Características de la Garantía Única de Cumplimiento. Garantía Única de Cumplimiento: Dentro de los tres (3) Días siguientes a la suscripción del Contrato, el Consultor deberá presentar para aprobación de la AGENCIA una garantía única de cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato de Consultoría que corresponda a cualquiera de las clases establecidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.2. del Decreto 1082 de 2015. Las pólizas de seguro deberán reunir las condiciones establecidas en el Decreto 1082 de 2015 y en las mismas deberá figurar como asegurado la Agencia Nacional de Infraestructura y como tomador - garantizado o afianzado el Consultor, en caso de figura asociativa lo será cada uno de los integrantes de la misma. La Garantía Única de Cumplimiento deberá contener todos y cada uno de los siguientes amparos: (i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Consultor relativas al Contrato de Consultoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Consultor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Consultoría y seis meses más. En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Consultor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Consultoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato (ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Consultor durante toda la ejecución del Contrato de Consultoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Consultoría y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato. (iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Consultor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Consultor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente a treinta por ciento (30%) del valor total del contrato.
Appears in 4 contracts
Samples: Consulting Agreement, Consulting Agreement, Consulting Agreement
Características de la Garantía Única de Cumplimiento. Garantía Única de Cumplimiento: Dentro de los tres (3) Días siguientes a la suscripción del Contrato, el Consultor deberá presentar para aprobación de la AGENCIA una garantía única de cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato de Consultoría que corresponda a cualquiera de las clases establecidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.2. del Decreto 1082 de 2015. Las pólizas de seguro deberán reunir las condiciones establecidas en el la Sección 3 Subsección 1 del Decreto 1082 de 2015 y en las mismas deberá figurar como asegurado la Agencia Nacional de Infraestructura y como tomador - tomador- garantizado o afianzado el Consultor, en caso de figura asociativa estructura plural lo será cada uno de los integrantes de la misma. La Garantía Única de Cumplimiento deberá contener todos y cada uno de los siguientes amparos:
(i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Consultor relativas al Contrato de Consultoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Consultor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Consultoría y seis meses más. En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Consultor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Consultoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será el equivalente al veinte diez por ciento (2010%) del valor del contrato.
(ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Consultor durante toda la ejecución del Contrato de Consultoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Consultoría y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato.
(iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Consultor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Consultor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente a treinta por ciento (30%) del valor total del contrato. (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del contrato y 36 meses más contados a partir de la terminación del Contrato de Consultoría.
Appears in 1 contract
Samples: Consulting Agreement
Características de la Garantía Única de Cumplimiento. Garantía Única de Cumplimiento: Dentro de los tres seis (36) Días siguientes a la suscripción del Contrato, el Consultor Interventor deberá presentar para aprobación de la AGENCIA una garantía única de cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato de Consultoría Interventoría que corresponda a cualquiera de las clases establecidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.2. 5.1.3 del Decreto 1082 734 de 20152012. Las pólizas de seguro deberán reunir las condiciones establecidas en el la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 1082 734 de 2015 2012 y en las mismas deberá figurar como asegurado la Agencia Nacional de Infraestructura y como tomador - tomador- garantizado o afianzado el ConsultorInterventor, en caso de figura asociativa estructura plural lo será cada uno de los integrantes de la misma. La Garantía Única de Cumplimiento deberá contener todos y cada uno de los siguientes amparos:
(i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Consultor Interventor relativas al Contrato de Consultoría Interventoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al ConsultorInterventor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Consultoría y seis meses másInterventoría estimada en veinticuatro (24) meses, más una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos de la Sección 8.03 del presente Contrato. En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del ConsultorInterventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Consultoría Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será el equivalente al veinte diez por ciento (2010%) del valor de las obligaciones a cargo del contratoInterventor surgidas en la ejecución del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en ($ ) constantes del mes de febrero de 2014 (actualizado conforme a la Sección 1.03 del presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue.
(ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Consultor Interventor durante toda la ejecución del Contrato de ConsultoríaInterventoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez cinco por ciento (105%) de las obligaciones a cargo del valor total Interventor surgidas en la ejecución del contrato Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en ($ ) constantes del mes de febrero de 2014 (actualizado conforme a la Sección 1.03 del presente Contrato. (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Consultoría Interventoría y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) Días Hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contrato.
(iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Consultor Interventor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Consultor Interventor en desarrollo del presente Contrato. Contrato (2) El valor asegurado será el equivalente a treinta al diez por ciento (3010%) del valor total de las obligaciones a cargo del contratoInterventor surgidas en desarrollo del presente Contrato, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en PESOS ($ ) constantes del mes de febrero de 2014 (actualizado conforme a la Sección 1.03 del presente Contrato). El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de treinta y seis (36) meses contados a partir de la terminación del contrato de interventoría.
Appears in 1 contract
Samples: Interventoría Contract
Características de la Garantía Única de Cumplimiento. Garantía Única de Cumplimiento: Dentro de los tres (3) Días siguientes a la suscripción del Contrato, el Consultor Interventor deberá presentar para aprobación de la AGENCIA una garantía única de cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato de Consultoría Interventoría que corresponda a cualquiera de las clases establecidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.2. del Decreto 1082 de 2015. Las pólizas de seguro deberán reunir las condiciones establecidas en el Decreto 1082 de 2015 y en las mismas deberá figurar como asegurado la Agencia Nacional de Infraestructura y como tomador - garantizado o afianzado el ConsultorInterventor, en caso de figura asociativa lo será cada uno de los integrantes de la misma. La Garantía Única de Cumplimiento deberá contener todos y cada uno de los siguientes amparos:
(ia) Amparo de Cumplimiento del Contrato: :
(i) (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Consultor Interventor relativas al Contrato de Consultoría Interventoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al ConsultorInterventor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Consultoría Interventoría y seis meses más. En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del ConsultorInterventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Consultoría Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato
(iib) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: :
(1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Consultor Interventor durante toda la ejecución del Contrato de ConsultoríaInterventoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Consultoría Interventoría y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato.
(iiic) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Consultor Interventor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Consultor Interventor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente a treinta por ciento (30%) del valor total del contrato. (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del contrato y treinta y seis (36) meses más contados a partir de la terminación del Contrato de Interventoría.
Appears in 1 contract
Samples: Interventoría Contract
Características de la Garantía Única de Cumplimiento. Garantía Única de Cumplimiento: Dentro de los tres cinco (35) Días siguientes a la suscripción del Contrato, el Consultor Interventor deberá presentar para aprobación de la AGENCIA una garantía única de cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato de Consultoría Interventoría que corresponda a cualquiera de las clases establecidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.2. 111 del Decreto 1082 1510 de 20152013. Las pólizas de seguro deberán reunir las condiciones establecidas en el Titulo 3 del Capítulo I Decreto 1082 1510 de 2015 2013 y en las mismas deberá figurar como asegurado la Agencia Nacional de Infraestructura y como tomador - tomador- garantizado o afianzado el ConsultorInterventor, en caso de figura asociativa estructura plural lo será cada uno de los integrantes de la misma. La Garantía Única de Cumplimiento deberá contener todos y cada uno de los siguientes amparos:
(i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Consultor Interventor relativas al Contrato de Consultoría Interventoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al ConsultorInterventor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Consultoría Interventoría estimada en catorce (14) meses, y seis (6) meses másmás contados a partir de la fecha de expedición de la póliza. . En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del ConsultorInterventor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Consultoría Interventoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será el equivalente al veinte diez por ciento (2010%) del valor de las obligaciones a cargo del contratoInterventor surgidas en la ejecución del Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX en pesos corrientes. El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue.
(ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: :
(1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Consultor Interventor durante toda la ejecución del Contrato de ConsultoríaInterventoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez cinco por ciento Diez (10%) de las obligaciones a cargo del valor total Interventor surgidas en la ejecución del contrato Contrato de Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en Interventoría, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX en pesos corrientes. (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Consultoría Interventoría y tres (3) años más contados a partir de la fecha de terminación del contrato. En todo caso, el Interventor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) Días Hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del presente Contrato.
(iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Consultor Interventor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo adicional de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Consultor Interventor en desarrollo del presente Contrato. Contrato (2) El valor asegurado será el equivalente a al treinta por ciento (30%) del valor total de las obligaciones a cargo del contratoInterventor surgidas en desarrollo del presente Contrato, el cual para los únicos fines del presente numeral se estima en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX pesos corrientes. El valor asegurado deberá actualizarse con la variación del IPC cuando la vigencia inicial se prorrogue. (3) Este amparo deberá tener una vigencia por un término igual al plazo del mismo y tres (3) años más contados a partir de la fecha de expedición de la póliza.
Appears in 1 contract
Samples: Contract of Supervision
Características de la Garantía Única de Cumplimiento. (a) Garantía Única de Cumplimiento: Dentro A más tardar dentro de los tres (3) Días días hábiles siguientes a la suscripción del Contrato, el Consultor deberá presentar para aprobación de la AGENCIA una garantía única de cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato de Consultoría que corresponda a cualquiera de las clases establecidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.2. 5.1.3 del Decreto 1082 734 de 20152012. Las pólizas de seguro deberán reunir las condiciones establecidas en el la Sección I del Capítulo II del Título V del Decreto 1082 734 de 2015 2012 y en las mismas deberá figurar como asegurado la Agencia Nacional de Infraestructura y como tomador - tomador- garantizado o afianzado el Consultor, en caso de figura asociativa lo será cada uno de los integrantes de la misma. La Garantía Única de Cumplimiento deberá contener todos y cada uno de los siguientes amparos:
(i) Amparo de Cumplimiento del Contrato: (1) Este amparo deberá constituirse a favor de la AGENCIA con el objeto de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones a cargo del Consultor relativas al Contrato de Consultoría incluyendo el pago de multas, la cláusula penal y demás sanciones que se impongan al Consultor. (2) la vigencia corresponderá a la duración del Contrato de Consultoría y seis estimada en cinco (5) meses másmás una vigencia adicional correspondiente al plazo contractual previsto para la liquidación del presente Contrato en los términos de la Sección 8.03 del presente Contrato. En todo caso, la vigencia de este amparo deberá prorrogarse, a costo y riesgo del Consultor, de manera que durante toda la ejecución del Contrato de Consultoría siempre esté amparada la AGENCIA con esta Garantía Única de Cumplimiento. (3) El valor asegurado será el equivalente al veinte treinta por ciento (2030%) del valor del contrato, de conformidad con lo establecido en la SECCIÓN 1.03.
(ii) Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: (1) Este amparo debe constituirse a favor de la AGENCIA para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales relativas al personal destinado para la ejecución de todas las obligaciones a cargo del Consultor durante toda la ejecución del Contrato de Consultoría. (2) El valor asegurado será el equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato contrato, de conformidad con lo establecido en la SECCIÓN 1.03. (3) Este amparo deberá tener una vigencia igual al plazo del Contrato de Consultoría y tres (3) años más contados más. En todo caso, el Consultor se obliga a partir prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) Días Hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales a la fecha de terminación del contratopresente Contrato.
(iii) Amparo de Calidad de los Servicios Prestados: (1) El Consultor deberá constituir como un amparo adicional, un amparo de calidad de los servicios prestados que cubra los perjuicios que pueda sufrir la AGENCIA Agencia como consecuencia de la mala calidad o insuficiencia del servicio prestado y de los productos entregados por el Consultor en desarrollo del presente Contrato. (2) El valor asegurado será el equivalente a treinta al TREINTA por ciento (30%) del valor total del contrato, de conformidad con lo establecido en la SECCIÓN 1.03. (3) Este amparo deberá tener una vigencia de tres (3) años contados a partir de la entrega y recibo a satisfacción por parte de la entidad del último producto. En todo caso, el Consultor se obliga a prorrogar la vigencia de este amparo dentro de los treinta (30) Días Hábiles anteriores a su vencimiento, en caso de que la vigencia inicial no cubra tres (3) años adicionales al plazo del Contrato de Consultoría.
Appears in 1 contract
Samples: Consulting Agreement