BASES ADMINISTRATIVAS
Poder Judicial –Gerencia General- Gerencia De Centros Juveniles
Centro Juvenil De Diagnostico Y Rehabilitación Marcavalle - Cusco
ADS N° 001-2012-CEP-CJM-CSJCU-PJ
BASES ADMINISTRATIVAS
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Nº
001-2012-CEP-CJM-CSJCU-PJ
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DE BIENES:
SUMINISTRO DE ALIMENTOS PARA EL CENTRO JUVENIL MARCAVALLE - CUSCO
CUSCO, DICIEMBRE DE 2012
CAPÍTULO I GENERALIDADES
|
ENTIDAD CONVOCANTE
-
Nombre
:
Poder Judicial
RUC Nº
:
20159981216
Domicilio legal
:
Xx. Xx Xxx Xx 000- Xxxxx
Teléfono/Fax:
:
000-000000
Nombre
:
Poder Judicial
1.3.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de suministro de alimentos: ARROZ PILADO, ACEITE VEGETAL, AZUCAR, GARBANZO, Y CONSERVA DE GRATED DE PESCADO, PARA EL CENTRO JUVENIL MARCAVALLE -CUSCO.
CÓDIGO DE FICHA TÉCNICA Nº 5015151300002526 ACEITE VEGETAL COMESTIBLE
CÓDIGO DE FICHA TÉCNICA Nº 5022110100002722 ARROZ PILADO
CÓDIGO DE FICHA TÉCNICA N° 5016150900002941 AZUCAR CRUDA
CÓDIGO DE FICHA TÉCNICA N° 5042681800004660 GARBANZO
CÓDIGO DE FICHA TÉCNICA N° 5012153800260770 CONSERVA DE GRATED DE PESCADO.
1.4.- VALOR REFERENCIAL
El Valor Referencial del presente proceso es de S/.45,576.60 (CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON 60/100 NUEVOS SOLES), suma que incluye tributos, seguro, transporte y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo de los bienes a contratar. El nuevo Valor Referencial ha sido calculado y actualizado al mes de Setiembre de 2012, conforme al siguiente detalle:
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD |
CANTIDAD |
VALOR REFERENCIAL S/. |
1 |
ACEITE 100% VEGETAL |
LITRO |
1080 |
6,858.00 |
2 |
ARROZ PILADO (ARROZ SUPERIOR – S 10%) |
KILO |
7200 |
21,153.60 |
3 |
AZÚCAR GRANULADA |
KILO |
4200 |
13,146.00 |
4 |
GARBANZO |
KILO |
180 |
1,314.00 |
5 |
CONSERVA DE GRATED DE PESCADO |
LATA |
1380 |
3,105.00 |
|
TOTAL EN SOLES |
|
|
S/. 45,576.60
|
Las propuestas que excedan el Valor Referencial, serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas.
1.5.- DECREMENTO MINIMO
El valor monetario que representa el decremento mínimo que debe contemplarse durante el periodo de puja, no puede ser inferior al 0.1% ni superior al tres por ciento 3% del Valor Referencial Total, conforme a la DIRECTIVA Nº 006-2009-OSCE/CD LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE LA MODALIDAD ESPECIAL DE SELECCIÓN POR SUBASTA INVERSA (5.11 Convocatoria , numeral L). Para el presente proceso se aplica como decremento mínimo 1% consignado en el siguiente cuadro.
PAQUETE N° 01
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD |
VALOR REFERENCIAL S/. |
DECREMENTO MÍNIMO 1% S/ |
ACEITE VEGETAL COMESTIBLE |
LITRO |
6,746.76 |
|
ARROZ PILADO (ARROZ SUPERIOR – S 10%) |
KILO |
18,434.16 |
|
AZÚCAR GRANULADA |
KILO |
11,613.42 |
|
GARBANZO |
KILO |
1,288.73 |
|
CONSERVA DE GRATED DE PESCADO |
LATA |
3,561.37 |
|
Decremento Minimo |
|
45,576.60 |
455.77(Cuatrocientos Cincuenta y Cinco con 77/100 Nuevos Soles). |
1.6.- EXPEDIENTE DE CONTRATACION
Como resultado del estudio xx xxxxxxx actualizado se tiene el nuevo Expediente de Contratación, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 1115-2012-P-CSJCU-PJ de fecha 13 de Noviembre del 2012.
1.7.- FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Ordinarios
1.8.- TIPO DE PROCESO
Adjudicación Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial Nº 001-2012-CEP-CJM-CSJCU-PJ.
1.9.- SISTEMA DE CONTRATACION
El presente proceso se rige por el Sistema de Suma Alzada
1.10 MECANISMO PUBLICIDAD
Las bases se publicaran en el SEACE, de acuerdo con la Ley para fomentar la mayor concurrencia y participación de postores, de conformidad con lo señalado en el Art. 92º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado
1.11.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA
El plazo de entrega en los almacenes del Centro Juvenil de Marcavalle será el primer día hábil de inicio de cada trimestre según el cuadro de distribución.
|
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD |
CANTIDAD ANUAL |
CANTIDAD TRIMESTRAL A ENTREGAR |
1 |
ACEITE 100% VEGETAL |
LITRO |
1080 |
270 |
|
ARROZ PILADO (ARROZ SUPERIOR – S 10%) |
KILO |
7200 |
1800 |
2 |
||||
|
||||
|
|
KILO |
4200 |
1050 |
3 |
AZÚCAR GRANULADA |
|||
|
|
KILO |
180 |
45 |
4 |
GARBANZO |
|||
|
CONSERVA DE GRATED DE PESCADO |
UNIDAD |
1380 |
345 |
5 |
1.11.1 Al momento de efectuar la entrega de los productos materia del presente proceso, se acompañará el Certificado de Calidad para los siguientes productos:
ARROZ PILADO (arroz superior – S 10%)
AZUCAR GRANULADA
GARBANZO y
CONSERVA DE GRATED DE PESCADO
1.12 BASE LEGAL
Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2012
Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Directivas de OSCE
Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Código Civil.
Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso
1.13 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El requerimiento esta definido en el Capitulo III de la presente sección.
CAPITULO II
2.1.- CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
ETAPAS |
FECHAS |
LUGAR / MEDIO
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Convocatoria |
06/12/2012 |
SE@CE |
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Inscripción Registro |
07/12/2012 |
19/12/2012 |
Desde las 08:00am - 17:00pm Horas (Oficina de Administracion Centro Juvenil Marcavalle) |
Apertura de propuestas y Periodo de Lances |
20/12/2012 |
Apartir de las 09:00am Horas (Sala de Audiecias Centro Juvenil Marcavalle) |
|
Otorgamiento de la Buena Pro |
20/12/2012 |
En
Centro Juvenil Marcavalle - |
2.2 CONVOCATORIA
La Convocatoria se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad al Art. 92 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES
El registro de los participantes se realizará de manera gratuita en la Oficina de Administración Centro Juvenil Marcavalle – Cusco, sito en la Xx. xx xx Xxxxxxx Xx 0000 Wanchaq, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 am. A 17:00 pm horas.
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado.
Opcionalmente, se permitirá que el postor se registre mediante comunicación cursada vía tele fax n° 000-000000.
2.4 ACTO PÚBLICO DE PRESENTACION DE PROPUESTAS.
Los actos de Presentación de Propuestas, y el de Otorgamiento de la Buena Pro se realizarán en el salón de actos, sito en el primer piso de la Corte Superior de Justicia del Cusco.
Los postores podrán concurrir a dichos actos a través de sus representantes legales o apoderados acreditados con su documento de identidad y con una carta poder simple, según corresponda.
2.5 SOMETIMIENTO
La participación en calidad de postor en el presente proceso en la modalidad especial de Subasta Inversa Presencial, implica su pleno conocimiento y total sometimiento a lo establecido en la presentes Bases Administrativas y Anexos. En todo lo no previsto en las presentes Bases, será de aplicación la Ley y su Reglamento.
2.6 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO
Adicionalmente, conforme al artículo 141º del Reglamento y en
concordancia con el objeto de la convocatoria se requerirá los siguientes
documentos22:
Copia de DNI del Representante Legal
Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa
Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias, debidamente actualizado
Copia del R.U.C. de la empresa
Código de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder
2.7 PLAZO PARA LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro deberá presentar toda la documentación
requerida para la suscripción del contrato en el plazo de 05 días hábiles,
la citada documentación deberá ser presentada en la Oficina de Asesoría
Legal – Primer piso de la Corte Superior de Justicia de Cusco, sito en la Xx.
Xxx Xx 000 - Xxxxx
:
3. DISPOSICIONES GENERALES.-
Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas en este proceso, se presentarán en idioma castellano, debiendo ser redactados por medios mecánicos, electrónicos o manuscritos, los mismos que llevarán el sello y la rúbrica del postor o su representante legal.
La presentación de las propuestas implica la declaración tácita y aceptación del postor de que no ha encontrado inconveniente alguno para la ejecución del objeto del presente proceso de selección, en el caso que obtenga la buena pro, así como el absoluto conocimiento de las disposiciones del Decreto Legislativo Nº. 1017 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 184-2008-EF y sus modificatorias, y las disposiciones establecidas en el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial, íntegramente aplicable al caso y la aceptación de los términos y condiciones establecidas en las presentes bases.
El Comité Especial, presumirá que las propuestas presentadas por los participantes; cumplen estrictamente con los Requerimientos Técnicos Mínimos exigidos en las bases; de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 61º del Reglamento; sin embargo podrá efectuar la verificación de toda la documentación, a fin de ser comprobada la veracidad de la información presentada, de acuerdo al numeral 1.16 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General” y Comunicado Nº 002-2006 (PRE).
El Sobre de Habilitación será presentado conteniendo toda la documentación requerida en las presentes bases administrativas.
El Sobre de Propuesta Económica, será presentado por todo el paquete al que postula el postor.
Para la acreditación de representación, será necesario presentar el DNI vigente, además de la Carta Poder correspondiente.
Las propuestas se entregarán en el lugar, fecha y hora señaladas en el calendario del proceso, el mismo que deberá ser identificado de la siguiente manera:
SOBRE Nº 01: SOBRE DE HABILITACIÓN
(Que debe contener la documentación requerida, por la totalidad de ítems a los que el postor oferta)
SOBRE Nº 01: (SOBRE DE HABILITACIÓN)
Señores:
PODER JUDICIAL – CUSCO.
Att.: Comité Especial
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA POR INVERSA PRESENCIAL Nº 001-2011-CEP-CJM-CSJCU-PJ-PRIMERA CONVOCATORIA).
