Common use of Cobertura de atención hospitalaria Clause in Contracts

Cobertura de atención hospitalaria. Los gastos cubiertos, en exceso del deducible, siempre y cuando aplique, incurrido en relación al servicio hospitalario, serán reconocidos conforme al porcentaje de coaseguro indicado en la Tabla de Beneficios, quedando la diferencia a cargo del Asegurado. Los mismos incluyen: − Habitación unipersonal y alimentación (incluyendo dietas especiales), en un hospital o clínica autorizada como tal por el Ministerio de Salud y/o organismos competentes. − Honorarios médicos por cirugía, por tratamiento hospitalario, por ayudantía y por anestesiólogo. − Sala de operaciones, anestesia, sala de recuperación, medicinas, radiografías, electrocardiogramas, encefalogramas, exámenes, análisis de laboratorio, oxígeno, radioterapia, tomografías, ecografías, resonancia magnética, fisioterapia, enyesado, entablillado, vendas y otros gastos similares. − Servicio de alimentación gratuita para un acompañante. Este servicio ofrece un desayuno, un almuerzo y una cena al día, servidos por la clínica durante el tiempo que dure el internamiento, para pacientes menores de 18 años y mayores de 60 años. Este beneficio no aplica para Maternidad, solo se brindará en Perú en cualquier red de clínicas y solo por el sistema de crédito. Para internamientos por tratamiento oncológico el servicio será brindado sin tomar en consideración la edad del paciente. Las condiciones y límites de este beneficio figuran en las Condiciones Particulares.

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Cobertura de atención hospitalaria. Los gastos cubiertos, en exceso del deducible, siempre y cuando aplique, incurrido en relación al servicio hospitalario, serán reconocidos conforme al porcentaje de coaseguro indicado en la Tabla de Beneficios, quedando la diferencia a cargo del Asegurado. Los mismos incluyen: − Habitación unipersonal y alimentación (incluyendo dietas especiales), en un hospital o clínica autorizada como tal por el Ministerio de Salud y/o organismos competentes. − Honorarios médicos por cirugía, por tratamiento hospitalario, por ayudantía y por anestesiólogo. − Sala de operaciones, anestesia, sala de recuperación, medicinas, radiografías, electrocardiogramas, encefalogramas, exámenes, análisis de laboratorio, oxígeno, radioterapia, tomografías, ecografías, resonancia magnética, fisioterapia, enyesado, entablillado, vendas y otros gastos similares. − Servicio de alimentación gratuita para un acompañante. Este servicio ofrece un desayuno, un almuerzo y una cena al día, servidos por la clínica durante el tiempo que dure el internamiento, para pacientes menores de 18 años y mayores de 60 años. Este beneficio no aplica para Maternidad, solo se brindará en Perú en cualquier red de clínicas y solo por el sistema de crédito. Para internamientos por tratamiento oncológico el servicio será brindado sin tomar en consideración la edad del paciente. Las condiciones y límites de este beneficio figuran en la Tabla de Beneficios que forma parte integrante de las Condiciones ParticularesParticulares de la presente póliza.

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