Divulgación de información. El Banco podrá divulgar este Contrato y cualquier información relacionada con el mismo de acuerdo con su política de acceso a información vigente al momento de dicha divulgación.
Divulgación de información. No obstante, lo estipulado en esta Cláusula, el Vendedor podrá suministrar Información Confidencial o reservada del CENACE a sus empleados, representantes, agentes, asesores, subcontratistas, potenciales acreedores e inversionistas, potenciales cesionarios, y personas de la cadena de suministro, únicamente en la medida en que:
Divulgación de información. El Banco podrá divulgar este Convenio y cualquier información relacionada con el mismo de acuerdo con su política de acceso a información vigente al momento de dicha divulgación.
Divulgación de información a) A menos que el ERPA disponga lo contrario, todas las condiciones del ERPA deben ser públicas (no confidenciales) y divulgarse.
Divulgación de información. De acuerdo con el artículo 106 fracción XX de la Ley de Instituciones de Crédito, el Afiliado en este acto reconoce y acepta que el Adquirente pueda divulgar cualquier información reunida por el Adquirente a: (i) los “Afiliados” del Adquirente (es decir, compañías relacionadas por control o propiedad común) que ofrezcan productos o servicios financieros, incluyendo aquéllos identificados en el Contrato y a aquellas unidades administrativas y de servicio del Adquirente que realicen dichas funciones; (ii) las compañías no afiliadas que asistan al Adquirente en proveer los productos y servicios que haya requerido el Afiliado; (iii) las sociedades de información crediticia; y (iv) quienes requiera las Regulaciones de las Redes de Pago o la Ley. Al firmar el presente contrato Usted otorga su consentimiento expreso en relación con lo siguiente: Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander, señalando como domicilio convencional para los efectos relacionados con el presente aviso el señalado en Av. Prolongación Paseo de la Reforma, número 500, Colonia Xxxxx xx Xxxxx Xx, X.X. 00000, xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, hace de su conocimiento que sus datos personales serán protegidos de acuerdo a lo establecido por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares así como por nuestra política de privacidad y que el tratamiento que se haga de sus datos será con la finalidad, enunciando sin limitar, de dar cumplimiento a las obligaciones contractuales pactadas entre las partes, la realización de actividades propias, relacionadas y derivadas de nuestro objeto social, así como para fines comerciales y promocionales. Usted podrá consultar nuestro aviso de privacidad completo en la página xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Banco Santander (México), S.A. Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero Santander EL AFILIADO REPRESENTADO POR: NOMBRE: REPRESENTADO POR: PUESTO(S): Autorizo a Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander, Santander Consumo S. A. de C. V., SOFOM, E.R., y/o las entidades que formen parte del Grupo Financiero al que pertenecen, a realizar investigaciones y consultas periódicas sobre mi comportamiento crediticio a través de Sociedades de Información Crediticia así como a compartir dicha información entre las entidades mencionadas. Manifiesto libremente que conozco la naturaleza y alcance de la información que se solicitará o proporcionará en su caso, ...
Divulgación de información. Los Estados Partes no divulgarán información confidencial sin la autorización por escrito del proveedor que la haya proporcionado, cuando dicha divulgación pudiera perjudicar los intereses comerciales legítimos de una determinada persona o pudiese perjudicar una competencia justa entre los proveedores. Los Estados Partes no suministrarán información privilegiada sobre una contratación pública determinada de forma tal que tenga por efecto impedir el carácter competitivo del proceso licitatorio.
Divulgación de información. Queda prohibida la divulgación de información o fotografías concernientes a cualquier aspecto de los materiales o servicios relacionados con esta petición de oferta, orden de compra u otros documentos derivados de este proyecto sin la aprobación previa del Oficial de Contratación.
Divulgación de información. No obstante lo estipulado en la Cláusula 27.1, el Contratista tendrá el derecho de divulgar, en su caso, a los Subcontratistas o proveedores la información que pueda ser necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones de conformidad con el presente Contrato, siempre y cuando el Subcontratista o proveedor de Equipos y Materiales correspondiente haya celebrado un convenio de confidencialidad con el Contratista en términos substancialmente similares a los establecidos en la Cláusula 27.1, en la inteligencia de que el Contratista asumirá responsabilidad por cualquier mal uso o divulgación por los Subcontratistas o proveedores en cuestión de dicha información o por cualquier incumplimiento de los mismos con sus respectivos convenios de confidencialidad.
Divulgación de información. 1. Cada Parte facilitará sin demora, a solicitud de la otra Parte, toda la información pertinente sobre la adjudicación de una contratación cubierta, para determinar si esta se realizó de conformidad con las normas del presente título. En caso de que la divulgación de la presente información pueda perjudicar a la competencia en futuras contrataciones, la Parte que reciba la información no la revelará a ningún proveedor, excepto después de consultar con y de acuerdo con la Parte que suministró la información.