“SUMINISTRO DE ALIMENTOS PARA EL CENTRO JUVENIL DE MARCAVALLE, - CUSCO”.
POSTOR:……………………………………………………………………………………
……………………
SOBRE Nº 02: PROPUESTA ECONÓMICA
SOBRE Nº 02: PROPUESTA TECNICA
SOBRE Nº 02: (PROPUESTA ECONÓMICA)
Señores:
PODER JUDICIAL – CUSCO.
Att.: Comité Especial
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA POR INVERSA PRESENCIAL Nº 001-2011-CEP-CJM-CSJCU-PJ-PRIMERA CONVOCATORIA).
“SUMINISTRO DE ALIMENTOS PARA EL CENTRO JUVENIL DE MARCAVALLE, - CUSCO”.
POSTOR:……………………………………………………………………………………
ACTO PUBLICO
El acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la
buena pro, se realizará en una sola etapa y una vez iniciado el mismo no
puede ser suspendido, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, que será
comunicado a los participantes registrados. Asimismo, en el presente proceso
de selección podrá suspenderse el acto público cuando el horario no permita
su continuación, en caso se encontrase en etapa de puja, debiendo reanudarse en el día hábil siguiente.
En dicho acto se contará con la presencia de un notario público quien deberá suscribir todas las hojas que formen parte del acta de adjudicación, asimismo se contará con la participación del representante del Órgano de Control Interno de la Gerencia General como veedor, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Contraloría General de la República.
En el supuesto que el acto público se suspenda por alguna de las causales antes indicadas, los sobres quedarán en custodia xxx xxxxxxx público hasta su reanudación.
INTERVINIENTES EN EL ACTO PÚBLICO
En esta etapa intervendrán los miembros del Comité Especial debidamente nombrados mediante documento resolutivo, quienes tendrán a cargo la conducción y el desarrollo total del proceso, además de un Notario Público que deberá suscribir todas las hojas que formen parte del Acta de Adjudicación.
INTRODUCCIÓN AL ACTO PUBLICO
El acto público se realiza en el lugar, fecha y hora indicados en la convocatoria. Antes de dar inicio a cada uno de los actos sucesivos que constituyen el acto público (acreditación de participantes, presentación de propuestas, clasificación de propuestas, puja, determinación de puntajes y el otorgamiento de la buena pro), el Presidente del Comité Especial invitará a los participantes a formular preguntas sobre el proceso en general, debiendo absolverlas de inmediato. La presentación de propuestas por parte de un postor significa su conformidad con las respuestas dadas a las consultas, según lo dispuesto en el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial.
PRESENTACIÓN DE SOBRES DE HABILITACIÓN Y DE PROPUESTAS ECONÓMICAS
ACREDITACIÓN DE PARTICIPANTES
El Presidente del Comité Especial; llamará a todos los participantes de acuerdo al orden en que se hubieran registrado, con la finalidad que presenten sus dos (02) sobres (Sobre de Habilitación y Propuesta Económica); En caso de actuar a través de representantes, deberán acreditar mediante carta poder simple, que cuentan con los poderes suficientes para la formular propuestas (FORMATO Nº 1).
Los participantes deberán presentar el SOBRE DE HABILITACIÓN, el mismo que contendrá la documentación que acredite que el postor se encuentra habilitado para participar en el proceso de selección y cumple con el objeto de la contratación; el segundo sobre será la PROPUESTA ECONÓMICA, que será presentada por todos los ítems del paquete al que postula.
SOBRE Nº 01: SOBRE DE HABILITACIÓN
Se presentará con un índice de la documentación presentada, debidamente ordenada y foliada en todas las copias.
Documentos Obligatorios:
Declaración Jurada de datos del postor (Formato No. 1)
Declaración Jurada del postor de acuerdo al Artículo 42º inciso ii del Reglamento - (Formato No. 2).
Copia simple de la Constancia vigente de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores (RNP): Capítulo de Bienes.
Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso (Formato No.5)
El proveedor que obtenga la Buena Pro, se compromete a entregar el bien en condiciones apropiadas y en los plazos establecidos, utilizando para estos efectos, unidades de transporte apropiadas.
SOBRE Nº 02: PROPUESTA ECONÓMICA
La Oferta Económica se presentara en sobre cerrado, debiendo indicarse el precio o costo ofertado en función al valor referencial unitario actualizado establecido en las bases, las cuales deben incluir todos los tributos, inspecciones, pruebas y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia en el costo del bien a adquirir, el mismo que deberá expresarse en Nuevos Soles (S/.) hasta en dos (02) decimales, de acuerdo al Art. 33º del Decreto Legislativo Nº. 1017, concordante con lo establecido en el Art. 20º del Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial (Formato Nº 06)
No se aceptarán propuestas alternativas o más de una propuesta para el mismo ítem.
GARANTIA DE SERIEDAD DE OFERTA: Esta garantía debe ser ascendente al 1% del Valor referencial total es decir S/ 455.77 (Cuatrocientos Cincuenta y Cinco con 77/100 nuevos soles) debiendo ser una Carta Fianza emitida por empresas bajo el ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
La Carta Fianza deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática al sólo requerimiento de la entidad; y, tener vigencia de dos meses computados a partir de la presentación de la propuesta, la que deberá mantener su oferta hasta la suscripción del contrato.
APERTURA DE PROPUESTAS
APERTURA DEL SOBRE DE HABILITACION
Una vez presentadas las propuestas, el Comité Especial abrirá los sobres de habilitación de cada uno de los postores, para verificar la presentación de la totalidad de la documentación exigida en el numeral 3.9.2 de las Bases. En caso se omita la presentación de alguno de los calificados como obligatorios, se procederá a su descalificación.
El Comité Especial descalificará toda propuesta que no cumpla con lo solicitado en la Ficha Técnica.
APERTURA DE LOS SOBRE ECONOMICOS
Acto seguido, el Comité Especial abrirá cada uno de los sobres que contienen las propuestas económicas y las garantías de seriedad de ofertas de los postores habilitados. En caso que no presenten la garantía de seriedad de oferta de acuerdo al ítem que participan, se dará por no presentado la propuesta económica, procediéndose a su devolución.
El presidente del Comité Especial anunciará el precio unitario ofertado por ítem, el mismo que serán anotados en la pantalla, a través de un sistema informático, ordenándolos de menor a mayor y garantizando la perfecta visualización y seguimiento por parte de los asistentes.
La apertura del sobre que contiene la propuesta económica y el procedimiento
de clasificación de propuestas, período de puja y determinación del puntaje se
realizará de manera sucesiva. El Notario Público deberá verificar dichas
actuaciones y hacer las anotaciones correspondientes en el acta respectiva.
CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS
De acuerdo a las normas vigentes solamente clasificaran para participar en el período de Puja, los postores que hayan ofrecido el menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más xxx xxxx por ciento (10%) del valor referencial. En el supuesto que sólo dos postores cuenten con propuestas válidas, el periodo de puja se efectuará con la participación de estos dos postores.
En caso que dos o más propuestas hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos tendrán las mismas posibilidades de pasar al período de puja, sin embargo deberá realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden requerido en el periodo de puja, según lo determinado por el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial.
Las propuestas que superen el valor referencial, de acuerdo a lo indicado en el numeral 1.4 de las Bases, serán devueltas por el Comité Especial, teniéndose por no presentadas.
PERÍODO DE PUJA
De acuerdo a los procedimientos estipulados en el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial, quedará establecido del siguiente modo:
Solamente los postores que hubieran sido clasificados, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5 de las bases, podrán participar en el periodo de puja, realizando lances verbales, para lo cual tendrán como precio base al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento, debiendo contemplar necesariamente el decremento mínimo establecido en las bases.
Durante el período de Puja, el postor deberá pujar solo hasta con dos (02) decimales.
Durante el periodo de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo considerando que se hallan en competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectado por el Comité Especial y el Notario Público, será considerada como un acto de concertación prohibido o prácticas restrictivas el mismo que está prohibido de acuerdo al Art. 11º del Decreto Legislativo Nº 1017, generará la descalificación inmediata de los postores implicados, sin perjuicio a las sanciones correspondientes que establecen las normas vigentes sobre la materia.
El Presidente del Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio, a dar inicio a la puja realizando lances verbales y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento.
Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres (03) minutos para dar una respuesta; de lo contrario, se le tendrá por desistido. Para dicho efecto el Comité Especial adecuara un sistema de horario, a fin de controlar estrictamente el tiempo estipulado, el mismo que será visualizado por todos los participantes.
El periodo de puja mediante lances verbales culmina cuando se ha identificado el precio más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho periodo hayan desistido de seguir presentando nuevas propuestas.
PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Una vez culminado el periodo de puja, se establecera el orden de prelacion de los postores en funcion al ultimo precio o costo ofrecido y se otorgara la Buan Pro al postor que haya ofecido el precio o costo mas bajo.
En caso de empate el otorgamiento de la buena pro se efectura a traves de sorteo en el mismo acto, para otorgar la Buena Pro, el comite especial verificara que por lo menos haya dos(02) propuestas validas, caso contrarito el proceso se declarara desierto.
El comite elaborara el Acta de otorgamiento de la Buana Pro con el resultado de la evaluacion de los postores y con el sustento debido en el caso en que los postores sean desacalificados.El acta xxxxxx ser publicada en el SEACE el mismo dia de otorgamiento de la Buana Pro.
CONSENTIMIENTO DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Se entenderá que la Buena Pro ha quedado consentida el día de su otorgamiento, si otorgada la Buena Pro del proceso o del ítem, de ser el caso, ningún postor hubiera dejado constar en el acta su intención de impugnar el proceso.
10. NOTIFICACIÓN DEL ACTO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Todos los actos realizados durante los procesos de selección se entenderán notificados el mismo día de su publicación en el SEACE.
A solicitud del participante, en adición a la efectuada a través del SEACE, se le notificará personalmente en la sede de la Entidad o a la dirección de correo electrónico que consigne al momento de registrarse como participante.
La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE.
11.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE
SELECCIÓN
- Las discrepancias que surjan desde la convocatoria hasta la celebración del contrato inclusive, podrán dar lugar a la interposición del recurso de apelación ante el Titular de la Entidad o el Tribunal, según corresponda, debiendo cumplirse los requisitos y garantías establecidos en la Ley y el presente Reglamento, en el horario de 07.45 a 13.00 horas y de 13.45 a 16.30 horas.
El Titular de la Entidad o el Tribunal, deberán resolver dentro del término no mayor xx xxxx (10) días hábiles de admitido el recurso, salvo que hubiese requerido información adicional, en cuyo caso deberá pronunciarse dentro del término de quince (15) días hábiles.
