Cláusula de participación en beneficios en función de la siniestralidad. Se reconoce el derecho a la percepción por el Tomador de una Participación en Beneficios en función de la siniestralidad del contrato de seguro de acuerdo con la siguiente redacción: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, xx 0 – 00000- Xxxxxxxxxxx (Xxxxxx) xxx.xxxx-xxxxxxxxxxx.xx La desviación favorable de la siniestralidad se determinará por diferencia entre el importe de prima comercial correspondiente al seguro principal y complementarios, neta de los gastos de administración que se fijen, y el importe de los siniestros ocurridos en todas las garantías aseguradas y comunicados en el período objeto de liquidación. Sobre la desviación favorable que resulte, la póliza deberá reconocer un porcentaje que, dado el número de componentes del colectivo asegurado, no podrá ser inferior al siguiente: Porcentaje de participación: 90 % Asimismo, los gastos de administración máximos aplicables serán del: Gastos de administración: 13%. No podrá computar en la Participación en Beneficios el 100 % de la prestación para los siniestros ocurridos de Incapacidad parcial. Se deberá de hacer una reserva provisional ajustada a la estimación sobre las posibles secuelas. Las diferencias entre la reserva inicial y el pago final, se regularizarán en las siguientes participaciones en beneficios. En caso de prórroga del contrato, la aplicación de la cláusula de Participación en Beneficios se aplicará al periodo prorrogado, de acuerdo con lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. El importe de Participación en Beneficios se abonará al Tomador aún cuando la póliza no se renueve. En el caso de que la desviación de la siniestralidad fuese desfavorable, el Asegurador soportará íntegramente la pérdida del periodo sin que el AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA resulte perjudicado cuando se efectúen los reajustes de prima en función de la siniestralidad de periodos sucesivos.
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Cláusula de participación en beneficios en función de la siniestralidad. Se reconoce el derecho a En la percepción por el Tomador póliza que se contrate se incorporará una Cláusula de una Participación en Beneficios en función de la siniestralidad del contrato de seguro de acuerdo con la siguiente redacción: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, xx 0 – 00000- Xxxxxxxxxxx (Xxxxxx) xxx.xxxx-xxxxxxxxxxx.xx :
1. La desviación favorable de la siniestralidad se determinará por diferencia entre el importe de prima comercial de cada año correspondiente al seguro principal y complementarioscomplementario/s, neta de los gastos de administración que se fijen, y el importe de los siniestros ocurridos en el mismo año en todas las garantías aseguradas y comunicados en el período objeto de liquidaciónaseguradas. Sobre la desviación favorable que resulte, la póliza deberá reconocer un porcentaje que, dado el número de componentes del colectivo asegurado, no podrá ser inferior en su cuantía al siguiente: Porcentaje de participación: 90 55 % Asimismo, los gastos de administración máximos aplicables serán delno podrán ser superiores a los siguientes y por todos los conceptos: Gastos de administración: 1315 %
2. No podrá computar En caso de anulación del seguro en cualquier vencimiento sucesivo, el Asegurador se compromete a abonar al Tomador el importe de la Participación en Beneficios el 100 % que corresponda a la última anualidad de la prestación para los siniestros ocurridos de Incapacidad parcial. Se deberá de hacer una reserva provisional ajustada a la estimación sobre las posibles secuelas. Las diferencias entre la reserva inicial y el pago final, se regularizarán póliza en las siguientes participaciones en beneficios. En caso de prórroga del contrato, la aplicación de la cláusula de Participación en Beneficios se aplicará al periodo prorrogado, de acuerdo con lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. El importe de Participación en Beneficios se abonará al Tomador aún cuando la póliza no se renueveque ésta hubiera sido favorable.
