Cuestiones fundamentales de carácter general Cláusulas de Ejemplo

Cuestiones fundamentales de carácter general. Artº. 7º. REFERENCIAS A LA LEY DE CONTRATO DE SEGURO. Estas Condiciones Generales pretenden ser una guía que facilite el conocimiento de las cuestiones fundamentales que afectan al nacimiento, vida y extinción del contrato de seguro. CONSULTA DE LA LEY: Arts. 1º, 2º y 3º. 7º. 1. Personas que intervienen en el contrato de seguro CONSULTA DE LA LEY: Arts. 1º, 7º, 84º a 88º y 100º.
Cuestiones fundamentales de carácter general. Artº. 10º. REFERENCIAS A LA LEY DE CONTRATO DE SEGURO Estas Condiciones Generales pretenden ser una guía que facilite el conocimiento de las cuestiones fundamentales que afectan al Contrato de Seguro. CONSULTA DE LA LEY: Arts. 1º, 2º y 3º
Cuestiones fundamentales de carácter general cualquier notificación, requerimiento, citación, procedimiento judicial o administrativo y en general
Cuestiones fundamentales de carácter general. Artº. 7º. DEFINICIONES Y FUNCIONAMIENTO DEL SEGURO DEFINICIONES ASEGURADOR
Cuestiones fundamentales de carácter general. Estas condiciones Generales pretender ser una guía que facilite el conocimiento de las cuestiones fundamentales que afectan el nacimiento, vida y extinción del contrato de seguro.
Cuestiones fundamentales de carácter general. DEFINICIONES.
Cuestiones fundamentales de carácter general. Artº. 3º. DEFINICIONES
Cuestiones fundamentales de carácter general. Artº. 4º. REFERENCIAS A LA LEY DE CONTRATO DE SEGURO. Las presentes Condiciones Generales del contrato de seguro tienen, al de cada apartado, la referencia a los preceptos de la Ley aplicables a su contenido, para que su consulta pueda ser hecha, si se desea, con la máxima precisión y facilidad. Estas Condiciones Generales pretenden ser una guía que facilite el conocimiento de las cuestiones fundamentales que afectan al nacimiento, vida y extinción del contrato de seguro. CONSULTA DE LA LEY: Arts. 1º, 2º y 3º.
Cuestiones fundamentales de carácter general. El contrato de seguro está integrado por la carátula de la póliza, las condiciones generales y particulares de la misma, la solicitud de seguro firmada por el asegurado, los formularios de asegurabilidad y los anexos que se emitan para adicionar, modificar, suspender, renovar o revocar la póliza. De conformidad con el artículo 1068 del Código de Comercio, la xxxx en el pago de la prima de la póliza o de los certificados o anexos que se expidan con fundamento en ella, producirá la terminación automática del contrato y dará derecho a la compañía para exigir el pago de la prima devengada y de los gastos causados con ocasión de la expedición del contrato. La Compañía no otorgará cobertura ni será responsable de pagar ningún siniestro u otorgar ningún beneficio en la medida en que (i) el otorgamiento de la cobertura, (ii) el pago de la reclamación o (iii) el otorgamiento de tal beneficio expongan a la Compañía a cualquier sanción, prohibición o restricción contemplada en las resoluciones, leyes, directivas, reglamentos, decisiones o cualquier norma de las Naciones Unidas, la Unión Europea, el Xxxxx Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, los Estados Unidos de América o cualquier otra ley nacional o regulación aplicable
Cuestiones fundamentales de carácter general. 15 Ambas partes acuerdan expresamente someterse al orden civil y mercantil, quedando por tanto excluida la jurisdicción laboral, salvo indicación expresa en póliza.