- De haberse interpuesto dos (2) o más recursos de apelación respecto de un mismo proceso o ítem, independientemente del acto impugnado, el Tribunal procederá a acumularlos a fin de resolverlos de manera conjunta, salvo que por razones debidamente fundamentadas decida lo contrario.
- Admitido el recurso el Tribunal correrá traslado, en el plazo no mayor de dos (2) días hábiles, a la Entidad que emitió el acto que se impugna, requiriéndole la remisión del Expediente de Contratación completo. La Entidad deberá notificar con el decreto que admite a trámite el recurso de apelación al postor y/o postores distintos al impugnante que pudieran verse afectados con la resolución del Tribunal.
- Dentro del plazo de tres (3) días hábiles, la Entidad está obligada a remitir al Tribunal el Expediente de Contratación completo correspondiente al proceso de selección, que deberá incluir las propuestas de todos los postores, incluyendo, además, como recaudo del mismo, un informe técnico legal sobre la impugnación, en el cual se indique expresamente la posición de la Entidad respecto de los fundamentos del recurso interpuesto. Simultáneamente, la Entidad deberá remitir la documentación que acredite la notificación del decreto que admite a trámite el recurso de apelación al postor y/o postores distintos al impugnante que pudieran verse afectados con la resolución del Tribunal.
El incumplimiento de dichas obligaciones por parte de la Entidad será comunicada al Órgano de Control Institucional de ésta y/o a la Contraloría General de la República y generará responsabilidad funcional en el Titular de la Entidad.
- Remitido el expediente a la Sala correspondiente del Tribunal, con o sin la absolución del postor o postores que resulten afectados, ésta tiene un plazo de cinco (5) días hábiles para evaluar la documentación obrante en el expediente y, de ser el caso, para declarar que está listo para resolver.
- El Tribunal, de considerarlo pertinente puede, por única vez, solicitar información adicional a la Entidad, al impugnante y a terceros a fin de recaudar la documentación necesaria para mejor resolver, quedando prorrogado el plazo de evaluación al que se alude en el párrafo precedente por el término necesario, el que no podrá exceder de quince (15) días hábiles. En caso de haberse concedido, de oficio o a pedido de parte, el uso de la palabra para los informes orales, el requerimiento de información adicional podrá efectuarse luego de realizada la respectiva audiencia pública.
- El Tribunal resolverá y notificará su resolución a través del SEACE dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha de emisión del decreto que declare que el expediente está listo para resolver.
Cuando la impugnación así lo exija, para efectos de su resolución, el Tribunal podrá formular requerimiento de información a las Entidades o personas naturales o jurídicas que estime necesarios, sean o no partes en el procedimiento impugnativo.
- Todas las Entidades y las personas naturales o jurídicas que hayan sido requeridas para los efectos a que se contrae el párrafo anterior están obligadas a remitir la información solicitada por el Tribunal en el plazo que se les otorgue, bajo responsabilidad. La oposición u omisión al cumplimiento del mandato requerido supondrá, sin excepción alguna, una infracción del deber de colaboración con la Administración que, en el caso de las Entidades, se pondrá en conocimiento de su Órgano de Control Institucional para la adopción de las medidas a que hubiere lugar. Tratándose de las demás personas naturales o jurídicas, o del postor adjudicatario de la Buena Pro, el incumplimiento del mandato será apreciado por el Tribunal al momento de resolver, valorándose conjuntamente con los demás actuados que obren en el expediente.
DE LA FASE CONTRACTUAL
Obligación de Contratar
Una vez que la Buena Pro haya quedado consentida administrativamente firme, tanto la entidad como el postor ganador, están obligado a suscribir el contrato respectivo. En caso de que el postor ganador se niegue a suscribir el contrato, será pasible de sanción, salvo imposibilidad física o jurídica sobrevenida al otorgamiento de la Buena Pro, concordante con el Decreto Supremo Nº. 184-2008-EF.
El contrato se ajustará a la proforma incluida en las bases, tomando en consideración lo establecido en la Ley y el Reglamento (Anexo Nº 01)
Requisitos para suscribir el Contrato
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la buena pro deberá presentar los documentos previstos en el Art. 141º del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, se requiere, entre otros, los siguientes documentos:
Copia de DNI del Representante Legal;
Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa;
Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado;
Copia del RUC de la empresa;
Código de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder
Asimismo, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar una Carta Fianza para efectos de garantizar lo siguiente:
De Fiel cumplimiento del contrato
Constancia de No estar Inhabilitado para Contratar con el Estado expedido por el OSCE
Por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).
Contrato de Consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso
FICHA TÉCNICA
APROBADA
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN
Denominación del bien : ACEITE VEGETAL COMESTIBLE
Denominación técnica : ACEITE VEGETAL COMESTIBLE
Unidad de medida : LITRO
Descripción General : Es el producto alimenticio constituido principalmente por
glicéridos de ácidos grasos obtenidos únicamente xx
xxxxxxx vegetales: frutos y semillas oleaginosas, líquido a la
temperatura de 20ºC. Podrá contener pequeñas cantidades
de otros lípidos, tales como fosfátidos, de constituyentes
insaponificables y de ácidos grasos libres naturalmente
presentes en la grasa o el aceite.
CATÁLOGO ÚNICO DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS - CUBSO
Segmento/Familia/Clase/Commodity : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/ Aceites y grasas
comestibles/ Grasas y aceites comestibles de plantas y
vegetales/ Aceites comestibles vegetales o de plantas
Ítem : ACEITE VEGETAL
Código : 5015151300002526
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN
A. CARACTERÍSTICAS
Los aceites vegetales comestibles pueden estar en forma:
- Pura (aceite proveniente de una sola materia prima), o
- Mixta (constituido por la mezcla de aceites puros).
B. REQUISITOS
B.1. Documentación
Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor, en el sobre de habilitación,
deberá considerar como mínimo:
- Copia simple del Registro Sanitario vigente del producto Aceite Vegetal (debe corresponder al
tipo de envase y peso neto por envase objeto del proceso), expedido por la Dirección General de
Salud Ambiental–DIGESA a nombre del titular del registro.
- Copia simple de la Resolución Directoral vigente que otorga Validación Técnica Oficial al Plan
HACCP, emitida por la DIGESA, según R.M. Nº 449-2006-XXXXX (*). Dicha validación Técnica
deberá estar referida a la línea de producción del producto objeto del proceso o a una línea de
producción dentro de la cual esté inmerso el producto requerido.
(*) En el caso de las pequeñas y microempresas alimentarias, la Entidad Convocante deberá
considerar que su incorporación al sistema HACCP se hará de manera progresiva, de
conformidad con lo que se establezca por norma especial, la misma que será aprobada
mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Salud y el Ministro de Industria,
Turismo, Integración y negociaciones Comerciales Internacionales, según lo señala la Sétima
Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento sobre Vigilancia y Control
Sanitario de Alimentos y Bebidas aprobado mediante D.S. Nº 007-98-SA. En tanto ello ocurra,
la Entidad Convocante deberá considerar en el sobre de habilitación la documentación que
sustente el cumplimiento de los requisitos previos a través de la implementación de sus
programas de Buenas Prácticas de Manufactura y de Higiene y Saneamiento, ambos
basados en los Principios Generales de Higiene del Codex Alimentarius y los capítulos I, II, III,
IV, V y VII del Título IV “De la fabricación de alimentos y bebidas” del citado Reglamento.
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Nota:
Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de las entregas del
producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar oportunamente la renovación de
dichos documentos y entregar una copia a la Entidad Convocante.
B.2. Atributos del bien
-
-
El Aceite Vegetal Comestible debe cumplir con los siguientes requisitos:
- No producir efectos tóxicos o dañinos en el organismo.
- No acusar la presencia del solvente empleado en su extracción, cuando se haya usado este
procedimiento. Asimismo, deberá cumplir con lo siguiente:
ATRIBUTO ESPECIFICACIÓN REFERENCIA
CALIDAD
1)
- Sabor y olor Cumplir con el numeral 4.1.1 de la NTP
de la referencia
- Partículas extrañas Cumplir con el numeral 4.1.3 de la NTP
de la referencia
- Agua Cumplir con el numeral 4.1.4 de la NTP
de la referencia
- Acidez Cumplir con el numeral 4.1.6 de la NTP
de la referencia
- Índice de peróxido Cumplir con el numeral 4.1.7 de la NTP
de la referencia
- Resistencia al frío
(aplicable solo para aceites
winterizados)
Cumplir con el numeral 4.1.9 de la NTP
de la referencia
- Aceite mineral Cumplir con el numeral 4.1.8 de la NTP
de la referencia
- Sinérgicos antioxidantes
2)
Cumplir con lo indicado en el numeral
4.1.11 de la NTP de la referencia
INOCUIDAD
- Límite Máximo de Residuos
(LMR) de plaguicidas
No deberá exceder los límites máximos
permisibles de plaguicidas fijados en la
norma nacional o, en ausencia de ésta,
establecidos por el Codex Alimentarius
- Metales Pesados Arsénico (As):
Nivel Máximo (NM) 0,1 mg/Kg
Plomo (Pb)
Nivel Máximo 0,1 mg/Kg
en 2010
Notas:
1)
2)
NTP 209.001:1983
(Revisada el 2012)
ACEITES VEGETALES
COMESTIBLES.
Definiciones y requisitos
generales
Normas del Codex
Alimentarius para
Residuos de Plaguicidas
en los Alimentos y
Piensos
3)
CODEX XXXX 210-1999
Rev. 3 (2009), Enmienda
2 (2011)
CODEX XXXX 193-1995
Adoptada en 1995,
Revisada en 1997, 2006,
2008, 2009, Enmendada
Para los aceites puros, deberán considerarse las especificaciones relativas a la calidad: acidez libre, índice
de peróxido, densidad relativa (20ºC/agua a 20ºC), índice de saponificación, índice de refracción, índice de
iodo, materia insaponificable, establecidas en la Norma Técnica Peruana específica (NTP 209.107-Aceite
de Semilla de Soya, NTP 209.106-Aceite de Semilla de Algodón, NTP 209.139-Aceite de Maíz, etc.).
Excepto Citrato de monoglicéridos y Citrato de isopropilo en mezcla.
-
3)
Para el caso de aceites vegetales que no cuenten con LMR de plaguicidas referenciados en el Codex
Alimentarius, se tomará como referente los LMR para la matriz vegetal de la cual deriva dicho producto.
C. CERTIFICACIÓN
Opcional.
