Common use of CAPITAL SOCIAL Clause in Contracts

CAPITAL SOCIAL. 1. El capital de la Sociedad asciende a CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO (168.358.745) euros. 2. El capital social se halla dividido en TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTAS NOVENTA (336.717.490) acciones ordinarias de 0,50 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la uno (1) a la trescientos treinta y seis millones setecientos diecisiete mil cuatrocientas noventa (336.717.490), ambas inclusive. 3. Todas las acciones se encuentran íntegramente desembolsadas. 4. La Sociedad podrá emitir acciones sin derecho de voto por un importe nominal no superior a la mitad del capital social desembolsado, que tendrán los derechos y obligaciones previstos para ellas en la Ley. Los titulares de acciones sin voto tendrán derecho a percibir el dividendo anual mínimo del cinco por ciento (5 %) del capital desembolsado por cada acción sin voto. 5. Asimismo, la Sociedad podrá emitir acciones rescatables de conformidad con la normativa aplicable, que atribuirán a sus titulares los derechos que establezca el acuerdo de emisión 4. Delegación de facultades a) Publicar los anuncios que sean preceptivos con relación al acuerdo adoptado por la presente Junta General. b) Comparecer ante el Notario de su elección con el objeto de otorgar la correspondiente escritura de reducción de capital, con los pactos y declaraciones que fueran convenientes pudiendo incluso (i) aclarar o subsanar cualesquiera de los extremos incluidos en el presente acuerdo; (ii) otorgar las escrituras de subsanación, complementarias o aclaratorias que, en su caso, procedan hasta obtener la inscripción de la reducción de capital en el Registro Mercantil; o (iii) solicitar, en su caso, del Registrador Mercantil la inscripción parcial. c) Realizar los trámites y actuaciones que sean necesarios y presentar los documentos que sean precisos ante los organismos competentes para que, una vez se haya producido la amortización de las acciones de la Sociedad y el otorgamiento de la escritura de reducción de capital y su inscripción en el Registro Mercantil, se produzca la exclusión de la negociación de las acciones amortizadas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) y la cancelación de los correspondientes registros contables. d) Realizar cuantas actuaciones fueran necesarias o convenientes para la plena efectividad del presente acuerdo ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, españoles y extranjeros, incluidas la de declaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir y obstaculizar la plena efectividad del presente acuerdo. Se autoriza expresamente al Consejo de Administración para que, a su vez, pueda delegar las facultades a las que se refiere este acuerdo.

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Samples: Liquidity Contract

CAPITAL SOCIAL. 1El capital Social se fija en la suma de pe- sos trescientos cuarenta mil ($ 340.000.-), representado por tres mil cuatrocientas (3.400) accio- nes ordinarias de un voto, nomi- nativas no endosables de pesos cien ($ 100.-) valor nominal de cada una. El capital Capital Social podrá ser aumentado hasta el quintuplo de su monto, conforme con lo dis- puesto por el Articulo 188 de la Sociedad asciende Ley 19.550 (t.o. 1.984). Los accio- nistas deciden por unanimidad que la integración del aporte de $ 290.000.- destinado al aumento de capital sea realizado por apor- tes en dinero en efectivo. Pasado a CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO tratar el siguiente punto del or- den del día: Modificación del Artí- culo Decimocuarto del Estatuto Social, Atribuciones del Directorio: «para celebrar actos de disposi- ción de bienes inmuebles, mue- bles registrables y no registrables se necesitará la aprobación del Presidente y Vicepresidente del Directorio, posterior a la aproba- ción de la Asamblea de accionis- tas por las dos terceras partes del capital presente. Luego de un in- tercambio de opiniones, puesto a votación la propuesta, la mis- ma es aceptada por unanimidad. Bto. 41058 12/3/2012 (168.358.7451 Pub.) euros. 