CONDICIONES DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL. CAPÍTULO I
CONDICIONES DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL. Las condiciones especiales en relación con la ejecución, de obligado cumplimiento por parte de la empresa o empresas contratistas y, en su caso, por la empresa o empresas subcontratistas son las que se establecen a continuación: • Los compromisos asumidos por la adjudicataria en su oferta en relación con la contratación pública sostenible. • Mantenimiento de las condiciones laborales de las personas que ejecutan el contrato durante todo el período contractual: La empresa contratista debe mantener, durante toda la ejecución del servicio, las condiciones laborales y sociales de las personas trabajadoras ocupadas en la ejecución del contrato , fijadas en el momento de presentar la oferta, según el convenio que sea de aplicación. • Contratación de personas en situación de desempleo con especiales dificultades de inserción laboral o de exclusión social en los términos especificados en el presente Pliego • El contratista quedará vinculado por la oferta que haya presentado, cuyo cumplimiento, en todos sus términos, tendrá carácter de obligación esencial del contrato. • El cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución establecidas en la cláusula 22.1 del presente Xxxxxx tendrá el carácter de obligación contractual esencial. • La efectiva dedicación o adscripción a la ejecución del contrato de los medios personales y/o materiales indicados y comprometidos en la oferta. • Aquellas obligaciones del presente Xxxxxx y del Contrato a las que específicamente les atribuya el carácter de obligación contractual esencial.
CONDICIONES DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL. La ejecución podrá iniciar con la aprobación de garantías o con la suscripción del acta de inicio o con cualquier otra condición establecida en el contrato, conforme lo previsto en el documento de estudios previos o reglas de participación. No obstante, cuando dentro de los contratos se establezca la constitución de garantías, su aprobación por parte de FONADE deberá surtirse previo al inicio de la ejecución del contrato. Es requisito para la ejecución de los contratos, contar con el registro presupuestal correspondiente.
CONDICIONES DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL. El contratista responderá civil y penalmente por acciones u omisiones en la actuación contractual, igualmente por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, de conformidad con lo previsto en la legislación vigente en desarrollo del siguiente contrato el Contratista se obliga a:
CONDICIONES DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL. 22 CAPÍTULO I ORGANIZACIÓN DE LA OBRA 22
CONDICIONES DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL es de aplicación el artículo 88.