CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES O FUNCIONES EN EL EJERCICIO DE SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORÍA. Teniendo en cuenta que los supervisores y/o interventores, de los contratos estatales actúan en representación de la Administración y son los encargados de velar por la correcta ejecución e inversión de los recursos, es Estatuto Anticorrupción y la normatividad vigente en el caso, han previsto cuatro tipos de responsabilidad por la acción defectuosa u omisión en el ejercicio de esta función.
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CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES O FUNCIONES EN EL EJERCICIO DE SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORÍA. Teniendo en cuenta que los supervisores y/o interventores, de los contratos o convenios estatales actúan en representación de la Administración y son los encargados de velar por la correcta ejecución e inversión de los recursos, es el Estatuto Anticorrupción y la normatividad normativa vigente en el casola materia, han previsto cuatro tipos de responsabilidad por la acción defectuosa u omisión en el ejercicio de esta funciónfunción en desarrollo del objeto del contrato y posterior al plazo de ejecución.
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