2. El capital social se halla dividido en TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTAS NOVENTA (336.717.490) $ 40,50 ——————————————— 1.018.016 acciones ordinarias de 0,50 euros clase B de valor nominal cada una$ 1, numeradas correlativamente de la uno nominativas, no endosables y con derecho a un (1) a la trescientos treinta y seis millones setecientos diecisiete mil cuatrocientas noventa (336.717.490), ambas inclusive. 3. Todas las acciones se encuentran íntegramente desembolsadas. 4. La Sociedad podrá emitir acciones sin derecho de voto por un importe nominal no superior acción. Bto. 41080 12/3/2012 (1 Pub.) $ 9,00 hace saber conforme a los artícu- los 10, 12, 14, y concordantes de la mitad del capital social desembolsadoLey 19.550, que en Asamblea General Extraordinaria de accio- nistas del día 26 de enero de 2012 según acta n° 32, ha procedido a modificar el artículo décimo quin- to de los Estatutos Sociales, que- dando redactado de la siguiente manera: Artículo Décimo Quinto: Solamente en los supuestos que el capital supere la suma esta- blecida en el inciso segundo del Art. 299 de la ley de Sociedades, o se configure cualquiera de los demás casos previstos en el ci- tado artículo, la Asamblea de Ac- cionistas deberá designar un Síndico titular y un Síndico Suplen- te, y si fuera el caso de una comi- sión fiscalizadora integrada por tres Síndicos titulares y tres su- plentes y por el término de tres ejercicios económicos. Los nom- brados deberán de reunir las con- diciones y tendrán los las funciones, derechos y obligaciones previstos para ellas estable- cidas en la LeyLey de Sociedades. Los titulares De no ocurrir tales supuestos, se, prescinde de acciones sin voto tendrán la Sindicatura, otor- gándose a los socios el derecho a percibir de Contralor, que confiere el dividendo anual mínimo del cinco Art. 55 de la aludida normal. El Directorio Bto. 28115 12/3/2012 (1 Pub.) $ 16,50 11.00 horas, para contratar por ciento (5 %) del capital desembolsado por cada acción sin voto. 5. Asimismoel sistema de Ajuste Alzado, la Sociedad podrá emitir acciones rescatables eje- cución de conformidad la siguiente obra: Obra: Mendoza - Centro Universi- tario - Facultad de Artes y Diseño - Construcción de Cochera Vehicular Presupuesto Oficial: $ 123.944,83 Valor del Pliego: $ 200,00 Garantía de Licitación: $ 1.240,00 La carpeta con la normativa aplicable, que atribuirán documentación se encuentra a sus titulares los derechos que establezca el acuerdo de emisión 4. Delegación de facultades a) Publicar los anuncios que sean preceptivos con relación al acuerdo adoptado por la presente Junta General. b) Comparecer ante el Notario de su elección con el objeto de otorgar la correspondiente escritura de reducción de capital, con los pactos y declaraciones que fueran convenientes pudiendo incluso (i) aclarar o subsanar cualesquiera disposición de los extremos incluidos interesados (hasta tres días há- biles anteriores a la fecha de aper- tura), en la Dirección de Logística y Administración, Facultad de Ciencias Médicas, Sector 8, Planta Baja, Centro Universitario, Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendo- za, donde se realizará la apertura de las propuestas el día y hora indicados. Bto. 26748 12/13/14/15/16/19/20/21/22/23/3/ 2012 (10 P.) $ 150,00 Lugar y Fecha Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de marzo de 2012 Nombre del organismo contratan- te DIRECCION DE REMONTA Y VE- TERINARIA Procedimiento de Selección Tipo: Licitación Pública Nro: 09 - Ejercicio: 2012 Clase: De Etapa Única Nacional Modalidad: Sin Modalidad Expediente Nº: AF 12- 0403/5 Rubro comercial: (70) Agricultura, ganadería, caza y silvicultura Objeto de la contratación: Permuta de aproximadamen- te 725 toneladas de Membrillo fresco presentación en planta del Establecimiento «Cuadro Nacio- nal» por 86.768,62 Kg de Dulce de Membrillo en lata, cajón de madera, cajón de cartón de 5 Kg, puesto en el presente acuerdo; Batallón de Intenden- cia 601 y aproximadamente 50 toneladas de Membrillo fresco presentación en planta del Esta- blecimiento «Campo los Andes» por 5.984,04 Kg de