , DECLARO LO SIGUIENTE: QUE CONOZCO LA LEY, SU REGLAMENTO, LAS PRESENTES BASES, SUS ANEXOS Y, EN SU CASO, LAS MODIFICACIONES DERIVADAS DE LA JUNTA DE ACLARACIONES; ASÍ COMO NO ENCONTRARME EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 31 FRACCION XXIV DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y QUE ME ABSTENDRÉ DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPUESTAS, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS LICITANTES. LUGAR Y FECHA (FIRMA REPRESENTANTE LEGAL) FECHA DIA MES AÑO NOMBRE DEL LICITANTE R.F.C. DOMICILIO México, D.F a ---- de ----------------------- de 2006--- Me refiero al contrato No. XXXXXX, para la prestación del servicio, que esa Entidad me (persona física) adjudicó ó adjudicó a la empresa XXXXXXXXXXXX (persona moral), mediante el procedimiento derivado de la licitación pública nacional número. , por un monto total de: $XXXXXXX (XXXXXXXX PESOS 00/100 M.N.) ----------------------------------------, representante legal de --. (RFC: XXXXXXXXXX), con domicilio fiscal en la calle de xxxxxxxxxxxxxx numero xx, Colonia xxxxxxxxxxxx Delegación xxxxxxxxxxxx, Código Postal xxxxxx, en la ciudad de México D.F., y en los términos establecidos por el articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación en vigor y la Regla 2.1.17., fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005, emitida esta última por la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, bajo protesta de decir verdad manifiesto lo siguiente:

  • NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO A los efectos exigidos en el articulo 22 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la naturaleza y extensión de las necesidades que se pretenden satisfacer con el contrato que regula el presente pliego, son la realización del transporte, montaje y desmontaje de obras de arte de las exposiciones municipales de la Delegación de cultura en la Sala Municipal de Exposiciones, el Museo de la Ciudad, el edificio de Las Atarazanas, el Almudín, la Galería el Tossal y la Casa Museo Xxxxxxxxx, al objeto de permitir afrontar una programación exigente con unos criterios de eficacia y calidad que requieren la manipulación de dichas obras por parte de personal especializado. El contrato a realizar se califica como contrato de servicios, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Categoría del contrato (Anexo II del TRLCSP): 2 “Servicios de transporte por vía terrestre, incluido los servicios de furgones blindados y servicios de mensajería, excepto el transporte de correo”. La presente contratación tiene carácter administrativo, y se regirá en todo lo no previsto especialmente en este pliego de condiciones por lo dispuesto en las siguientes normas: - Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP). - Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante RPLCSP. - Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre en todo lo que no haya derogado y en tanto en cuanto no se oponga al TRLCSP y al RPLCSP. - Cualquier otra disposición que regule la contratación del Estado en general o de la Generalitat Valenciana en particular, y, en concreto, el Decreto 79/2000, de 30 xx Xxxx y la Orden de 23 xx Xxxx de 2001, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, que regula el funcionamiento e inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana, y por la que se dictan normas para la clasificación de empresas por la Generalitat Valenciana, así como por la legislación supletoria que le fuere de aplicación, igualmente en cuanto no se opongan al TRLCSP y al RPLCSP. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - El documento en que se formalice el contrato. Las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de la Ciudad de Valencia, para resolver los litigios que puedan originarse con motivo del cumplimiento del presente contrato.

  • NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER Las necesidades administrativas a satisfacer con el contrato que se proyecta realizar, se han acreditado en la documentación preparatoria, en el informe del Servicio Promotor del expediente cuando se justifica la necesidad e idoneidad del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en lo sucesivo, TRLCSP y se concretan en el Anexo I, apartado 2º.

  • Continuidad del SERVICIO Sin perjuicio de las condiciones que en su caso establezca EL PROVEEDOR, MOVISTAR será responsable de la prestación del servicio soporte, atención al cliente y de la gestión de incidencias.

  • CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

  • Capacidad Podrán presentar proposiciones, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para ello y que no se encuentren incluidos en los supuestos de prohibición recogidos en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

  • ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Inspección Previa Consultas Escritas sobre el DBC

  • FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO La ENTIDAD designará un FISCAL de seguimiento y control del servicio, y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa. El fiscal tendrá las siguientes funciones: (Las funciones específicas del FISCAL deberán ser formuladas por la entidad en esta cláusula, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas expresadas en el Documento Base de Contratación y a las exigencias que éstos requieran para su seguimiento y control).