Common use of CONDICIONES DE LA CUENTA DE AHORROS Clause in Contracts

CONDICIONES DE LA CUENTA DE AHORROS. 1. La cuenta de ahorros representa las obligaciones contraídas por LA CMAC CUSCO S.A. provenientes de los depósitos (en moneda nacional y/o extranjera) por un periodo indeterminado de tiempo. Estos depósitos serán registrados por LA CMAC CUSCO S.A., debiendo EL (LOS) CLIENTE(S) firmar el voucher y en caso que el depositante no sepa leer ni escribir, colocará su huella digital en señal de conformidad. 2. La apertura de una cuenta de ahorros generará intereses y demás beneficios complementarios de acuerdo al saldo mínimo de equilibrio para obtener rendimiento, establecido en la Cartilla de Información. El saldo mínimo de equilibrio para obtener rendimiento en una cuenta de ahorros es el saldo que EL (LOS) CLIENTE(S) requieren mantener en la cuenta, sin que se realice transacción alguna, para generar intereses suficientes en un mes de treinta (30) días para cubrir las comisiones y gastos asociados al mantenimiento de dicha cuenta. La tasa de interés y frecuencia de capitalización son fijadas por LA CMAC CUSCO S.A., de conformidad con lo dispuesto en las condiciones generales y en la Cartilla de Información. La cuenta de ahorro podrá generar comisiones, y penalidades que serán de cargo de EL (LOS) CLIENTE(S) de acuerdo a las condiciones establecidas y aceptadas en el presente Contrato y en la Cartilla de Información. 3. En esta modalidad de cuenta de depósitos, EL (LOS) CLIENTE(S) podrá(n) disponer de sus fondos cuando lo solicite. LA CMAC CUSCO S.A. podrá establecer un número limitado de retiros, depósitos, u otras operaciones relacionadas a la cuenta, dentro de un periodo determinado, u otras condiciones especiales según la modalidad de depósito que haya(n) elegido EL (LOS) CLIENTE(S) y que se especifican en la Cartilla de Información. 4. EL (LOS) CLIENTE(S) declara(n) conocer que las cuentas de ahorro operan con Tarjetas de Débito, prescindiendo del uso de libretas y firmas manuscritas, siendo suficiente para realizar abonos o retiros que EL (LOS) CLIENTE(S) utilice(n) su Tarjeta de Débito y clave secreta y observen las condiciones que rijan su operatividad. 5. Finalmente, La CMAC CUSCO S.A. podrá otorgar a sus clientes una TARJETA CLIENTE que es un Instrumento similar a la tarjeta de débito pero que no permite retiros a través de terminales electrónicos, tiene como finalidad identificar al cliente con sus respectivas cuentas únicamente a través de las ventanillas de LA CMAC CUSCO S.A.

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CONDICIONES DE LA CUENTA DE AHORROS. 1. La cuenta de ahorros representa las obligaciones contraídas por LA CMAC CUSCO S.A. provenientes de los depósitos (en moneda nacional y/o extranjera) por un periodo indeterminado de tiempo. Estos depósitos serán registrados por LA CMAC CUSCO S.A., debiendo EL (LOS) CLIENTE(S) firmar el voucher y en caso que el depositante no sepa leer ni escribir, colocará su huella digital en señal de conformidad. 2. La apertura de una cuenta de ahorros generará intereses y demás beneficios complementarios de acuerdo al saldo mínimo de equilibrio para obtener rendimiento, establecido en la Cartilla de Información. El saldo mínimo de equilibrio para obtener rendimiento en una cuenta de ahorros es el saldo que EL (LOS) CLIENTE(S) requieren mantener en la cuenta, sin que se realice transacción alguna, para generar intereses suficientes en un mes de treinta (30) días para cubrir las comisiones y gastos asociados al mantenimiento de dicha cuenta. .. La tasa de interés y frecuencia de capitalización son fijadas por LA CMAC CUSCO S.A., de conformidad con lo dispuesto en las condiciones generales y en la Cartilla de Información. La cuenta de ahorro podrá generar comisiones, y penalidades comisiones que serán de cargo de EL (LOS) CLIENTE(S) de acuerdo a las condiciones establecidas y aceptadas en el presente Contrato y en la Cartilla de Información. 3. En esta modalidad de cuenta de depósitos, EL (LOS) CLIENTE(S) podrá(n) disponer de sus fondos cuando lo solicite. LA CMAC CUSCO S.A. podrá establecer un número limitado de retiros, depósitos, u otras operaciones relacionadas a la cuenta, dentro de un periodo determinado, u otras condiciones especiales según la modalidad de depósito que haya(n) elegido EL (LOS) CLIENTE(S) y que se especifican en la Cartilla de Información. 4. EL (LOS) CLIENTE(S) declara(n) conocer En caso de que las cuentas la cuenta de ahorro operan con Tarjetas ahorros se encuentre afiliada a un Convenio de DébitoRecaudación, prescindiendo del uso se le aplicará la tasa de libretas y firmas manuscritasinterés que corresponda, siendo suficiente para realizar abonos o retiros según tarifario vigente, durante el tiempo que EL (LOS) CLIENTE(S) utilice(n) su Tarjeta mantenga vigente el convenio de Débito y clave secreta y observen las condiciones que rijan su operatividadrecaudación. 5. Finalmente, La CMAC CUSCO S.A. podrá otorgar a sus clientes una TARJETA CLIENTE que es un Instrumento similar a la tarjeta de débito pero que no permite retiros a través de terminales electrónicos, tiene como finalidad identificar al cliente con sus respectivas cuentas únicamente a través de las ventanillas de LA CMAC CUSCO S.A.