Dulce de Membrillo en lata, cajón de ma- dera o caja de cartón de 5 kg, pues- to en el Batallón de Intendencia 601. Retiro o Adquisición de Plie- gos Lugar/Dirección: Dirección de Re- monta y Veterinaria - División Compras y Contrataciones - Arévalo 3065 - (ii1426) otorgar las escrituras Ciudad Au- tónoma de subsanaciónBuenos Aires - Esta- blecimiento «Cuadro Nacional», complementarias o aclaratorias queAv. Mitre 5600 - San Rafael, Pro- vincia de Mendoza y en su casoel «Cam- po los Andes», procedan hasta obtener la inscripción Cnl Goulu S/N, Campo Los Andes, Tunuyán - Provincia de Mendoza. Plazo y horario: De Lunes a Vier- nes de 08:00 a 12:00 horas. Hasta 1 hora antes de la reducción fecha y hora de capital apertura. Costo del pliego: Sin Costo Consulta de Pliegos: Lugar/Dirección: Dirección de Remonta y Veterinaria - División Compras y Contrataciones - Arévalo 3065 - (1426) Ciudad Au- tónoma de Buenos Aires - Esta- blecimiento «Cuadro Nacional», Av. Mitre 5600 - San Rafael, Pro- vincia de Mendoza y en el Registro Mercantil; o (iii) solicitar«Cam- po los Andes», en su casoCnl Goulu S/N, del Registrador Mercantil la inscripción parcial. c) Realizar los trámites Campo Los Andes, Tunuyán - Provincia de Mendoza. Plazo y actuaciones que sean necesarios y presentar los documentos que sean precisos ante los organismos competentes para que, una vez se haya producido la amortización Horario: De Lunes a Vier- nes de las acciones 08:00 a 12:00 horas. Hasta 1 hora antes de la Sociedad fecha y el otorgamiento hora de la escritura de reducción de capital y su inscripción en el Registro Mercantil, se produzca la exclusión de la negociación de las acciones amortizadas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) y la cancelación de los correspondientes registros contablesapertura. d) Realizar cuantas actuaciones fueran necesarias o convenientes para la plena efectividad del presente acuerdo ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, españoles y extranjeros, incluidas la de declaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir y obstaculizar la plena efectividad del presente acuerdo. Se autoriza expresamente al Consejo de Administración para que, a su vez, pueda delegar las facultades a las que se refiere este acuerdo.

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Samples: Sociedad Anónima

CAPITAL SOCIAL. 1. El capital de la Sociedad asciende a CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO (168.358.745) euros. 2. El Se fija el capital social se halla en la cantidad de CIEN MIL EUROS (100.000 €), dividido en TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS DIEZ MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTAS NOVENTA (336.717.49010.000.000) acciones ordinarias de 0,50 euros acciones, acumulables e indivisibles, de un céntimo de euro (0,01 €) de valor nominal cada unauna de ellas, de clase y serie únicas, y numeradas correlativamente de la uno (1) con los números UNO a la trescientos treinta y seis millones setecientos diecisiete mil cuatrocientas noventa (336.717.490)DIEZ MILLONES, ambas ambos inclusive. 3. Todas las acciones se encuentran íntegramente desembolsadas. 4. La Sociedad podrá emitir acciones sin derecho gozarán de voto por un importe nominal no superior a la mitad del capital social desembolsado, que tendrán los mismos derechos y obligaciones previstos para ellas establecidos en la LeyLey y en los presentes estatutos. Los titulares Las acciones se encuentran totalmente suscritas y desembolsadas.” 5.