La Entidad Convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la
oportunidad que determine, realice la entrega de un “Certificado de Conformidad de Producto con Valor
Oficial” (mínimo bajo esquema 3) o un “Certificado de Inspección con Valor Oficial” que confirme que el
bien entregado: Aceite Vegetal Comestible, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad
detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser
emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por el
INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la "NTP 700.001 Directrices generales sobre
muestreo".
En caso no se emitan en el país los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado
oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta será remitida a la Entidad
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Convocante, el Contratista podrá presentar un “Certificado de Xxxxxxx”, sin el símbolo de acreditación,
que confirme que el bien entregado: Aceite Vegetal Comestible, cumple con las especificaciones de
calidad e inocuidad detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho
documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de
Inspección acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la " NTP
700.001 Directrices generales sobre muestreo".
Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones
técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato,
realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demanden la certificación deben
ser asumidos por el Contratista.
D. OTROS
D.1. Envase
El envase que contiene el producto debe ser de material inocuo, estar libre de sustancias que
puedan ser cedidas al producto en condiciones tales que puedan afectar su inocuidad, y estar
fabricado de manera que mantenga la calidad sanitaria y composición del producto durante toda su
vida útil. (Art. 118, D.S. 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y
Bebidas).
Este envase deberá corresponder al autorizado en el Registro Sanitario (botella de plástico, bidón,
galonera, balde de PVC, PET y polietileno, lata, etc.), de primer uso y del mismo tamaño, que
cumpla con lo establecido en la NTP 350.008 ENVASES METÁLICOS PARA ACEITES
COMESTIBLES o en la NTP 311.286 ENVASES DE PLÁSTICO. Botellas de policloruro de vinilo
para aceite comestible, según corresponda, y en el Art. 119 del D.S. 007-98-SA “Reglamento sobre
Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas”.
Notas:
- La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, las características del
envase (material, color, peso, medidas, tipo de cerrado, etc.), así como el volumen del producto por envase.
- Si la Entidad decide exigir que se certifique que el envase cumple con lo especificado, deberá señalar esta
condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas
correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los
costos que demande la certificación deben ser asumidos por el Contratista.
D.2. Rotulado
Los envases de Aceite Vegetal Comestible deberán llevar rotulado, en forma destacada el nombre
del producto y las siguientes indicaciones en caracteres legibles (según lo señalado en el Art. 117
del D.S. 007-98-SA “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas”, los
mismos que deberán concordar con la NMP 001:1995 PRODUCTOS ENVASADOS: Rotulado y
NTP 209.038 ALIMENTOS ENVASADOS. Etiquetado, según corresponda:
a) Nombre del producto
b) Forma en que se presenta
c) Volumen en litros, del producto envasado
d) Nombre o razón social del fabricante o de la entidad comercial bajo cuya marca se expende el
producto
e) La identificación del lote de producción
f) Nombre del país donde se elaboró el producto
g) Número del Registro Sanitario
Para la impresión de estos rótulos deberá utilizarse tinta indeleble de uso alimentario, la que no
debe desprenderse ni borrarse con el rozamiento y manipuleo.
Nota: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, otra información que
considere deba estar rotulada.
D.3. Transporte
El medio de transporte empleado no deberá transmitir al Aceite Vegetal Comestible características
indeseables que impidan su consumo, y deberá ajustarse a lo señalado en el Título V Capítulo II
“Del transporte” del “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas” (D.S.
Nº 007-98-SA)
FICHA TÉCNICA
APROBADA
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN
Denominación del bien : ARROZ PILADO
Denominación técnica : ARROZ PILADO
Grupo/familia/clase : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/ Productos
de legumbres y cereales/ Cereales/ Granos de cereal
Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : ARROZ PILADO
Código : 5022110100002722
Unidad de medida : KILOGRAMO
Descripción General : Llamado también arroz blanco o elaborado, es el grano
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN
entero y quebrado procedente de cualquier variedad de
la especie Oryza sativa L, al cual se le ha removido la
cáscara, los embriones y el pericarpio o cutícula, en un
procesamiento normal del arroz en cáscara (grano que
la ha mantenido después de la trilla).
A. CARÁCTERÍSTICAS
De acuerdo a la longitud del grano y a sus características de sanidad y aspecto, se clasificará por
clases y grados de calidad:
Clase: Largo, Mediano, Corto o Mezclado.
Grado de calidad: 1 - Extra; 2 - Superior; 3 - Corriente o 4 – Popular.
Importante: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, la
clase y el grado de calidad del Arroz Pilado a adquirir: Arroz Pilado, Clase xxxx, Grado x - xxxx
(especificar el número y nombre). Si va a adquirir arroz mezclado, no debe hacerse mención al grado
sino al porcentaje correspondiente a la clase predominante, únicamente cuando esta sea mayor del
50% (“Arroz Pilado, Clase xxxx, nn% mezclado”); caso contrario solo se designará como “Arroz pilado
mezclado”.
B. REQUISITOS
B.1. Documentación
Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor, en el sobre de
habilitación, deberá considerar como mínimo:
- Copia simple del Registro Sanitario vigente del producto Arroz Pilado (debe corresponder al
grado de calidad, tipo de envase y peso neto por envase objeto del proceso), expedido por la
Dirección General de Salud Ambiental–DIGESA a nombre del titular del registro.
- Copia simple de la Resolución Directoral vigente que otorga Validación Técnica Oficial al Plan
HACCP, emitida por la DIGESA, según R.M. Nº 449-2006-XXXXX (*). Dicha validación
Técnica deberá estar referida a la línea de producción del producto objeto del proceso o a una
línea de producción dentro de la cual esté inmerso el producto requerido.
(*) En el caso de las pequeñas y microempresas alimentarias, la Entidad Convocante deberá
considerar que su incorporación al sistema HACCP se hará de manera progresiva, de
conformidad con lo que se establezca por norma especial, la misma que será aprobada
mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Salud y el Ministro de Industria,
Turismo, Integración y negociaciones Comerciales Internacionales, según lo señala la
Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento sobre Vigilancia y
Control Sanitario de Alimentos y Bebidas aprobado mediante D.S. Nº 007-98-SA. En tanto
ello ocurra, la Entidad Convocante deberá considerar en sobre de habilitación la
documentación que sustente el cumplimiento de los requisitos previos a través de la
implementación de sus programas de buenas prácticas de manufactura y de higiene y
saneamiento, ambos basados en los Principios Generales de Higiene del Codex
Alimentarius y los capítulos I, II, III, IV, V y VII del Título IV “De la fabricación de alimentos
y bebidas” del citado Reglamento.
Nota:
Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de
las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar
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oportunamente la renovación de los dichos documentos y entregar una copia a la Entidad
Convocante.
B.2. Atributos del bien
El Arroz Pilado deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano. No deberá contener
insectos o sus huevos; granos mohosos, germinados, picados, sucios; y, olores o sabores
extraños, causados por agentes químicos, físicos o microbiológicos. Asimismo, deberá estar
exento xx xxxxx y polvillo. (Ref.: NTP 205.011: 1979, CODEX XXXX 198-1995). Asimismo,
deberá cumplir con lo siguiente:
ATRIBUTO ESPECIFICACIÓN REFERENCIA
CALIDAD
- Longitud Cuando menos el 80% de los granos (en masa),
están dentro de los límites de la clase a adquirir,
y no más del 20% (en masa), son de mezcla
con variedades de clases contrastantes, de
acuerdo a lo indicado en el numeral 4.1 de la
NTP, según la clase de Xxxxx Xxxxxx a adquirir
NTP 205.011:1979
- Color: Cumplir con lo indicado en los numerales 4.4,
4.5 y 4.6 de la NTP, según el grado a adquirir
- Olores y sabores: Exento de olores y sabores extraños
- Contenido de humedad: Máximo del 14%.
- Sanidad y aspecto Cumplir con lo indicado en numeral 4.2 de la
NTP, según el grado de calidad del Arroz Pilado
a adquirir
INOCUIDAD
- Criterio microbiológico Cumplir íntegramente con la totalidad de los
criterios microbiológicos establecidos para el
- Límite Máximo de
Residuos de plaguicidas
Grupo V.1 Granos secos
No deberá exceder los límites máximos
permisibles de plaguicidas fijados en la norma
nacional o, en ausencia de ésta, establecidos
por el Codex Alimentarius que apliquen al
producto
- Metales Pesados Cadmio (Cd):
Nivel Máximo (NM) 0,4 mg/Kg
NTS Nº 071MINSA/DIGESA-V.01.
“Norma
Sanitaria
que
establece
los
criterios
microbiológicos
de
calidad
sanitaria
e
inocuidad
para
los
alimentos
y
bebidas
de
consumo
humano”
(R.M.
Nº
591-2008/MINSA),
Artículo 15º del D.S. 0042011-AG
CODEX XXXX 193-1995
Adoptada en 1995,
revisada en 1997, 2006,
2008 y 2009, enmendada
en 2010
C. CERTIFICACIÓN
Opcional.
La Entidad Convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la
oportunidad que determine, realice la entrega de un “Certificado de Conformidad de Producto con
Valor Oficial” (mínimo bajo esquema 3) o un “Certificado de Inspección con Valor Oficial” que
confirme que el bien entregado: Xxxxx Xxxxxx, cumple con las especificaciones de calidad e
inocuidad detallados en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento
deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección
acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la “NTP 205.001
Cereales-Extracción de muestras”.
En caso no se emitan en el país los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado
oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta será remitida a la Entidad
Convocante, el Contratista podrá presentar un “Certificado de Calidad”, sin el símbolo de
acreditación, que confirme que el bien entregado: Xxxxx Xxxxxx, cumple con las especificaciones de
calidad e inocuidad detallados en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho
documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de
Inspección acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la “ NTP
205.001 Cereales-Extracción de muestras”.
Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases
(especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la
Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellos que los costos que
demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.
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D. OTROS
D.1. Envase
El Xxxxx Xxxxxx deberá ser entregado en envases que salvaguarden las cualidades higiénicas,
nutricionales, tecnológicas y organolépticas del alimento, los mismos que deben ser fabricados
con sustancias que sean inocuas y apropiadas para el uso al que se destinan. No deberán
transmitir al producto sustancias tóxicas ni olores o sabores desagradables
Estos envases deberán corresponder al autorizado en el Registro Sanitario (bolsas o sacos de
polietileno, polipropileno, etc.), de primer uso y del mismo tamaño, que cumpla con lo
establecido en el Art. 119 del D.S. 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario
de Alimentos y Bebidas, de tal forma que:
- Estén limpios y permitan mantener las características del alimento.
