DAÑOS Y PERJUICIOS Cláusulas de Ejemplo

DAÑOS Y PERJUICIOS. Se consideran como tales solo los siguientes:
DAÑOS Y PERJUICIOS. “El prestador de servicios” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a “Pronósticos” o a terceros, en cuyo caso se obliga a resarcir los daños y perjuicios causados. Se entiende por daño la pérdida o menoscabo sufrido en el patrimonio de “Pronósticos” por la falta de cumplimiento de las obligaciones de “El prestador de servicios”. Se entiende por perjuicio la privación de cualquiera ganancia lícita, que “Pronósticos” pudiera haber obtenido con el cumplimiento por parte de “El prestador de servicios” de las obligaciones a su cargo, establecidas en el presente contrato y sus anexos.
DAÑOS Y PERJUICIOS. “EL PROVEEDOR”, se obliga a responder ante “LA SECRETARÍA” de todos los daños y perjuicios que se ocasionen derivados de la ejecución del servicio objeto de este contrato, por negligencia e impericia técnica.
DAÑOS Y PERJUICIOS. EL PROVEEDOR" se obliga a responder ante “LA SECRETARÍA”, de todos los daños y perjuicios que se ocasionen derivados de la ejecución de los servicios objeto de este contrato, por negligencia e impericia técnica.
DAÑOS Y PERJUICIOS. En el supuesto de que “LA ASEGURADORA” revele o ponga a disposición de cualquier tercero, toda o parte de laInformación Confidencial”, sin el previo consentimiento por escrito de “EL BENEFICIARIO”, o sin la existencia de una orden judicial o de cualquier autoridad gubernamental o administrativa que requiera la revelación de dicha “Información Confidencial”, responderá por los daños y perjuicios que se lleguen a causar por tal incumplimiento. El presente Contrato se firma en 2 (dos) ejemplares originales, en la Ciudad de México, a los [*] días de [*] de 201[*], por las partes que en él intervinieron, mismas que manifiestan que su voluntad ha sido libremente expresada y que su consentimiento no se encuentra viciado con dolo, error, mala fe o cualquier otro vicio de la voluntad y en constancia de lo anterior, ratificando el alcance y contenido del presente, estampan su firma al margen y al calce.
DAÑOS Y PERJUICIOS. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” SE OBLIGA A CUMPLIR CON TODOS Y CADA UNO DE LOS PUNTOS ACORDADOS, ASÍ COMO CON LAS ESPECIFICACIONES QUE REQUIERE EL SERVICIO PROFESIONAL CONTRATADO, POR LO QUE EN CASO DE INCUMPLIMIENTO SERÁ RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE CAUSE AL "INFODF".
DAÑOS Y PERJUICIOS. El Contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdida o perjuicios ocasionados por su propia culpa, falta de medios o errores en las operaciones que le sean imputables.
DAÑOS Y PERJUICIOS. El adjudicatario quedará obligado a resarcir los daños o indemnizar los perjuicios que por sí mismo o por el personal que de él dependa, se causen en las dependencias o instalaciones de la Junta General, así como a su personal, usuarios o terceras personas.
DAÑOS Y PERJUICIOS. En el caso de que el personal de "EL PROVEEDOR" cause desperfectos a los equipos, mobiliario e instalaciones, por inobservancia o negligencia, así como daños a terceros, "EL PROVEEDOR" se obliga a reparar los daños causados en un término no mayor de 5 días naturales sin costo alguno para "LA DEPENDENCIA" y a satisfacción de esta, en caso contrario, se le retendrá la parte proporcional del pago estipulado en la cláusula segunda de este instrumento, reservándose “LA DEPENDENCIA” el derecho de rescindir el contrato y requerirle mediante la vía judicial el pago de los daños y perjuicios causados.
DAÑOS Y PERJUICIOS. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. El contratista será responsable durante la ejecución del contrato de todos los daños y perjuicios directos e indirectos, que se puedan ocasionar a cualquier persona, propiedad o servicio público o privado, con ocasión o como consecuencia de los actos, omisiones o negligencias del personal a su cargo, o de una deficiente organización. Los servicios públicos o privados que resulten dañados deberán ser reparados, a su xxxxx, con arreglo a la legislación vigente sobre el particular. Las personas que resulten perjudicadas deberán ser compensadas, a su xxxxx, adecuadamente. Las propiedades públicas o privadas que resulten dañadas deberán ser reparadas, a su xxxxx, restableciendo sus condiciones primitivas o compensando adecuadamente los daños y perjuicios causados.