- Como acuerdo complementario a los anteriores, facultar a todos y cada uno de los miembros del Consejo de Administración y al Secretario y Vicesecretario No- Consejeros, con toda la amplitud que se requiera en Derecho, para que cualquier de ellos, indistintamente y con su sola firma, pueda realizar todas las actuaciones necesarias o convenientes para la ejecución del presente acuerdo y, en particular, con carácter indicativo y no limitativo, para: (i) Llevar a cabo todos los actos necesarios a efectos de cumplir los requisitos que establece la LSC, el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores, el Real Decreto 878/2015, de 2 de octubre, sobre compensación, liquidación y registro de valores negociables representados mediante anotaciones en cuenta, para la plena eficacia de los acuerdos 1 a 4 anteriores, incluyendo la publicación de los correspondientes anuncios que resulten preceptivos. (ii) Realizar en nombre de la Sociedad cualquier actuación, declaración o gestión, redactar, suscribir y presentar cualquier documento o información que fuera necesaria ante la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores, Iberclear, BME Growth y cualquier otro organismo o entidad o registro público o privado, español o extranjero, en relación con la ejecución del desdoblamiento de acciones sin voto tendrán derecho y su canje por acciones de nueva emisión objeto del presente acuerdo, y, más concretamente, respecto la exclusión de negociación de las antiguas acciones y la admisión a percibir el dividendo anual mínimo del cinco por ciento (5 %) del capital desembolsado por cada acción sin votonegociación de las nuevas acciones. 5. Asimismo, la Sociedad podrá emitir acciones rescatables de conformidad con la normativa aplicable, que atribuirán a sus titulares los derechos que establezca el acuerdo de emisión 4. Delegación de facultades a) Publicar los anuncios que sean preceptivos con relación al acuerdo adoptado por la presente Junta General. b(iii) Comparecer ante el Notario notario de su elección con y elevar a escritura pública el objeto acuerdo de otorgar la correspondiente escritura de reducción de capital, con los pactos y declaraciones que fueran convenientes pudiendo incluso (i) aclarar o subsanar cualesquiera modificación del artículo 5 de los extremos incluidos en el presente acuerdo; (ii) otorgar las escrituras de subsanación, complementarias o aclaratorias que, en su caso, procedan hasta obtener la inscripción estatutos sociales de la reducción de capital en el Registro Mercantil; o (iii) solicitarSociedad, en su caso, del Registrador Mercantil la inscripción parcial. c) Realizar los trámites así́ como realizar cuantas acciones sean precisas y actuaciones que sean aprobar y formalizar cuantos documentos públicos y privados resulten necesarios y presentar los documentos que sean precisos ante los organismos competentes para que, una vez se haya producido la amortización de las acciones de la Sociedad y el otorgamiento de la escritura de reducción de capital y su inscripción en el Registro Mercantil, se produzca la exclusión de la negociación de las acciones amortizadas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) y la cancelación de los correspondientes registros contables. d) Realizar cuantas actuaciones fueran necesarias o convenientes para la plena efectividad del presente acuerdo ante cualesquiera entidades en cualquiera de sus aspectos y organismos públicos contenidos, y, en especial, para subsanar, aclarar, interpretar, completar, precisar o privadosconcretar, españoles y extranjerosen su caso, incluidas la de declaraciónel acuerdo adoptado y, complemento en particular, subsanar los defectos, omisiones o subsanación de defectos u omisiones errores que pudieran impedir apreciarse en la calificación verbal o escrita del Registro Mercantil. (iv) Solicitar la exclusión de negociación de las acciones preexistentes y obstaculizar la plena efectividad simultanea admisión a negociación de las acciones de nueva emisión en el BME Growth. (v) Establecer el procedimiento de canje de las acciones en todos aquellos extremos no descritos en el presente acuerdo, incluyendo la determinación de la fecha de efectos. (vi) Negociar y firmar, en su caso, en los términos y con las entidades o personas que estime más oportunos, los contratos que sean necesarios o convenientes para el buen fin de la ejecución del presente acuerdo. Se autoriza expresamente al Consejo . (vii) Declarar ejecutado en su integridad el presente acuerdo de Administración desdoblamiento de acciones. (viii) En general, realizar cuantas actuaciones sean necesarias o convenientes para que, a su vez, pueda delegar las facultades a las que se refiere este el buen fin del presente acuerdo.

