Common use of CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES Clause in Contracts

CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1.- Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna prohibición para contratar, y acrediten su solvencia económica-financiera y técnica. 2.- Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. 3.- Tratándose de personas jurídicas las prestaciones objeto del contrato deberán estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad, que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales le sean propias. 4.- Los licitadores deberán acreditar las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica que se especifica en la cláusula 15.1, apartado E/ de este Pliego. 5.- Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberá acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, conforme a los artículos 75 y 76 del TRLCSP, todo ello sin perjuicio de lo establecido en los artículos 58 de la citad Ley. 6.- Las demás empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española. 1.- La licitación de conformidad con el art.142 del TRLCSP debe publicarse, en los diarios oficiales que corresponda, según que el contrato esté o no sujeto a regulación armonizada. El plazo para la presentación de proposiciones será el previsto para cada caso en el artículo 159 del TRLCSP, a contar desde la publicación del anuncio en el diario oficial que proceda y especificado en el apartado F/ del Cuadro de Características Particulares. En todo caso el anuncio de licitación y plazo de presentación de proposiciones debe publicarse en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. 2.- Las empresas podrán examinar el proyecto de obras aprobado por el Ayuntamiento y demás antecedentes en las dependencias del Servicio de Contratación, pudiendo obtener las aclaraciones que consideren precisas. Los interesados también podrán obtener información través del Portal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx

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Samples: Contract for Works, Contract for Works, Contrato De Obras

CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1.- Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, presentar ofertas las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna prohibición para prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica-, financiera y técnica. 2.- Los licitadores deberán contar1.- Capacidad de obrar de los empresarios se acreditará: a.-) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, asimismomediante la escritura o documento de constitución, con la habilitación empresarial los estatutos o profesional queel acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, sea exigible para en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, y la realización de la actividad las personas físicas mediante el D.N.I. o prestación que constituya el objeto del contratopasaporte en vigor. 3.- Tratándose b.-) La capacidad de personas jurídicas las prestaciones objeto del contrato deberán estar comprendidas dentro obrar de los fines, objeto o ámbito de actividad, que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales le sean propias. 4.- Los licitadores deberán acreditar las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica que se especifica en la cláusula 15.1, apartado E/ de este Pliego. 5.- Los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. c.-) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. d.-) Cuando el que presente la oferta actúe en nombre o representación del licitador, deberá aportar los poderes bastantes que así lo acrediten. 2.- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar: conforme a lo previsto en el art. 71 de la LCSP. 3.- Solvencia del empresario: 3.1.-) La solvencia se acreditará mediante la siguiente clasificación en vigor: GRUPO E, SUBGRUPO 1 OBRAS HIDRÁULICAS- ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTOS; CATEGORÍA C) O SUPERIOR. GRUPO G, SUBGRUPO 6 VIALES Y PISTAS- OBRAS VIALES SIN CUALIFICACIÓN ESPECÍFICA; CATEGORÍA C) O SUPERIOR. 3.2.-) No obstante y atendido que el valor del contrato no supera los 500.000 euros, los licitadores que no posean dicha clasificación podrán acreditar su solvencia económica, económica financiera y técnicatécnica de la siguiente forma: a.- la solvencia económico-financiera se podrá acreditará por uno cualquiera de los siguientes medios. • Declaración del volumen anual de negocios por importe igual o superior al precio de licitación del contrato. • Patrimonio neto, conforme o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al precio de licitación del contrato. b.- La solvencia técnica deberá acreditarse por los siguientes medios: • Una relación de los principales servicios o trabajos realizados dentro de los últimos 5 años, similares a los artículos 75 y 76 del TRLCSP, todo ello sin perjuicio de lo establecido en los artículos 58 que son objeto de la citad Leypresente licitación, con indicación de fechas e importes y destinatario de los mismos, cuyo importe deberá ser como mínimo en el mejor año, igual al precio de licitación del contrato. • Los títulos académicos o profesionales del responsable o responsables de las obras y de los técnicos encargados directamente de las mismas. • Declaración de la maquinaria, material y equipo técnico del que se disponga por el licitador para ejecutar la obra, que deberá justificarse documentalmente cuando así se le requiera por el Ayuntamiento. 4.- La justificación de hallarse el licitador al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. 5.- En el caso de las uniones temporales de empresarios (UTE), deberá aportarse compromiso de que, en caso de resultar adjudicataria se constituirá en UTE, indicando en dicho compromiso el porcentaje de participación de cada empresa y nombrando un representante o apoderado de la misma. En cualquier caso, todas las empresas integrantes de la UTE deberán tener la clasificación prevista en este pliego o acreditar, de resultar adjudicatarios, los requisitos de solvencia reseñados. 6.- Las demás empresas extranjeras deberán acreditar que estén inscritas en cualquier registro oficial de licitadores y empresas calificadas, podrán aportar certificado en vigor quedando por tanto exentas de aportar la documentación justificativa de su capacidad de obrar mediante informe obrar, su representación y la declaración de la respectiva Misión Diplomática Permanente españolano estar incurso en prohibición de contratar. 1.- La licitación de conformidad con el art.142 7.- Una declaración del TRLCSP debe publicarse, en los diarios oficiales licitador que corresponda, según que el contrato esté o no sujeto a regulación armonizada. El plazo resulte propuesto para la presentación adjudicación del contrato, de proposiciones será el previsto que dispone efectivamente del personal y medios comprometidos para cada caso en el artículo 159 del TRLCSP, a contar desde la publicación del anuncio en el diario oficial que proceda y especificado en el apartado F/ del Cuadro ejecución de Características Particulares. En todo caso el anuncio de licitación y plazo de presentación de proposiciones debe publicarse en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxlas obras. 2.- Las empresas podrán examinar el proyecto de obras aprobado por el Ayuntamiento y demás antecedentes en las dependencias del Servicio de Contratación, pudiendo obtener las aclaraciones que consideren precisas. Los interesados también podrán obtener información través del Portal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx

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Samples: Contrato Administrativo De Obras

CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1.- Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, las personas naturales y las jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna prohibición e incompatibilidad para contratar, y acrediten su solvencia económica-, financiera y técnica. 2.- Los licitadores deberán contar, asimismo, contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. 3.- Tratándose de personas jurídicas las prestaciones objeto del contrato deberán estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad, actividad que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales le sean propias. 4.- Los licitadores deberán acreditar las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica que se especifica en la cláusula 15.19, apartado E/ de este Pliego. 5.- Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberá deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, conforme a los artículos 75 y 76 del TRLCSP, todo ello sin perjuicio de lo establecido en los artículos 58 de la citad citada Ley. 6.- Las demás empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española. 1.- La licitación invitación a participar y presentar ofertas deberá formularse, al menos, a tres empresas capacitadas, dejando constancia de conformidad con el art.142 del TRLCSP debe publicarse, en los diarios oficiales que corresponda, según que el contrato esté o no sujeto a regulación armonizada. El plazo para la presentación de proposiciones será el previsto para cada caso ello en el artículo 159 del TRLCSP, a contar desde la publicación del anuncio en el diario oficial que proceda expediente y especificado en el apartado F/ del Cuadro de Características Particulareslas ofertas recibidas. En todo caso la invitación que se curse deberá indicarse el anuncio de licitación plazo, y plazo de presentación de proposiciones debe publicarse la documentación que deben presentar, así como referencia a la página Web donde pueden obtener la información que precisen. La documentación a presentar por los licitadores será original o bien copias compulsadas o autenticadas conforme a la legislación en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxla materia. 2.- La oferta y documentación se presentará en el Servicio de Contratación del Ayuntamiento en el plazo señalado en el escrito de invitación. Podrá enviarse por correo, dentro del plazo de admisión señalado. En tal caso el empresario, deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta en el mismo día, mediante fax, telegrama o correo electrónico. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el escrito de invitación. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, esta no será admitida en ningún caso. 3.- Las empresas podrán examinar el proyecto de obras aprobado por el Ayuntamiento y demás antecedentes antecedentes, en las dependencias del Servicio de Contratación, pudiendo obtener las aclaraciones que consideren precisas. Los interesados también podrán obtener información a través del Portal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxwww. xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxx.xx .