- Se encuentren bien cosidos o sellados
- Sean resistentes al almacenamiento (manipuleo) y transporte.
- Faciliten los muestreos e inspecciones
Notas:
- La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, las
características del envase (material, color, peso, medidas, tipo de cerrado, etc.), así como el
peso neto del producto por envase.
- Si la Entidad decide exigir que se certifique que el envase cumple con lo especificado,
deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos
mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las
precisiones que apliquen, entre ellos que los costos que demanden la certificación deben
ser asumidos por el Contratista.
D.2. Rotulado
Los envases de Arroz Pilado deberán indicar, en idioma español, pudiendo llevar además
inscripciones en otro idioma siempre que no aparezca en forma más destacada, como mínimo
lo siguiente:
- El nombre del producto, indicando la clase o variedad.
- El grado de calidad: "Extra", "Superior", “Corriente”, "Popular".
- El contenido neto aproximado, en kilogramos.
- Nombre y domicilio legal del productor, envasador, distribuidor, importador o vendedor.
- Número del Registro Sanitario
- El país de origen.
- La identificación del lote
- El mes y año de envasado
- El mes y año de vencimiento
Para la impresión de estos rótulos deberá utilizarse tinta indeleble de uso alimentario, la que no
debe desprenderse ni borrarse con el rozamiento y manipuleo.
Nota: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, otra
información que considere deba estar rotulada.
D.3. Transporte
El medio de transporte empleado no deberá transmitir al Arroz Pilado características
indeseables que impidan su consumo y deberá ajustarse a lo señalado en el Título V Capítulo
II “Del transporte” del “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas”
(D.S. Nº 007-98-SA).
FICHA TÉCNICA
APROBADA
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN
Denominación del bien : AZUCAR CRUDO
Denominación técnica : AZUCAR CRUDO
Grupo/familia/clase : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/ Chocolates,
azúcares, edulcorantes y productos de confitería/
Chocolates, azucares y productos edulcorantes/
Azúcares naturales o productos edulcorantes
Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE: AZUCAR RUBIA
Código : 5016150900002941
Unidad de medida : KILOGRAMO
Descripción General : El producto azúcar rubia, denominado también como
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN
azúcar crudo, es aquel obtenido directo del jugo de la
caña de azúcar (Saccharum sp), mediante
procedimientos apropiados.
A. CARÁCTERÍSTICAS
Es un producto sólido cristalizado obtenido directo del jugo de la caña de azúcar (Saccharum sp) y
está constituido esencialmente por cristales de sacarosa cubiertos por una película de miel madre.
De acuerdo a su pureza, el Azúcar Rubia se clasificará por clases o grados de calidad en:
- Azúcar rubia de exportación
- Azúcar rubia industrial
- Azúcar rubia doméstica.
Esta ficha es aplicable solo para el Azúcar Rubia Doméstica.
B. REQUISITOS
B.1. Documentación
Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor, en el sobre de
habilitación, deberá considerar como mínimo:
- Copia simple del Registro Sanitario vigente del producto Azúcar Rubia (debe corresponder al
tipo de envase y peso neto por envase objeto del proceso), expedido por la Dirección General
de Salud Ambiental–DIGESA a nombre del titular del registro.
- Copia simple de la Resolución Directoral vigente que otorga Validación Técnica Oficial al Plan
HACCP, emitida por la DIGESA, según R.M. Nº 449-2006-XXXXX(*). Dicha validación
Técnica deberá estar referida a la línea de producción del producto objeto del proceso o a una
línea de producción dentro de la cual esté inmerso el producto requerido.
(*) En el caso de las pequeñas y microempresas alimentarias, la Entidad Convocante deberá
considerar que su incorporación al sistema HACCP se hará de manera progresiva, de
conformidad con lo que se establezca por norma especial, la misma que será aprobada
mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Salud y el Ministro de Industria,
Turismo, Integración y negociaciones Comerciales Internacionales, según lo señala la
Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento sobre Vigilancia y
Control Sanitario de Alimentos y Bebidas aprobado mediante D.S. Nº 007-98-SA. En tanto
ello ocurra, la Entidad Convocante deberá considerar en sobre de habilitación la
documentación que sustente el cumplimiento de los requisitos previos a través de la
implementación de sus programas de buenas prácticas de manufactura y de higiene y
saneamiento, ambos basados en los Principios Generales de Higiene del Codex
Alimentarius y los capítulos I, II, III, IV, V y VII del Título IV “De la fabricación de alimentos
y bebidas” del citado Reglamento.
Nota:
Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de
las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar
oportunamente la renovación de los dichos documentos y entregar una copia a la Entidad
Convocante.
Ficha técnica: 5016150900002941 Versión 3 Página 2/3
B.2. Atributos del bien
El producto Azúcar Rubia deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano. No debe
presentar insectos, arena, tierra u otras impurezas que indiquen una manipulación defectuosa
del producto. (Ref.: CODEX XXXX 212-1999, NTP 207.007:2009). Asimismo, deberá cumplir con
lo siguiente:
ATRIBUTO ESPECIFICACIÓN REFERENCIA
CALIDAD
- Sabor y olor Característico
- Color: Amarillo xxxxx
- Color a 420 nm Máx. 2400 UI
- Cenizas conductimétricas Máx. 0,5% m/m
- Humedad Máx. 0,40% m/m
- Polarización a 20ºC Mín. 98,5 ºZ
- Azúcares reductores Máx. 0,5% m/m
- Factor de seguridad No mayor de 0,30 para polarización
mayor de 96 ºZ
- Sustancias insolubles (sedimentos) Máx. 500 mg/Kg
- Dióxido de azufre Dosis máxima permitida de 20 mg/kg
CODEX XXXX 212-1999
INOCUIDAD
- Criterio microbiológico Cumplir íntegramente con la totalidad
de los criterios microbiológicos
establecidos para el Grupo VI.2
- Límite Máximo de Residuos de
plaguicidas
Azúcar rubia doméstica
No deberá exceder los límites
máximos permisibles de plaguicidas
fijados en la norma nacional o, en
ausencia de ésta, establecidos por el
Codex Alimentarius que apliquen al
producto
- Metales Pesados Arsénico (As):
Nivel Máximo (NM) 1,0 mg/Kg
C. CERTIFICACIÓN
Cobre (Cu)
Nivel Máximo (NM) 1,5 mg/Kg
Plomo (Pb)
Nivel Máximo 0,5 mg/Kg
NTP 207.007:2009
NTS Nº 071MINSA/DIGESA-V.01.
“Norma
Sanitaria
que
establece
los
criterios
microbiológicos
de
calidad
sanitaria
e
inocuidad
para
los
alimentos
y
bebidas
de
consumo
humano”
(R.M.
Nº
591-2008/MINSA),
Artículo 15º del D.S. 0042011-AG
Opcional.
La Entidad Convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la
oportunidad que determine, realice la entrega de un “Certificado de Conformidad de Producto con
Valor Oficial” (mínimo bajo esquema 3) o un “Certificado de Inspección con Valor Oficial” que
confirme que el bien entregado: Xxxxxx Xxxxx, cumple con las especificaciones de calidad e
inocuidad detallados en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento
deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección
acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la "NTP
207.057:2008. Azúcar. Azúcar ensacada. Muestreo e Inspección".
En caso no se emitan en el país los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado
oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta será remitida a la Entidad
Convocante, el Contratista podrá presentar un “Certificado de Calidad”, sin el símbolo de
acreditación, que confirme que el bien entregado: Azúcar Xxxxx, cumple con las especificaciones de
calidad e inocuidad detallados en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho
documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de
Inspección acreditado por el INDECOPI y considerará para el muestreo lo establecido en la “NTP
207.057:2008. Azúcar. Azúcar ensacada. Muestreo e Inspección".
Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases
(especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la
Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellos que los costos que
demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.
NTP 207.007:2009
D. OTROS
Ficha técnica: 5016150900002941 Versión 3 Página 3/3
D.1. Envase
El envase que contiene el producto debe ser de material inocuo, estar libre de sustancias que
puedan ser cedidas al producto en condiciones tales que puedan afectar su inocuidad, y estar
fabricado de manera que mantenga la calidad sanitaria y composición del producto durante
toda su vida útil. (Art. 118, Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y
Bebidas, D.S. 007-98-SA).
Este envase deberá corresponder al autorizado en el Registro Sanitario (saco de polipropileno,
polipropileno con liner de polietileno y polipropileno laminados, sacos de papel xxxxx, bolsa de
polietileno, etc.), de primer uso y del mismo tamaño, que cumpla con lo establecido en la “NTP
207.055:2008 Azúcar. Envases” y en el Art. 119 del D.S. 007-98-SA Reglamento sobre
Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas.
Notas:
- La Entidad convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, las
características del envase (material, color, peso, medidas, tipo de cerrado, etc.), así como el
peso neto del producto por envase.
- Si la Entidad decide exigir que se certifique que el envase cumple con lo especificado,
deberá señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos
mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las
precisiones que apliquen, entre ellos que los costos que demanden la certificación deben
ser asumidos por el Contratista.
D.2. Rotulado
Los envases de azúcar crudo deberán llevar rotulado, en forma destacada, la leyenda “Azúcar
Rubia Doméstica” y las siguientes indicaciones en caracteres legibles (según lo señalado en el
Art. 117 del D.S. 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y
Bebidas y la “NTP 207.007:2008 AZÚCAR RUBIA: Requisitos”), los mismos que deberán
concordar con la “NMP 001:1995 PRODUCTOS ENVASADOS: Rotulado”, “NTP 209.038:2009
ALIMENTOS ENVASADOS. Etiquetado” y la “NTP 207.058:2008 Azúcar. Rotulado”, según
corresponda:
a) Forma en que se presenta, por ejemplo: granulado.
b) Peso neto en kilogramos, del producto envasado.
c) Nombre o razón social del fabricante o de la entidad comercial bajo cuya marca se expende
el producto.
d) La identificación del lote de producción.
e) Nombre del país donde se elaboró el producto.
f) Número del Registro Sanitario
Para la impresión de estos rótulos deberá utilizarse tinta indeleble de uso alimentario, la que no
debe desprenderse ni borrarse con el rozamiento y manipuleo.
Nota: La Entidad convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, otra
información que considere deba estar rotulada.
D.3. Transporte
El medio de transporte empleado no deberá transmitir al Azúcar Rubia características
indeseables que impidan su consumo, y deberá ajustarse a lo señalado en el Título V Capítulo
II “Del transporte” del “Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas”
(D.S. Nº 007-98-SA).
