Common use of Condiciones de precios Clause in Contracts

Condiciones de precios. La Convocante requiere que los licitantes hagan sus propuestas económicas en la modalidad de precios fijos hasta la total prestación del bien objeto de este procedimiento, de conformidad con el artículo 44 de la LAASSP. La cotización debe ser presentada en moneda nacional, no se aceptan propuestas con escalación de precios o condicionadas. Se entiende por precios fijos los que no están sujetos a ninguna variación y se mantienen así desde el momento de la presentación y apertura de las proposiciones hasta la total prestación y facturación correspondiente de la prestación de los servicios. Cuando con posterioridad a la adjudicación de un contrato se presenten circunstancias económicas de tipo general, como resultado de situaciones supervenientes ajenas a la responsabilidad de las partes, que provoquen directamente un aumento o reducción en los precios de los servicios aún no entregados o aún no pagados, y que por tal razón no pudieron haber sido objeto de consideración en la proposición que sirvió de base para la adjudicación del contrato correspondiente, “EL CETI” reconocerá incrementos o requerirá reducciones, conforme a los lineamientos que expida la SFP. La Convocante podrá efectuar visitas a las instalaciones de los licitantes, para verificar que éstos cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria, lo indicado en sus juntas de aclaraciones y en lo manifestado en sus proposiciones, para tal efecto se deberán asentar por escrito los resultados de la visita efectuada, pudiendo ser éste un criterio de evaluación que permita a la Convocante acreditar la solvencia de la proposición del licitante. En caso de llevarse a cabo la visita, la Convocante notificará por escrito a los licitantes con al menos un día hábil de anticipación, el día y hora en la que se celebrará la visita, debiendo la persona física o el representante legal del licitante atender la visita de los servidores públicos de “EL CETI”. Asimismo, “EL CETI” podrá efectuar visitas a las instalaciones de los proveedores, para supervisar el cumplimiento de las obligaciones contraídas conforme a lo señalado en la presente convocatoria, sus juntas de aclaraciones y el contrato que se suscriba; para tal efecto se deberán asentar por escrito los resultados de la visita efectuada, pudiendo ser éste un criterio que permita a “EL CETI acreditar en su caso el cumplimiento en la prestación de los servicios. En caso de considerarse oportuno, se dará vista al Órgano Interno de Control en “EL CETI” para que proceda conforme a la legislación aplicable.

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Samples: Contrato Que Celebran Por Una Parte, El Centro De Enseñanza Técnica Industrial, a Quien Se Denominará en Lo Sucesivo, Contrato Que Celebran Por Una Parte, El Centro De Enseñanza Técnica Industrial, a Quien Se Denominará en Lo Sucesivo

Condiciones de precios. La Convocante requiere que los licitantes hagan sus propuestas económicas en la modalidad de precios fijos hasta la total prestación del bien objeto de este procedimiento, de conformidad con el artículo 44 de la LAASSP. La cotización debe ser presentada en moneda nacional, no se aceptan propuestas con escalación de precios o condicionadas. Se entiende por precios fijos los que no están sujetos a ninguna variación y se mantienen así desde el momento de la presentación y apertura de las proposiciones hasta la total prestación y facturación correspondiente de la prestación entrega de los serviciosbienes. Cuando con posterioridad a la adjudicación de un contrato se presenten circunstancias económicas de tipo general, como resultado de situaciones supervenientes ajenas a la responsabilidad de las partes, que provoquen directamente un aumento o reducción en los precios de los servicios bienes aún no entregados o aún no pagados, y que por tal razón no pudieron haber sido objeto de consideración en la proposición que sirvió de base para la adjudicación del contrato correspondiente, “EL CETI” reconocerá incrementos o requerirá reducciones, conforme a los lineamientos que expida la SFP. La Convocante podrá efectuar visitas a las instalaciones de los licitantes, para verificar que éstos cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria, lo indicado en sus juntas de aclaraciones y en lo manifestado en sus proposiciones, para tal efecto se deberán asentar por escrito los resultados de la visita efectuada, pudiendo ser éste un criterio de evaluación que permita a la Convocante acreditar la solvencia de la proposición del licitante. En caso de llevarse a cabo la visita, la Convocante notificará por escrito a los licitantes con al menos un día hábil de anticipación, el día y hora en la que se celebrará la visita, debiendo la persona física o el representante legal del licitante atender la visita de los servidores públicos de “EL CETI”. Asimismo, “EL CETI” podrá efectuar visitas a las instalaciones de los proveedores, para supervisar el cumplimiento de las obligaciones contraídas conforme a lo señalado en la presente convocatoria, sus juntas de aclaraciones y el contrato que se suscriba; para tal efecto se deberán asentar por escrito los resultados de la visita efectuada, pudiendo ser éste un criterio que permita a “EL CETI acreditar en su caso el cumplimiento en la prestación entrega de los serviciosbienes. En caso de considerarse oportuno, se dará vista al Órgano Interno de Control en “EL CETI” para que proceda conforme a la legislación aplicable.

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Samples: www.ceti.mx

Condiciones de precios. La Convocante requiere que los licitantes hagan sus propuestas económicas en la modalidad de precios fijos hasta la total prestación del bien servicio objeto de este procedimiento, de conformidad con el artículo 44 de la LAASSP. La cotización debe ser presentada en moneda nacional, no se aceptan propuestas con escalación de precios o condicionadas. Se entiende por precios fijos los que no están sujetos a ninguna variación y se mantienen así desde el momento de la presentación y apertura de las proposiciones hasta la total prestación y facturación correspondiente de la prestación de los servicios. Cuando con posterioridad a la adjudicación de un contrato se presenten circunstancias económicas de tipo general, como resultado de situaciones supervenientes ajenas a la responsabilidad de las partes, que provoquen directamente un aumento o reducción en los precios de los servicios aún no entregados o aún no pagados, y que por tal razón no pudieron haber sido objeto de consideración en la proposición que sirvió de base para la adjudicación del contrato correspondiente, “EL CETI” reconocerá incrementos o requerirá reducciones, conforme a los lineamientos que expida la SFP. La Convocante podrá efectuar visitas a las instalaciones de los licitantes, para verificar que éstos cumplan con los requisitos solicitados en la presente convocatoria, lo indicado en sus juntas de aclaraciones y en lo manifestado en sus proposiciones, para tal efecto se deberán asentar por escrito los resultados de la visita efectuada, pudiendo ser éste un criterio de evaluación que permita a la Convocante acreditar la solvencia de la proposición del licitante. En caso de llevarse a cabo la visita, la Convocante notificará por escrito a los licitantes con al menos un día hábil de anticipación, el día y hora en la que se celebrará la visita, debiendo la persona física o el representante legal del licitante atender la visita de los servidores públicos de “EL CETI”. Asimismo, “EL CETI” podrá efectuar visitas a las instalaciones de los proveedores, para supervisar el cumplimiento de las obligaciones contraídas conforme a lo señalado en la presente convocatoria, sus juntas de aclaraciones y el contrato que se suscriba; para tal efecto se deberán asentar por escrito los resultados de la visita efectuada, pudiendo ser éste un criterio que permita a “EL CETI acreditar en su caso el cumplimiento en la prestación de los servicios. En caso de considerarse oportuno, se dará vista al Órgano Interno de Control en “EL CETI” para que proceda conforme a la legislación aplicable.

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Samples: Contrato Que Celebran Por Una Parte, El Centro De Enseñanza Técnica Industrial, a Quien Se Denominará en Lo Sucesivo