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Samples: Contract for Works

CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1.- Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, 1.Estarán facultadas para contratar con esta Administración las personas naturales y físicas o jurídicas, españolas o extranjerasextranjeras que, que tengan teniendo plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna prohibición para contratar, y acrediten su solvencia económica-financiera y técnica. 2.- Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. 3.- Tratándose de personas jurídicas las prestaciones objeto del contrato deberán estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad, que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales le sean propias. 4.- Los licitadores deberán acreditar las condiciones mínimas de correspondiente solvencia económica, financiera o técnica y técnica que no se especifica encuentren incursas en la cláusula 15.1, apartado E/ alguna de este Pliego. 5.- Los empresarios no españoles de Estados miembros las prohibiciones comprendidas en el artículo 49 de la Unión Europea deberá LCSP. La prueba de no encontrarse incursas en una prohibición de contratar se realizará de conformidad con lo establecido por el artículo 62 de la LCSP. 2.Asimismo, será requisito para contratar con el Ayuntamiento xx Xxxxx que las personas físicas y jurídicas tengan una finalidad o actividad relacionada directamente con el objeto del contrato y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. 3.Todos los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, económica y financiera y técnica, conforme a los artículos 75 y 76 del TRLCSP, todo ello sin perjuicio de lo establecido en los artículos 58 de la citad Ley. 6.- Las demás empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española. 1.- La licitación de conformidad con el art.142 del TRLCSP debe publicarseartículo 64 de la LCSP. 4.Por su parte, la solvencia técnica o profesional será acreditada en los diarios oficiales términos del art. 68 de la LCSP. 0.Xx presentarse a la licitación uniones de empresarios que correspondase constituyan temporalmente al efecto, según sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se hubiese efectuado la adjudicación a su favor, será necesario que los empresarios integrados en ella indiquen sus nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asuman el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios. Asimismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante el Ayuntamiento xx Xxxxx y nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poder bastante ante la Administración para ejercitar los derechos y cumplir los deberes que se deriven del contrato esté hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poder mancomunado que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. 0.Xx durante la tramitación del procedimiento y antes de su adjudicación se produjera la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o no sujeto a regulación armonizada. El plazo para candidata por fusión, escisión o por la presentación transmisión de proposiciones será el previsto para cada caso su patrimonio empresarial, la sucederá en su posición en el artículo 159 procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del TRLCSPpatrimonio o de la correspondiente rama de actividad, a contar desde siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la publicación del anuncio solvencia o clasificación en las condiciones exigidas en el diario oficial que proceda y especificado pliego de cláusulas administrativas particulares para poder participar en el apartado F/ del Cuadro procedimiento de Características Particularesadjudicación de conformidad con el art. En todo caso el anuncio 133 de licitación y plazo de presentación de proposiciones debe publicarse en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxla LCSP. 2.- Las empresas podrán examinar el proyecto de obras aprobado por el Ayuntamiento y demás antecedentes en las dependencias del Servicio de Contratación, pudiendo obtener las aclaraciones que consideren precisas. Los interesados también podrán obtener información través del Portal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx

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Samples: Concesión Administrativa

CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1.- (Arts. 61-98) 8.1.- Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, contratar las personas naturales y jurídicas, españolas o jurídicas nacionales o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que obrar y no estén incursas en ninguna prohibición para contratar, dispongan de la solvencia económica y acrediten su solvencia económica-financiera y técnica. 2.- Los licitadores deberán contarprofesional o técnica requerida, asimismo, todo ello de conformidad con la habilitación empresarial o profesional que, lo dispuesto en su caso, sea exigible para la realización el Capítulo II del Título II del Libro primero de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. 3.- Tratándose LCSP (Artículos 61 a 98). Los licitadores, además, deberán reunir los siguientes requisitos a efectos de personas jurídicas las prestaciones objeto del contrato deberán estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad, que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales le sean propias. 4.- Los licitadores deberán acreditar las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica que se especifica en la cláusula 15.1, apartado E/ de este Pliego. 5.- Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberá acreditar su capacidad y solvencia económica, financiera y técnica: 8.1.1.- Estar incluidos en el listado de comercializadores publicado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, (en adelante CNMC). En la comunicación de inicio de su actividad a dicha Comisión en la que especifique el ámbito territorial en el que se vaya a desarrollar su actividad, necesariamente debe estar incluido el territorio de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. 8.1.2.- La solvencia económico-financiera se acreditará mediante el volumen anual de negocios en el ámbito de la actividad de suministro de energía eléctrica referido al año de mayor volumen de negocio de los últimos tres años igual o superior a 10.000.000 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de una declaración responsable sobre el volumen global de negocios en el ámbito de actividad de suministro de energía eléctrica. Las empresas propuestas como adjudicatarias, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, presentarán la justificación de su solvencia mediante la documentación a los artículos 75 y 76 del TRLCSPque se refiere el artículo 87.3 de la LCSP, todo ello sin perjuicio de que la acreditación de las personas inscritas en los Registros Oficiales de contratistas se ajustará a lo establecido dispuesto en los artículos 58 96 y 97 de la citad LeyLCSP. 6.- Las demás empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar 8.1.3.- La solvencia técnica profesional se acreditará mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española. 1.- La licitación de conformidad con el art.142 del TRLCSP debe publicarse, en los diarios oficiales que corresponda, según que el contrato esté o no sujeto a regulación armonizada. El plazo para la presentación de proposiciones será una relación de los principales suministros eléctricos efectuados durante los últimos tres años, de tal manera que el previsto para cada caso importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 7.000.000 €. Las empresas propuestas como adjudicatarias, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, presentarán la justificación de su solvencia mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado mediante una declaración del empresario, justificación que se ajustará a lo dispuesto en el artículo 159 del TRLCSP, a contar desde 89.1.a) de la publicación del anuncio en el diario oficial que proceda y especificado en el apartado F/ del Cuadro de Características Particulares. En todo caso el anuncio de licitación y plazo de presentación de proposiciones debe publicarse en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento xx XxxxxxxxxLCSP. 2.- Las empresas podrán examinar el proyecto de obras aprobado por el Ayuntamiento y demás antecedentes en las dependencias del Servicio de Contratación, pudiendo obtener las aclaraciones que consideren precisas. Los interesados también podrán obtener información través del Portal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx

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Samples: Contrato De Suministro

CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1.- Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna prohibición e incompatibilidad para contratar, y acrediten su solvencia económica-financiera y técnica. 2.- Los licitadores deberán contar, asimismo, contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. 3.- Tratándose de personas jurídicas las prestaciones objeto del contrato deberán estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad, que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales fundacionales, le sean propias. 4.- Los licitadores deberán acreditar las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica que se especifica en la cláusula 15.19.1, apartado E/ F/ de este Pliego. 5.- Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberá deberán acreditar su solvencia económica, -financiera y técnica, conforme a los artículos 75 y 76 del TRLCSP, todo ello sin perjuicio de lo establecido en los artículos 58 y 146 de la citad Leydicho texto legal. 6.- Las demás empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española. 1.- La licitación de conformidad con el art.142 art. 177.2 y 142.4 del TRLCSP debe publicarse, en los diarios oficiales que correspondaal menos, según que el contrato esté o no sujeto a regulación armonizada. El plazo para la presentación de proposiciones será el previsto para cada caso en el artículo 159 del TRLCSP, a contar desde la publicación del anuncio en el diario oficial que proceda y especificado en el apartado F/ del Cuadro de Características Particulares. En todo caso el anuncio de licitación y plazo de presentación de proposiciones debe publicarse en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. No obstante podrá prescindirse de la publicación del anuncio cuando se acuda al procedimiento negociado por haberse presentado ofertas irregulares o inaceptables en los procedimientos antecedentes, siempre que en la negociación se incluya a todos los licitadores que en el procedimiento abierto o restringido, o en el procedimiento de diálogo competitivo seguido con anterioridad, hubiesen presentado ofertas conformes con los requisitos formales exigidos, y solo a ellos. 2.- Las empresas podrán examinar el proyecto de obras aprobado por el Ayuntamiento y demás antecedentes en las dependencias del Servicio de Contratación, pudiendo obtener las aclaraciones que consideren precisas. Los interesados también Igualmente podrán obtener información través del Portal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxx.xxxx .

