ACTIVOS FINANCIEROS Cláusulas de Ejemplo

ACTIVOS FINANCIEROS. Junta de Gobierno de 21 xx xxxxx de 2019 Respecto a la evolución de los activos financieros, el Ayuntamiento de Madrid mantiene la dotación de 2019 por importe de 86,5 millones, destinados a la adquisición de acciones y participaciones dentro y fuera del sector público para fondos y sociedades de inversión de impacto social y medioambiental y a la financiación de actuaciones en eficiencia energética y adaptación al cambio climático de Madrid. El resto de los créditos corresponden a las empresas del sector público municipal.
ACTIVOS FINANCIEROS. En esta nota se desglosan los siguientes conceptos incluidos en los epígrafes del balance descritos a continuación: Millones de euros 2014 2013 (1) Activos financieros no xxxxxxxxxx 000 1.888 Otros activos financieros corrientes 2.513 354 Derivados por operaciones comerciales corrientes (2) 503 24 Efectivo y otros activos líquidos equivalentes 4.638 5.716
ACTIVOS FINANCIEROS. 3.1. Concepto y funciones. 3.2.
ACTIVOS FINANCIEROS. La Concesionaria Ruta G-60 S.A., clasifica sus activos financieros en las siguientes categorías: préstamos y cuentas a cobrar y activos financieros mantenidos hasta su vencimiento. La clasificación, depende del propósito con el que se adquirieron los activos financieros. La Administración determina la clasificación de sus activos financieros en el momento de su reconocimiento inicial. Los préstamos y cuentas a cobrar son instrumentos financieros no derivados, con pagos fijos o determinables que no se cotizan en un mercado activo. Se incluyen en activos corrientes, como deudores comerciales y otras cuentas por cobrar corrientes. Las ventas de Concesionaria Ruta G-60 S.A., son principalmente al contado, por lo que los saldos clasificados bajo este rubro normalmente no son significativos. Los activos financieros mantenidos hasta su vencimiento, son instrumentos financieros no derivados con pagos fijos o determinables y vencimiento fijo que la administración de Concesionaria Ruta G-60 S.A. tiene la intención positiva y la capacidad de mantener hasta su vencimiento. Estos instrumentos financieros, se incluyen en Otros activos financieros - no corriente, excepto aquellos con vencimiento inferior a 12 meses a partir de la fecha del balance, que se clasifican como Efectivo y Equivalentes al efectivo o como Otros activos financieros - corrientes. Su reconocimiento, se realiza a través del Costo amortizado registrándose directamente en el estado de resultados sus cambios de valor.
ACTIVOS FINANCIEROS. 1,00 TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS 4.342.313,49
ACTIVOS FINANCIEROS. Para efectos de mediciones posteriores, los activos financieros que no sean aquellos designados y efectivos como instrumentos de cobertura, se clasifican en las siguientes categorías al momento de su reconocimiento inicial:  Préstamos y cuentas por cobrar  Activos financieros a valor razonable a través de pérdidas y ganancias  Inversiones que se mantienen hasta el vencimiento  Activos financieros disponibles para la venta. Los activos financieros del Grupo se clasifican en la categoría de préstamos y cuentas por cobrar, y activos financieros disponibles para su venta. Estos activos financieros se deterioran cuando existe evidencia objetiva de que el activo financiero o el grupo de activos financieros se ha deteriorado. Se aplican diferentes criterios para determinar el deterioro de cada categoría de activos financieros, según se describe a continuación. Todos los ingresos y gastos relacionados con activos financieros que se reconocen en resultados se presentan en el costo integral de financiamiento, excepto por el deterioro de las cuentas por cobrar a clientes que se presenta dentro de “otros ingresos (gastos)”.
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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.