Coincidencia de direcciones Cláusulas de Ejemplo

Coincidencia de direcciones. (a) Identificación de envíos entrantes. Hay Tecnología de UPS que identifica los Envíos entrantes al combinar la dirección de destino del envío con una dirección proporcionada por Usted para que se use con un servicio en funcionamiento para combinación de direcciones o al relacionar un LID con un envío. Usted garantiza que la información que proporciona con respecto a una dirección es verdadera, completa y exacta, y que, tan pronto como le sea posible, informará a UPS acerca de cualquier cambio en la información que Usted proporcione con respecto a una dirección. Usted garantiza asimismo que está autorizado a obtener Información relativa a paquetes entregados por UPSI en la dirección que Usted proporcione. Usted reconoce y acepta que la Tecnología de UPS 1) puede no identificar e informar de todos los envíos solicitados a UPSI con destino a la dirección proporcionada por Usted o la dirección relacionada con un LID; 2) puede identificar e informar de la presencia de envíos solicitados a UPSI cuyo intención no era ser entregados a la dirección proporcionada por Usted ni ser entregados a la dirección relacionada con el LID que Usted usa; y 3) puede identificar e informar de la presencia de envíos que Usted solicita a UPSI para un tercero no afiliado que no se hayan enviado a la dirección correcta, en los que la Tecnología de UPS haya combinado las direcciones incorrectamente o que tengan un LID incorrecto relacionado con dicho envío. Los envíos mencionados en los puntos 2) y 3) anteriores se denominarán, en adelante, “Envíos entrantes mal dirigidos”. La información relacionada con los Envíos entrantes mal dirigidos puede incluir la imagen de la firma digitalizada del destinatario de un envío. UPS SOLO SERÁ RESPONSABLE ANTE USTED EN CASOS DE CONDUCTA INDEBIDA INTENCIONADA O GRAN NEGLIGENCIA POR TODA RECLAMACIÓN O DAÑOS Y PERJUICIOS QUE SE BASEN EN LA DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN RELACIONADA CON LOS PAQUETES ENTRANTES MAL DIRIGIDOS.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.