Common use of CLÁUSULAS SOCIALES Clause in Contracts

CLÁUSULAS SOCIALES. 1.- En toda la documentación que deban aportar los licitadores o que sea necesaria para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad. 2.- La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras. - La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada. - La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato. - El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios. La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante la documentación correspondiente. 3.- La empresa adjudicataria deberá acreditar, mediante declaración responsable, la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinado a dicha ejecución. 4.- La empresa adjudicataria deberá elaborar, implantar, mantener y revisar los Planes de Autoprotección de las Escuela Infantil Municipal, así como asumir la formación del personal de emergencia, la organización de recursos y la realización de simulacros periódicos de evacuación de acuerdo con la normativa vigente en la materia con el fin de evitar que de la ejecución del contrato puedan derivarse daños al personal municipal o a los ciudadanos en general. Para la acreditación de esta obligación la empresa adjudicataria deberá presentar el Plan de Autoprotección en el Distrito de pertenencia, así como los informes correspondientes a los simulacros periódicos de evacuación, formación del personal de emergencia y organización de recursos.

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Samples: Contract for the Management of Public Educational Services

CLÁUSULAS SOCIALES. 1.- En cumplimiento con el Decreto de 19 de enero de 2016 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda por el que se aprueba la Instrucción 1/2016 relativa a cláusulas de tipo social, la empresa adjudicataria deberá observar las siguientes cláusulas para la prestación del servicio: 1. La organización y desarrollo de los trabajos objeto del contrato se desarrollarán cumpliendo las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo. 2. En toda la documentación documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sea necesaria sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad. 2.- 3. En la determinación de los costes unitarios del personal considerado para la ejecución de los trabajos, se ha tenido en cuenta el salario base establecido en el Convenio Colectivo correspondiente a Ingenierías de Proyectos y el correspondiente complemento de antigüedad. 4. La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras, tal y como se indica en la cláusula 9 del presente Xxxxxx. - Deberá acreditar el cumplimiento de las siguientes obligaciones mediante declaración responsable del representante legal de la empresa: a. La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada. - ejecución de los trabajos. b. La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato. - El justificante de la . c. La entrega de equipos de protección individual que, en su caso, que sean necesarios. 5. La empresa adjudicataria El adjudicatario deberá acreditar durante el cumplimiento primer mes de estos extremos mediante la documentación correspondiente. 3.- La empresa adjudicataria deberá acreditar, ejecución del contrato mediante declaración responsableresponsable del representante legal de la empresa, la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinado a dicha ejecución. 4.- La empresa adjudicataria deberá elaborar, implantar, mantener y revisar 6. En los Planes primeros tres meses de Autoprotección de las Escuela Infantil Municipal, así como asumir la formación del personal de emergencia, la organización de recursos y la realización de simulacros periódicos de evacuación de acuerdo con la normativa vigente en la materia con el fin de evitar que de la ejecución del contrato puedan derivarse daños al personal municipal o y a los ciudadanos en general. Para la acreditación de esta obligación finalización del mismo, la empresa adjudicataria deberá presentar acreditar el Plan cumplimiento de Autoprotección en el Distrito las obligaciones sociales que le fueran exigibles legal o contractualmente, mediante declaración responsable del representante legal de pertenencia, así como los informes correspondientes a los simulacros periódicos de evacuación, formación del personal de emergencia y organización de recursosla empresa.

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Samples: Contract for Topographic Services

CLÁUSULAS SOCIALES. En cumplimiento de lo previsto en el Decreto de 19 de enero de 2016 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, por el que se aprueba la instrucción 1/2016 relativa a la incorporación de cláusulas sociales en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público, se relacionan a continuación las obligaciones que deberán cumplirse por la empresa adjudicataria, derivadas del objeto del presente contrato que el adjudicatario se obliga a ejecutar: 1.- La ejecución del presente contrato se desarrollará respetando las normas socio laborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo. 2.- En toda la documentación documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sea necesaria sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad. 2.- 3.- La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras. Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes: - La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada. - La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato. Este requisito se justificará mediante declaración responsable del adjudicatario del contrato. - El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios. La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante la documentación correspondientecitada documentación. 3.- 4.- La empresa adjudicataria deberá acreditar, acreditar mediante declaración responsable, la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinado a dicha ejecución. 4.- La empresa adjudicataria deberá elaborar, implantar, mantener y revisar los Planes de Autoprotección de las Escuela Infantil Municipal, así como asumir la formación del personal de emergencia, la organización de recursos y la realización de simulacros periódicos de evacuación de acuerdo con la normativa vigente en la materia con el fin de evitar que de la ejecución del contrato puedan derivarse daños al personal municipal o a los ciudadanos en general. Para la acreditación de esta obligación la empresa adjudicataria deberá presentar el Plan de Autoprotección en el Distrito de pertenencia, así como los informes correspondientes a los simulacros periódicos de evacuación, formación del personal de emergencia y organización de recursoscontrato.

