Cesión gratuita Cláusulas de Ejemplo

Cesión gratuita. Las partes acuerdan que la presente cesión se efectúa a título gratuito. El/La Modelo no recibe contraprestación alguna a cambio de la cesión de sus derechos de imagen al fotógrafo/a. Asimismo, el/la modelo no podrá pedir un en el futuro una contraprestación a cambio de la utilización, dentro de los términos previstos en el presente contrato. El/La modelo acepta estar conforme con el citado acuerdo.
Cesión gratuita. Las Partes acuerdan que la presente cesión se efectúa a título gratuito. El CEDENTE no percibe contraprestación alguna a cambio de la cesión de los derechos de explotación de la Obra al CESIONARIO. Asimismo, el CEDENTE no podrá pedir en el futuro una contraprestación a cambio de la explotación, dentro de los términos previstos en el presente Contrato, de la Obra por el CESIONARIO.
Cesión gratuita. La garantía de que hemos tratado es propia de las cesiones a título oneroso. Aunque el código de 1884 no lo ha declarado así, esa garantía no procede en las cesiones a título gratuito, porque el cedente, no habiendo recibido nada del cesionario, no está obligado a prestar la evicción. El código de 1928 sí hace la distinción indicada en estos términos: Si la cesión fuere gratuita, el cedente no será responsable para con el cesionario, ni por la existencia del crédito, ni por la solvencia del deudor.
Cesión gratuita. Las Partes acuerdan que la presente cesión se efectúa a título gratuito. El CEDENTE no recibe contraprestación alguna a cambio de la cesión de sus derechos de imagen al CESIONARIO. Asimismo, el CEDENTE no podrá pedir en el futuro una contraprestación a cambio de la utilización, dentro de los términos previstos en el Contrato, de las mencionadas imágenes por el CESIONARIO. Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Cesión gratuita. Las partes acuerdan que la presente cesión se efectúa a título gratuito. No obstante, para el correcto mantenimiento del espacio debido al desgaste causado por el uso se solicitarán 30€ para socios y 50€ para no socios, que el CESIONARIO deberá abonar al CEDENTE antes del uso del espacio en la fecha estipulada en el punto anterior. También deberá abonar una 50€ en concepto de fianza que no se devolverá en caso de no devolver el espacio en las condiciones en las que se entregó. El pago se realizará en el momento de la reserva de la fecha y se devolverá únicamente en caso de que la cancelación se realice con un mínimo de 15 días de antelación. El incumplimiento de estas normas por parte del contratante o cualquier invitado, obligará al CEDENTE a suspender el evento, exigiendo la cancelación del mismo y el desalojo xxx xxxxxx. Así mismo perderá la fianza de forma inmediata y el derecho a participar en cualquier otra actividad del Ampa. Desde la entrega del espacio hasta su devolución, tiempo en que se desarrolla el evento, el CEDENTE Y EL COLEGIO no serán responsables de ningún accidente por el uso o mal uso de las instalaciones que pudiera ocurrir en el huerto. Leído y conforme el total de normas y condiciones de contrato. EL CEDENTE EL CESIONARIO
Cesión gratuita. Las Partes acuerdan que la presente cesión se efectúa a cambio de una remuneración de …………. Euros, que abonará el CESIONARIO, en el plazo máximo de 30 días, al CEDENTE. Asimismo, el CEDENTE no podrá pedir en el futuro una contraprestación a cambio de la utilización, dentro de los términos previstos en el presente Contrato, de las mencionadas imágenes por el CESIONARIO. .......................................... …………………………...
Cesión gratuita cve: BOE-A-2021-11141 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Cesión gratuita. Las Partes acuerdan que la presente cesión se efectúa a título gratuito. El CEDENTE no percibe contraprestación alguna a cambio de la cesión de los derechos de explotación de la Obra al CESIONARIO. Asimismo, el CEDENTE no podrá pedir en el futuro una contraprestación a cambio de la explotación, dentro de los términos previstos en el presente Contrato, de la Obra por el CESIONARIO. No obstante, esta donación se realiza sometida a la condición siguiente: en todas las publicaciones de las fotos cedidas debe de aparecer el nombre del fotógrafo, seguido de un guion y la leyenda "xxxxxxxxxxxxxxx.xxx" Las Partes convienen que el valor de este gravamen es inferior al valor de los derechos de explotación cedidos. En caso de que no se cumpliera o se dejara de cumplir la condición aquí impuesta por causa imputable al CESIONARIO, la cesión podrá ser revocada unilateralmente a instancia del CEDENTE, de conformidad con lo previsto en el artículo 647 del Código Civil.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.