3. En el caso de que la desviación de la siniestralidad fuese desfavorable, el Asegurador soportará soportaría íntegramente la pérdida del periodo año sin que el AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA Tomador resulte perjudicado cuando se efectúen los reajustes de prima de tarifa de años sucesivos. Si bien la duración del presente contrato es, de acuerdo con lo previsto en función la cláusula 11, de tres años y nueve meses, a efectos de la siniestralidad aplicación de la Participación en Beneficios los periodos sucesivos.de cálculo xx xxxxxx y siniestros serán anuales:
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Cláusula de participación en beneficios en función de la siniestralidad. Se reconoce el derecho a la percepción por el Tomador de una Participación en Beneficios en función de la siniestralidad del contrato de seguro de acuerdo con la siguiente redacciónlas siguientes condiciones: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, xx 0 – 00000- Xxxxxxxxxxx (Xxxxxx) xxx.xxxx-xxxxxxxxxxx.xx La desviación favorable de la siniestralidad se determinará por diferencia entre el importe de prima comercial correspondiente al seguro principal y complementarios, neta de los gastos de administración que se fijen, y el importe de los siniestros ocurridos en todas las garantías aseguradas y comunicados en el período objeto de liquidación. Sobre la desviación favorable que resulte, la póliza deberá reconocer un porcentaje que, dado el número de componentes del colectivo asegurado, no podrá ser inferior al siguiente: Porcentaje mínimo de participación: 90 participación 10% Asimismo, los gastos de administración máximos aplicables serán del: Gastos de administración: 13%. No podrá computar en la Participación en Beneficios el 100 17% de la prestación para los siniestros ocurridos de Incapacidad parcial. Se deberá de hacer una reserva provisional ajustada a la estimación sobre las posibles secuelas. Las diferencias entre la reserva inicial y el pago final, se regularizarán en las siguientes participaciones en beneficios. En caso de prórroga del contrato, la aplicación de la cláusula de Participación en Beneficios se aplicará al periodo prorrogado, de acuerdo con lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas ParticularesAdministrativas. El importe de Participación en Beneficios se abonará al Tomador aún aun cuando la póliza no se renueve. En el caso de que la desviación de la siniestralidad fuese desfavorable, el Asegurador soportará íntegramente la pérdida del periodo sin que el AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA Ministerio de Defensa resulte perjudicado cuando se efectúen los reajustes de prima en función de la siniestralidad de periodos sucesivos.. 1 AGM ZARAGOZA 330 1.940 2 AGBS XXXXXX 000 0 XXXXX XXXXXX 500 4 CEFOT Nº 1 CACERES 500 5 CEFOT Nº 2 XXXXX 000 0 XXXXXX XXXXXXXXX (XXXXXX) 350 620 7 ENM MARÍN 120 8 ESENGRA FERROL 150 9 E.E. "XXXXXXX XXXXXX" 10 AGA SAN XXXXXX (MURCIA) 130 780
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Samples: Contrato Unificado De Seguros
Cláusula de participación en beneficios en función de la siniestralidad. Se reconoce el derecho a SERVICIO DE CONTRATACIÓN En la percepción por el Tomador póliza que se contrate se incorporará una Cláusula de una Participación en Beneficios en función de la siniestralidad del contrato de seguro de acuerdo con la siguiente redacción: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, xx 0 – 00000- Xxxxxxxxxxx (Xxxxxx) xxx.xxxx-xxxxxxxxxxx.xx :
1. La desviación favorable de la siniestralidad se determinará por diferencia entre el importe de prima comercial de cada año correspondiente al seguro principal y complementarioscomplementario/s, neta de los gastos de administración que se fijen, y el importe de los siniestros ocurridos en el mismo año en todas las garantías aseguradas y comunicados en el período objeto de liquidaciónaseguradas. Sobre la desviación favorable que resulte, la póliza deberá reconocer un porcentaje que, dado el número de componentes del colectivo asegurado, no podrá ser inferior en su cuantía al siguiente: Porcentaje Porce nt aje de participaciónpart icipación: 90 30 % Asimismo, los gastos de administración máximos aplicables no podrán ser superiores a los siguientes y por todos los conceptos: Xxxx os de administ ración: 60 % ▪ En caso de anulación del seguro en cualquier vencimiento sucesivo, el Asegurador se compromete a abonar al Tomador el importe de la Participación en Beneficios que corresponda a la última anualidad de la póliza en caso de que ésta hubiera sido favorable. ▪ En el caso de que la desviación de siniestralidad fuese desfavorable, el Asegurador soportaría íntegramente la pérdida del año sin que el Tomador resulte perjudicado cuando se efectúen los reajustes de prima de tarifa de años sucesivos. Si bien la duración del presente contrato es, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 11, de dos años, a efectos de la aplicación de la Participación en Beneficios los periodos de cálculo xx xxxxxx y siniestros serán del: Gastos anuales. En consecuencia, la aplicación de administración: 13%la cláusula de Participación en Beneficios será para cada uno de los periodos, computándose para su cálculo los importes de prima pagados y siniestros comunicados en cada uno de dichos periodos. No podrá computar en la Participación en Beneficios el 100 % de la prestación para los siniestros ocurridos de Incapacidad parcialParcial. Se deberá de hacer una reserva provisional ajustada a la estimación sobre las posibles secuelas. Las diferencias entre la reserva inicial y el pago final, se regularizarán en las siguientes participaciones en beneficios. En caso de prórroga del contrato, la aplicación de la cláusula de Participación en Beneficios se aplicará al periodo prorrogado, de acuerdo con lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. El importe de Participación en Beneficios se abonará al Tomador aún aun cuando la póliza no se renueve. En el caso de que la desviación de la siniestralidad fuese desfavorable, el Asegurador soportará íntegramente la pérdida del periodo sin que el AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA resulte perjudicado cuando se efectúen los reajustes de prima en función de la siniestralidad de periodos sucesivos.
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Samples: Insurance Policy