Complemento por accidente laboral. En caso de accidente laboral las empresas abonarán un complemento consistente en el 25% de la Base de Cotización, a partir del octavo día y hasta el tercer mes, siempre que continúe en baja el trabajador.
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Samples: Convenio Colectivo, Decreto, Convenio Colectivo
Complemento por accidente laboral. En caso de accidente laboral las empresas abonarán abona- rán un complemento consistente en el 25% de la Base de Cotización, a partir del octavo día y hasta el tercer mes, siempre que continúe en baja el trabajador.
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Samples: Convenio De Empresa