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Samples: Contrato De Cuentas De Ahorro Y Servicios

CONDICIONES DE LA CUENTA DE AHORROS. 1. La cuenta de ahorros representa las obligaciones contraídas por LA la CMAC CUSCO S.A. provenientes de los depósitos las imposiciones (en moneda nacional y/o extranjera) por un periodo indeterminado de tiempo. Estos depósitos serán registrados por LA la CMAC CUSCO S.A., debiendo EL (LOS) CLIENTE(S) firmar el voucher y en caso que el depositante no sepa leer ni escribir, colocará su huella digital en señal de conformidad. 2. La apertura de una cuenta de ahorros generará intereses y demás beneficios complementarios de acuerdo al saldo mínimo de equilibrio para obtener rendimiento, establecido en la Cartilla de Información. El saldo mínimo de equilibrio para obtener rendimiento en una cuenta de ahorros es el saldo que EL (LOS) CLIENTE(S) requieren mantener en la cuenta, sin que se realice transacción alguna, para generar intereses suficientes en un mes de treinta (30) días para cubrir las comisiones y gastos asociados al mantenimiento de dicha cuenta. La tasa de interés y frecuencia de capitalización son sin fijadas por LA CMAC CUSCO S.A., de conformidad con lo dispuesto en las condiciones generales y en la Cartilla de Información. La cuenta de ahorro podrá generar comisiones, y penalidades que serán de cargo de EL (LOS) CLIENTE(S) de acuerdo a las condiciones establecidas y aceptadas en el presente Contrato y en la Cartilla de Información. 3. En esta modalidad de cuenta de depósitos, EL (LOS) CLIENTE(S) podrá(n) disponer de sus fondos cuando lo solicite. LA CMAC CUSCO S.A. podrá establecer un número limitado de retiros, depósitos, u otras operaciones relacionadas a la cuenta, dentro de un periodo determinado, u otras condiciones especiales según la modalidad de depósito que haya(n) elegido EL (LOS) CLIENTE(S) y que se especifican en la Cartilla de Información. 4. EL (LOS) CLIENTE(S) declara(n) conocer que las cuentas de ahorro operan con Tarjetas de Débito, prescindiendo del uso de libretas y firmas manuscritas, siendo suficiente para realizar abonos o retiros que EL (LOS) CLIENTE(S) utilice(n) su Tarjeta de Débito y clave secreta y observen las condiciones que rijan su operatividad. 5operativa. Finalmente, La CMAC CUSCO S.A. podrá otorgar Tarjeta de Depósito de Cuenta de Ahorro: Se le entregará a sus clientes EL (LOS) CLIENTE(S) una TARJETA CLIENTE que es un Instrumento similar a la tarjeta de débito pero uso manual que contiene los datos de identificación y el número de la cuenta de ahorro, siendo suficiente la presentación de la referida tarjeta y el DNI en original para realizar abonos o retiros. Cabe señalar que ésta Tarjeta Cliente no permite retiros a través constituye una Tarjeta de terminales electrónicos, tiene como finalidad identificar al cliente con sus respectivas cuentas únicamente a través de las ventanillas de LA CMAC CUSCO S.A.Débito.

