COMPENSACIÓN Y PAGO. La compensación para el PNUD por la prestación de Servicios de Desarrollo será en conformidad al Acuerdo. No se requerirá que el PNUD comience la prestación o continuación de los Servicios de Desarrollo hasta que los pagos, que se hace referencia en el Anexo 2, se hayan recibido de acuerdo con los términos y fechas establecidas en el mismo. La compensación por cualquier Servicio de Desarrollo adicional proporcionado por el PNUD relacionado con el Servicio será según lo acordado por las Partes, según se establece en el Acuerdo. El Destinatario deberá realizar todos los pagos en virtud del presente Acuerdo en dólares estadounidenses (USD) dentro de los treinta (30) días calendario posteriores a la fecha de la carta de cobro del PNUD. El valor del pago recibido, si se realiza en una moneda diferente al USD, se determinará aplicando el tipo de cambio operacional de las Naciones Unidas vigente en la fecha del pago. Si, en tal caso, el valor del pago recibido es menor que el monto facturado adeudado (en USD), el PNUD informará al Destinatario con el fin de determinar si el Destinatario podría proporcionarle financiamiento adicional. Si no se dispone de esa financiación adicional, el PNUD podrá reducir, suspender o cancelar la asistencia que se proporcionaría a continuación según el Acuerdo. Además de cualquier otro remedio disponible para el PNUD por pagos atrasados, como puede especificarse en cualquier parte de este Acuerdo, el Destinatario estará obligado a pagar los intereses al PNUD sobre la cantidad vencida a una tasa del uno y medio por ciento (1.5%) mensual por cada mes, o mes parcial, calculado desde la fecha en que dicho pago vencía hasta la fecha de pago. El Destinatario reembolsará al PNUD todos los costos incurridos por el PNUD en relación con cualquier esfuerzo de cobro relacionado con este Acuerdo. En ningún caso, la obligación y la responsabilidad del PNUD con el Destinatario en virtud del presente documento excederán el compromiso de los Servicios de Desarrollo. Si los Servicios de Desarrollo no se realizan de acuerdo con el Anexo 1, el PNUD volverá a realizar dichos Servicios de Desarrollo para que cumplan con lo anterior y dicha corrección será la única solución al Destinatario en virtud de este Acuerdo con respecto a la prestación de los Servicios de Desarrollo.