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Samples: Otra Información Relevante

CAPITAL SOCIAL. 1La suscripción e integración del capital social del CONTRATISTA PPP deberá ser idéntica (o equivalente, en términos porcentuales) a la conformación del capital social del ADJUDICATARIO al momento de la presentación de la OFERTA. A la FECHA DE SUSCRIPCION, el CONTRATISTA PPP deberá tener suscripto un capital social mínimo en PESOS del importe equivalente en DÓLARES al cero coma uno por ciento (0,1%) del MONTO TOTAL REQUERIDO. El CONTRATISTA PPP deberá integrar mediante APORTES DE CAPITAL al momento de su constitución no menos del veinticinco por ciento (25%) del capital de la Sociedad asciende a CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO (168.358.745) euros. 2social. El capital social se halla dividido en TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTAS NOVENTA (336.717.490) acciones ordinarias de 0,50 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente no integrado al momento de la uno constitución deberá integrarse mediante APORTES DE CAPITAL que deberán realizarse en no más de tres (13) cuotas semestrales contadas a partir de la FECHA DE SUSCRIPCIÓN. La primera cuota deberá ser por un monto tal que, sumado al capital integrado a la trescientos treinta y seis millones setecientos diecisiete mil cuatrocientas noventa FECHA DE SUSCRIPCIÓN, represente, al menos, el cincuenta por ciento (336.717.490), ambas inclusive. 3. Todas las acciones se encuentran íntegramente desembolsadas. 4. La Sociedad podrá emitir acciones sin derecho de voto por un importe nominal no superior a la mitad 50%) del capital social desembolsadosuscripto. La segunda cuota deberá ser por un monto tal que, que tendrán los derechos sumado al capital integrado a la FECHA DE SUSCRIPCIÓN y obligaciones previstos para ellas en a la Ley. Los titulares fecha de acciones sin voto tendrán derecho a percibir la primera cuota, represente, al menos, el dividendo anual mínimo del setenta y cinco por ciento (5 75%) del capital desembolsado social suscripto. La tercera y última cuota deberá ser por cada acción sin voto.un monto tal que, sumado al capital integrado a la FECHA DE SUSCRIPCIÓN y a la fecha de la primera y segunda cuota, represente el cien por ciento (100%) del capital social suscripto. Cuando el APORTE DE CAPITAL sea un aporte irrevocable deberá constar el acta societaria correspondiente, el compromiso de capitalización del mismo dentro de un plazo máximo de dieciocho (18) meses. El capital social del CONTRATISTA PPP deberá estar representado por dos clases de acciones: 5. Asimismo, la Sociedad podrá emitir acciones rescatables de conformidad con la normativa aplicable, que atribuirán a sus titulares los derechos que establezca el acuerdo de emisión 4. Delegación de facultades a) Publicar los anuncios que sean preceptivos con relación al acuerdo adoptado por la presente Junta General. b) Comparecer ante el Notario de su elección con el objeto de otorgar la correspondiente escritura de reducción de capital, con los pactos y declaraciones que fueran convenientes pudiendo incluso (i) aclarar o subsanar cualesquiera de los extremos incluidos en el presente acuerdo; las ACCIONES CLASE A, y (ii) otorgar las escrituras de subsanaciónACCIONES CLASE B, complementarias o aclaratorias quelas que serán ambas nominativas no endosables, en su caso, procedan hasta obtener la inscripción conforme lo previsto por el artículo 33 de la reducción de capital en el Registro Mercantil; o (iii) solicitar, en su caso, del Registrador Mercantil la inscripción parcialLey 24.065. c) Realizar los trámites y actuaciones que sean necesarios y presentar los documentos que sean precisos ante los organismos competentes para que, una vez se haya producido la amortización de las acciones de la Sociedad y el otorgamiento de la escritura de reducción de capital y su inscripción en el Registro Mercantil, se produzca la exclusión de la negociación de las acciones amortizadas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) y la cancelación de los correspondientes registros contables. d) Realizar cuantas actuaciones fueran necesarias o convenientes para la plena efectividad del presente acuerdo ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, españoles y extranjeros, incluidas la de declaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir y obstaculizar la plena efectividad del presente acuerdo. Se autoriza expresamente al Consejo de Administración para que, a su vez, pueda delegar las facultades a las que se refiere este acuerdo.