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Samples: Service Agreement

CLÁUSULAS SOCIALES. Registro Mercantil de Madrid, Tomo 3.249, General 2.538 de la Sección 3ª, Folio 111, Hoja 23.687, Inscripción 1ª - N.I.F. A-28 327393 1.- Será de obligatorio cumplimiento la aplicación de la Directiva 2001/23/CE, de 12 xx xxxxx de 2001, sobre aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al mantenimiento de los derechos de las personas trabajadoras en caso de transmisiones de empresas y centros de actividad. 2.- En toda la documentación documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sea necesaria sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad. Registro Mercantil de Madrid, Tomo 3.249, General 2.538 de la Sección 3ª, Folio 111, Hoja 23.687, Inscripción 1ª - N.I.F. A-28 327393 3.- La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. En caso de autorización expresa de Xxxxxxxxxxx, S.A. a la subcontratación, esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la Empresa Adjudicataria principal destinado a la ejecución del contrato. Real Decreto-Ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regulación y control de empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de la vivienda. Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, se exigirá a la empresa adjudicataria al inicio de la ejecución del contrato la presentación de una declaración responsable en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato se encuentran afiliadas y dadas de alta en la seguridad social. En todo caso, el responsable del contrato de Mercamadrid, S.A. podrá, si lo considera oportuno, solicitar a la adjudicataria la aportación de la documentación que acredite el contenido de la declaración responsable. 2.- 4.- Aquellas empresas cuya actividad consista en ser contratadas o subcontratadas habitualmente para la realización de trabajos de obras del sector de la construcción, deberán contar con un número de personas trabajadoras con contratos indefinidos no inferior al 30%, de conformidad con lo previsto en el art. 4.4 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción. La empresa adjudicataria deberá acreditar al inicio, cuando transcurra un 50% del plazo del contrato y previo a su finalización, copia de los contratos de las personas trabajadoras contratadas adscritas a la ejecución del contrato que permitan verificar el cumplimiento del porcentaje exigido. 5.- La adjudicataria responderá de que toda la maquinaria, equipos y fungibles, objeto del contrato hayan sido producidos o se desarrollen respetando las normas socio laborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización internacional del trabajo. 6.- La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden puedan afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras. - La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada. - La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato. - El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios. La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante la documentación correspondiente. 3.- que corresponda para el caso concreto, dado que la actuación a realizar en materia de prevención de riesgos laborales depende de la naturaleza de la prestación constitutiva del objeto del contrato. La empresa adjudicataria deberá acreditaradoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que puedan afectar a la vida, mediante declaración responsable, la afiliación integridad y el alta en la Seguridad Social salud de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contratotrabajadoras. Esta obligación se extenderá a todo Para ello deberá acreditar el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinado a dicha ejecución. 4.- La empresa adjudicataria deberá elaborar, implantar, mantener y revisar los Planes de Autoprotección cumplimiento de las Escuela Infantil Municipal, así como asumir la formación del personal de emergencia, la organización de recursos y la realización de simulacros periódicos de evacuación de acuerdo con la normativa vigente en la materia con el fin de evitar que de la ejecución del contrato puedan derivarse daños al personal municipal o a los ciudadanos en general. Para la acreditación de esta obligación la empresa adjudicataria deberá presentar el Plan de Autoprotección obligaciones señaladas en el Distrito de pertenencia, así como los informes correspondientes a los simulacros periódicos de evacuación, formación del personal de emergencia y organización de recursosPunto 6.

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Samples: Contract for Services