FICHA TÉCNICA
(APROBADA)
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN
Denominación del bien : GARBANZO
Denominación técnica : GARBANZO
Grupo/Clase/Familia : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/ Verduras
secas/ Verduras dominantes secas/ Garbanzos secos
Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : GARBANZO
Código : 5042681800004660
Unidad de medida : KILOGRAMO
Descripción General : El Garbanzo es el grano maduro procedente de las
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN
A. CARACTERÍSTICAS
especies Cicer arietinum L., de color crema.
De acuerdo a sus características de sanidad y aspecto, el Garbanzo se clasificará en los siguientes
grados de calidad:
a.- Primera
b.- Segunda
c.- Tercera
De acuerdo a su tamaño:
Tamaño Masa de 1000 granos (g)
1 Mayor que 600
2 Mayor que 400 a Menor o igual que 600
3 Menor o igual que 400
Importante: La entidad convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, el
grado de calidad y tamaño del Garbanzo a adquirir.
B. REQUISITOS
B.1. Documentación
Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor procesador primario de
alimentos agropecuarios primarios en el sobre de habilitación, deberá considerar como mínimo:
Para bienes de origen nacional
- Copia del Certificado de Autorización Sanitaria del establecimiento que realizó el
procesamiento primario otorgado por el SENASA, según el art. 33º del D.S. Nº 004-2011AG.
Los administrados obligados a obtener Autorización Sanitaria del SENASA, tendrán
dieciocho (18) meses desde la entrada en vigencia del citado reglamento para obtenerla.
Para bienes importados
- Autorización Sanitaria para el ingreso al país de alimentos agropecuarios primarios y
piensos otorgado por el SENASA, según el art. 40º del D.S. Nº 004-2011-AG.
- Declaración única de aduanas que acredite el ingreso legal del producto al país.
Nota:
Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de las entregas
del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista mantener la vigencia de la
Autorización Sanitaria de establecimiento y tramitar oportunamente la Autorización Sanitaria de
importación, y entregar una copia a la Entidad Convocante.
B.2. Atributos del bien
El Garbanzo deberá ser inocuo y apropiado para el consumo humano, exento de sabores y
olores extraños y de insectos vivos, y de suciedad (impurezas de origen animal, incluidos
insectos muertos) en cantidades que puedan representar un peligro para la salud humana
(Ref.: CODEX XXXX 171-1989. NORMA DEL CODEX PARA DETERMINADAS
LEGUMBRES). Asimismo, deberá presentar lo siguiente:
Versión 02 2 de 3
ATRIBUTO ESPECIFICACIÓN REFERENCIA
CALIDAD
- Sanidad y aspecto Cumplir con lo indicado en los
numerales 6, 7.1 y 7.3 de la NTP,
según el grado de calidad de Garbanzo
a adquirir
NTP 205.023:1992
- Tamaño Cumplir con lo indicado en el Apéndice
A de la NTP
- Contenido de humedad Cumplir con lo indicado en el numeral
7.2 de la NTP
INOCUIDAD
- Criterio microbiológico Cumplir íntegramente con la totalidad
de los criterios microbiológicos
establecidos para el Grupo V.1 Granos
secos
LEGUMBRES SECAS.
Garbanzo. Requisitos
NTS Nº 071-MINSA/DIGESAV.01.
“Norma
Sanitaria
que
establece los criterios
microbiológicos de calidad
sanitaria e inocuidad para los
alimentos y bebidas de consumo
humano” (R.M. Nº 5912008/MINSA)
C. CERTIFICACIÓN
Opcional.
La Entidad Convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la
oportunidad que determine, realice la entrega de un “Certificado de Conformidad de Producto con
Valor Oficial” (mínimo bajo esquema 3) o un “Certificado de Inspección con Valor Oficial” que
confirme que el bien entregado: Xxxxxxxx, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad
detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho documento deberá ser
emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de Inspección acreditado por
el INDECOPI y autorizado por el SENASA, y considerará para el muestreo lo establecido en la
“NTP 205.048 Menestras. Extracción de muestras”.
En caso no se emitan en el país los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado
oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta será remitida a la Entidad
Convocante, el Contratista podrá presentar un “Certificado de Calidad”, sin el símbolo de
acreditación, que confirme que el bien entregado: Xxxxxxxx, cumple con las especificaciones de
calidad e inocuidad detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho
documento deberá ser emitido por un Organismo de Certificación de Productos u Organismo de
Inspección acreditado por el INDECOPI y autorizado por el SENASA, y considerará para el
muestreo lo establecido en la “NTP 205.048 Menestras. Extracción de muestras”.
Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases
(especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la
Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que
demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.
Importante: La “Autorización a Organismos de Certificación, de Inspección y Laboratorios de
Ensayo” de parte del SENASA, estará sujeta al procedimiento y plazos que establezca dicha
Autoridad Nacional.
D. OTROS
D.1. Envase
El Garbanzo deberá ser envasado en recipientes que salvaguarden las cualidades higiénicas,
nutritivas, tecnológicas y organolépticas del alimento, los mismos que deben ser fabricados con
sustancias que sean inocuas y adecuadas para el uso al que se destinan. No deberán
transmitir al producto ninguna sustancia tóxica ni olores o sabores desagradables
Estos envases podrán ser bolsas, sacos u otros que cumplan con los requisitos que se indican
en las Normas Técnicas Peruanas correspondientes (por ejemplo: “NTP 231.064:1985
(Revisada el 2011) SACOS XX XXXX PARA MENESTRAS”, etc.), nuevos (incluye el material
reciclado de calidad alimentaria), del mismo tamaño, de tal forma que:
- Estén limpios y permitan mantener las características del alimento
- Se encuentren bien cosidos o sellados
- Sean resistentes al almacenamiento (manipuleo) y transporte
- Faciliten los muestreos e inspecciones
Versión 02 3 de 3
Notas:
- La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, las características
del envase (material, color, peso, medidas, tipo de cerrado, etc.), así como el peso neto del producto
por envase.
- Si la Entidad decide exigir que se certifique que el envase cumple con lo especificado, deberá señalar
esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las
cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre
ellas que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.
D.2. Rotulado
Los envases, o bien los documentos que acompañan la entrega de Xxxxxxxx, además de los
requisitos aplicables especificados en la “NTP 209.038 ALIMENTOS ENVASADOS.
Etiquetado”, deberán indicar, en idioma español, pudiendo llevar además inscripciones en otro
idioma siempre que no aparezca en forma más destacada, lo siguiente:
- El nombre del producto, indicando la clase o variedad
- El grado de calidad
- Peso neto, en kilogramos
- Nombre y domicilio legal del productor, envasador, distribuidor, importador o vendedor
- El país de origen
- La identificación del lote
- El mes y año de envasado
- El mes y año de vencimiento
Para la impresión de estos rótulos deberá utilizarse tinta indeleble de uso alimentario, la que no
debe desprenderse ni borrarse con el rozamiento y manipuleo.
Nota: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, otra información
que considere deba estar rotulada.
D.3. Transporte
El transporte, almacenamiento y comercialización de Garbanzo se efectuará en cajas,
canastas, sacos u otros envases apropiados que eviten el contacto del mismo con el suelo o
plataforma del transporte (Art. 25 del D.S. 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control
Sanitario de Alimentos y Bebidas).
Asimismo, el medio de transporte empleado no deberá transmitir al Garbanzo características
indeseables que impidan su consumo. De acuerdo a la Tercera Disposición Complementaria
Transitoria del D.S. 004-2011-AG (Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria), las personas
naturales o jurídicas dedicadas al transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos,
tendrán veinticuatro (24) meses de plazo de entrada en vigencia del Reglamento, para adecuar
sus vehículos de transporte de tal manera que garanticen que los alimentos agropecuarios
primarios y piensos transportados no se contaminen.
FICHA TÉCNICA
(APROBADA)
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN
Denominación del bien : GRATED DE PESCADO EN AGUA Y SAL
Denominación técnica : GRATED DE PESCADO EN AGUA Y SAL
Grupo/Clase/Familia : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/Pescados y
mariscos/Pescado/Pescado estable sin refrigerar
Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : GRATED DE PESCADO EN AGUA Y SAL
Código : 5012153800260770
Unidad de medida : LATA
Descripción General : Es un producto enlatado, elaborado a partir de
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN
A. CARACTERÍSTICAS
especies como anchoveta (Engraulis ringens), caballa
(Scomber japonicus), machete (Ethmidium
maculatum), sardina (Sardinops sagax, sagax); o
semigrasas como el jurel (Xxxxxxxxx xxxxxxx), entre
otras, cocida y envasada en agua y sal, y sometido a
un proceso de esterilización comercial que le confiere
larga vida útil a temperatura ambiente.
Ingredientes:
Pescado (anchoveta (Engraulis ringens), caballa (Scomber japonicus), machete (Ethmidium
maculatum), sardina (Sardinops sagax, sagax) o semigrasas como el jurel (Trachurus murphyi)
entre otros), agua y sal.
Características físicas y organolépticas:
Apariencia del producto: Partículas separadas de músculo de pescado de tamaño uniforme que
no se compacten formando una masa, sin restos de vísceras ni cola y libre de huesos
operculares. En el caso de anchoveta incluye porción ósea y la piel debe de ser eliminada para
mejorar el color.
Apariencia del líquido de cobertura: Color pardo claro (*).
Color: Xx xxxxx xxxxx a oscuro, propio de la especie.
Olor: Característico de la especie, libre de olores extraños.
Sabor: A pescado cocido, libre de sabores extraños.
Textura: Granular, desmenuzado, jugosa no pastosa.
(*) Se considera sal y agua (salmuera) como líquido básico de cobertura, no obstante que se valora
como conforme la inclusión de aceite vegetal en dicho líquido de gobierno.
Información Nutricional
Cada 100 g de alimento debe contener como mínimo:
Proteínas: Mínimo 15,00 g
Grasas: Mínimo 2,00 g
Cenizas: 1,50 - 2,90 g, en el caso de la Anchoveta hasta 3,5 g
Humedad: 65,50 - 75,40 g
Valor calórico: 98,80 - 168,10 Kcal
* Niveles superiores en contenido de Proteínas, Grasas y Valor Calórico serán considerados
conformes.
B. REQUISITOS
B.1. Documentación
Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante, al postor, en el sobre de
habilitación, deberá considerar como mínimo:
Versión 04 2 de 4
- Copia de Protocolo Técnico de Habilitación o Registro de Planta de Procesamiento
Industrial vigente, otorgado por el Instituto Tecnológico Pesquero (ITP).