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Samples: Contrato De Participación Público Privada

CAPITAL SOCIAL. 1. El capital de la Sociedad asciende a CIENTO social se fija en DOS MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO UN EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS DE EURO (168.358.7452.310.961,20.-€) euros. 2el cual se encuentra totalmente suscrito y desembolsado, dividido en 23.109.612 acciones iguales de 0,10 euros de valor nominal, cada una de ellas, numeradas del 1 al 23.109.612 ambas inclusive. El capital social se halla dividido en TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTAS NOVENTA (336.717.490) acciones ordinarias está íntegramente suscrito y desembolsado. La totalidad de 0,50 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la uno (1) a la trescientos treinta y seis millones setecientos diecisiete mil cuatrocientas noventa (336.717.490), ambas inclusive. 3. Todas las acciones se encuentran íntegramente desembolsadas. 4. La Sociedad podrá emitir acciones sin derecho de voto por un importe nominal no superior pertenecen a la mitad del capital social desembolsado, que tendrán una única clase y serie y confieren a su titular los mismos derechos y obligaciones previstos para ellas en la Ley. Los titulares de acciones sin voto tendrán derecho a percibir el dividendo anual mínimo del cinco por ciento (5 %) del capital desembolsado por cada acción sin votoobligaciones. 5. Asimismo, la Sociedad podrá emitir acciones rescatables de conformidad con la normativa aplicable, que atribuirán a sus titulares los derechos que establezca el acuerdo de emisión 4. Delegación de facultades a) Publicar Solicitar y obtener la admisión a negociación oficial de las nuevas acciones resultantes de la ampliación de capital, en el segmento BME Growth de BME MTF Equity, a través del sistema que corresponda en cada caso, elaborando y presentando los anuncios documentos que considere convenientes y realizando cuantos actos sean preceptivos con relación al acuerdo adoptado por la presente Junta Generalnecesarios o convenientes a tal efecto. b) Comparecer ante el Notario de su elección con el objeto de otorgar Y, en general, las facultades que sean legalmente necesarias para permitir la correspondiente escritura de reducción de capital, con los pactos y declaraciones que fueran convenientes pudiendo incluso (i) aclarar o subsanar cualesquiera más plena ejecución de los extremos incluidos en el presente acuerdo; (ii) otorgar acuerdos adoptados por la Junta General y de cuanto sea complementario o auxiliar de los mismos, realizando cuantos trámites sean necesarios o convenientes para obtener las escrituras de subsanación, complementarias autorizaciones o aclaratorias que, en su caso, procedan hasta obtener la inscripción inscripciones que sean preceptivas por parte de la reducción de capital en el Registro Mercantil; o (iii) solicitarCNMV, en su casoBME GROWTH, del Registrador Mercantil la inscripción parcial. c) Realizar los trámites y actuaciones que sean necesarios y presentar los documentos que sean precisos ante los organismos competentes para que, una vez se haya producido la amortización de las acciones de la Sociedad y el otorgamiento de la escritura de reducción de capital y su inscripción en el Registro Mercantil, o cualquier otro organismo público o privado, incluyendo entre otras, a título meramente ejemplificativo, la capacidad de suscribir documentos públicos o privados de toda clase y muy en especial redactar y formular folletos informativos, formular declaraciones, publicar anuncios, solicitar autorizaciones, realizar las comunicaciones que proceden a las autoridades de supervisión, solicitar cuántos actos fueren precisos para la ejecución de estos acuerdos y la inscripción de los acuerdos en los registros correspondientes, pudiendo rectificar o subsanar los presentes acuerdos, siempre que tales modificaciones o subsanaciones se produzca limiten a aceptar la exclusión calificación verbal o escrita del sr. Registrador Mercantil, así como para consentir la inscripción parcial de la negociación de las acciones amortizadas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) y la cancelación de los correspondientes registros contables. d) Realizar cuantas actuaciones fueran necesarias o convenientes para la plena efectividad del presente acuerdo ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, españoles y extranjeros, incluidas la de declaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir y obstaculizar la plena efectividad del presente acuerdoescritura. Se autoriza expresamente al Consejo procede a someter a votación la mencionada propuesta de Administración para queacuerdo produciéndose el siguiente resultado: Acciones % capital con derecho a voto Votos a favor 11.972.491 53,59% Votos en contra - - Abstenciones - - En consecuencia, a su vez, pueda delegar las facultades a las que se refiere este acuerdoel Presidente declara aprobada la propuesta de acuerdo anterior.

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Samples: Acta De La Junta General De Accionistas