CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS Cláusulas de Ejemplo

CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS. De acuerdo a las normas vigentes solamente clasificaran para participar en el período de Puja, los postores que hayan ofrecido el menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más xxx xxxx por ciento (10%) del valor referencial. En el supuesto que sólo dos postores cuenten con propuestas válidas, el periodo de puja se efectuará con la participación de estos dos postores. En caso que dos o más propuestas hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos tendrán las mismas posibilidades de pasar al período de puja, sin embargo deberá realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden requerido en el periodo de puja, según lo determinado por el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial. Las propuestas que superen el valor referencial, de acuerdo a lo indicado en el numeral 1.4 de las Bases, serán devueltas por el Comité Especial, teniéndose por no presentadas. De acuerdo a los procedimientos estipulados en el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial, quedará establecido del siguiente modo: Solamente los postores que hubieran sido clasificados, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5 de las bases, podrán participar en el periodo de puja, realizando lances verbales, para lo cual tendrán como precio base al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento, debiendo contemplar necesariamente el decremento mínimo establecido en las bases. Durante el período de Puja, el postor deberá pujar solo hasta con dos (02) decimales. Durante el periodo de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo considerando que se hallan en competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectado por el Comité Especial y el Notario Público, será considerada como un acto de concertación prohibido o prácticas restrictivas el mismo que está prohibido de acuerdo al Art. 11º del Decreto Legislativo Nº 1017, generará la descalificación inmediata de los postores implicados, sin perjuicio a las sanciones correspondientes que establecen las normas vigentes sobre la materia. El Presidente del Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio, a dar inicio a la puja realizando lances verbales y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificac...
CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS. 3.1.5 Período de Puja
CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS. Solamente clasificarán para participar en el período de puja el postor que haya ofrecido el menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más xxx xxxx por ciento (10%). Si una vez realizado dicho corte, no hubieran clasificado para participar en al período de puja tres (3) o más postores, incluido el del menor precio o costo, se seleccionará a los que hubieran ofrecido los tres (3) menores precios o costos, cualesquiera que sean los montos ofrecidos y el número de postores que los ofrecieron. En caso que sólo existieran dos (2) propuestas válidas, la puja se realizará con la participación de dichos postores. En caso que dos (2) o más postores hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos ellos clasificarán al período de puja; sin embargo, deberá realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden requerido en el numeral siguiente.
CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS. Los oferentes que presenten su oferta serán clasificados por el Comité de Evaluación, basándose estrictamente en cumple o no cumple con el PBC.
CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS. Sólo pasarán al periodo de puja aquellas propuestas que no superen el Valor Referencial. En caso que dos o más postores hubieran ofrecido el mismo costo, todos ellos tendrán las mismas posibilidades de pasar al periodo de puja; sin embargo, deberá realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden requerido en el numeral siguiente.

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