Comisión Paritaria Sectorial de Formación. A) Se constituye la Comisión Paritaria Sectorial de Formación de ámbito estatal compuesta por seis representantes de las organizaciones sindicales (MCA-UGT y FECOMA-CC.OO.) y seis de la representación empresarial (CONFEMADERA) firmantes de este Convenio. Estas organizaciones actuarán en la Comisión Paritaria Sectorial, a través de personas físicas que ostentarán la representación de aquéllas y, en su nombre, ejercerán el derecho al voto. 1. Duración y cese: Los miembros de la Comisión Paritaria Sectorial ejercerán la representación por el período de vigencia del presente capítulo, pudiendo cesar en su cargo por: a) Libre revocación de las Organizaciones que los eligieron.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Comisión Paritaria Sectorial de Formación. A) Se constituye la Comisión Paritaria Sectorial de Formación de ámbito estatal compuesta por seis representantes de las organizaciones sindicales Organizaciones Sindicales (MCA-UGT y FECOMA-FECOMA CC.OO.) y seis de la representación empresarial (CONFEMADERA) firmantes de este Convenio. Estas organizaciones Organizaciones actuarán en la Comisión Paritaria Sectorial, a través de personas físicas que ostentarán la representación de aquéllas y, en su nombre, ejercerán el derecho al voto.
1. 1.- Duración y cese: Los miembros de la Comisión Paritaria Sectorial ejercerán la representación por el período de vigencia del presente capítuloCapítulo, pudiendo cesar en su cargo por:
a) Libre revocación de las Organizaciones que los eligieron.
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Samples: Convenio Estatal De La Madera
Comisión Paritaria Sectorial de Formación. cve: BOE-A-2012-14533
A) Se constituye la Comisión Paritaria Sectorial de Formación de ámbito estatal compuesta por seis representantes de las organizaciones sindicales (MCA-UGT y FECOMA-CC.OO.) y seis de la representación empresarial (CONFEMADERA) firmantes de este Convenio. Estas organizaciones actuarán en la Comisión Paritaria Sectorial, a través de personas físicas que ostentarán la representación de aquéllas y, en su nombre, ejercerán el derecho al voto.
1. Duración y cese: Los miembros de la Comisión Paritaria Sectorial ejercerán la representación por el período de vigencia del presente capítulo, pudiendo cesar en su cargo por:
a) Libre revocación de las Organizaciones que los eligieron.
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