- Copia de Protocolo Técnico de Registro Sanitario vigente del producto, otorgado por el
ITP.
Nota:
Los requisitos antes señalados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminación de las entregas
del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar oportunamente la renovación
de dichos documentos y entregar una copia a la Entidad convocante.
B.2. Atributos del bien
El producto Grated de Pescado en Agua y Sal deberá cumplir con lo establecido en el Manual:
Indicadores o Criterios de Seguridad Alimentaria e Higiene para Alimentos y Piensos de Origen
Pesquero y Acuícola - SANIPES (SGC-MAI/SANIPES-2010) y la R.M. N° 591-2008/MINSA.
Criterios Microbiológicos de Calidad sanitaria e inocuidad para los alimentos y bebidas de
consumo humano. Su producción debe haber contemplado estrictamente las Buenas Prácticas
de Fabricación detalladas en el Código de prácticas de higiene para alimentos poco ácidos y
alimentos poco ácidos acidificados envasados (CAC/RCP 23-1979). Asimismo, deberá
presentar lo siguiente:
INDICADOR ESPECIFICACIÓN REFERENCIA
CALIDAD
- Físico organolépticos
Aspecto
Olor
Color
Sabor
Textura
Debe cumplir con lo indicado en los
acápites 5.6.9.1.1 “Examen
sensorial” y 5.6.9.1.2 “Evaluación
de envase de hojalata”
SGC-MAI/SANIPES. Revisión 02,
Abril 2010. “Manual: Indicadores o
Criterios de Seguridad Alimentaria e
Higiene para Alimentos y Piensos
de Origen Pesquero y Acuícola”
- Evaluación xxx xxxxx
Cierre
Debe cumplir con lo indicado en el
acápite 5.6.9.1.3 “Evaluación xxx
xxxxx Cierre” y en la tabla Nº 32
“Requerimientos técnicos mínimos
en envases de hojalata”.
- Xxxxx Xxxx cumplir con lo indicado en el
acápite 6.1.4 “Criterios de Calidad
Sanitaria e Inocuidad”
R.M. Nº 495-2008/MINSA, que
aprueba la NTS Nº 069-2008MINSA/DIGESA-V.01
“Norma
Sanitaria
aplicable
a
la
fabricación
de
alimentos
envasados
de
baja
acidez
y
acidificados
destinada
al
consumo humano”
INOCUIDAD
- Esterilidad Comercial Debe cumplir con lo indicado en el
- Determinación de
Histamina
acápite XIX.1 “Alimentos de baja
acidez, de pH>4.6 procesados
térmicamente y empacados en
envases sellados herméticamente
(de origen animal, leche UHT, leche
evaporada; algunos vegetales,
guisados, sopas)
Debe cumplir con lo indicado en el
acápite 5.6.9.1.5 “Histamina
(Aplicable solo a clupéidos y
escómbridos”)
R.M. Nº 591-2008/MINSA, que
aprueba la NTS Nº 071-
MINSA/DIGESA-V.01 “Norma
Sanitaria que establece los criterios
microbiológicos de calidad sanitaria
e inocuidad para los alimentos y
bebidas de consumo humano”
SGC-MAI/SANIPES. Revisión 02,
Abril 2010. “Manual: Indicadores o
Criterios de Seguridad Alimentaria e
Higiene para Alimentos y Piensos
de Origen Pesquero y Acuícola”
Importante:
El proveedor debe considerar un periodo de cuarentena mínimo de 15 días, previo a la
comercialización de las conservas como medida de precaución para detectar defectos visibles,
que permita asegurar que se reduzcan al mínimo los riesgos de contaminación con
microorganismos que puedan dar lugar al deterioro de los alimentos.
C. CERTIFICACIÓN
Versión 04 3 de 4
Opcional
La Entidad Convocante podrá exigir al Contratista que, durante la ejecución contractual y en la
oportunidad que determine, realice la entrega de un “Certificado Oficial Sanitario” que confirme
que el bien entregado: Grated de Pescado en Agua y Sal, cumple con las especificaciones de
calidad e inocuidad detalladas en el numeral “B.2: Atributos del bien” de la presente ficha. Dicho
documento deberá ser emitido por el Instituto Tecnológico Pesquero-ITP (en base a el(los)
Informe(s) de Ensayo emitido(s) por una Entidad de Xxxxx (EA) acreditada por INDECOPI y
autorizada por el ITP/SANIPES), que considere para la inspección y muestreo lo establecido en la
“NTP 700.002 Lineamientos y Procedimientos de Muestreo del Pescado y Productos Pesqueros
para Inspección” y el “SGC-MAI/SANIPES. Revisión 02 - Manual: Indicadores o Criterios de
Seguridad Alimentaria e Higiene para Alimentos y Piensos de Origen Pesquero y Acuícola”.
Si la Entidad decide exigir la certificación, deberá señalar esta condición en las Bases
(especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en las cláusulas correspondientes de la
Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que
demanden la certificación deben ser asumidos por el Contratista.
D. OTROS
D.1. Envase
El producto Grated de Pescado en Agua y Sal deberá ser envasado cumpliendo con lo
establecido en el Art. 99° de la “Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y
Acuícolas” (D.S. N° 040-2001-PE). El envase deberá corresponder al autorizado en el
Protocolo Técnico de Registro Sanitario del producto, por ejemplo:
Envases de hojalata redondos en caja de cartón corrugado:
Tipo de envase Peso neto (g)
Peso escurrido
aproximado (g)
Nº de envases
por caja
1 lb Tall
(425 g)
425 320 24
½ lb. Tuna
(170 g)
170 130 48
Importante:
- Presión de vacío: El Proveedor deberá garantizar un vacío adecuado que soporte las
diferentes condiciones de presión atmosférica y temperatura ambiental.
Tipo de envase
Presión de vacío(*)
Altura <= 2 000 m.s.n.m
y/o
Temperatura <= 28ºC)
Envase redondo
Mínimo
3 pulgadas de Hg
(76,2 mm Hg)
Altura > 2 000 m.s.n.m
y/o
Temperatura > 28ºC)
Incrementar al menos
0,5 pulgadas de Hg
(12,7 mm de Hg)
Hg = Mercurio
(*) De acuerdo a las condiciones de presión atmosférica y temperatura ambiental
de la zona donde se utilizará el alimento.
Notas:
- La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, las
características del envase (material, color, peso, medidas, presión de vacío mínimo, etc.), así
como el peso neto del producto por envase.
- Si la Entidad decide exigir que se certifique que el envase cumple con lo especificado, deberá
señalar esta condición en las Bases (especificaciones técnicas - requisitos técnicos mínimos) y en
las cláusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que
apliquen, entre ellos que los costos que demanden la certificación deben ser asumidos por el
Contratista.
D.2. Rotulado/Etiquetado
Los envases deberán llevar rotulado/etiquetado, en forma destacada, lo indicado en la
Norma Metrológica Peruana “NMP 001.1995 Productos Envasados. Rotulado” y en el Art.
150° del Título XII “Del Etiquetado o Rotulado” de la “Norma Sanitaria para las Actividades
Xxxxxxxxx y Acuícolas” (D.S. N° 040-2001-PE), y el número de Registro Sanitario.
Versión 04 4 de 4
Nota: La Entidad Convocante deberá indicar, en las bases y en la proforma del contrato, otra
información que considere deba estar rotulada.
D.3. Tiempo de vida útil
Vida útil aproximada: 04 años, almacenada a temperatura ambiente, en áreas higiénicas,
secas, protegidas de la contaminación, evitando exposición directa del sol.
D.4. Forma de consumo y consumidores potenciales
Producto de consumo directo, el producto es requerido para la alimentación de madres
gestantes, lactantes y de niños de 3 a 6 años de edad; por lo que los fabricantes deberán
asegurar, bajo responsabilidad, el abastecimiento de productos que - además de cumplir
con los requisitos exigidos a los productos en conserva - no usen en su elaboración
insumos o conservantes artificiales, indicados o reportados como causantes de alergias en
consumidores.
D.5. Almacenamiento y Transporte
Deben cumplir con lo establecido en los Artículos 31°, 36°, y 37° del Título IV “Del
Almacenamiento y Transporte” de la “Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y
Acuícolas” (D.S. N° 040-2001-PE).
FORMATO Nº 01
CARTA DE PRESENTACIÓN DEL POSTOR Y DECLARACIÓN JURADA DE DATOS
Cusco,
SEÑORES
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA X SIP Nº 001-2012-CEP-CJM-CSJCU-PJ – PRIMERA CONVOCATORIA
PRESENTE.
Estimados Señores:
Yo,…………………….....……………………....………., identificado con DNI Nº………………En calidad de……………............. de……………………………………….
Tengo el agrado de presentarme como postor, con relación al presente Proceso de Selección, por considerar que reunimos las exigencias de sus bases y por estar en condiciones de cumplirlas.
Nombre o razón social :
Registro Único del Contribuyente Nº :
Domicilio Legal :
Número de Teléfono y FAX :
Nombre del Representante Legal :
Fecha de inicio de actividades en el rubro convocado:
Ubicación del Establecimiento Comercial :
Nos sometemos a cualquier verificación posterior sobre las informaciones presentadas en las Propuestas Técnicas del Proceso de la Referencia.
Atentamente,
_______________________________
Firma y sello del Representante Legal
FORMATO Nº 02
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 42º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Cusco,
SEÑORES
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA SIP Nº 001-2012-CEP-CJM-CSJCU-PJ – PRIMERA CONVOCATORIA
PRESENTE.
Estimados Señores:
Yo,………………………….....……………………....………., identificado con DNI Nº ……………… En calidad de…………………………............. de………………………………………………………….
DECLARO BAJO JURAMENTO la veracidad de la siguiente información del postor, con relación al Proceso de Selección de la referencia indicada en el asunto del rubro:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al Art. 10º de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
4.- Me comprometo a mantener la oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso que resulte favorecido con la Buena Pro.
5.- Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Atentamente,
___________________
Firma y sello del Representante Legal
FORMATO Nº 03
PACTO DE INTEGRIDAD
De acuerdo a la Resolución de Contraloría Nro. 123-2001-CG
El Poder Judicial – Cusco, representado por su Comité Especial Permanente y el Representante Legal de................................................................., suscriben el presente Pacto de Integridad a través del cual reconocemos la importancia de aplicar los principios que rigen el presente proceso de selección.
Confirmarnos que no hemos ofrecido u otorgado ni ofreceremos u otorgaremos ya sea directa e indirectamente a través xx xxxxxxx, ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja inadecuada, a funcionario público alguno, o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto del presente proceso de selección.
