CERTIFICADOS Y RECEPCIONES Cláusulas de Ejemplo

CERTIFICADOS Y RECEPCIONES. /a/ Aviso de Terminación de Obras La ESCO notificará por escrito a la Beneficiaria tan pronto, en la opinión de la ESCO, se hayan terminado las Obras. /b/ Certificado de Terminación de Obras Notificada la Beneficiaria del término de las Obras, tendrá un plazo de [●] días hábiles de recibida la notificación de la ESCO, para inspeccionar materialmente las Obras, en especial si éstas se ajustan a la Propuesta Técnica y Económica. En la medida que las Obras estén efectivamente realizadas la Beneficiaria emitirá un Certificado de Terminación de Obras. Con todo, la Beneficiaria podrá dejar constancia en un acta que será firmada por las Partes de las observaciones que ésta tenga respecto de las Obras, las que deberán ser subsanadas por la ESCO en el plazo razonable que será indicado por la Beneficiaria, sin costo para esta última. Cuando la ESCO considere subsanadas dichas observaciones, emitirá un nuevo Aviso de Terminación de Obras de conformidad a lo indicado en la sección /a/ anterior, y a continuación se aplicará nuevamente lo indicado en esta sección /b/. Una vez recibidas por la Beneficiaria satisfactoriamente las correcciones a las observaciones que se hayan efectuado, la Beneficiaria emitirá el Certificado de Terminación de Obras. La ESCO será responsable de rectificar mediante reparación o sustitución, con toda celeridad posible y a su propio costo, cualquier defecto en cualquier parte de las Obras en tanto dicho defecto impida a la ESCO suministrar la energía a la Beneficiaria conforme a lo acordado en este Contrato, o en tanto dicho defecto implique un riesgo en la seguridad o confiabilidad de las instalaciones. Las disposiciones de esta cláusula se aplicarán a todas las sustituciones o renovaciones u Obras reparadas realizadas por la ESCO para rectificar cualquier defecto en cualquier parte de las Obras. La obtención del Certificado de Terminación de las Obras no libera a la ESCO de la responsabilidad que le imponen tanto el Contrato como las leyes aplicables en su carácter de artífice o ejecutor de las mismas, atendidas las especiales características del presente Contrato.
CERTIFICADOS Y RECEPCIONES. /a/ Aviso de Terminación de Obras /b/ Certificado de Terminación de Obras /c/ Puesta en régimen
CERTIFICADOS Y RECEPCIONES. /a/ Aviso de Terminación de Obras /b/ Certificado de Terminación de Obras /c/ Período de Prueba y Certificado Provisional de Ahorros Estimados.
CERTIFICADOS Y RECEPCIONES. /a/ Aviso de Terminación de Obras

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  • NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES A efectos de garantizar el debido proceso y el principio de publicidad, los actos que decidan las peticiones y recursos deberán constar por escrito y se notificarán de conformidad con lo previsto en el Código Contencioso Administrativo. Los actos que no pongan fin a una actuación administrativa y los que resuelvan peticiones en interés general, serán objeto de comunicación en los términos del mismo Código. Lo anterior, en virtud de lo establecido en los artículos 43 y 44 de dicho Código.

  • Instrucciones a los Licitantes Índice de Cláusulas

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • Empresas vinculadas Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.

  • AMBITO DE APLICACION Estas condiciones Especiales se aplicarán a todo el servicio de Gas prestado por la Distribuidora al Cliente bajo las presentes Condiciones Especiales.

  • AVISOS Y COMUNICACIONES 2.9.1. Los avisos y comunicaciones que intercambien las partes contratantes deberán ser formuladas por escrito en el domicilio señalado en la póliza o alternativamente por el medio de comunicación que ambas partes acuerden, bajo sanción de tenerse por no cursadas.

  • CADUCIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Y CARGAS El incumplimiento de las obligaciones y cargas impuestas al Asegurado por el Código Civil (salvo que se haya previsto otro efecto en el mismo para el incumplimiento) y por el presente contrato, produce la caducidad de los derechos del Asegurado si el incumplimiento obedece a su culpa o negligencia, de acuerdo con el régimen previsto en el Artículo 1579 del Código Civil.

  • Instrucciones a los Oferentes Índice de Cláusulas

  • PETICIONES, QUEJAS Y RECURSOS Los suscriptores y/o usuarios tienen derecho a presentar ante la persona prestadora peticiones, quejas y recursos por cualquiera de los siguientes medios: físico en los puntos de atención, líneas telefónicas, fax, correo electrónico, correo certificado. El término máximo que tiene la persona prestadora para responder son quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de su presentación y si la respuesta no ocurre en este plazo se produce el silencio administrativo positivo. Las peticiones, quejas y recursos serán tramitados de conformidad con el Título VIII Capítulo VII de la Ley 142 de 1994, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la Ley 1755 de 2015.

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES/COMUNICACIONES Solicito que las notificaciones/comunicaciones me sean remitidas vía: Fax: (solo si tiene) Correo Electrónico: