Cláusula de Solución de Controversias. 22.1.1.- Las controversias que surjan sobre la ejecución o interpretación del contrato se resolverán obligatoriamente mediante el procedimiento de conciliación. 22.1.2.- EL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA y EL CONTRATISTA tienen el derecho de someter la controversia a un centro de conciliación dentro de los plazos previstos por el artículo 272° del Reglamento. 22.1.3.- Si la conciliación concluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo las partes deberán someterse a arbitraje las diferencias no resueltas. El arbitraje será resuelto por un tribunal arbitral colegiado (compuesto por 3 árbitros) de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 53º de la Ley, 272º y 273º del Reglamento.
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Samples: Contrato De Ejecución De Obra a Suma Alzada, Contrato De Ejecución De Obra a Suma Alzada
Cláusula de Solución de Controversias. 22.1.1.- Las controversias que surjan sobre la ejecución o interpretación del contrato se resolverán obligatoriamente mediante el procedimiento de conciliación.
22.1.2.- EL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA LA RED SJL y EL CONTRATISTA tienen el derecho de someter la controversia a un centro de conciliación dentro de los plazos previstos por el artículo 272° del Reglamento.
22.1.3.- Si la conciliación concluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo las partes deberán someterse a arbitraje las diferencias no resueltas. El arbitraje será resuelto por un tribunal arbitral colegiado (compuesto por 3 árbitros) de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 53º de la Ley, 272º y 273º del Reglamento.
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Samples: Construction Contract
Cláusula de Solución de Controversias. 22.1.1.- Las controversias que surjan sobre la ejecución o interpretación del contrato se resolverán obligatoriamente mediante el procedimiento de conciliación, de arbitraje y/o judicial, sometiéndose las partes a las autoridades xx Xxxx y la Corte Superior de Justicia de Lambayeque.
22.1.2.- EL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA LA MUNICIPALIDAD y EL CONTRATISTA tienen el derecho de someter la controversia a un centro de conciliación dentro de los plazos previstos por el artículo 272° del Reglamento.
22.1.3.- Si la conciliación concluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo las partes deberán someterse a arbitraje las diferencias no resueltas. El arbitraje será resuelto por un tribunal arbitral colegiado (compuesto por 3 árbitros) Unipersonal de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 53º de la Ley, Ley y Artículos 272º y 273º del Reglamento.
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Samples: Contrato De Obra a Suma Alzada