Confirmamos que no hemos celebrado ni celebraremos acuerdos formales o tácitos entre los postores o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia.
La Entidad se compromete a evitar la extorsión y la aceptación de sobornos por parte de sus funcionarios.
El incumplimiento de presente pacto de integridad generará:
Para el postor o contratista, la inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes.
Para los funcionarios de la Entidad, las sanciones derivadas de su régimen laboral.
Cusco, de del 2011
_________________________ _________________________
Presidente del Comité Secretario del Comité
___________________________________
Firma y sello del Representante Legal
FORMATO Nº 04
DECLARACIÓN JURADA
(Sólo para el caso que la empresa sea una pequeña o microempresa)
Cusco,
SEÑORES
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA SIP Nº 001-2012-CEP-CJM-CSJCU-PJ – PRIMERA CONVOCATORIA
PRESENTE.
De nuestra consideración:
(Nombre y Apellidos del Representante legal de la empresa), identificado con Documento Nacional de Identidad No. .......................................... domiciliado en................................................., Representante legal de............................................... (Nombre de la empresa) DECLARO BAJO JURAMENTO que la empresa que represento es una.................................................... (Indicar micro o pequeña empresa, según corresponda), de conformidad con la Ley Nº. 28015.
Atentamente,
_______________________________
Firma y sello del Representante Legal
FORMATO Nº 05
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso que un consorcio se presente como postor)
Cusco,
SEÑORES
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA SIP Nº 001-2012-CEP-CJM-CSJCU-PJ – PRIMERA CONVOCATORIA
PRESENTE.
Lo suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para proveer y presentar una propuesta conjunta a la ………………. por la Modalidad Especial de Subasta Inversa Presencial referida, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato asociativo de Consorcio para la provisión correcta y oportuna de los bienes correspondientes al objeto del Proceso de ……………….. por Subasta Inversa Presencial.
Designando al Sr..................................................................................................., identificado con DNI. No.................... como representante común del Consorcio con poderes suficientes y fijando nuestro domicilio legal común en......................................................, para efectos de participar en todas las etapas de dicho proceso de selección.
--------------------------------------------------- -------------------------------------------------
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del
Representante Legal Empresa Representante Legal Empresa
FORMATO Nº 06
MODELO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Cusco,
SEÑORES
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA SIP Nº 001-2012-CEP-CJM-CSJCU-PJ – PRIMERA CONVOCATORIA
PRESENTE.
Estimados señores:
De acuerdo a la convocatoria de referencia emitida por su Entidad y a toda la información contenida en los documentos del presente proceso de selección para el suministro de Alimentos para el Centro Juvenil de Marcavalle-Cusco, el suscrito, representante legal del postor.................................................., ofrece brindar la prestación de acuerdo con las Bases y mi propuesta económica.
A continuación, hacemos de conocimiento que nuestra propuesta económica es la siguiente:
PAQUETE N° 01
Nº |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD |
CANTIDAD |
PRECIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA DE PUJA S/. |
PRECIO TOTAL S/. |
1 |
ACEITE 100% VEGETAL |
LITRO |
1080 |
|
|
2 |
ARROZ PILADO (ARROZ SUPERIOR – S 10%) |
KILO |
7200 |
|
|
3 |
AZÚCAR GRANULADA |
KILO |
4200 |
|
|
4 |
GARBANZO |
KILO |
180 |
|
|
5 |
CONSERVA DE GRATED DE PESCADO |
LATA |
1380 |
|
|
|
TOTAL EN NUEVOS SOLES: |
|
Son: ______________________________________________________/100 Nuevos Soles.
Esta propuesta económica incluye el IGV y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del cumplimiento de obligaciones.
NOTA: El presente formato debe presentarse en sobre cerrado al Comité Especial.
______________________________
Firma y sello del Representante Legal
ANEXO 01
MODELO CONTRATO DE SUMINISTRO DE ALIMENTOS PARA EL CENTRO JUVENIL DE MARCAVALLE - CUSCO
Conste por el presente Contrato de Suministro, que celebran de una parte ………………………………………………………….- Cusco, con RUC Nº ……………………….., con domicilio en …………………………………………., Distrito y Provincia y Región Cusco, a quien se le denominará el CONTRATANTE, representado por .............................................................., con DNI Nº …..................y de la otra parte ……….……………………………., con domicilio fiscal en ……………………, con RUC Nº …………………., representado por el Sr. ……………………., identificado con DNI. Nº ………… según Poder inscrito en el tomo …………………………………………………, asiento………………… de los Registros Públicos de ……………………..…, a quien en lo sucesivo se le denominará el CONTRATISTA en virtud de lo cual ambas partes se obligan bajo los siguientes términos:
1.0 ANTECEDENTES Y FINALIDADES:
El CONTRATANTE, tiene como finalidad, …………………………………………………………………………………………...
Como resultado del proceso de Selección por ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 001-2012-CEP-CJM-CSJCU-PJ – PRIMERA CONVOCATORIA ha adjudicado al CONTRATISTA el “Suministro de Alimentos para el Centro Juvenil de Marcavalle – Cusco”
2.0 OBJETIVO:
El presente instrumento tiene como objetivo normar las obligaciones y derechos de las partes que intervienen, para la provisión de Alimentos para el Centro Juvenil de Marcavalle – Cusco, conforme al siguiente desagregado:
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Nº
DESCRIPCIÓN
UNIDAD
CANTIDAD
PRECIO UNITARIO S/.
VALOR REFERENCIAL S/.
1
ACEITE 100% VEGETAL
LITRO
1080
2
ARROZ PILADO
KILO
7200
3
AZÚCAR GRANULADA
KILO
4200
4
GARBANZO
KILO
180
5
CONSERVA DE GRATED DE PESCADO
LATA
1380
TOTAL
El precio total incluye tributos, seguro, transporte y cualquier concepto que pueda incidir sobre el costo de los bienes.
Forman parte integrante del presente contrato las bases administrativas, la documentación presentada para la acreditación del CONTRATISTA como participante y la propuesta económica del CONTRATISTA
3.0 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
Proveer el producto………………………. necesario para el Centro Juvenil de Marcavalle – Cusco, los cuales serán entregados según el cronograma establecido en las bases.
La entrega será en el Almacén del Centro Juvenil de Marcavalle, ubicado en la avenida de la Cultura Nº 2400 – Wanchaq/Cusco.
El Contratista se obliga a entregar los productos en los plazos establecidos en la cláusula anterior de acuerdo a las cantidades que establecerá el CONTRATANTE, acompañado de sus respectivos certificados del lote a entregar.
En lo que respecta al Aceite Vegetal Comestible, adjuntar copia de Certificado de Calidad otorgado por un organismo acreditado ante INDECOPI
4.0 OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE:
Coordinar y confrontar los controles de la entrega del producto adjudicado con el CONTRATISTA.
Aprobar los pagos a efectuar al CONTRATISTA.
Efectuará la cancelación de las facturas, dentro de los diez (10) días hábiles luego de la recepción formal de la documentación correspondiente sin observaciones: Orden de Compra, Factura, y la Conformidad correspondiente por parte del Responsable del Centro Juvenil de Marcavalle – Cusco.
5.0 PLAZO:
El plazo de vigencia de este documento es por el periodo ofertado por el postor para la entrega del bien adjudicado, a partir de la suscripción del Contrato y recepción de la orden de Compra.
El CONTRATANTE no está obligada a recibir los bienes fuera de la fecha límite de entrega, pudiendo anular el pedido realizado en forma total o parcial, sin lugar a reclamo de EL CONTRATISTA por daños y perjuicios; si al análisis visual presenta condiciones evidentes de inadecuada calidad o algún tipo de deterioro, en cantidades menores a las ordenadas, cuyas guías de remisión no indiquen el número de bienes entregados; entre otras irregularidades de entrega.
6.0 DEL PRECIO DE LOS BIENES
Queda convenido entre ambas partes que el CONTRATANTE abonará al CONTRATISTA por el bien adjudicado el precio establecido en la Cláusula 2.0 de este documento.
El monto a pagar es a todo costo, incluye tributos, transporte y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo de los bienes materia del contrato
FORMA DE PAGO
El pago se efectuará mediante abono en la CCI señalada por el CONTRATISTA en la misma modalidad de provisión, previa presentación de la documentación sustentatoria correspondiente.
8.0 GARANTIAS:
El CONTRATISTA presentará la garantía del Fiel Cumplimiento equivalente al 10% del monto del Contrato, a favor de la Entidad, que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad y sujeta a la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, cuya vigencia debe ser hasta la aprobación de la liquidación final del Contrato.
9.0 ADICIONALES Y REDUCCIONES:
Dada la naturaleza del producto adjudicado, el CONTRATANTE podrá disponer la ejecución de prestaciones adicionales, para lo cual deberá contar con la asignación presupuestal necesaria u ordenar la reducción de dichas prestaciones.
10.0 PENALIDADES:
En caso que el CONTRATISTA incumpla con alguna obligación asumida en virtud de éste Contrato así como retraso al inicio del suministro, el CONTRATANTE aplicará las penalidades previstas en el Art. 165º del Reglamento de la Ley.
11.0 RESOLUCION DEL CONTRATO:
Cualquiera de las partes puede resolver el Contrato por incumplimiento de obligaciones, si previamente se ha requerido el cumplimiento de las mismas conforme a las formalidades y requisitos establecidos en la Ley y su Reglamento.
Asimismo, podrá resolverse el contrato por causas de fuerza mayor o caso fortuito, según corresponda.
12.0 SOLUCION DE CONTROVERSIAS:
Queda convenido entre las partes, que las controversias que se pueden derivar de la ejecución o interpretación del presente contrato, se resolverán mediante procedimiento administrativo de conformidad con lo establecido en los Artsº 214, 215, 216 y siguientes, del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
13.0 FINALES:
El CONTRATANTE y CONTRATISTA convienen que para los aspectos que no estuvieran expresamente estipulados en este Contrato son de aplicación las normas contenidas en la Ley y Reglamento de la Ley de Contrataciones y suplementariamente a ellas las normas del Derecho Común.
Para los efectos de este contrato, las partes señalan como sus domicilios los que aparecen en las generales introductorias de este instrumento.
Las partes declaran que en la suscripción de este contrato no ha mediado causal de nulidad o anulabilidad alguna que lo invalide total o parcialmente, aceptando todas y cada una de las cláusulas que contiene.
Ambas partes proceden a suscribir el presente documento en la ciudad de Cusco, a los días del mes de del 2011.
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EL CONTRATANTE EL CONTRATISTA