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Samples: Contract for Works

CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1.- Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna prohibición para contratar, y acrediten su solvencia económica-financiera y técnica. 2.- Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. 3.- Tratándose de personas jurídicas las prestaciones objeto del contrato deberán estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad, que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales le sean propias. 4.- Los licitadores deberán acreditar las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica que se especifica en la cláusula 15.1, apartado E/ de este Pliego. 5.- Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberá acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, conforme a los artículos 75 y 76 del TRLCSP, todo ello sin perjuicio de lo establecido en los artículos 58 de la citad Ley. 6.- Las demás empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española. 1.- La licitación de conformidad con el art.142 del TRLCSP debe publicarse, en los diarios oficiales que corresponda, según que el contrato esté o no sujeto a regulación armonizada. El plazo para la presentación de proposiciones será el previsto para cada caso en el artículo 159 del TRLCSP, a contar desde la publicación del anuncio en el diario oficial que proceda y especificado en el apartado F/ del Cuadro de Características Particulares. En todo caso el anuncio de licitación y plazo de presentación de proposiciones debe publicarse en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. 2.- Las empresas podrán examinar el proyecto de obras aprobado por el Ayuntamiento y demás antecedentes en las dependencias del Servicio de Contratación, pudiendo obtener las aclaraciones que consideren precisas. Los interesados también podrán obtener información través del Portal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx

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Samples: Contrato De Obras

CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1.- Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna prohibición para contratar, y acrediten su solvencia económica-financiera y técnica. 2.- Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. 3.- Tratándose de personas jurídicas las prestaciones objeto del contrato deberán estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad, que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales le sean propias. 4.- Los licitadores deberán acreditar las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica que se especifica en la cláusula 15.19.2, apartado E/ de este Pliego. 5.- Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberá acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, conforme a los artículos 75 64 y 76 del TRLCSP65 de la L.C.S P., todo ello sin perjuicio de lo establecido en los artículos 58 47 y 130 de la citad citada Ley. 6.- Las demás empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española. 1.- La licitación de conformidad con el art.142 del TRLCSP art.126 y 143 de la L.C.S.P. debe publicarse, en los diarios oficiales que corresponda, según que el contrato esté o no sujeto a regulación armonizada. El plazo para la presentación de proposiciones será el previsto para cada caso en el artículo 159 del TRLCSP143 de la L.C.S.P., a contar desde la publicación del anuncio en el diario oficial que proceda y especificado en el apartado F/ del Cuadro de Características Particulares. En todo caso el anuncio de licitación y plazo de presentación de proposiciones debe publicarse en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. 2.- Las empresas podrán examinar el proyecto de obras aprobado por el Ayuntamiento y demás antecedentes en las dependencias del Servicio de Contratación, pudiendo obtener las aclaraciones que consideren precisas. Los interesados también podrán obtener información través del Portal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxwww. xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxx.xx

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Samples: Contrato De Obras

CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. 1.- Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna prohibición e incompatibilidad para contratar, y acrediten su solvencia económica-financiera y técnica. 2.- Los licitadores deberán contar, asimismo, contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. 3.- Tratándose de personas jurídicas las prestaciones objeto del contrato deberán estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad, que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales fundacionales, le sean propias. 4.- Los licitadores deberán acreditar las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica que se especifica en la cláusula 15.19.1, apartado E/ F/ de este Pliego. 5.- Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberá deberán acreditar su solvencia económica, -financiera y técnica, conforme a los artículos 75 64 y 76 del TRLCSP65 de la L.C.S P., todo ello sin perjuicio de lo establecido en los artículos 58 47 y 130 de la citad citada Ley. 6.- Las demás empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española. 1.- La licitación de conformidad con el art.142 del TRLCSP art. 161.2 y 126.4 de la L.C.S.P. debe publicarse, en los diarios oficiales que correspondaal menos, según que el contrato esté o no sujeto a regulación armonizada. El plazo para la presentación de proposiciones será el previsto para cada caso en el artículo 159 del TRLCSP, a contar desde la publicación del anuncio en el diario oficial que proceda y especificado en el apartado F/ del Cuadro de Características Particulares. En todo caso el anuncio de licitación y plazo de presentación de proposiciones debe publicarse en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. No obstante podrá prescindirse de la publicación del anuncio cuando se acuda al procedimiento negociado por haberse presentado ofertas irregulares o inaceptables en los procedimientos antecedentes, siempre que en la negociación se incluya a todos los licitadores que en el procedimiento abierto o restringido, o en el procedimiento de diálogo competitivo seguido con anterioridad, hubiesen presentado ofertas conformes con los requisitos formales exigidos, y solo a ellos. 2.- Las empresas podrán examinar el proyecto de obras aprobado por el Ayuntamiento y demás antecedentes en las dependencias del Servicio de Contratación, pudiendo obtener las aclaraciones que consideren precisas. Los interesados también Igualmente podrán obtener información través del Portal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxwww. Xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxx.xx .

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Samples: Contrato De Obras