Contratación Bajo Demanda Cláusulas de Ejemplo

Contratación Bajo Demanda. IV.12 Contratación plurianual (No aplica).
Contratación Bajo Demanda. ANEXO 1 XXX XXXXXX DE REQUISITOS Partidas Solcon Pos Solcon Código de Material Descripción Técnica Detallada Cantidad Mínima Cantidad Máxima Lugar de Entrega U.M. 1 500609773 1 824911 GUANTE DIELECTRICO CLASE 0 TIPO II 45 90 D053 PAA 2 3 824914 GUANTE DIELECTRICO CLASE 4 TIPO II 143 286 PAA 3 4 824939 XXXXXX XX XXXX LARGO PARA ELECTRICISTA 106 212 PAA 4 5 817124 MANGA CURVO DE HULE DIELECTRICA CLASE 2 123 246 PAA 5 7 809954 MANGA CURVO DE HULE DIELECTRICA CLASE 4 85 170 PAA 6 8 824863 MANTA AISLADA XXXX CLASE 4 TIPO II 92 184 PZA 7 9 812077 MANTA DE HULE CON RANURA 36 X 36 CLASE 4 101 202 PZA 8 10 824912 GUANTE DIELECTRICO CLASE 2 TIPO II 191 382 PAA 9 13 813425 CIZALLA CORTADORA 30" 46 92 PZA 10 16 817466 CIZALLA CORTADORA 36" 35 70 PZA 11 21 819624 EQUIPO PUESTA A PARA TIERRA 13.8 KV – 34.5 KV LA-MT 18 36 JGO 12 23 832910 PERTIGA ESCOPETA 1.9 MTS 18 36 XXX 00 00 XXXXXXX ESCOPETA 2.59 MTS 24 48 PZA 14 25 820297 XXXXXXX XXXXXXXXXXX 0 XXXX XX CON GANCHO 25 50 PZA 15 26 818556 PERTIGA 2 CABEZA UNIVERSAL 1 1/4 X 2.44M 18 36 PZA 16 27 820299 PINZA CORTADORA HIDRAULICA ACSR Y MCM 18 36 XXX 00 00 000000 XXXXX HIDRAUL COMPRESION 1/0- 500 18 36 XXX 00 00 0000 XXXXX DE COMPRESION HIDRAULICA 11 22 PZA 19 31 826810 PINZA PONCHADORA PUNTERA TERM CUADRADA 23 46 PZA 20 32 187097 TENSOR PARA CABLE 30 60 PZA 21 33 187097 TENSOR PARA CABLE 21 42 PZA 22 34 824894 TENSOR PARA CABLE AG 8 CARGA MAX 2200 KG 27 54 PZA 23 35 824895 TENSOR PARA CABLE AG 9 CARGA MAX 3600 KG 27 54 PZA 24 36 824898 TENSOR PARA CABLE CU-AL CALIBRE 6-1/0 AWG 24 48 PZA 25 37 530141 ESLINGA NYLON 54 108 PZA 26 38 824942 MONTACARGA CADENA 1.5 TON PALANCA LARGA 18 36 PZA 27 39 824945 MONTACARGA CADENA 2 TON PALANCA LARGA 18 36 PZA 28 40 805719 MONTACARGA BANDA NYLON 1 TON 25 50 PZA 29 41 805720 MONTACARGA BANDA NYLON 2 TON 27 54 PZA 30 43 802113 MONTACARGA XX XXXXXX CAP 3 TONELADAS 10 20 PZA 31 44 810437 PROTECTOR POSTE CLASE 4 45 90 PZA 32 45 810438 PROTECTOR POSTE CLASE 4 41 82 PZA 33 46 810439 PROTECTOR POSTE CLASE 4 45 90 PZA 34 47 819620 DETECTOR DE VOLTAJE RANGO 31 62 XXX 00 00 00000 XXXXXXXXXXXXX 18 36 XXX 00 00 000000 XXXXXX XX XXXX PARA HERRAMIENTA 52 104 XXX 00 00 XXXXXX XX XXXX PARA HERRAMIENTA 54 108 XXX 00 00 XXXXXX XX XXXX PARA HERRAMIENTA 48 96 PZA 39 53 802479 BOLSA XX XXXX CON CIERRE PARA GUANTES 66 132 PZA 40 54 738089 BOLSA XX XXXX PARA HERRAMIENTA 63 126 PZA 41 55 797605 EMPALMADORA DE CABLE F.O. POR FUSION 5 10 PZA 42 56 817466 JUEGO DE HERRAMIENTAS PARA TRABAJOS EN CABLE DE POTENCIA D...
Contratación Bajo Demanda. IV.12 [NO APLICA] Contratación plurianual
Contratación Bajo Demanda. Esta adquisición se realizará para bienes de consumo reiterado, en el que se establecen cantidades mínimas y máximas, a ejercer conforme se establece en el Anexo 1Descripción de los Bienes e Información Específica”. Esta adquisición se realiza para más de un ejercicio fiscal, en cuanto a sus entregables y vigencia. En este procedimiento de adquisición, los precios están sujetos a ser ajustados conforme a la variación de los precios xxx xxxxxxx, con base a las fórmulas definidas que se indican en el Anexo 1.
Contratación Bajo Demanda. ANEXO 1 XXX XXXXXX DE REQUISITOS Partidas Solicitud de pedido Pos. Solicitud Material Texto breve Cantidad Mínima Cantidad Máxima Lugar de Entrega Unidad de medida DESCRIPCION XXXXXXX Xx. 00 X 00 : DESCRIPCION XXXXXXX Xx. 00 X XXXXXXX 00:

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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Xxxxxxxx 116. Mayotte

  • Legitimación Podrá interponer el correspondiente recurso especial en materia de contratación toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso.

  • Fallecimiento De su tío, tía, sobrinos o sobrinas. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato, y que conlleve el cese absoluto de cualquier actividad profesional o similar. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato. De Usted mismo/a o de su cónyuge (de hecho o de derecho) asegurado/a por el presente contrato, siempre y cuando esta circunstancia no ocurriera antes de la suscripción del contrato.  En calidad de miembro xx xxxxxx o de testigo en un procedimiento penal.  En calidad xx xxxxxx. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Consecuencia de un suspenso desconocido en el momento de la reserva o la suscripción del contrato (únicamente para estudios superiores), siempre y cuando dicho examen tenga lugar durante el viaje. Para Usted mismo/a, su cónyuge (de hecho o de derecho) o uno de sus ascendientes o descendientes en el 0.xx grado de parentesco. O bien causados por las fuerzas de la naturaleza a sus locales profesionales o personales y que exijan obligatoriamente su presencia para tomar las medidas cautelares necesarias. Siempre y cuando la importancia de dicha sustracción requiera su presencia y se produzca en las 48 horas anteriores al inicio del viaje. Ocasionados en las 48 horas anteriores al inicio del viaje y siempre y cuando no pueda utilizar dicho vehículo para llegar al lugar de la estancia. Por carretera o ferrocarril o vía marítima o aérea, el día del inicio de la estancia  Cierres de vías públicas decretados por el Estado o una autoridad local;  Huelga de los transportes públicos que le impida llegar en las 24 horas posteriores al inicio previsto de su estancia;  Inundaciones o fenómenos naturales que impidan la circulación, constatados por la autoridad competente;  Accidentes de circulación durante el trayecto necesario para llegar a su alojamiento previsto y cuyas consecuencias supongan la inmovilización del vehículo, justificada mediante el informe de un perito.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.