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CONDICIONES DE LA CUENTA DE AHORROS. 1. La cuenta de ahorros representa las obligaciones contraídas por LA CMAC CUSCO S.A. provenientes de los depósitos (en moneda nacional y/o extranjera) por un periodo indeterminado de tiempo. Estos depósitos serán registrados por LA CMAC CUSCO S.A., debiendo EL (LOS) CLIENTE(S) firmar el voucher y en caso que el depositante no sepa leer ni escribir, colocará su huella digital en señal de conformidad. 2. La apertura de una cuenta de ahorros generará intereses y demás beneficios complementarios de acuerdo al saldo mínimo de equilibrio para obtener rendimiento, establecido en la Cartilla de Información. El saldo mínimo de equilibrio para obtener rendimiento en una cuenta de ahorros es el saldo que EL (LOS) CLIENTE(S) requieren mantener en la cuenta, sin que se realice transacción alguna, para generar intereses suficientes en un mes de treinta (30) días para cubrir las comisiones y gastos asociados al mantenimiento de dicha cuenta. La tasa de interés y frecuencia de capitalización son fijadas por LA CMAC CUSCO S.A., de conformidad con lo dispuesto en las condiciones generales y en la Cartilla de Información. La cuenta de ahorro podrá generar comisiones, y penalidades que serán de cargo de EL (LOS) CLIENTE(S) de acuerdo a las condiciones establecidas y aceptadas en el presente Contrato y en la Cartilla de Información. 3. En esta modalidad de cuenta de depósitos, EL (LOS) CLIENTE(S) podrá(n) disponer de sus fondos cuando lo solicite. LA CMAC CUSCO S.A. podrá establecer un número limitado de retiros, depósitos, u otras operaciones relacionadas a la cuenta, dentro de un periodo determinado, u otras condiciones especiales según la modalidad de depósito que haya(n) elegido EL (LOS) CLIENTE(S) y que se especifican en la Cartilla de Información. 4. En caso de que la cuenta de ahorros se encuentre afiliada a un Convenio de Recaudación, se le aplicará la tasa de interés que corresponda, según tarifario vigente, durante el tiempo que mantenga vigente el convenio de recaudación. 5. EL (LOS) CLIENTE(S) declara(n) conocer que las cuentas de ahorro operan con Tarjetas de Débito, prescindiendo del uso de libretas y firmas manuscritas, siendo suficiente para realizar abonos o retiros que EL (LOS) CLIENTE(S) utilice(n) su Tarjeta de Débito y clave secreta y observen las condiciones que rijan su operatividad. 56. Finalmente, La CMAC CUSCO S.A. podrá otorgar a sus clientes una TARJETA CLIENTE que es un Instrumento similar a la tarjeta de débito pero que no permite retiros a través de terminales electrónicos, tiene como finalidad identificar al cliente con sus respectivas cuentas únicamente a través de las ventanillas de LA CMAC CUSCO S.A.S.A. Precisamos que la Tarjeta Cliente es otorgada a personas jurídicas, titulares de Cuentas de depósito infantil y Cuenta de Ahorro Inversión.

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CONDICIONES DE LA CUENTA DE AHORROS. 1. La cuenta de ahorros representa las obligaciones contraídas por LA CMAC CUSCO S.A. provenientes de los depósitos (en moneda nacional y/o extranjera) por un periodo indeterminado de tiempo. Estos depósitos serán registrados por LA CMAC CUSCO S.A., debiendo EL (LOS) CLIENTE(S) firmar el voucher y en caso que el depositante no sepa leer ni escribir, colocará su huella digital en señal de conformidad. 2. La apertura de una cuenta de ahorros generará intereses y demás beneficios complementarios de acuerdo al saldo mínimo de equilibrio para obtener rendimiento, establecido en la Cartilla de Información. El saldo mínimo de equilibrio para obtener rendimiento en una cuenta de ahorros es el saldo que EL (LOS) CLIENTE(S) requieren mantener en la cuenta, sin que se realice transacción alguna, para generar intereses suficientes en un mes de treinta (30) días para cubrir las comisiones y gastos asociados al mantenimiento de dicha cuenta. La tasa de interés y frecuencia de capitalización son fijadas por LA CMAC CUSCO S.A., de conformidad con lo dispuesto en las condiciones generales y en la Cartilla de Información. La cuenta de ahorro podrá generar comisiones, y penalidades que serán de cargo de EL (LOS) CLIENTE(S) de acuerdo a las condiciones establecidas y aceptadas en el presente Contrato y en la Cartilla de Información. 3. En esta modalidad de cuenta de depósitos, EL (LOS) CLIENTE(S) podrá(n) disponer de sus fondos cuando lo solicite. LA CMAC CUSCO S.A. podrá establecer un número limitado de retiros, depósitos, u otras operaciones relacionadas a la cuenta, dentro de un periodo determinado, u otras condiciones especiales según la modalidad de depósito que haya(n) elegido EL (LOS) CLIENTE(S) y que se especifican en la Cartilla de Información. 4. En caso de que la cuenta de ahorros se encuentre afiliada a un Convenio de Recaudación, se le aplicará la tasa de interés que corresponda, según tarifario vigente, durante el tiempo que mantenga vigente el convenio de recaudación. 5. EL (LOS) CLIENTE(S) declara(n) conocer que las cuentas de ahorro operan con Tarjetas de Débito, prescindiendo del uso de libretas y firmas manuscritas, siendo suficiente para realizar abonos o retiros que EL (LOS) CLIENTE(S) utilice(n) su Tarjeta de Débito y clave secreta y observen las condiciones que rijan su operatividad. 56. Finalmente, La CMAC CUSCO S.A. podrá otorgar a sus clientes una TARJETA CLIENTE que es un Instrumento similar a la tarjeta de débito pero que no permite retiros a través de terminales electrónicos, tiene como finalidad identificar al cliente con sus respectivas cuentas únicamente a través de las ventanillas de LA CMAC CUSCO S.A.

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